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Comunicación

Informe de Riesgo de EPP para Empresarios: Protección y Cumplimiento Normativo

by Admin on 26/10/2025

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece las garantías y responsabilidades necesarias para proteger la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo. En este marco, las normas de desarrollo reglamentario fijan las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajadores.

Los Equipos de Protección Individual (EPI) son elementos esenciales para garantizar la seguridad en el trabajo. A nivel europeo, la Directiva 89/656/CEE establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de EPIs por los trabajadores.

Se entiende por equipo de protección individual (EPI) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Los equipos de protección individual (EPI) son elementos, llevados o sujetados por la persona, que tienen la función de protegerla contra riesgos específicos del trabajo. Cascos, tapones para los oídos, gafas o pantallas faciales, mascarillas respiratorias, cremas barrera, guantes o ropa de protección, calzado de seguridad o equipos anticaídas, son equipos de protección individual (RD 773/1997, art.

La mayoría de los EPI son llevados por el usuario (calzado, ropa, casco, gafas etc), pero existen determinados tipos que son sujetados, como, por ejemplo, las pantallas de soldador de mano.

En general, este equipo constituye una barrera o escudo entre una o varias partes del cuerpo y el peligro, de modo que proteja al trabajador frente a un posible riesgo o evite o disminuya los daños derivados de un accidente.

Hay situaciones en las que el EPI está diseñado para proteger de varios riesgos que pueden ocurrir simultáneamente, por ejemplo las orejeras acopladas a cascos de seguridad o unas gafas de protección frente a radiaciones e impactos. Además, el trabajador usa el equipo para protegerse a sí mismo y no a terceras personas.

Por ejemplo: ropa o mascarillas utilizadas en determinados sectores sanitarios para evitar contagios de personas o ropa o guantes utilizados por manipuladores de alimentos para proteger los alimentos. Los equipos de protección empleados para proteger a personas distintas de las que los llevan no son EPI.

La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no que no protejan de ningún riesgo y que únicamente sean utilizadas para preservar la ropa personal o con propósitos de uniformidad como elemento diferenciador de un colectivo no son EPI.

Sin embargo, cuando el uniforme de un determinado colectivo incorpore algún tipo de protección específica contra un riesgo que pueda amenazar su seguridad y su salud, dichos uniformes serán considerados EPI.

Priorizando la Protección Colectiva

Cuando existe un riesgo se deberían adoptar, por este orden, las medidas siguientes (LPRL, art. Esta es la pauta de actuación que marca la Ley a los empresarios para hacer efectivo su deber de prevención insistiendo, una vez más, en que las medidas colectivas deben ser prioritarias respecto a las de protección personal, cuya utilización viene siempre condicionada a que los riesgos no puedan evitarse de otra forma (LPRL, art. 15.1.h; LPRL, art. 17.2; RD 773/1997, art.

La protección personal tiene por objeto interponer una última barrera entre el riesgo y el trabajador/a mediante equipos que deben ser utilizados por él o ella. Por definición, no elimina el riesgo y su función preventiva es limitada.

Los EPI son la última barrera entre la persona y el riesgo. Actúan no sobre el origen del riesgo, sino sobre la persona que lo sufre.

Desde el punto de vista preventivo es más efectiva la utilización de medidas de protección colectiva; son más seguras y abarcan a un mayor número de personas.

Para una mejor comprensión de esta diferencia, exponemos el siguiente ejemplo: en un laboratorio de ciencias utilizamos un ácido que emite vapores tóxicos. Una medida de protección colectiva sería colocar una campana de extracción que aspire ese vapor tóxico, mientras que una medida de protección individual sería la utilización de una mascarilla por parte del operario.

Hay otras ocasiones en que puede ser útil y aceptable el uso de EPI: para proteger de exposiciones esporádicas o para reducir los efectos de situaciones accidentales de emergencia. Cuando la implementación de las medidas de tipo técnico y organizativo requieran un cierto tiempo, se utilizarán los EPI como medida transitoria hasta que dicha implementación se lleve a cabo con plena eficacia.

Cuando las exposiciones son poco frecuentes y/o de corta duración y se justifica que no pueden adoptarse otras medidas de protección. En operaciones de limpieza, mantenimiento, reparación de averías, transformación de equipos, etc., por ser situaciones de trabajo en las que, para realizar la actividad, puede ser necesario anular temporalmente algún sistema de protección.

Cuando la información que, de acuerdo con el artículo 41 de la LPRL, debe proporcionar el fabricante, importador o suministrador de maquinaria, equipos, productos o útiles de trabajo, indique la necesidad de usar un EPI. Por ejemplo, cuando en la Ficha de Datos Seguridad de un producto químico o mezcla peligrosa se indique la necesidad de usar guantes de protección química durante la manipulación del producto.

En cualquier caso, la decisión de utilizar un EPI debe estar precedida de una evaluación del riesgo y de la justificación de que no existen alternativas técnicas u organizativas para evitarlo. Todo ello debe ser objeto de información, consulta y participación de las personas trabajadoras a través de sus representantes sindicales (RD 773/1997, art. 4 final y art. 6.1.a. ; RD 773/1997, art. 8 y 9 ; RD 773/1997, art.

Sin embargo, a menudo se promueve la utilización de EPI no porque sea imposible evitar los riesgos, sino por la sencilla razón de que su coste económico es mucho menor.

Los equipos de protección individual (EPI) no eliminan los riesgos y su uso resulta a menudo penoso o incómodo para las personas que trabajan.

Si de todos modos se decide que se han de utilizar, hay que prestar la máxima atención a a la elección adecuada, tanto para evitar que esta barrera sea de hecho falsa, agravando la exposición, como para evitar incomodidades.

En general, la decisión de utilizar un EPI debe estar precedida de la preceptiva evaluación de riesgos, ya que a partir de sus resultados se determinará el conjunto de medidas y actividades preventivas que deben realizarse para eliminar o reducir y controlar dichos riesgos. En la planificación de estas medidas, se tendrán en cuenta los principios de la acción preventiva por lo que la adopción de medidas técnicas de protección colectiva y/u organizativas debe anteponerse a la protección individual.

En todos aquellos puestos de trabajo en los que deban utilizarse EPI, deberán quedar debidamente documentados todos los datos relativos al riesgo y al EPI seleccionado, así como del responsable de la selección y control de estos.

Además, al referirnos al lugar de trabajo también hay que incluir las condiciones relativas al desarrollo de la tarea específica de manera que se tendrá que tener en cuenta el esfuerzo físico que el trabajador debe realizar, el periodo de tiempo durante el que debe llevarse el EPI, las necesidades de visibilidad y comunicación, etc.

Los niveles máximos de protección del EPI difícilmente se consiguen en la práctica y el nivel real de protección es complicado de evaluar.

Selección y Uso Adecuado de los EPI

Para una correcta selección y uso de los EPI, es fundamental seguir los siguientes pasos:

  1. Tras una adecuada evaluación de riesgos y una cumplida justificación de la imposibilidad de evitarlos de otra forma que no sea la protección personal. Ello requiere agotar todas las posibilidades de información sobre alternativas de control colectivo del riesgo, ventajas e inconvenientes de la protección personal y gama de posibilidades de elección de equipos.
  2. Una vez acordada la necesidad de la utilización de EPI, se han de seleccionar los más idóneos. Para obtener información se puede recurrir a las instituciones públicas a los gabinetes sindicales de salud laboral e, incluso, directamente a los propios fabricantes de EPIs. Incluye la corrección de erratas publicada en BOE núm. 171, de 18 de julio de 1997. Ref.

Los pasos a seguir para la selección del EPI no tienen por qué tener un orden fijo, riguroso y cerrado sino que se debe realizar la selección del EPI mediante una interacción y retroalimentación entre los distintos apartados hasta conseguir la protección efectiva que se necesita.

Analizando con conocimiento lo que hay disponible en el mercado se consigue información que puede hacer que sea necesario replantear la caracterización de los riesgos que motivan el uso de los EPI y la correcta definición de los necesarios.

Obligaciones del Empresario Obligaciones del Trabajador
Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios. Utilizar correctamente los EPI de acuerdo con las instrucciones recibidas.
Elegir los EPI adecuados para cada riesgo y garantizar su eficacia. Cuidar y mantener los EPI en buen estado.
Proporcionar información y formación a los trabajadores sobre el uso correcto de los EPI. Informar al empresario sobre cualquier defecto o problema con los EPI.
Garantizar que los EPI cumplan con las disposiciones sobre diseño y fabricación en materia de seguridad y salud.

Por su propia definición, el EPI es para uso individual y debe por tanto adaptarse a la persona que lo usa. El EPI debe adaptarse correctamente al usuario ya que un mal ajuste puede implicar una disminución de la protección ofrecida por el equipo e incluso la inexistencia de protección a pesar de ser llevado.

Cuando se pretenda proteger al usuario frente a varios riesgos o distintas partes del cuerpo y se requiera para ello la utilización simultánea de varios EPI, hay que prestar una especial atención a la adecuada compatibilidad de los mismos de manera que, cuando se utilicen conjuntamente y estén correctamente ajustados, su grado de protección sea el previsto al diseñarlos y no generen riesgos añadidos.

Es muy importante seguir las instrucciones del fabricante acerca de la compatibilidad entre equipos cuando existan.

Originariamente este doble enfoque fue planteado con el fin de que las legislaciones fueran complementarias, ya que la protección de los trabajadores hace necesario fijar las condiciones que deben cumplir los EPI desde su diseño y fabricación hasta su comercialización y, paralelamente, establecer las condiciones mínimas de seguridad y salud para su correcta utilización.

Equipo de Protección Personal (EPP): Todo lo que Necesitas Saber

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