Subvenciones para Autónomos y Empresas en Fuenlabrada: Impulso a la Modernización y Competitividad
El Ayuntamiento de Fuenlabrada ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas económicas directas dirigidas a autónomos, emprendedores y empresas del municipio con el objetivo de fomentar la modernización y la competitividad del tejido empresarial local.
Desde el año 2018, el consistorio ha destinado un total de 1.870.000 euros a este tipo de ayudas económicas, incluyendo las extraordinarias otorgadas durante la pandemia. Esta nueva edición cuenta con una partida presupuestaria de 100.000 euros, que será gestionada a través del CIFE (Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo).
Cuantía y Cobertura de las Ayudas
Las ayudas consisten en un único pago que oscila entre los 600 y los 2.000 euros, cubriendo hasta el 80% de los gastos presentados y justificados por las empresas solicitantes. Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80 por 100 de los gastos presentados y justificados.
El gasto o inversión mínima es de 750€ (IVA excluido), no puede ser menor.
Gastos Subvencionables
Estas ayudas permitirán hacer frente a diversos gastos destinados a mejorar la competitividad y eficiencia de los negocios. Solo pueden ser los gastos especificados en las bases.
- Diseño de páginas web.
- Realización de estudios de mercado para mejorar la competitividad del negocio.
- Alquiler de vehículos.
- Adquisición de aplicaciones informáticas.
- Compra o alquiler de herramientas y maquinaria o elementos que mejoren la eficiencia energética de los negocios.
- Gastos relacionados con la constitución y puesta en marcha de la actividad económica.
Es importante destacar que el IVA en ningún caso se considera gasto subvencionable.
Requisitos de los Solicitantes
Las ayudas están dirigidas tanto a negocios consolidados, constituidos antes del 2016, como a empresas de reciente creación que hayan iniciado su actividad a partir de 2022. Es necesario estar formal y legalmente constituido antes de la finalización del plazo de presentación de la presente convocatoria.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Microempresas, autónomos y sociedades (con una plantilla media anual inferior a 10 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros) que tengan domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el municipio de Fuenlabrada.
Consideraciones adicionales:
- Si tienes 10 o más empleados en activo, no tienes derecho a la ayuda, ya que está dirigida a microempresas con una plantilla inferior a 10 empleados (máximo 9) y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros.
- En caso de compartir local con otro autónomo, se deberá acreditar la independencia de las actividades empresariales, siendo la comisión de valoración la encargada de resolver.
- Si se forma parte de una sociedad mercantil, comunidad de bienes o sociedad civil, la misma persona física o jurídica solicitante solo podrá ser beneficiario de una ayuda, aunque tenga más de un local o establecimiento abierto.
Proceso de Solicitud
Plazos
La convocatoria se abre el lunes 16 de junio y permanecerá activa hasta el 4 de julio.
¿Cómo y dónde presento la solicitud?
Se presentará obligatoriamente por la sede electrónica del Ayuntamiento.
Para poder acceder, además de contar con el certificado digital para la firma de la solicitud de la ayuda, también es necesario el registro en la página de la sede electrónica del Ayuntamiento.
No se puede presentar la ayuda de forma presencial por Registro General. Estas ayudas solo se podrán presentar por Sede Electrónica.
Documentación necesaria
El modelo de solicitud para la obtención de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se genera cumplimentando el formulario del procedimiento habilitado para ello.
- Impreso de solicitud de subvención, firmada por el/la presidente/a de la asociación o entidad, o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada (uno por cada proyecto).
- Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante, que acredite el acuerdo del órgano de gobierno de dicha asociación o entidad por el cual se decide solicitar la subvención.
- Programa de actividades, conforme al Anexo 1. Cada una de las Concejalías, así como la JMD, tiene un Anexo 1 específico, por lo que la entidad tendrá que presentar el Anexo 1 de la Concejalía a la que dirige la solicitud de subvención.
- Declaración responsable (Anexo 2) de la asociación o entidad, que ratifique positivamente que está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como que no tiene pendiente la justificación de subvención alguna otorgada por este Ayuntamiento.
- Justificante de la entidad bancaria (un recibo, fotocopia de la cartilla, etc.) o Certificado de titularidad de la cuenta, así como FICHA DEL TERCERO firmada.
- Declaración IVA (Anexo 3) Debidamente cumplimentado.
- Autorización de publicación de subvenciones de Asociaciones (Anexo 4).
- Para todas las delegaciones, que entre sus criterios incluyan puntuación por el número de socios: Certificado acreditativo del número de socios de la entidad en la fecha de solicitud de la subvención, expedido por el secretario de la junta directiva. De no presentarse este certificado no se valorará el número de socios.
- Para las entidades correspondientes a la delegación/concejalía de Educación, además de aportar certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación citado en el apartado b), deberá aportarse igualmente certificado de aprobación de dicho proyecto por el Consejo Escolar del centro educativo.
- Para las entidades correspondientes a la delegación/concejalía de Participación Ciudadana, si cuentan con un menor de 35 años en su junta directiva, aportar hago constar firmado por Secretario/a, indicando el cumplimiento de este punto.
En ningún caso se necesita el informe de vida laboral personal. Si tienes o has tenido trabajadores contratados el ITA o VILEM (vida laboral de la empresa).
¿Qué ocurre si al presentar la solicitud me faltan documentos?
Si la documentación entregada no cumpliera los requisitos se hará un requerimiento al solicitante por medios electrónicos para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación, subsane esta falta de documentación. Si no lo hiciera se daría por desistida su petición de ayuda.
Se puede incorporar documentación a una solicitud que ya se ha enviado.
Resolución y Pago
¿Cuándo sale la resolución del Ayto. Fuenlabrada?
El plazo máximo para notificar la resolución expresa será de 6 meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Se publicará en la página institucional del CIFE y en la del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el tablón de anuncios del CIFE, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
¿Qué tengo que hacer una vez se publique la resolución?
Una vez se publique la resolución definitiva de la ayuda, los beneficiarios recibirán el importe de la misma en la cuenta bancaria indicada.
Convocatorias Adicionales y Otros Programas de Ayudas
Además de esta convocatoria específica, existen otros programas de ayudas que pueden ser de interés para autónomos y empresas en Fuenlabrada y la Comunidad de Madrid:
Ayudas para incentivar el emprendimiento y fomentar la actividad económica
Hasta el próximo 31 de mayo está abierta la convocatoria a las ayudas municipales para incentivar el emprendimiento, fomentar la actividad económica y apoyar a empresas, autónomos y autónomas de la ciudad. El presupuesto total es de 175.000 euros que permitirá a las personas que obtengan estas ayudas hacer frente a gastos de diseño de páginas web, a realizar estudios de mercado para mejorar la competitividad del negocio, al alquiler de vehículos, a la adquisición de aplicaciones informáticas, a la compra o alquiler de herramientas y maquinarias o elementos que mejoren la eficiencia energética.
Las empresas que opten a las ayudas podrán obtener hasta un 80 por ciento de los gastos presentados y justificados, siendo el mínimo 600 y el máximo 2.000 euros.
Ayudas sectoriales
PYMES y autónomos del sector comercial y artesano:
- Gastos de inversión en:
- Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos.
- Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario.
- Gasto mínimo: artesanos 500 € y comercios: 5000€.
- La ayuda es del 50%.
- Convocatoria indefinida.
PYMES del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, que desarrollen una actividad industrial productiva.
- PYMES del Corredor del Henares y Sur metropolitano:
- Del 20% medianas y 30% pequeñas de inversiones materiales e inmateriales.
- Del 50% para gastos de consultoría.
- PYMES del resto de la Comunidad de Madrid:
- 10% medianas y 20% pequeñas de inversiones materiales e inmateriales.
- Según baremo establecido.
- Convocatoria indefinida.
Ayudas Responsabilidad Social y Laboral
La subvención será el equivalente al 75% del coste de obtención de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan ID rector, Programa o acción que sea necesario para dicha certificación o la pertenencia activa a iniciativas de Responsabilidad social. Convocatoria indefinida.
Ayudas a la contratación
Convocatoria indefinida.
- Cada contrato indefinido inicial a tiempo completo: 4.000 € con carácter general.
- 5.000 € por cada contrato a tiempo completo de duración de al menos 1 año.
- 4.500 € cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de al menos, 6 meses.
- 3.000 € por cada conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo. En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente.
- 2.000 € por restablecimiento de jornada completa.
- Contratación indefinida: 7.500 €, este importe se incrementará en 500 €, cuando la persona contratada sea una mujer o se trate de una persona trans.
- Contratación temporal: Contratos de 3 a menos de 6 meses: 1.750 €, Contratos de 6 a 12 meses: 3.500 €.
Seis meses desde la fecha de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social. Si el alta es en el Régimen de Autónomos se subvenciona como máximo el 50 % de la cuota mínima de cotización, según la normativa legal anual.
Ayudas a la Movilidad Eléctrica del Programa MOVES III
En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europea. Años 2021-2022-2023. Programa Incentivos 2.
Ayudas para cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción
Se subvenciona a las cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción que incorporen socios trabajadores o de trabajo en su propia empresa. De 5.000 euros por cada socio trabajador o de trabajo incorporado, o 10.000 euros en el caso de parados de larga duración.
Ayudas para iniciar un proyecto empresarial
Aquellas personas beneficiarias de una prestación por desempleo de nivel contributivo, que pretendan iniciar un proyecto empresarial, individual o societario.
Ayudas para autónomos de nueva alta
Los autónomos que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA) cumpliendo los requisitos para ser beneficiarios de la tarifa plana estatal. Las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia Sociedades civiles o de comunidades de bienes. Sociedades mercantiles, siempre y cuando no sean miembros del órgano administrador de la sociedad.
Tabla resumen de ayudas
| Tipo de Ayuda | Descripción | Cuantía/Porcentaje | Requisitos clave | Convocatoria |
|---|---|---|---|---|
| Modernización y Competitividad (Actual) | Ayudas económicas directas para autónomos, emprendedores y empresas. | 600 - 2.000 euros (hasta 80% de gastos) | Microempresas, autónomos, sociedades (menos de 10 empleados, volumen < 2M€). Domicilio fiscal en Fuenlabrada. | 16 de junio - 4 de julio |
| Incentivar Emprendimiento (Anterior) | Ayudas municipales para fomentar la actividad económica y apoyar a empresas, autónomos. | 600 - 2.000 euros (hasta 80% de gastos) | Empresas, autónomos de la ciudad. | Hasta 31 de mayo |
| Sectorial: Comercio y Artesanía | Gastos de inversión en obras, equipamiento, maquinaria y mobiliario para establecimientos. | 50% de la inversión | PYMES y autónomos del sector comercial y artesano (gasto mínimo: artesanos 500€, comercios 5000€). | Indefinida |
| Sectorial: Industrial | Inversiones materiales e inmateriales, gastos de consultoría para PYMES industriales. | 20-30% (Corredor Henares), 10-20% (resto C. Madrid) | PYMES del sector industrial con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid. | Indefinida |
| Responsabilidad Social y Laboral | Coste de obtención de normas, planes de RSE o pertenencia a iniciativas de RS. | 75% del coste | Empresas que implementen o certifiquen Responsabilidad Social. | Indefinida |
| Contratación Indefinida (General) | Contratación indefinida inicial a tiempo completo. | 4.000 euros | Contratos a tiempo completo. | Indefinida |
| Contratación Indefinida (Larga Duración) | Contrato a tiempo completo de al menos 1 año. | 5.000 euros | Contratos a tiempo completo de al menos 1 año. | Indefinida |
| Contratos en Prácticas | Contrato en prácticas a tiempo completo de al menos 6 meses. | 4.500 euros | Contratos en prácticas a tiempo completo de al menos 6 meses. | Indefinida |
| Conversión a Indefinido | Conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo. | 3.000 euros | Contratos convertidos a indefinido a tiempo completo (proporcional para tiempo parcial). | Indefinida |
| Restablecimiento Jornada Completa | Restablecimiento de jornada completa. | 2.000 euros | Empresas que restablezcan la jornada completa. | Indefinida |
| Contratación Indefinida (Especial) | Contratación indefinida, con incremento para mujeres o personas trans. | 7.500 € (+500 € en ciertos casos) | Contratación indefinida (incremento para mujeres o personas trans). | Indefinida |
| Contratación Temporal | Contratos temporales de 3 a menos de 6 meses o de 6 a 12 meses. | 1.750 € / 3.500 € | Contratos temporales de la duración especificada. | Indefinida |
| Alta Autónomos (Cuota Mínima) | Subvención de la cuota mínima de cotización para autónomos de nueva alta. | Máximo 50% de la cuota mínima | Autónomos que se den de alta en RETA/SETA y cumplan requisitos de tarifa plana. | 6 meses desde alta en SS |
| MOVES III (Movilidad Eléctrica) | Programa de incentivos para la movilidad eléctrica. | Según baremo del programa | Adquisición de vehículos eléctricos, puntos de recarga. | 2021-2023 |
| Incorporación Socios (Cooperativas) | Incorporación de socios trabajadores o de trabajo en cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción. | 5.000 € (10.000 € para parados de larga duración) | Cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción. | Indefinida |
| Inicio Proyecto Empresarial | Ayuda para beneficiarios de prestación por desempleo que inicien un proyecto empresarial. | Según baremo específico | Personas beneficiarias de prestación contributiva que inicien proyecto empresarial (individual o societario). | Indefinida |
