Ayudas para PYMES y Autónomos en España Durante la Crisis del COVID-19
En este artículo, exploraremos en detalle las diversas ayudas y subvenciones que se ofrecieron a las empresas en España durante la crisis del COVID-19. Estas medidas de apoyo económico fueron cruciales para muchas PYMES y autónomos que enfrentaron dificultades financieras debido a la pandemia. Desde las ayudas públicas decretadas por el Gobierno hasta las iniciativas privadas, analizaremos las opciones disponibles para mitigar el impacto económico del coronavirus.
En tiempos del coronavirus, muchas empresas españolas optaron por el teletrabajo para sus empleados.
El Gobierno de España aprobó una serie de medidas para apoyar a las familias y empresas afectadas por la crisis del coronavirus, incluyendo ayudas directas y facilidades para el aplazamiento de impuestos.
Ante las dudas surgidas entre muchos autónomos sobre la prestación extraordinaria, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó una guía orientativa para aclarar las condiciones de acceso y los requisitos necesarios.
La cascada de ERTEs derivados de la crisis económica que generó el coronavirus en España dejó tras de sí un aluvión de preguntas sobre la nueva situación laboral del país.
El Gobierno permitió a todos los autónomos solicitar la prestación por cese de actividad, y además no tuvieron que pagar la cuota.
Las entidades que operan en España mantuvieron abiertas las sucursales, a pesar del estado de alarma anunciado por el Gobierno de Pedro Sánchez.
"El Gobierno de España va a proteger a todos los ciudadanos y va a garantizar las condiciones de vida adecuadas para frenar la pandemia con la menor afectación posible".
En una situación tan excepcional como la actual, hay determinado tipo de trámites los cuales se han aplazado hasta que se ponga fin al estado de alarma decretado por el Gobierno.
Desde las públicas, que ha decretado el Gobierno como medida de apoyo a las PYMES, las privadas que han puesto las empresas a disposición de los que las necesiten y las ayudas a pymes por Coronavirus.
Si eres profesional quizás también te interesen las ayudas para Autónomos.
Tipos de Ayudas Disponibles
- Ayudas públicas a empresas
- Ayudas para abrir un negocio nuevo
- Subvención por establecerse como autónomo
- El pago único
- Subvención financiera
- Ayudas a empresas para asistencia técnica
- Ayudas y subvenciones para empresas para formación
- Subvenciones para empresas por contratar trabajadores
- Ayudas para mujeres emprendedoras
- Ayudas para jóvenes emprendedores
- Los ENISA
- Ayudas para nuevas empresas innovadoras a través del CDTI
- Ayudas y préstamos ICO
- Kit digital
Dentro de las ayudas para empresas que son públicas contamos con diferentes órganos púbicos que las proporcionan.
En este caso el órgano encargado de gestionar y dar visibilidad a las ayudas es el DGIPYME (Dirección General de Industria y de la PYME). En su web encontrarás todos los recursos según el sector al que pertenezcas.
Ayudas para Emprendedores y Nuevos Negocios
Realmente si buscamos bien y nos asesoramos correctamente podemos encontrar bastantes ayudas para crear una empresa. Por una parte tendremos las específicas que se suelen ofrecer a todo nuevo autónomo, condición necesaria si quieres abrir tu propia empresa:
Subvención por Establecerse como Autónomo
Estas subvenciones a la hora de establecerse como autónomo puede variar dependiendo de diferentes factores y la comunidad autónoma a la que pertenezcas. Las cuantías pueden ir desde los 2.000 euros hasta los 10.000 dependiendo de tu situación personal
Algunas de las condiciones para optar a estas medidas son las de permanecer como autónomo 2 años mínimo y que se darán hasta agotar todo el dinero, lo que quiere decir que de solicitarla no tienes garantizado que la recibas.
El Pago Único
Esta es una de las opciones que eligen gran cantidad de emprendedores a la hora de montar un negocio y que necesitan todo tipo de ayudas para crear una empresa.
Por otra parte dentro de las CCAA también encontrarás ayudas específicas, entre las que destacan algunas como las siguientes:
Subvención Financiera
Puedes solicitar hasta un máximo de 10.000 € con una reducción de hasta 4 puntos del tipo de interés de los fijados por la entidad financiera. Al menos un 75% de esta inversión debe destinarse a lo que se denomina inmovilizado fijo.
Ayudas a Empresas para Asistencia Técnica
Se puede subvencionar hasta 75 % del coste de los servicios prestados en temas de estudios de mercado, viabilidad de negocio, organización y gestión para la puesta en marcha del negocio que dependan de servicios externos. El tope máximo es de 2.000 euros.
Ayudas y Subvenciones para Empresas para Formación
Con ella podrás subvencionar hasta un 75% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros. En fundae podrás enconarás más información sobre este tipo de cursos y como subvencionarlos
Subvenciones para Empresas por Contratar Trabajadores
Aunque estés empezando debes conocer que existen subvenciones a empresas por contratar desempleados, personas jóvenes, mayores de ciertas edades, personas víctimas de malos tratos o con discapacidades. Ten en cuenta esto porque podrás ahorrar dinero a la hora de contratar y contar a la vez con profesionales de calidad.
Ayudas para Mujeres Emprendedoras
Las mujeres emprendedoras también cuentan con bastantes ayudas de forma específica para ellas. La incentivación del autoempleo femenino y que las mujeres puedan contar con medios para montar sus negocios y empresas es algo importante todavía de cara al camino por la igualdad de género.
Ayudas para Jóvenes Emprendedores
Si eres una persona joven y quieres emprender, no todo son desventajas. Podrás contar con ayudas específicas para que puedas hacerlo con más seguridad y solvencia.
Los ENISA
Enisa es una forma de financiarse para muchas empresas y Pymes en España. Los requisitos son bastante asumibles si tienes un proyecto interesante y que se ajuste a las condiciones que piden. Algunas condiciones es que tienen un periodo de carencia bastante alto y al principio solo pagas intereses. Lo mejor es visitar su página web y ver si tienes opción de solicitar un ENISA y las condiciones
Ayudas para Nuevas Empresas Innovadoras a Través del CDTI
El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial es el lugar al que tienes que acudir si tu empresa es Innovadora y necesita ayuda en I+D+I. Son subvenciones a fondo perdido generalmente con lo que conseguir alguna de ellas es interesante, ya que no estás obligado a devolver el dinero.
Ayudas y Préstamos ICO
Los préstamos ICO también son una forma de financiarse de una forma más económica que la que se suele conseguir en los bancos. Son préstamos y no ayudas con lo que tendrás que devolver el importe que solicites
Kit Digital
A lo largo de 2022 contamos con las ayudas del Kit Digital para Pymes, subvencionado con fondos europeos y que ayuda a las empresas en su digitalización subvencionando ciertos gastos en materia de competencias digitales y modernización empresarial.
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Nuevas Ayudas del Gobierno del 12 de Marzo de 2021
Con el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, el Gobierno de España ha aprobado nuevas ayudas para las empresas y los negocios
Las ayudas son de 11.000 millones de euros de los cuales 7.000 millones son en ayudas directas que se repartirán entre las comunidades autónomos. De estás las más afectadas han sido Canarias y Baleares y entre las dos llevarán 2.000 millones y el resto se repartirán según les haya afectado.
Las ayudas están supeditadas a una caída de ingresos de más del 30% en el año 2020 con respecto a 2019. A estas ayudas podrán optar tanto autónomos y empresas y podrán llegar ser del 40% de la caída de ingresos para las pymes y autónomos y al 20% para las grandes empresas, con una cantidad fija entre 4.000 euros y 200.000 euros cómo máximo.
Estas ayudas están pensadas sobre todo para el pago a proveedores primero y las deudas bancarias con un aval público.
Aplazamiento de Impuestos por Coronavirus
Una de las medidas que ha decretado el Gobierno en materia de la lucha contra el Coronavirus a nivel económico por las empresas es la moratoria de impuestos. Esta moratoria afectará tanto en el IVA como en el Impuesto de Sociedades en las PYMES (Modelo 202).
Con esta medida todas las empresas van a disfrutar de un aplazamiento de 6 meses en el pago de impuestos para las declaraciones y liquidaciones con plazo de presentación hasta el 30 de mayo de 2020.
Estos son los puntos más destacados de esta medida del Gobierno:
- La fecha de aplicación va desde el viernes 13 marzo hasta el próximo 30 de mayo de 2020.
- El plazo de aplazamiento máximo será de 6 meses.
- No se devengarán intereses de demora durante los 3 primeros meses de aplazamiento.
- En los 3 meses siguientes sí, pero serán los estipulados normalmente en cada caso.
- Deudas de hasta 30.000 euros como máximo.
- Solo se podrán acoger empresas con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Este aplazamiento y fraccionamiento del pago de impuestos aportará unos 14.000 millones de euros de liquidez a los negocios.
Aplazamiento de Impuestos del Primer Trimestre al 20 de Mayo
Para las empresas que quieran presentar los impuestos de este primer trimestre, donde le plazo es del 1 de abril al 20, Hacienda ha decretado un aplazamiento hasta el 20 de mayo que se aprobará el 14 de abril en el consejo de ministros.
En el caso de las empresas es el IVA y el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades. Es una medida que ayudará a las empresas a tener liquidez durante un mes y que desean presentar los impuestos dentro del plazo.
NOTA: Si se ha efectuado un pago fraccionado del IS en los 20 días naturales del mes de abril de 2020 será deducible de la cuota del resto de pagos fraccionados que se efectúen a cuenta del mismo período impositivo según lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril
Aplazamiento en Reembolsos de Préstamos de la Secretaría General de Industria
Esta medida se aplica a todas las empresas que deben dinero, pero siempre que se cumplan estas tres condiciones que ha decretado el Gobierno:
- El plazo de devolución es inferior a 6 meses desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2020.
- Que esté justificado que el Covid-19 tiene impacto en la empresa.
- La moratoria es una adaptación en el calendario de pago y deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.
Esta medida es una de las que más pueden ayudar a las empresas, ya que permitirá posponer los pagos a la Seguridad Social durante 6 meses de las cuotas.
El periodo de devengo en caso de empresas estaría comprendido entre abril y junio de 2020 y las empresas que no tengan aplazamientos de deudas con la Seguridad Social puedan solicitar hasta el 30 de junio de 2020 una prórroga de estas.
Las solicitudes de moratoria deberán comunicarse a la TGSS dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso.
NOTA: Las empresas que se hayan acogido a un ERTE por la crisis de COVID-19 no podrán optar a esta moratoria sin intereses ventajosa. Si podrán tener una moratoria pero con los intereses que correspondan, que en este caso son más bajas que las normales en torno al 3,5%
Ayudas para el Sector Turístico por el Coronavirus Mediante Créditos ICO
En este mes de marzo los hoteles han registrado una ocupación de tan solo el 15%, frente al 75% del año pasado. Esto, si tenemos en cuenta que el turismo es el sector que más aporta al PIB español con cerca de un 15%, es previsible que se decreten ayudas especiales.
Es por ello que empresas que estén directamente relacionadas con este sector como puede ser el transporte, los hoteles o las agencias de viajes, entre otros, podrán acogerse a esta medida.
Para ello el gobierno ha aprobado por una parte aumentar la línea de financiación para los afectados por la bancarrota del grupo Thomas Cook en 200 millones de euros más subiéndola hasta los 400 millones.
Esta medida tiene sus particularidades:
- Las empresas no podrán figurar en situación de morosidad.
- El importe máximo por cliente y año es de 500.000 euros.
- La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo con las entidades acreditadas (BBVA, Santader y Cajamar).
- Plazo de amortización de 4 años con máximo de 1 año de carencia.
- Un tipo fijo máximo anual del 1,50 % TAE
Con estas medidas se inyectará dinero de forma que muchas de las empresas puedan soportar periodos de inactividad o cumplir con obligaciones económicas.
Las empresas tendrán una bonificación del 50% de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes, recaudación conjunta de desempleo, FOGASA y Formación Profesional. Esta parte es importante ya que este tipo de contratos abundan en estos sectores y lo que necesita el gobierno es que las empresas mantengan la mayor cantidad de empleados activos.
Ayudas para el Sector Cultural por el Covid-19
El Gobierno destinará 76,4 millones de euros a pymes y autónomos del sector de la cultura para intentar paliar los problemas derivados de la pandemia. Se destinan unos 16 millones de euros para préstamos a empresas y profesionales del sector que se otorgarán a través del CREA SGR
Las condiciones de estas ayudas están recogidas dentro de la entidad financiera y son las siguientes:
- Destinada a PYMES, autónomos, asociaciones y entidades del sector de la cultura
- El importe va desde los 20.000 hasta los 100.000 euros
- Por un plazo de 4 años
- Con una carencia de hasta los 18 meses
- Tipo de interés 1.5% de Euribor y un 0.5% de comisión de apertura
- Coste del SGR del 1% de comisión anual del aval y 0.5% de cuotas sociales a devolver al final.
- Pago de intereses mensuales o trimestrales
Todo el proceso de solicitud se gestiona a través de la web con lo que no es necesario que acudas a ningún lugar de forma presencial para realizar las gestiones.
ERTE por Fuerza Mayor por Coronavirus
Este martes 17 se ha aprobado esta medida mediante el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, con la que el Gobierno bonificará la parte de la cuota que tiene que pagar la empresa a la Seguridad Social por trabajadores afectados, de modo que limitará al máximo el coste salarial.
Todas las empresas podrán beneficiarse de esta medida. En el caso de las empresas de menos de 50 trabajadores el Gobierno asumirá la cuota íntegra de cotización y en las que sean mayores de 50 el 75% de la cuota.
Plazo para solicitar las ayudas: del 19 de julio al 10 de septiembre de 2021.
Convocatoria adicional de Apoyo a la Solvencia Empresarial Covid-19 para empresas, pymes y autónomos: del 16 al 25 de noviembre de 2021.
Cuantía: las cuantías máximas de la ayuda por destinatario para aquellos solicitantes cuyo volumen anual de operaciones declarado, o el comprobado por la Administración, en el IVA, haya caído en 2020 más de un 30% respecto al 2019, serán: a) con carácter general, el 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del 2019, que supere dicho 30%. En el caso de que el solicitante tenga más de 10 empleados, el límite será del 20% de la caída que supere ese 30%.
Plazo para solicitar las ayudas: del 14 al 28 de junio de 2021.
Cuantía: las ayudas para empresas o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva del IRPF podrán llegar hasta los 3.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 15 de junio al 28 de julio de 2021.
Cuantía: los autónomos que pagan impuestos en la modalidad de tributación objetiva podrán recibir ayudas de hasta 3.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 20 de mayo al 15 de octubre de 2021.
Cuantía: las ayudas serán de un máximo de 3.000 euros para empresarios o profesionales que apliquen al régimen de estimación objetiva de tributación por módulos en el IRPF. Y para el resto de empresarios y profesionales el importe mínimo de las ayudas es de 4.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 21 al 30 de julio de 2021.
Cuantía: los autónomos y empresas que tributen el IRPF con estimación objetiva recibirán 3.000 euros. Las empresas y autónomos que apliquen el régimen de estimación directa obtendrán entre 4.000 y 200.000 euros. Los trabajadores en ERTE durante 3 meses recibirán 600 euros de ayuda.
Plazo para solicitar las ayudas: del 20 de julio al 30 de septiembre de 2021.
Cuantía: la cuantía de la subvención varía en función de los dos grupos de beneficiarios establecidos a través de las bases y convocatoria publicadas en el BOCCE, concretamente en el Artículo 7.
Plazo para solicitar las ayudas: del 15 de septiembre al 14 de octubre de 2021.
Cuantía: si el autónomo está en el Régimen de Estimación Objetiva en el IRPF, ya sea en 2019 o en 2020 o en ambos ejercicios, la ayuda máxima será de 3.000 euros, limitada por el importe de deudas y pagos pendientes. En el caso de empresas o autónomos que se encuentren en un régimen fiscal distinto, las ayudas oscilarán entre un mínimo de 4.000 y un máximo de 200.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 14 de junio al 29 de noviembre de 2021.
Cuantía: los autónomos en estimación objetiva en el IRPF recibirán un importe máximo de 3.000 euros. Para los trabajadores por cuenta propia individuales, pequeños negocios con hasta 10 personas trabajadoras y negocios de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros, la cuantía oscilaría entre los 6.000 y los 9.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 18 de junio al 02 de julio de 2021.
Cuantía: las ayudas alcanzarán el 40% de las pérdidas para empresas de hasta 10 trabajadores y autónomos, así como del 20% para el resto de compañías.
Plazo para solicitar las ayudas: del 01 de mayo al 31 de julio de 2021. NUEVA CONVOCATORIA: del 24 de septiembre al 23 de octubre de 2021.
Cuantía: los empresarios o profesionales en régimen de estimación objetiva del IRPF podrán recibir ayudas de hasta 3.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 07 al 27 de junio de 2021.
Cuantía: los autónomos en régimen fiscal de estimación objetiva (módulos) podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros.
Plazo para solicitar las ayudas: del 20 de julio al 14 de octubre de 2021.
Cuantía: la cuantía máxima para empresas o profesionales que aplican el régimen de estimación objetiva en el IRPF será de 3.000 euros. Mientras que para empresas o profesionales y entidades cuyo volumen de operaciones anual haya caído más de un 30% en el año 2020, respecto al año 2019: a) el 40% de la caída del volumen de operaciones, en el caso de empresas o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 personas empleadas; b) el 20% de la caída del volumen de operaciones, en el caso de empresas o profesionales y entidades y establecimientos permanentes que tengan más de 10 personas empleadas.
Plazo para solicitar las ayudas: del 05 al 30 de julio de 2021.
Cuantía: el presupuesto total para las ayudas ronda los 270 millones de euros y podrán acceder 173 actividades económicas. Tendrán una bonificación en la cuota de autónomos aquellos que vinieran cobrando el cese de actividad de enero a mayo de 2021 y no puedan o quieran acceder a la extensión de esta ayuda.
El autónomo podrá seguir percibiendo esta ayuda si ya la venía cobrando de enero a mayo de 2021.
Cuantía: será del 70% de la base de cotización.Se pagarán las cuotas de autónomo durante el tiempo que dure la prestación.
El autónomo podrá seguir percibiendo esta ayuda solo si ya la venía cobrando de enero a mayo de 2021.
Cuantía: será del 50% de la base de cotización.Se pagarán las cuotas de autónomo durante el tiempo que dure la prestación.
La prórroga de las ayudas hasta el 28 de febrero introduce cambios en las condiciones para solicitar el cese de actividad extraordinario.
Los autónomos que tengan que cerrar sus negocios entre junio y septiembre de 2021 o vinieran teniéndolos cerrados antes del 1 de junio de 2021, tienen acceso a una ayuda extraordinaria.
Los Estados Miembros podrán conceder, en determinadas condiciones, subvenciones directas, préstamos con interés cero, garantías sobre préstamos que cubran hasta el 100% del riesgo, o facilitar capital, siempre que el valor nominal conjunto de estas medidas no supere los 800.000€ brutos por empresa.
Necesidades de liquidez de trabajadores autónomos y empresas con domicilio social en España financiables a través de la línea ICO “Empresas y Emprendedores”, cuya actividad se encuentre dentro de un CNAE del sector turístico y actividades relacionadas.
Con carácter general, se suspende durante un año el pago de intereses y amortización correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo.
Línea de crédito circulante gestionada por CESCE, en su calidad de agente exclusivo de seguros a cuenta del Estado (la cobertura será otorgada por CESCE) De carácter extraordinario por un período de 6 meses.
ICEX España Exportación e Inversiones está habilitado para la devolución de empresas que han incurrido en gastos no recuperables en esta o futuras ediciones, de las cuotas pagadas por la participación en las ferias, u otras actividades de promoción del comercio internacional, que han sido convocadas por la entidad, cuando éstas son canceladas, gravemente afectadas o pospuestas por el organizador como consecuencia del Covid-19.
El importe de la financiación deberá destinarse por los beneficiarios a cubrir necesidades de liquidez generadas por el impacto del Covid-19. Por tanto, no podrá utilizarse para satisfacer deudas anteriores o no relacionadas con la actual situación económica.
Para cubrir las necesidades de liquidez de las pymes catalanas y los profesionales autónomos como consecuencia de la situación derivada del COVID-19. También puede servir para refinanciar operaciones.
Para cubrir las necesidades de liquidez de las pymes catalanas (entre 5 y 250 trabajadores; facturación <50 MM € o balance <43 MM €) como consecuencia de la situación derivada del Covid-19.
Préstamos para satisfacer las necesidades de liquidez de las empresas culturales afectadas por la situación derivada del Covid-19. El ICF estudia la viabilidad del proyecto desde el punto de vista financiero, formaliza y gestiona el préstamo.
Hay 18 SGR en España, y su confederación, CESGAR, ha recopilado una serie de medidas adoptadas por casi todas ellas para canalizar financiación hacia las empresas más pequeñas y los autónomos en la crisis desatada por el coronavirus.
En Audiwork estamos a su disposición para ayudarle y asesorarle, con la emisión de un informe de auditoría de cuentas anuales o un informe de procedimientos acordados que acredite causas técnicas, organizativas o de la producción, así como brindándole nuestro apoyo a la confección del plan de viabilidad. Estamos a su disposición para ayudarle.
