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Comunicación

¿Qué es la Franquicia Tributaria? Definición y Funcionamiento

by Admin on 06/11/2025

En materia de fiscalidad, está previsto un cambio que va a afectar de lleno a autónomos y pymes: el llamado régimen especial de franquicia, que va a afectar directamente a la tributación del IVA de estos empresarios. El IVA franquiciado es una nueva modalidad fiscal diseñada para facilitar la gestión del IVA a los autónomos, pues busca simplificar los trámites administrativos y reducir la carga fiscal para los trabajadores por cuenta propia.

En este artículo, exploraremos en detalle qué es el IVA franquiciado, cómo funciona y los beneficios que puede ofrecer a los autónomos.

¿Qué es el IVA Franquiciado?

Para entender qué es el IVA franquiciado, en primer lugar, tenemos que remontarnos al 2020. Dicho esto, el IVA franquiciado consiste en un régimen especial de IVA para autónomos y pymes que no superen una facturación anual de 85.000 euros. Básicamente, permite que aquellos negocios cuya facturación anual no supere cierto umbral queden exentos de recaudar y declarar el IVA en sus operaciones.

Esto significa que, si un emprendedor se acoge a este régimen, no añadirá IVA a sus facturas ni tendrá que presentar las declaraciones periódicas de IVA mientras esté por debajo del límite de ingresos establecido. A cambio, dicho autónomo tampoco puede deducir el IVA soportado en sus compras (no podrá “desgravar” ese IVA). En otras palabras, es una exención del IVA para pequeños negocios: el profesional no cobra IVA a sus clientes ni lo ingresa a Hacienda, siempre que sus ventas anuales estén bajo el tope fijado.

Esto reduce considerablemente sus obligaciones fiscales del día a día. Sin embargo, sigue habiendo ciertos controles: por ejemplo, debe llevar un registro de ventas para demostrar que no rebasa el límite anual. Además, continuará cumpliendo con otros impuestos (como el IRPF), ya que este régimen solo afecta al IVA.

Objetivos del Régimen de IVA Franquiciado

El régimen de franquicia del IVA surgió por iniciativa de la Unión Europea para apoyar a las pequeñas empresas y emprendedores en todo el mercado común. Los objetivos principales son:

  • Reducir la burocracia y costes administrativos para los pequeños negocios.
  • Fomentar la actividad emprendedora y la economía formal.
  • Unificar criterios en el mercado único.
  • Facilitar las operaciones transfronterizas de las pequeñas empresas.

La Comisión Europea detectó que las reglas vigentes (heredadas en su mayoría de 1977) habían quedado obsoletas, y propuso modernizarlas. Durante 2018 se recabaron opiniones favorables de órganos consultivos (como el Comité Económico y Social Europeo y el Comité de las Regiones) para impulsar el cambio.

¿Qué es el IVA franquiciado para autónomos?

Implementación en España

Un aspecto clave es que cada Estado miembro tiene la posibilidad, no la obligación, de aplicar este régimen en su territorio. Es decir, la directiva europea autoriza a los países a fijar un umbral de exención de IVA hasta 85.000 € de facturación anual, pero deja en sus manos si lo instauran y con qué límite exacto. Por tanto, la implementación es opcional: no todos los países tienen que adoptar la franquicia del IVA si no lo desean.

España, por su parte, no tenía previamente un régimen así - aquí todos los autónomos debían declarar IVA desde el primer euro facturado - y hasta ahora ha demorado la adopción de la franquicia. La directiva fijó el 31 de diciembre de 2024 como fecha límite para que los Estados adaptaran sus leyes, pero llegado 2025 España seguía sin incorporarla, solicitando más plazo. Esto ha provocado incluso advertencias de la Comisión Europea por el retraso. No obstante, se espera que más temprano que tarde se termine aprobando también aquí, dado que el objetivo europeo es que este alivio alcance a todos los Estados miembros.

El IVA franquiciado, en 2024, está previsto que se comience a gestar. Durante este año, se cree que el Ministerio de Hacienda junto a la Agencia Tributaria empezarán a publicar cambios legales de cara a su entrada en vigor el año que viene.

Requisitos y Límites

No todos los negocios podrán acogerse libremente a este régimen; existen requisitos y límites claros. El principal criterio es el volumen anual de ingresos. La directiva europea fijó un umbral máximo de 85.000 euros de facturación anual para poder beneficiarse de la exención de IVA. Esto significa que, previsiblemente, España establecerá ese límite (o uno inferior) como condición: solamente los autónomos y pymes cuyos ingresos anuales no superen los 85.000 € podrán optar por la franquicia del IVA.

Es importante señalar que 85.000 € es el tope máximo permitido por la UE, pero cada Estado miembro puede decidir una cifra menor. A día de hoy, todo apunta a que España aplicará el máximo para dar cabida al mayor número de beneficiarios, ya que las conversaciones y borradores manejan ese número. De hecho, se estima que más de un millón de autónomos españoles facturan por debajo de ese umbral, por lo que el impacto de la medida sería amplio.

Otro aspecto relevante es el margen de rebasamiento. ¿Qué ocurre si un negocio acogido al régimen supera el límite de facturación? La directiva contempla una banda de tolerancia para no penalizar el crecimiento inmediato. Se ha barajado permitir un exceso de hasta un 10% adicional sobre el umbral sin perder automáticamente el beneficio, lo que situaría el margen en 93.500 euros anuales si el umbral base es 85.000 €.

Además del límite puramente cuantitativo de ingresos, podrían establecerse otros criterios de elegibilidad. Por un lado, solo podrán optar quienes tengan residencia fiscal en España (ya sean personas físicas autónomas o pequeñas sociedades con domicilio en territorio español). Por otro lado, se han mencionado posibles exclusiones sectoriales: ciertas actividades reguladas o que ya disfrutan de exenciones específicas podrían quedar fuera del régimen de franquicia del IVA.

Por último, es fundamental entender que adherirse al régimen será siempre opcional. No será obligatorio para quien cumpla los requisitos. Cada autónomo o pyme podrá evaluar su situación y decidir si le conviene más la franquicia del IVA o continuar en el régimen general tradicional.

Funcionamiento del IVA Franquiciado

El funcionamiento del IVA franquiciado en el día a día de un negocio será bastante sencillo, que es precisamente la intención buscada. Al acogerse al régimen, la empresa dejará de actuar como recaudadora del IVA. En las facturas que emita a sus clientes ya no incluirá la línea de IVA. Es decir, los precios facturados serán precios finales, sin desglosar impuesto.

En contrapartida, este autónomo o pyme tampoco podrá deducir el IVA soportado en sus gastos profesionales. Normalmente, en el régimen general, si se compran materiales para el negocio pagando IVA, esa cuota soportada se podría recuperar al compensarlo en la declaración contra el IVA repercutido a clientes. Bajo la franquicia, ese IVA soportado pasa a ser un coste más del negocio, puesto que Hacienda ya no lo devuelve ni lo compensa.

En cuanto a las obligaciones formales, la gran ventaja es la eliminación de las declaraciones periódicas de IVA. Un negocio en franquicia no presentará los modelos trimestrales 303 ni el resumen anual 390 mientras se mantenga en ese régimen. Esto supone un alivio enorme en trámites.

Sin embargo, esto no significa que desaparezcan todas las obligaciones fiscales: seguirán vigentes otras responsabilidades. En primer lugar, el autónomo deberá continuar llevando sus Libros Registro de facturas (ingresos y gastos) de forma ordenada. La razón es que Hacienda puede requerir demostrar que efectivamente la facturación se mantiene por debajo de 85.000 € anuales.

Efectivamente, aunque no haya declaraciones trimestrales de IVA, se implantará la obligación de una declaración anual de ventas para los acogidos a la franquicia. Seguramente a inicios de cada año habrá que informar a la Agencia Tributaria del volumen de ingresos del ejercicio anterior, confirmando si se ha estado dentro del límite.

Beneficios y Consideraciones

Uno de los principales objetivos de esta medida es dinamizar el ecosistema empresarial español. El principal beneficio para los autónomos es la simplificación de trámites, ya que no tendrán que presentar algunos modelos ni enfrentar multas por impagos o retrasos en la documentación.

Pero, es de recordar que, con este nuevo régimen, no podrás deducir el IVA de tus compras ni reflejarlo en tus facturas emitidas. En el caso de que decidas apostar por este nuevo IVA para franquiciados, cabe señalar que si tienes pocos gastos en tu negocio, va a resultarte beneficioso; puesto que los gastos a deducir serán pocos. Por lo tanto, insistimos: hay que estudiar cada caso. Si tu negocio conlleva más gastos que lo anterior, no te compensará porque no podrás deducir el IVA.

En resumen, el Régimen de IVA Franquiciado representa una oportunidad para los autónomos y pequeñas empresas en España, pues ofrece una simplificación en la gestión del IVA y aumenta la competitividad.

Tabla Resumen del IVA Franquiciado

Característica Descripción
Umbral de Facturación Máximo 85.000 € anuales
Obligaciones de IVA Exención de recaudar y declarar IVA
Deducción de IVA No se puede deducir el IVA soportado
Declaraciones Periódicas Eliminación de modelos trimestrales (303) y anual (390)
Obligaciones Formales Llevar Libros Registro de facturas y declaración anual de ventas
Adhesión Voluntaria

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