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Comunicación

Compensación Fiscal para PYMES y Fondos de Inversión: Claves para Optimizar tu Tributación

by Admin on 22/05/2026

Las reducciones fiscales son objeciones que contempla el sistema tributario para evitar que se paguen impuestos por determinados beneficios que, en realidad, no lo son. Estas reducciones de la base imponible y la integración y compensación de rentas son las que, finalmente, determinan la base fiscal sobre la que se calculará el impuesto a pagar. En este artículo, te contamos todo lo que necesitas saber sobre cómo compensar pérdidas patrimoniales y ganancias patrimoniales para pagar menos impuestos, especialmente si eres una PYME o inviertes en fondos de inversión.

Compensación de Pérdidas Patrimoniales en el IRPF

La compensación de pérdidas patrimoniales en el IRPF es un mecanismo que permite reducir la carga fiscal al restar las pérdidas obtenidas de la venta de bienes de las ganancias obtenidas en el mismo ejercicio fiscal o en los cuatro siguientes. Las pérdidas patrimoniales pueden provenir de diferentes fuentes, como la venta de inmuebles, acciones o cualquier otro tipo de bien que haya generado una pérdida. Este mecanismo tiene un funcionamiento relativamente sencillo, pero es crucial entender cómo aplicarlo correctamente para aprovechar al máximo las ventajas fiscales que ofrece.

Funcionamiento de la Compensación de Rentas del Ahorro

La posibilidad de compensar rentas del ahorro, y más concretamente, pérdidas y ganancias patrimoniales, permite que solo pagues impuestos por los beneficios reales que has tenido por tus inversiones. Para que lo entiendas mejor, el dinero que hayas perdido con una inversión se restará a lo que has ganado y solo tributarás por la diferencia entre ambas. Así, aprovechas esas pérdidas al invertir para reducir tu carga fiscal y pagar menos impuestos.

A modo de ejemplo, imagina que has invertido en Bolsa y has ganado 2.000 euros en unas operaciones, pero has perdido 500 euros en otras. Al hacer la declaración de la Renta podrás compensar las minusvalías y las plusvalías.

Recuerde que si no actúa antes del 31 de diciembre de 2024, puede perder el derecho a compensar dichas pérdidas.

Cómo se Calcula la Ganancia o Pérdida Patrimonial en el IRPF

Una de las claves en la compensación de pérdidas patrimoniales en la renta es saber si existe ganancia o pérdida. La norma general que Hacienda aplica a la transmisión de elementos patrimoniales (cuando compras o vendes algo) es la siguiente:

  • Valor de venta - Impuestos
  • Valor de compra + Impuestos, gastos e inversiones

Este esquema se usa para calcular cuándo hay una ganancia patrimonial o una pérdida. De forma muy resumida, lo que hace Hacienda es restar el valor de venta menos los impuestos al valor de compra más los impuestos, gastos e inversiones. Además, se aplicará para las ganancias por vender tu casa y también a las que obtengas por la venta de acciones o de participaciones de un fondo de inversión. De ahí que se hable de las mejoras, como por ejemplo, las reformas que hayas podido hacer en el piso. Y es que, en todos esos casos, Hacienda interpreta que estás comprando y vendiendo algo y obteniendo una ganancia o pérdida patrimonial.

Otra cuestión diferente son las ganancias o pérdidas donde no existe transmisión como, por ejemplo, el dinero proveniente de las apuestas. En este sentido, recuerda que El Gordo de Navidad, la Quiniela, el Euromillones y otros juegos de azar similares tienen su propia fiscalidad.

La Norma FIFO (First In, First Out)

A la hora de calcular el valor de compra de una acción se utiliza la norma FIFO o First in, First Out, según la cuál las primeras acciones o participaciones de un fondo que se venden son las que se compraron en primer lugar. Esta norma se aplica cuando has ido adquiriendo acciones de una misma empresa a lo largo del tiempo.

Tipos de Rentas del Ahorro y su Compensación

Hacienda divide las rentas del ahorro entre rendimientos del capital mobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales.

  • Rendimientos del capital mobiliario: los dividendos, derechos sobre acciones, intereses de cuentas corrientes, prestaciones de seguros de vida, jubilación o invalidez y rentas vitalicias por imposición de capitales.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: engloban prácticamente todas las inversiones, desde Bolsa hasta invertir en oro, pasando por fondos de inversión y fondos cotizados (ETF). También caen dentro de este saco las ventas de objetos de segunda mano e incluso la venta de la casa. Las criptomonedas van aquí también y se pueden compensar.

Desde 2019 Hacienda permite compensar también las ganancias patrimoniales con los rendimientos de capital mobiliario hasta un máximo del 25%. De esta forma, si después de realizar restar las pérdidas a los beneficios el resultado sigue siendo negativo, estas se podrán compensar hasta con un 25% de los rendimientos de capital mobiliario.

Para que lo entiendas mejor, en caso de que hayas perdido con acciones o fondos, podrás usar esa minusvalía en la declaración de la Renta para restarla al dinero que hayas ganado en depósitos o con tus dividendos con un máximo del 25%.

Ejemplos de Compensación

Ejemplo 1: Compensar pérdidas en acciones

Pedro tiene el siguiente resultado global de sus inversiones:

  • Bolsa: -2.500 €
  • Fondos: +500 €
  • Depósitos y cuentas remuneradas: +500 €
  • Dividendos: +1.000 €

Al hacer la declaración de la Renta, Pedro empezará por restar a los 500 euros que ganó en fondos los 2.500 que perdió en Bolsa. Así, el saldo de ganancias y pérdidas patrimoniales es de -2.000 euros. El siguiente paso será aprovechar la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales con rendimientos del capital mobiliario. En otras palabras, usar los 1.500 euros que ha ganado Pedro con los depósitos y dividendos para minorar las pérdidas. Dado que el límite es del 25% del saldo positivo, se podrán restar 375 euros. El resultado es que Pedro arrastrará 1.625 euros en pérdidas patrimoniales en el pasado ejercicio, una cantidad que podrá compensar con las ganancias obtenidas durante los cuatro años siguientes.

Ejemplo 2: Compensar ganancias de la venta de la casa

Marta ha vendido su casa y no ha reinvertido el dinero en comprar otra. Lo que ha hecho es invertir. De su casa obtuvo una ganancia de 40.000 euros, pero el año pasado perdió 3.000 euros en fondos y acciones. Al hacer la declaración de la renta, Marta podrá restar los 3.000 euros a los 40.000 euros que ganó con la vivienda.

Compensación de Pérdidas Patrimoniales por Venta de Inmueble Heredado

Si al vender un inmueble heredado obtienes una pérdida patrimonial -por ejemplo, porque el precio de venta es inferior al valor asignado en el Impuesto de Sucesiones-, esa pérdida patrimonial puede incluirse en tu declaración de la renta. Aunque se trate de un bien heredado, la normativa fiscal permite compensar esa minusvalía con otras ganancias patrimoniales obtenidas en el mismo ejercicio, como la venta de acciones, fondos de inversión o incluso criptomonedas. En caso de que las pérdidas superen a las ganancias, el saldo negativo puede compensarse hasta un 25% con rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, etc.) y, si aún queda remanente, se podrá arrastrar durante los cuatro ejercicios siguientes. Eso sí, es fundamental justificar adecuadamente el valor de adquisición (el valor de la herencia) y el de transmisión, para evitar problemas con Hacienda.

T4E16 Venta de un inmueble heredado

Compensación de Pérdidas y Ganancias en Criptomonedas

Las criptomonedas también generan ganancias y pérdidas patrimoniales, por lo que puedes compensar las pérdidas en criptos con ganancias obtenidas en otros activos de inversión (acciones, fondos, venta de vivienda, etc.). Por ejemplo, si en un año vendiste Bitcoin con una pérdida de 3.000 euros, podrías compensarlo con una ganancia de 2.500 euros obtenida en Bolsa. En este caso, solo tendrías una pérdida neta de 500 euros, que podrías arrastrar a los próximos años. ¡Ojo! Si operas con criptomonedas en exchanges extranjeros, Hacienda puede requerir que justifiques todas las operaciones con documentación detallada.

La Norma Anti-aplicación de los Dos Meses

Esta norma limita también qué ganancias se pueden compensar. Lo hace impidiendo que se puedan compensar las pérdidas generadas por acciones adquiridas dos meses antes de la venta y también si, dos meses después de generar la minusvalía vuelves a comprar los mismos títulos. Para que lo entiendas mejor, vamos a ver un ejemplo de la norma anti-aplicación de los dos meses al compensar pérdidas. Imagina que compras acciones de la empresa A y las vendes al mes generando una pérdida de 500 euros. Esa pérdida no podrás imputarla en el IRPF, es decir, no la podrás usar para restarla a otras ganancias porque no las has tenido más de dos meses en cartera. Lo mismo ocurriría si vendes las acciones de la empresa A, generas una minusvalía y vuelves a comprarlas en dos meses.

Excepciones a la Norma de Compensación de Pérdidas y Ganancias

La mayoría de rentas funcionan bajo la norma general, pero existen dos excepciones a la hora de compensar pérdidas y ganancias que conviene conocer.

  • Apuestas y juegos de azar: Si realizas apuestas deportivas, Hacienda te va a permitir restar las pérdidas a las ganancias del mismo año, pero no exportarlas para compensarlas con otras ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro (como acciones o fondos). Esto se debe a que las ganancias del juego se integran en la base general del IRPF, como tu salario, mientras que las inversiones van a la base del ahorro. Por tanto, si el saldo de tus apuestas es negativo, no podrás usarlo para pagar menos impuestos por tus acciones. Esta misma idiosincrasia se aplica al póker.
  • Venta de objetos de segunda mano: Es fácil pensar que si has vendido algo que te costó 100 euros por 80 en Wallapop, has generado una pérdida de 20 euros. Nada más lejos de la realidad. Hacienda entiende que en determinados objetos de consumo es normal que haya una pérdida de valor por el uso. El mejor ejemplo es la venta de un coche. Si compraste un coche por 10.000 euros y al cabo de cuatro años lo vendes por 6.000, no podrás imputar esa diferencia como pérdida. La AEAT tiene claro que un vehículo pierde valor con el tiempo, por lo que no se considera una pérdida patrimonial deducible. Esta interpretación no se aplica a una vivienda, que sí se considera un bien de inversión: si pierdes dinero con la venta de tu casa, sí puedes imputarlo como pérdida patrimonial.

Fiscalidad de los Fondos de Inversión

Los fondos de inversión son un instrumento ideal para diversificar nuestras inversiones en busca de rentabilidad. Sin embargo, como todos los productos financieros, cuentan con características que debemos conocer para sacarles el máximo partido, tanto a la hora de depositar nuestro dinero en ellos como en el momento de retirarlo.

Los fondos de inversión son un producto destinado a canalizar el ahorro y la inversión a través de la adquisición de participaciones. Estas participaciones forman parte del patrimonio del propio fondo, que es gestionado por una gestora en base a una determinada política de inversión. Así, el inversor puede decidir en qué tipo de fondos depositar su dinero, en función de su perfil de riesgo y de sus necesidades específicas. Una de las principales ventajas de este instrumento es su liquidez inmediata. Es decir, nos permite disponer del dinero acumulado, en cualquier momento y sin sufrir ningún tipo de penalización.

Cuándo se Aplica la Fiscalidad de los Fondos de Inversión

Existen dos situaciones en las que debemos tener presente la fiscalidad de los fondos de inversión: a la hora de reembolsar nuestras participaciones y en el caso de heredarlas por el fallecimiento del partícipe. La fiscalidad de los fondos de inversión se aplica en dos tipos de impuestos: el IRPF y el impuesto de sucesiones y donaciones.

Tributación en el IRPF (Reembolso de Participaciones)

La tributación de los fondos de inversión no se produce hasta el reembolso de las participaciones. Además, puedes realizar dicho reembolso de manera parcial y no total. Como regla general, la ganancia o pérdida en el reembolso es la diferencia entre el valor de transmisión y el coste de adquisición de dichas participaciones. Si el reembolso es parcial, para determinar el coste de adquisición de las participaciones, se tienen en cuenta aquellas adquiridas en primer lugar (regla FIFO, First in, First out).

Las ganancias y pérdidas por reembolso se integran en la base del ahorro, con tipos progresivos. A modo orientativo, la estructura vigente incluye tramos del 19%, 21%, 23%, 27% y 28%, aplicados por tramos acumulados de ganancia. Por ejemplo, si la ganancia total del año son 10.000 €, tributas al 19% en el primer tramo y al 21% en el exceso. Si hay pérdida, podrás compensarla según las reglas y límites mencionados.

En caso de obtener pérdidas patrimoniales por el reembolso del fondo de inversión, puedes compensar las mismas con saldos positivos de los rendimientos de capital mobiliario del mismo ejercicio, con el límite del 25% de dicho saldo positivo. Si aún quedase saldo negativo tienes los siguientes cuatro años para compensar, con el límite anteriormente descrito, a través de la Compensación de partidas negativas procedentes de ejercicios anteriores.

Ventajas fiscales de los fondos de inversión:

  • Diferimiento del impuesto: no tributas hasta que reembolsas.
  • Traspasos exentos (art. 94 LIRPF): puedes reajustar la cartera sin tributar en el momento del cambio, si los fondos cumplen los requisitos.
  • Compensación de pérdidas/ganancias en la base del ahorro: con límites y plazos de 4 años para pérdidas pendientes.

A diferencia de otros productos financieros, como los planes de pensiones, los fondos de inversión no desgravan en el IRPF. Esto significa que las aportaciones no generan una reducción directa en la base imponible. En otras palabras, los fondos no ofrecen beneficios fiscales inmediatos, pero sí potencian la rentabilidad a largo plazo al no obligar a tributar por las ganancias hasta el momento de la venta.

Tributación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (Fallecimiento del Partícipe)

La fiscalidad de los fondos de inversión también afecta al fallecimiento de un partícipe. En estos casos, la gestora emitirá un certificado con el valor del fondo a fecha de fallecimiento que los herederos incluirán en el Impuesto de Sucesiones.

Una persona contrata un fondo de inversión en el año 2010 por valor de 50.000€, y no realiza ninguna operativa en el mismo hasta su fallecimiento en el año 2022. En este caso, los herederos tendrán que incluir en su Impuesto de Sucesiones y Donaciones la totalidad de los 65.000€, pero los 15.000€ (plusvalía del muerto) generados de plusvalía no tributan en el IRPF del fallecido.

Evolución de la Tributación de los Fondos de Inversión

La fiscalidad de los fondos de inversión ha experimentado cambios a lo largo del tiempo. A continuación, se presenta una tabla con algunos hitos relevantes:

Año Modificación Fiscal
X Introducción del concepto de Plusvalía (diferencia positiva entre valor de compra y venta).
Y El tiempo de permanencia en un fondo se tiene en cuenta para aplicar un reductor sobre los beneficios.
Z Modificación de coeficientes reductores e introducción de un factor de actualización por inflación. Tipo fijo del 20% para beneficios en inversiones de más de dos años.
2007 Obligación de las entidades bancarias de retener el 18% sobre los beneficios en la venta del fondo.
2010 Reducción al 15% del tipo de retención y tributación para beneficios de fondos de inversión a largo plazo.
2015 Desaparece el tipo fijo del 15%. Se establece un escalado: 19% hasta 6.000 € de beneficio, 21% para los siguientes 18.000 € y 23% para el resto.

Consejos para PYMES y Empresas

Si tienes rendimientos positivos que van a la parte del ahorro, como los procedentes de intereses o dividendos, pueden reducirse con el saldo negativo de las pérdidas patrimoniales originadas por transmisiones, hasta un máximo del 25 por 100 de aquel. Asimismo, si tuvieras rendimientos del capital mobiliario negativos, como los procedentes de un unit linked, podrá reducir con ellos la tributación del saldo de ganancias y pérdidas patrimoniales generadas por transmisiones, con el límite del 25 por 100 del mismo.

Si has obtenido alguna plusvalía transmitiendo elementos patrimoniales, aún estás a tiempo de rebajar el coste de la factura fiscal transmitiendo otros elementos con pérdidas, independientemente del tiempo que hayan permanecido en tu patrimonio. Las pérdidas y ganancias patrimoniales se pueden compensar entre sí sin límite de un mismo ejercicio y en los cuatro ejercicios siguientes.

Conocer la fiscalidad de los fondos de inversión te ayudará a tomar decisiones más óptimas y rentables para tu economía familiar y personal. Puedes beneficiarte de todas estas ventajas a través de los fondos que Occident pone a tu disposición: GCO Ahorro, GCO Renta Fija, GCO Mixto, GCO Global 50, GCO Acciones, GCO Eurobolsa, GCO Bolsa USA, GCO Internacional.

Aprovechar la compensación de pérdidas patrimoniales en el IRPF puede resultar en un ahorro significativo. Planifica con antelación: No esperes al último momento para revisar tu situación fiscal. Sí, es completamente legal vender y recomprar acciones para aflorar ganancias y compensar pérdidas. Al donar bienes, puedes compensar la ganancia que debes declarar con las pérdidas patrimoniales anteriores.

Aunque no hay obligación de declarar solo por tener pérdidas, es la única forma de dejarlas registradas para compensarlas en el futuro. No obstante, los umbrales de obligación han cambiado según la normativa de la AEAT: si tienes dos o más pagadores, el límite de ingresos del trabajo para estar obligado a declarar es de 15.876 euros anuales. Si tienes un solo pagador, el límite se mantiene en 22.000 euros. Asimismo, si obtienes ganancias patrimoniales (como las de apuestas o criptos) que no están sujetas a retención y superan los 1.000 euros (sumadas al resto de tus rentas), estarás obligado a presentar la declaración.

Una opción fácil que tienes es delegar tu declaración de Renta a especialistas de AYUDA T PYMES, quienes se ocuparán de su confección y presentación en Agencia Tributaria.

tags: #compensación #fiscal #pymes #fondos #inversión

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