Fomentando la Innovación: Guía Completa sobre el Sello PYME Innovadora y Convocatorias de Apoyo
La innovación es un pilar fundamental para el crecimiento y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en el panorama económico actual. Reconocer y apoyar a estas empresas innovadoras es crucial para el desarrollo. En España, el Sello PYME Innovadora se presenta como una distinción oficial que no solo certifica el compromiso con la I+D+i, sino que también abre la puerta a importantes ventajas. A nivel europeo, diversas convocatorias y programas buscan integrar a las PYMES en cadenas de valor globales y nuevos mercados.
El Sello PYME Innovadora: Reconocimiento a la Inversión en I+D+i
El sello PYME Innovadora es una distinción oficial otorgada por el Ministerio de Ciencia e Innovación en España. Su objetivo es reconocer a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) que invierten de manera significativa en actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i). La obtención del sello permite a la empresa ser inscrita en el Registro Público de PYMES Innovadoras, una base de datos oficial mantenida por el Ministerio. Adicionalmente, cabe recordar que este sello está reservado a empresas que puedan ser consideradas PYME. Las grandes empresas no pueden acceder a este sello.
Criterios para ser una PYME Innovadora Acreditada
Para ser considerada una PYME innovadora y optar al sello, la empresa debe cumplir con al menos una de las siguientes circunstancias:
- Haber recibido financiación pública en los últimos tres años: La financiación debe ser sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada. Esto incluye ayudas a través de:
- Convocatorias públicas en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.
- Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).
- Convocatorias del 7.º Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020, de la Unión Europea.
- Haber demostrado su carácter innovador mediante su propia actividad: Esto se puede acreditar de diversas maneras:
- Por disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación. En el momento de la solicitud, la empresa debe presentar el certificado de patente emitido por la OEPM.
- Por haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
- Haber demostrado su capacidad de innovación mediante certificaciones oficiales reconocidas: Estas certificaciones son emitidas por el Ministerio de Economía y Competitividad, e incluyen:
- Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043.
- Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación AENOR EA0047.
- Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i». Se deben presentar informes de auditoría o certificación relacionados con las normas UNE.
Además de la documentación específica de cada criterio, se requiere una declaración responsable que acredite la veracidad de la información transmitida. El Ministerio pone a disposición una guía de pruebas admisibles, actualizada periódicamente.
Sello PYME Innovadora
Sello PYME Innovadora
La solicitud del sello se realiza exclusivamente en línea, a través de la plataforma oficial del Registro de PYMES Innovadoras. La solicitud se presenta en el portal del Ministerio. Los documentos a presentar varían según el criterio invocado. A priori, puede parecer un proceso sencillo ya que, una vez que consigues cumplir los requisitos, la solicitud se hace vía telemática y en pocos pasos. Sin embargo, la gestión que hay detrás para poder asegurar que se cumplen alguno de estos requisitos es lo que puede dar un poco de dolor de cabeza.
Ejemplo de PYME Innovadora: NeoCheck y el CDTI
NeoCheck es considerada PYME innovadora ya que ha recibido financiación pública en los últimos tres años a través de ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).
Ventajas de Obtener el Sello PYME Innovadora
Este sello te permite distinguirte de tu competencia. Acredita el fuerte carácter de I+D+i de las empresas y refuerza la apuesta por la innovación. Las ventajas de contar con el Sello de Pyme Innovadora son significativas:
- Compatibilidad de incentivos fiscales y laborales: La principal ventaja y la más interesante cuando eres una Pyme, es que te permite compatibilizar las deducciones fiscales por I+D+i y las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social por personal Investigador para las mismas personas en el mismo periodo. Esta compatibilidad hace que te beneficies a través de dos incentivos: por un lado, a través de las deducciones fiscales y por otro lado, ahorrando parte de las contingencias comunes de los trabajadores dedicados a I+D+i. Sin sello, esta compatibilidad no se podría dar y por tanto, para una misma persona tendrías que elegir si la quieres bonificar o si quieres considerarlo como gasto deducible.
- Acceso preferente y mayor valoración: Por último, este Sello también tiene la ventaja de proporcionar un punto de acceso o una mayor valoración en licitaciones, concursos, participar en la Compra Pública Innovadora, líneas de financiación ICO-Innovación, convocatorias o premios.
- Fines promocionales: El sello puede ser utilizado con fines promocionales, reforzando la imagen innovadora de la empresa.
Convocatorias Europeas y Oportunidades de Financiación para PYMES Innovadoras
Más allá del reconocimiento nacional, existen importantes oportunidades a nivel europeo que buscan integrar a las PYMES innovadoras en ecosistemas de innovación más amplios.
La Asociación Europea de Pymes Innovadoras
Este partenariado se encaja en el Pilar 3 de Horizonte Europa, dentro de los Ecosistemas Europeos de Innovación y tiene como objetivo favorecer el crecimiento de las pymes innovadoras y su integración en cadenas de valor mundiales y nuevos mercados, contribuyendo así a la competitividad y al crecimiento económico de Europa. La Asociación Europea de Pymes Innovadoras está gestionada por un consorcio compuesto por Eureka y 37 agencias financiadoras de muchos de los países bajo el paraguas de Eureka. El consorcio va más allá de los Estados miembros de la UE y de los países asociados a Horizonte Europa, lo que le confiere un valor único dentro del panorama europeo de la innovación.
Las actividades principales de esta asociación incluyen:
- La actividad principal son las convocatorias que dan lugar a proyectos internacionales de I+D+i en colaboración (Eurostars-3).
- Medidas de acompañamiento. La principal de ellas será el programa Innowwide. Tendrá una financiación estimada de 24 millones de euros dedicados a pymes que necesiten financiar acciones de viabilidad de su tecnología en terceros países.
El Rol del CDTI en el Impulso a la I+D+i Española
El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) es una entidad pública empresarial dependiente de la Secretaría General de Innovación del Ministerio de Ciencia e Innovación de España. Desde 1977, el CDTI realiza una labor de apoyo financiero y asesoramiento tecnológico a empresas españolas, con el objetivo de gestionar ayudas de I+D+i del Gobierno de España, tanto a nivel nacional como internacional. Forma parte de la Red Europea de Agencias de Innovación, lo que lo posiciona como un actor clave en el fomento de la innovación empresarial.
Proceso General de Evaluación en Convocatorias de Ayudas
Las convocatorias de ayudas para PYMES innovadoras, ya sean nacionales o internacionales, suelen seguir un proceso de evaluación estructurado. A continuación, se detalla un proceso típico:
- Revisión de la documentación y subsanación: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas todas ellas, si se deduce la ausencia o insuficiencia de documentación, se requerirá al interesado para que complete el expediente en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la recepción de la notificación del requerimiento, con la advertencia de que, transcurrido dicho plazo y en caso de no aportarse la totalidad de la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición.
- Notificación de exclusión: El órgano instructor notificará a las entidades solicitantes que no cumplan con los requisitos para participar en la convocatoria la causa de la posible exclusión de la solicitud para que puedan efectuar, en el plazo de diez días, las alegaciones que estimen oportunas.
- Valoración de solicitudes: Las solicitudes que superen los criterios de elegibilidad se valorarán, con hasta un máximo de 100 puntos, aplicando al proyecto criterios de valoración científico-técnicos, económicos, de colaboración, impacto socioeconómico, medioambiental y de coherencia.
- Resolución: El proceso culmina con una propuesta de resolución provisional, una relación de solicitudes denegadas y una lista de reserva, seguida de la resolución parcial de la convocatoria.
