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Comunicación

Concepto de comercio electrónico: Definiciones y perspectivas de diversos autores

by Admin on 19/05/2026

En la época contemporánea, el quehacer humano comercial se acrecienta con el uso de las tecnologías de la información y comunicación. Ante la pregunta de si hemos realizado compras utilizando medios electrónicos (computadora, teléfono inteligente o tableta), es fundamental comprender qué constituye este fenómeno. Diversos autores han aportado definiciones clave para conceptualizar este modelo de negocio:

  • Téllez (2009) lo define como “cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación como Internet”.
  • Luz Clara (2001) coincide al señalar que es “cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial, basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación como Internet”.
  • García (2002) expande el concepto indicando que abarca “cualquier forma de transacción o de intercambio de información comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación como Internet, compra de bienes, información o servicios, uso de la red para aspectos de publicidad...”.
  • Rodríguez (2004) lo conceptualiza como la parte del comercio que se desarrolla a través de redes (cerradas y abiertas) mediante la relación entre oferta y demanda, utilizando herramientas electrónicas para agilizar el proceso, reduciendo tiempos y costos.
  • Martínez (citada por Rico, 2003) señala que el comercio electrónico está relacionado con “todo intercambio de datos, por medios electrónicos, esté relacionado o no con la actividad comercial en sentido estricto”.

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Modalidades y clasificación del comercio electrónico

De acuerdo con el análisis de diversos especialistas, las operaciones mercantiles electrónicas se agrupan fundamentalmente en componentes basados en las relaciones de sus intervinientes:

Modelo Descripción
B2B (Business to Business) Transacciones entre empresas; es el modelo más utilizado a nivel regional e internacional.
B2C (Business to Consumer) Dirigido a los consumidores finales para uso personal o del hogar.
B2A (Business to Administration) Intercambios entre empresas o particulares y entes gubernamentales (pago de tributos, seguridad social, etc.).
C2C (Consumer to Consumer) Transacciones realizadas directamente entre consumidores individuales.

Infraestructura y seguridad en las transacciones

La creación de mecanismos que permitan saber si un mensaje de datos es legalmente válido, comúnmente conocido como firma electrónica, ha sido reconocido como prioritario para un continuo desarrollo de infraestructura de información eficiente y segura. El contrato electrónico, por su parte, se perfecciona por el mero consentimiento, excepto aquéllos que deben revestir una forma establecida por la ley.

Al respecto, es importante que las partes contratantes conozcan de antemano que, al incorporarse a esta forma de negocios, se corren riesgos importantes. La seguridad es un aspecto crítico, puesto que garantiza que las transacciones permanezcan protegidas. Para evitar el fraude, las organizaciones implementan tecnologías como:

  • Encriptación.
  • Tokenización.
  • Firewalls.
  • Sistemas de detección del fraude.

La contratación informática vs. contratación electrónica

Es necesario distinguir entre estos dos ámbitos. Los contratos informáticos son aquellos cuyo objeto está directamente relacionado con la contratación de equipos o software (bienes o servicios informáticos), independientemente de la vía por la que se celebren. Por otro lado, los contratos electrónicos son aquellos cuya celebración se lleva a cabo mediante el uso de medios digitales, independientemente del objeto del contrato.

Como señaló Miguel Ángel Davara Rodríguez (1993), la contratación informática se define como “aquélla cuyo objeto sea un bien o un servicio informático o ambos”. En estos casos, el principio de la autonomía de la voluntad de las partes debe ser analizado con cautela, ya que regularmente una parte del contrato es experta en informática y la otra es inexperta, lo que ha llevado a instituciones como la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor a revisar contratos de adhesión para proteger a los usuarios de posibles abusos.

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