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Comunicación

Ayudas para Emprendedores y la Economía Social en Asturias

by Admin on 22/09/2025

El Principado de Asturias ofrece diversas ayudas para fomentar el emprendimiento innovador y la economía social. A continuación, se detallan dos de estas iniciativas, con información relevante sobre requisitos, cuantías y plazos de solicitud.

Ayudas de Fomento al Emprendimiento Innovador (Cheque Emprendedor)

Estas ayudas están diseñadas para favorecer iniciativas emprendedoras de carácter innovador en el Principado de Asturias. El objetivo es facilitar la incorporación de personas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomo (RETA) o, por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar (REMAR).

Modalidad

La ayuda se otorga como una subvención a fondo perdido.

Beneficiarios

Las ayudas están dirigidas a residentes en el Principado de Asturias, así como a toda persona que de forma estable o circunstancial resida fuera de él o en el extranjero, con el objeto de fomentar el retorno y la captación de talentos para el desarrollo y establecimiento de su proyecto innovador en un concejo asturiano. Podrán solicitar estas ayudas las personas incluidas en uno de los siguientes colectivos:

  • Emprendedores: Personas que no tengan experiencia previa en el ejercicio de la actividad económica por cuenta propia y a título personal, respecto a la referida en su proyecto innovador.
  • Reemprendedores: Personas que tengan experiencia previa en el ejercicio de la actividad económica por cuenta propia y a título personal, respecto a la referida en su proyecto innovador.
  • Relevistas empresariales: Personas que desarrollan su proyecto empresarial innovador continuando la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso. Se entiende que las personas tienen experiencia previa en una actividad económica por cuenta propia y a título personal, comprobando la coincidencia del código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), en los tres primeros dígitos de las actividades económicas declaradas.

Requisitos

Para ser beneficiario de estas ayudas, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Disponer de un proyecto empresarial monitorizado por un período mínimo de 2 meses y calificado innovador por un experto externo. A estos efectos, se consideran como expertos externos, además de las entidades Valnalón y CEEI, los Centros de Empresa Públicos que forman parte de la Asociación de Centros de Empresas Públicos del Principado de Asturias (ACEPPA).
  • Haber causado alta como trabajador en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, o por cuenta propia, en el régimen especial de trabajadores del mar, en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
  • Desarrollar la actividad objeto del proyecto a título propio, y tener el domicilio fiscal en uno de los concejos del Principado de Asturias.
  • Disponer al menos, de uno de los siguientes canales de comunicación digital para su actividad: una web o un blog o mediante el uso de una red social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.

Cuantía

La cuantía de la subvención a percibir por los beneficiarios será de 10.000 euros.

Estas subvenciones están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 15/12/2023). El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de septiembre de 2025.

Ayudas para la Creación y Consolidación de Empresas de Economía Social

Cómo emprender una empresa de economía social 1

Estas ayudas tienen como finalidad fomentar la creación y la consolidación de empresas de economía social, especialmente cuando se trata de empresas de base tecnológica o con uso intensivo del saber científico y tecnológico, de cualquier área de conocimiento.

Modalidad

La ayuda se otorga como una subvención a fondo perdido.

Conceptos Subvencionables

Se considera subvencionable la creación y consolidación de empresas de economía social cuando se trate de empresas de base tecnológica o con uso intensivo del saber científico y tecnológico.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias las sociedades cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales con una antigüedad inferior a 3 años a contar desde su constitución, transformación o calificación en empresa de economía social que tengan la calificación como de base tecnológica de economía social o con uso intensivo del saber científico y tecnológico emitida por la Fundación para el Fomento de la Economía Social (FFES) en su calidad de experto externo.

Además, deben disponer de un proyecto empresarial monitorizado por un período mínimo de 2 meses y calificado como innovador por un experto externo.

Cuantía

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo la cuantía de subvención a percibir por los beneficiarios de diez mil euros (10.000,00 €).

Estas subvenciones están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) Nº 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE 15/12/2023). El importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 25 de marzo hasta el 24 de abril de 2025.

Legislación Aplicable

  • Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
  • Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Resolución de 4 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de fomento al emprendimiento innovador (Cheque emprendedor).

Proceso de Concesión

La concesión de las ayudas se realizará mediante comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer un orden de prelación en sentido decreciente entre las mismas, de acuerdo a la puntuación obtenida resultado de la aplicación de los criterios de valoración, a los efectos de asignar ayudas partiendo de la puntuación más elevada y, siguiendo dicho orden, hasta el límite que permita el crédito disponible.

Documentación Necesaria

  • Ficha de acreedor, si el solicitante no figura de alta en la Base de Datos de Terceros del Principado de Asturias o lo está con un número de cuenta diferente al que se pretenda utilizar para el abono de la ayuda.
  • Documentos aportados en virtud del art. 28.
Resumen de Ayudas
Tipo de Ayuda Finalidad Cuantía Plazo de Presentación
Cheque Emprendedor Fomentar emprendimiento innovador 10.000 € 10 de septiembre de 2025
Empresas de Economía Social Creación y consolidación de empresas tecnológicas 10.000 € 25 de marzo - 24 de abril de 2025

tags: #servicio #de #emprendedores #y #economia #social

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