Asest

Asociación Española de Storytelling
  • Eventos
  • Áreas de especialización
    • Emprendimiento
    • Salud
    • Deporte
    • Nuevas tecnologías
    • Turismo
    • Diseño y moda
  • Comunicación
    • Artículos
    • Prensa
    • Testimonios
  • Story
  • Galería
  • Contacto
  • Acerca de
Inicio
|
Comunicación

Programa eus-COMMERCE y Ayudas del Gobierno Vasco para la Digitalización del Comercio

by Admin on 22/05/2026

Eusko Ganberak - Cámaras Vascas, con el apoyo del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo de Gobierno Vasco, ha celebrado una jornada práctica dirigida a ayudar a los comercios locales de Euskadi a avanzar en su proceso de digitalización. En palabras del Viceconsejero de Turismo y Comercio Jakes Agirrezabal “la digitalización del comercio es más necesaria que nunca, y jornadas de estas características sirven para ofrecer a los comerciantes herramientas prácticas, conocimientos actualizados y ejemplos reales sobre cómo aprovechar las nuevas tecnologías para mejorar su competitividad.

Durante la jornada se ha abordado cómo transformar la comunidad digital en clientes reales, de la mano de expertos en el ámbito comercial y digital. Amalur Anguiozar, directora de comercio de Cámara de Gipuzkoa ha señalado “Hemos superado muchas etapas trabajando de manera conjunta, y hoy compartimos una visión clara: la digitalización es una oportunidad para seguir mejorando.

El Programa eus-COMMERCE: Impulso al Comercio Electrónico

Esta visión estratégica se materializa en programas específicos como eus-COMMERCE, una iniciativa fundamental para el sector minorista vasco.

eus-COMMERCE es un programa INTEGRAL, PERSONALIZADO y GRATUITO impulsado por las Cámaras de Comercio Vascas - Eusko Ganberak, financiado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco, que facilita la incorporación y desarrollo del comercio electrónico en el sector del comercio minorista.

El programa consta de diferentes soluciones adaptadas a las necesidades y realidades de cada comercio, en función de su perfil:

  • Iniciación: PARA COMERCIOS QUE NO DISPONEN DE E-COMMERCE: Implantación de un sitio de comercio electrónico básico.
  • Crecimiento: MEJORAS PARA COMERCIOS CON E-COMMERCE EN MARCHA: Optimización del comercio electrónico para aquellos comercios que ya realizan acciones de comercio electrónico.
  • Avanzado: CONSOLIDACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE COMERCIO ELECTRÓNICO: Consolidación de la actividad de comercio electrónico en comercios que hayan alcanzado madurez digital y recorrido en e-commerce pudiéndose catalogar como avanzados.

La implantación de las soluciones adaptadas en función del perfil, se acompañará de un proceso de asesoramiento y capacitación individualizada que permite al comercio el desarrollo y seguimiento de las mismas por sí mismo. Una vez realizada la implantación, cada comercio contará con un servicio de asistencia post-implantación para facilitar sus primeros pasos.

Ayudas y Subvenciones para la Modernización y Digitalización

Adicionalmente a los programas de capacitación como eus-COMMERCE, el Gobierno Vasco ofrece ayudas económicas directas para la modernización y la digitalización del comercio minorista. Puedes solicitar la ayuda antes del 31 de octubre de 2025.

Concepto de Ayuda / Inversión Cuantía o Requisito
Ayuda específica para pequeñas y microempresas (0-2 empleados y autoempleo) 3.000€
Cuantía máxima de inversión subvencionable por establecimiento No podrá exceder de 6.000 euros (IVA excluido)
Importe mínimo de inversión admitida (Renovación de infraestructura y equipamientos) 3.000 euros (sin IVA)
Importe mínimo de inversión admitida (Incorporación de nuevas tecnologías e innovación) 1.000 euros (sin IVA)

Inversiones Subvencionables

1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento objeto de la ayuda:

  • a) Reformas, obras e instalaciones de adecuación, renovación o ampliación del interior y/o exterior del establecimiento, que afecten al acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o la mejora de la imagen de este.
  • b) Obras e instalaciones dirigidas a implantar medidas de ahorro o eficiencia energética (puertas automáticas, instalaciones eléctricas, sensores de ocupación, aislamientos, …).
  • c) Reformas realizadas para la eliminación de barreras arquitectónicas que faciliten la accesibilidad de las personas con movilidad reducida.
  • d) Adquisición e instalación de rótulos en el exterior del establecimiento, identificativos del nombre comercial, la marca, el logotipo y la adquisición e instalación de toldos.
  • e) Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculada con la actividad principal del establecimiento.
  • f) Adquisición de equipamiento y mobiliario.
  • g) Alarmas y sistemas de seguridad.
  • h) Equipos de climatización del local, siempre y cuando contengan la etiqueta energética de alta eficiencia energética.
  • i) Las inversiones realizadas para la mejora y modernización de los espacios y elementos comunes, relacionados directamente con la actividad comercial, integradas en un centro comercial, tales como pasillos, instalaciones técnicas, cubiertas, fachada exterior, servicios o accesos al centro, siempre que estos espacios estén gestionados por quien sea titular de la actividad desarrollada en los establecimientos objeto de la ayuda, en régimen de comunidad de personas propietarias. Cada titular de la actividad desarrollada en los establecimientos integrados en el centro, copartícipe de la comunidad de personas propietarias, podrá solicitar la ayuda correspondiente a los gastos derivados de su participación (parte alícuota), de la inversión realizada en el referido espacio común.
  • j) Gastos derivados de la redacción del proyecto, dirección de obra o aquellos proyectos elaborados por arquitectos, ingenieros o instaladores autorizados siempre que sean necesarios para la realización de las obras e instalaciones en el establecimiento objeto de la ayuda.

2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación en el establecimiento objeto de la ayuda:

  • a) Equipos informáticos, aplicaciones informáticas y software de gestión, destinados a la mejora de gestión del establecimiento objeto de la ayuda, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial. Únicamente se considerará subvencionable un equipo informático, así como una unidad de cada tipo periférico por establecimiento en el que se materialice la inversión.
  • b) Creación, desarrollo e implantación para la puesta en marcha o para la mejora de los sistemas de comercialización vía desarrollo de página web y venta online (ecommerce, scommerce, mcommerce y similares) o de gestión del establecimiento (clientes, proveedores, etc.).
  • c) Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos.
  • d) Balanzas electrónicas comerciales.
  • e) Cajas registradoras.
  • f) Implantación del software de facturación para el sistema TicketBAI (TBAI).

Inversiones y Gastos No Subvencionables

Es importante conocer qué conceptos no serán cubiertos por estas ayudas:

1. Inversiones que en ningún caso serán subvencionables:

  • a) La compra de locales y los derechos de traspaso.
  • b) La compra de elementos de transporte, televisores o terminales telefónicos.
  • c) La adquisición de equipamiento mediante leasing o renting.
  • d) Artículos de exposición y prueba, así como los susceptibles de ser puestos posteriormente a la venta.
  • e) El simple cambio de luminarias.
  • f) Reformas que no impliquen una renovación clara y directa de la imagen del establecimiento.
  • g) Elementos o equipos que hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la empresa solicitante de la ayuda.
  • h) Adquisición de materiales destinados a la realización de reformas, obras o instalaciones con medios propios.
  • i) Equipamientos y utillaje que, por tipología de comercio o servicio, sean considerados gasto y no una inversión.

2. Gastos que en ningún caso serán subvencionables:

  • a) Costes de transporte, seguros y tasas por autorizaciones administrativas, permisos, licencias.
  • b) El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y, en general, todo tipo de impuesto, tasa o contribución.
  • c) Gastos de mantenimiento, reparación o sustitución de elementos de un activo.
  • d) Gastos en material de oficina, utillaje o similares.
  • e) Gastos de decoración.
  • f) Gastos de formación y asesoramiento de profesionales.
  • g) Gastos de mantenimiento, actualizaciones de software o licencias de uso de herramientas informáticas, siempre y cuando no sean imprescindibles para la implantación del sistema TicketBAI, hecho que deberá ser debidamente justificado.
  • h) Gastos publicitarios y de posicionamiento de páginas web.

En ningún caso el coste de adquisición de las inversiones o activos podrá ser superior al valor de mercado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley 20/2023, 21 de diciembre, reguladora del régimen de subvenciones.

Condiciones de los Activos Subvencionables

  • a) Las inversiones objeto de ayuda deberán localizarse en establecimientos físicos, comerciales, minoristas o de determinados servicios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco a pie de calle, abiertos al público y en estado operativo.
  • b) Que la inversión se incorpore por primera vez al activo de la empresa, y que este físicamente en el establecimiento objeto de la subvención, entendiéndose por tal aquel en el que se desarrolla la venta y sus anexos.
  • c) El activo debe permanecer como mínimo dos años en el activo del establecimiento comercial.

Protección de Datos en la Gestión de Ayudas y Servicios

Para la tramitación y gestión de las solicitudes de ayuda y otros servicios relacionados, las Cámaras de Comercio Vascas manejan datos personales de los solicitantes.

De acuerdo con la Ley 3/2018 relativa al tratamiento de datos personales, le comunicamos que trataremos sus datos con el fin de tramitar y atender su solicitud de información y gestionar el envío de comunicaciones comerciales e información de interés.

La Cámara de Comercio e Industria de Álava (en adelante COCIA) informa a los usuarios ... acerca de su política de protección de datos de carácter personal, para que los usuarios determinen libre y voluntariamente, si desean facilitar a la COCIA los datos personales que se les puedan requerir o que se puedan obtener con ocasión de la suscripción o alta en algunos de los servicios ofrecidos por la COCIA.

Asimismo quedan informados de que la recogida y tratamiento automatizado de los datos personales tiene como finalidad: el mantenimiento de la relación contractual en su caso establecida con la COCIA, la gestión, administración, prestación, ampliación y mejora de los servicios en los que el usuario decida suscribirse, darse de alta, o utilizar; la adecuación de dichos servicios a las preferencias y gustos de los usuarios, el estudio de la utilización de los servicios por parte de los usuarios, el diseño de nuevos servicios relacionados con dichos servicios, y autorizan al envío de actualizaciones de los servicios, y al envío, por medios tradicionales y vía electrónica, a los efectos del artículo 21 de la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, de información técnica, operativa y comercial acerca de productos y servicios ofrecidos por la COCIA. La finalidad de la recogida y tratamiento automatizado de los datos personales incluye igualmente el envío de formularios de encuestas, que el usuario no queda obligado a contestar.

Salvo en los campos en que se indique lo contrario, las respuestas a las preguntas sobre datos personales son voluntarias, sin que la falta de contestación implique una merma en la calidad o cantidad de los servicios correspondientes.

Asimismo el usuario autoriza que sus datos puedan ser cedidos a terceros con finalidades exclusivamente de información empresarial.

La COCIA ha adoptado los niveles de seguridad de protección de los datos personales legalmente requeridos, y ha instalado todos los medios y medidas técnicas a su alcance para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales facilitados a la COCIA. Ello no obstante, el usuario debe ser consciente de que las medidas de seguridad en Internet no son inexpugnables.

Los usuarios tienen reconocidos y podrán ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición de sus datos de carácter personal.

tags: #programa #gobierno #vasco #comercio #electronico

Publicaciones populares:

  • Estudiar Marketing Digital y E-commerce
  • Ejemplos de Consultoría de Marketing
  • Claves de la Ley de Emprendedores
  • Habilidades Indispensables del Marketing Digital
  • Conoce el perfil ideal de un coworker.
Asest © 2025. Privacy Policy