Deportista Autónomo de Alto Nivel: Guía Completa de Alta y Fiscalidad
Según el convenio para deportistas autónomos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) da la bienvenida a un nuevo tipo de profesionales, los deportistas autónomos de alto nivel.
Estos nuevos autónomos, como cualquier otro trabajador del régimen, tendrán cubierta la incapacidad permanente, muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes, jubilación, servicios comunes y asistencia sanitaria.
Deportista Profesional: ¿Por Cuenta Ajena o Por Cuenta Propia?
Es fundamental diferenciar entre un deportista que trabaja por cuenta ajena y uno que lo hace por cuenta propia. Desde el año 2003, los deportistas con una relación laboral especial de deportista profesional se encuentran incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
La norma que regula la relación laboral especial entiende por deportista profesional, quien, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dedica voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución.
El deportista profesional, conforme al concepto utilizado por la norma, se define en virtud de una serie de requisitos que han de concurrir: voluntariedad, retribución, ajenidad, dependencia, y regularidad en la práctica deportiva.
a) Voluntariedad
El deportista profesional ha de prestar sus servicios de manera voluntaria. Este requisito, en determinadas ocasiones, se presta a una cierta modulación, véase en el caso de la participación del deportista con la selección nacional. La Ley del Deporte establece que es obligación del deportista asistir a la convocatoria de la selección nacional para la participación en competiciones de carácter internacional, o para la preparación de las mismas. Las sociedades anónimas deportivas y el resto de clubes deportivos, con el objetivo de formar la selección nacional, deben poner a disposición de la Federación española que corresponda, los miembros de su plantilla deportiva.
b) Retribución
El deportista profesional presta sus servicios a cambio de una remuneración. Este requisito permite diferenciar al deportista profesional del deportista aficionado o amateur. Quedan excluidos del ámbito de la relación laboral especial de deportistas profesionales, aquellas personas que dedican a la práctica del deporte dentro del ámbito de un club percibiendo de éste solamente la compensación de los gastos derivados de su práctica deportiva.
c) Dependencia
El deportista ha de prestar sus servicios dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva. Es decir, encontrarse sujeto a las órdenes e instrucciones indicadas por el club o entidad deportiva (por ejemplo, respecto a entrenamientos, cuidado de la forma física, participación en competiciones oficiales, etc.). Desde el ámbito académico, se sostiene que la dependencia concurre si el deportista asiste a la competición representando al club o entidad deportiva y no a título individual. El atletismo, el boxeo, el tenis o el motociclismo, entre otras, son consideradas como actividades deportivas de carácter individual. En estos supuestos, no se presume que el deportista participe en representación de un club o entidad deportiva.
d) Ajenidad
En el deportista profesional, la ajenidad se traduce, por un lado, en que el club o entidad deportiva se sirve de la prestación del deportista (por ejemplo, en la venta de entradas) y, por otro lado, el deportista recibe su remuneración independientemente de los resultados que obtenga el club o entidad deportiva. Al igual que ocurre en el requisito de la dependencia, la ajenidad concurre si el deportista asiste a la competición representando al club o entidad deportiva y no a título individual.
e) Regularidad en la práctica deportiva
La relación laboral especial de deportistas profesionales no comprende las actuaciones aisladas de un deportista para un empresario u organizador de espectáculos públicos. De esta manera, deportistas, como un jugador de golf, un tenista o un boxeador, que prestan su servicio de forma eventual, no se encuentran en el ámbito de la relación laboral especial de deportistas profesionales.
En conclusión, aquellos deportistas en los que no concurran los requisitos explicados, podrán ser considerados como trabajadores autónomos. Para ser profesional por cuenta propia debes ser independiente y, además, puedes dedicarte de manera puntual a ello.
Requisitos Clave para el Deportista Autónomo de Alto Nivel
Cualquier deportista de alto nivel podrá inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos siempre y cuando:
- Tenga ya cumplidos los 18 años.
- Tener reconocida la condición de deportista de alto nivel.
- No figuren inscritos en ningún otro régimen de la seguridad social.
¿Cómo Solicitar la Incorporación al Régimen?
El deportista que cumpla dichas características y así lo desee podrá solicitar su incorporación al régimen entregando el modelo TA-0040 debidamente cumplimentado en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o, en su defecto, una de las administraciones de ésta. La incorporación al convenio comenzará a tener efecto desde el mismo día de presentación.
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Derechos y Obligaciones del Deportista Autónomo
Así como el deportista de alto nivel autónomo tendrá una serie de derechos que hemos especificado anteriormente, tales como la jubilación o la pensión por incapacidad, también deberá respetar las normas aplicables al régimen, e ingresar las cuotas correspondientes en el mismo mes en el que proceda su pago.
Los deportistas también podrán elegir su base de cotización entre las que se encuentran vigentes en el régimen, teniendo en cuenta que las cuotas serán diferentes dependiendo de la base escogida.
Finalización de la Condición de Deportista Autónomo
El convenio dejará de ser aplicable en los siguientes casos:
- Si el profesional hace uso de su condición de pensionista, ya sea por jubilación o incapacidad o cualquiera de las razones incluidas en el régimen.
- En caso de fallecimiento del profesional.
- Si el deportista no abonase tres cuotas de forma consecutiva o cinco cuotas de forma alterna.
- Si el profesional comunicase expresamente su intención de abandonar el régimen de forma voluntaria.
Aspectos Fiscales Clave para Deportistas Autónomos
Como deportista autónomo o por cuenta propia, tus obligaciones principales serán mantener tus cuotas al día, declarar el IVA y el IRPF y presentar tus impuestos trimestrales y anuales, cómo todos los autónomos.
El éxito de los deportistas implica horas de entrenamientos, viajes, cientos de kilómetros en desplazamientos, comidas fuera de casa y poco tiempo para la gestión de la fiscalidad.
Gastos Deducibles para Deportistas de Élite
El oficio de deportista implica muchas horas de trabajo y constancia en los entrenamientos, y dependiendo del deporte, será necesario alquilar un lugar para poder entrenar. La asistencia a partidos y competiciones a menudo también suponen gastos de transporte, alojamiento y comidas fuera de casa. Como autónomo, debes saber que la mayoría de estos gastos son deducibles de tu trabajo como deportista, por lo que deberías incluirlos en la declaración de la renta.
En la fiscalidad, no te olvides de incluir en tu declaración de la renta, los gastos deducibles derivados de tu actividad deportiva y declarar las medallas.
Pasos para Darse de Alta como Autónomo
Reagrupando todo lo que hemos ido comentando en el artículo, vemos que es muy importante el momento del alta.
1. Obtener Certificado Digital
Es muy útil para realizar trámites online. Se puede solicitar a través de la página de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o en una oficina de registro autorizada (Autoridades de Certificación reconocidas).
2. Darse de Alta en Hacienda
Darse de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Esto implica inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (Modelo 036 o 037).
- El modelo 036 es el documento que informa a la Agencia Tributaria sobre los datos censales de una empresa, ya sea una persona física (autónomo) o jurídica (sociedad). Sirve para solicitar la asignación del NIF (número de identificación fiscal).
- El modelo 037 es el modelo simplificado que no es válido para todos los casos, pero que pueden utilizar la mayoría de los autónomos y pequeñas empresas.
Se presenta en la Agencia Tributaria y debes indicar la actividad económica a desarrollar (IAE), el régimen de IVA y el de IRPF.
3. Darse de Alta en la Seguridad Social
Inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Debes hacerlo en un plazo máximo de 60 días previos al inicio de la actividad, aunque generalmente se hace el mismo día que el alta en Hacienda. Se realiza a través del Sistema RED o presencialmente en una oficina de la Seguridad Social.
Clasificación en el IAE para Deportistas
Como hemos avanzado, el alta es un punto crucial porque, entre otras cosas, tienes que decidir qué IAE representa tu actividad. A la hora de declarar la actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales.
Lo normal será que estés exento del pago del IAE, ya que sólo se debe pagar en el caso de facturar más de un millón de euros anuales.
En lo que respecta al Impuesto de Actividades Económicas (IAE), los educadores físico deportivos que vayan a desarrollar su actividad como profesionales en el ámbito de la preparación física, la readaptación físico-deportiva, el entrenamiento personal o el ejercicio físico orientado a la salud, entre otros, han de adscribirse al grupo 826. Para otras actividades corresponderían otros epígrafes.
Pongamos un ejemplo, imaginemos que eres jugador de fútbol profesional, pero, además, también eres árbitro en partidos. En ese caso tendrás que poner el IAE 041 y el 048.
Algunos de los epígrafes del IAE que pueden ser relevantes para los deportistas profesionales autónomos incluyen:
- Grupo 041
- Grupo 042
- Grupo 043
- Grupo 044
- Grupo 045
- Grupo 046
- Grupo 047
- Grupo 048
- Grupo 049
Consideraciones sobre Ayudas y Subvenciones
Los deportistas de élite suelen optar de forma habitual a multitud de ayudas económicas por parte del estado para incrementar su formación o técnica.
Es importante tener en cuenta que si ya estás dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social solo tendrás opción, para optar a las ayudas, de darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). No podrías acceder al CONVENIO ESPECIAL DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL, ya que este es incompatible con cualquier otra cotización a la Seguridad Social.
Para optar a las ayudas, deberás comprobar tu alta censal como trabajador autónomo en los epígrafes censales A04 (actividades deportivas y artísticas) y, respecto a las actividades económicas en hacienda en el IAE 047.
Además, si tus ingresos provenientes del deporte superan los 38.000€/año, no tienes derecho a solicitar las ayudas los años que superes dicho límite.
