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Comunicación

Deducciones Fiscales y Obligaciones Tributarias para Pymes de Nueva Creación

by Admin on 21/05/2026

La expresión fiscalidad de las pymes se refiere a las obligaciones impositivas de las pequeñas y medianas empresas con el estado español. La fiscalidad de las pymes incluye obligaciones directas como el pago del Impuesto de Sociedades (IS), tributo que se genera al restar los gastos de los ingresos recibidos. Este tributo se paga solo si la base imponible es positiva; es decir, si los ingresos de un período fiscal son iguales a los gastos, no se genera el IS.

En el contexto fiscal actual para las pymes, actualmente todas las pymes pueden beneficiarse de una disminución de dos puntos, del 25 % al 23 %, sobre el porcentaje general que se aplica en el impuesto sobre sociedades. Sin embargo, para los nuevos emprendedores existen condiciones aún más favorables.

Incentivos para Pymes y Startups de Nueva Creación

Las pymes nuevas que cumplan con los requisitos fijados por el ente fiscal pagan el 15% o modalidad reducida en su primer período fiscal con saldo tributario positivo. Todos los negocios, según explica la Agencia Tributaria, podrán optar a esta reducción y pagar un 15 % en el primer año en el que hayan obtenido resultados positivos y en el siguiente.

Gracias a la Ley de startups, este tipo de empresas pueden disfrutar de un tipo impositivo del 15% durante los primeros 4 años con beneficios (o base imponible positiva). Las ventajas fiscales para las startups se refieren a empresas de nueva creación o con un máximo de 5 años. No debemos entender por startup solo las empresas tecnológicas o de biotecnología; un abogado puede montar una startup, siempre que haya una especie de innovación en la empresa.

Otra ventaja para las empresas emergentes estriba en que durante los dos primeros ejercicios en los que la base imponible es positiva, la empresa puede retrasar los pagos del Impuesto sobre Sociedades sin necesidad de garantías y sin generar intereses. En este caso, el aplazamiento puede ser de doce meses para el impuesto del primer ejercicio y de seis meses para el segundo.

Cómo Los Dueños de Casas Ahorran en Impuestos: Beneficios y Deducciones Fiscales

Deducciones Fiscales por I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación)

Las deducciones fiscales por I+D+i permiten a las pymes reducir directamente la cuota del Impuesto sobre Sociedades cuando invierten en investigación, desarrollo o innovación tecnológica. Estas deducciones no reducen la base imponible, sino la cuota final a pagar, lo que significa que el impacto es directo.

  • I+D (Investigación y Desarrollo): La deducción aumenta al 25 % sobre la cuota íntegra de todos los gastos.
  • Exceso de inversión: Cuando la inversión supera la media de los dos años anteriores, el exceso puede deducirse hasta un 42%.
  • Innovación Tecnológica (IT): Alcanza el 12% de la cuota íntegra, al ser actividades más cercanas al mercado.
  • Personal investigador: Existe una bonificación adicional del 17 % de los gastos del personal investigador vinculado exclusivamente a actividades de I+D.

Resumen de tipos impositivos y deducciones

A continuación se presenta una tabla con los principales incentivos aplicables:

Concepto Fiscal Porcentaje / Beneficio Requisito Principal
IS General Pymes 23% Facturación menor a 1 millón de euros
IS Nueva Creación 15% Primeros años con base imponible positiva
Deducción I+D 25% - 42% Proyectos de investigación y desarrollo
Deducción IT 12% Innovación en procesos o productos
Inversión en Startups 50% (en IRPF) Inversores en empresas de nueva creación

Inversión en Empresas de Nueva Creación

La deducción por inversión en empresas de nueva creación es una herramienta fiscal potente que permite a inversores recuperar hasta un 50 % de su inversión directamente en la declaración de la renta, con una base máxima de 100.000 € al año. Este incentivo estatal del IRPF está orientado a fomentar la financiación privada de startups innovadoras.

Para aplicar esta deducción, la entidad debe revestir la forma de sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, y no estar admitida a negociación en ningún mercado organizado. Además, la participación directa o indirecta del contribuyente no puede ser superior al 40% del capital social de la entidad.

Reservas, Amortizaciones y Otros Incentivos

Las empresas de reducida dimensión disfrutan de beneficios como las amortizaciones aceleradas o libertad de amortización. La libertad de amortización permite aplicar una depreciación mayor en los primeros años, reduciendo la base imponible y permitiendo que la empresa pague menos Impuesto sobre Sociedades al principio.

En cuanto a las reservas fiscales, existen dos figuras clave:

  1. Reserva de capitalización: Permite reducir la base imponible según lo que aumenten los fondos propios (normalmente 20% desde 2025) por dejar beneficios en la empresa.
  2. Reserva de nivelación: Solo se aplica para entidades de reducida dimensión y permite reducir la base imponible hasta un 10%, posponiendo la tributación al cabo de 5 años.

Finalmente, respecto a la morosidad, existe un incentivo que permite a las empresas de reducida dimensión aminorar su base imponible en hasta un 1% del total de deudores pendientes de cobro al cierre del ejercicio para cubrir el riesgo de insolvencias.

Impuestos Indirectos y Municipales: IVA e IAE

El Impuesto del Valor Añadido (IVA) otorga a las pymes la condición de recaudadoras; los negocios lo cobran a sus usuarios para consignar ante Hacienda mediante los modelos 303 y 390. Al hacer esta declaración, la compañía suele descontar el IVA que pagó en sus facturas de gasto.

Por su parte, el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) es un impuesto municipal. Los autónomos y las empresas de nueva creación están exentos de su pago en todo el territorio español durante los dos primeros periodos impositivos. Además, existe una deducción del 50 % durante los cinco años siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo para determinadas actividades profesionales.

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