Cómo Realizar el Alta Previa en Hacienda para Autónomos y Sociedades
Iniciar una actividad económica como autónomo o sociedad implica una serie de trámites y consideraciones fiscales. Una de las más importantes es la posibilidad de realizar un "alta previa" en Hacienda, lo que permite deducir gastos antes del inicio real de la actividad. A menudo, surge la duda de si es necesario darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social antes de comenzar a facturar o si se pueden realizar gestiones y gastos previos. La ley establece que solo son deducibles los gastos ocasionados en el ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos. Si no te has dado de alta en Hacienda, no estás realizando, a ojos de la AEAT, ninguna actividad empresarial y, por tanto, los gastos incurridos no serían deducibles.
La buena noticia es que existe una solución: el alta previa en Hacienda. Este proceso no es tan complicado como parece y te permitirá deducir aquellos gastos iniciales directamente relacionados con tu actividad económica.
¿Qué es el Alta Previa en Hacienda?
El alta previa en Hacienda es un trámite que te permite darte de alta como empresario, pero sin comenzar aún a realizar la actividad económica. Esto es fundamental para poder deducir correctamente los gastos de carácter previo a la misma. Tramitar el alta previa no significa iniciar una actividad por cuenta propia, sino de algún modo "manifestar" a Hacienda tu intención de hacerlo.
Cuando se hace el alta previa en Hacienda es porque tienes muy claro que te vas a dar de alta definitivamente. No tiene mucho sentido comprar mercancías o hacer una reforma de un local para finalmente no darse de alta.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse del Alta Previa?
- Los autónomos.
- Las sociedades, ya sean mercantiles o civiles.
Estas figuras pueden necesitar un período de tiempo para poder iniciar realmente su actividad económica, lo que hace el alta previa especialmente útil para cubrir gastos de acondicionamiento de locales, compra de mercancías iniciales, etc.
¿Cómo se Realiza el Alta Previa?
Para Autónomos (Modelo 037)
El alta previa para autónomos se realiza presentando el modelo 037 (declaración censal). Los pasos clave son:
- En la página 2, ir al apartado 4 - B - Inicio de actividad y marcar la casilla 504 - “Comunicación de inicio de actividad. Entregas de bienes o prestaciones de servicios posterior a adquisición de bienes o servicios”.
- En la página 3, ir al apartado 6A - Actividad y seleccionar la tuya.
- Para dar de alta el local (despacho) donde se trabaja, en la página 3 del modelo 037, el apartado 6.B se titula "Lugar de realización de la actividad".
- Pulsar en VALIDAR para obtener el PDF que deberás presentar en Hacienda.
Para presentar el alta en Hacienda no hace falta rellenar todas y cada una de las casillas del modelo 037. Si no estás seguro de cómo rellenarlo, es mejor que acudas a un profesional o que directamente pidas cita en Hacienda para que el funcionario lo haga por ti.
Para Autónomos y Sociedades (Modelo 036)
Si utilizas el modelo censal 036, deberás rellenar la casilla 504 de la página 5: «Comunicación de inicio de actividad. Entrega de bienes o prestaciones de servicios posterior a adquisición de bienes o servicios» e indicar la fecha.
Cuando se hace el alta previa en el modelo 037 se marca: a) casilla 111 de Alta en el censo de empresarios, b) la casilla 504 de Comunicación de inicio de actividad.
Presentación del Modelo y Fecha de Alta
Tienes 30 días de retroactividad para la fecha de alta. Esto significa que si presentas el alta en Hacienda el 19 de diciembre, puedes poner como fecha de alta hasta el 19 de noviembre.
¿Qué Implica el Alta Previa?
Deducción de Gastos
Las facturas con fecha posterior a tu alta en Hacienda son deducibles. Esto es el principal beneficio del alta previa, ya que te permite deducir los gastos de preparación y acondicionamiento antes de que la actividad comience oficialmente.
Obligaciones Fiscales
Si haces el alta previa en Hacienda, no estarás obligado a presentar los modelos de impuestos trimestrales hasta que hagas el alta definitiva. Si te diste de alta previa en el trimestre anterior y el alta definitiva en este trimestre, no tendrías obligación de presentar ningún modelo el trimestre en el que te diste de alta previa.
Alta Definitiva
Recuerda que el alta previa no es el alta definitiva. Cuando decidas abrir las puertas de tu negocio y comenzar a facturar, deberás presentar el modelo 037 o 036 definitivo. En esta ocasión, en la página 5 del modelo 036 habrá que marcar la casilla 508. «Comunicación de comienzo habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.
Después de hacer el alta previa, no hay ningún plazo establecido para presentar el alta definitiva.
Alta en la Seguridad Social
Si haces ahora el alta previa, te debes dar de alta en la Seguridad Social en el momento en que hagas el alta definitiva. A partir de la fecha del alta definitiva de la actividad económica, el trabajador autónomo podrá dirigirse ya a la Tesorería de la Seguridad Social para tramitar su alta como trabajador autónomo.
Compatibilidad con Prestación por Desempleo
Quería saber si es posible estar como alta previa en autónomo y seguir cobrando prestación por desempleo mensualmente hasta darme el alta definitiva y si una vez haga el alta definitiva podré seguir cobrando mi prestación por desempleo, obviamente solicitando compatibilización o capitalización de la cantidad restante hasta el máximo de 7 meses en caso de compatibilizar. Tramitar el alta previa no significa iniciar una actividad por cuenta propia, sino de algún modo "manifestar" a Hacienda tu intención de hacerlo. En principio debería ser compatible con el cobro de la prestación del paro.
Recuperación del Número de Referencia Completo (NRC)
Si en alguna ocasión no has podido obtener el Número de Referencia NRC, por una incidencia puntual, podrás recuperarlo accediendo de nuevo a la pasarela de pago. Se mostrará una ventana con el botón "Recuperación de NRC" junto al texto "El cargo se ha realizado con éxito pero por problemas técnicos no se puede liberar el NRC, utilice la opción de Recuperación de NRC Este proceso no generará cargos adicionales en su cuenta".
Otros Aspectos Importantes
Pago de Impuestos Autonómicos
Desde este mes de mayo de 2026 ya es posible realizar la presentación de las autoliquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y del impuesto sobre sucesiones y donaciones en las oficinas delegadas del Gobierno de Aragón. Puede igualmente realizarse el pago acudiendo a una oficina de su entidad bancaria y facilitando todos los datos requeridos.
Apoderamientos
El registro de un apoderamiento puede realizarse a través de Internet siempre que el poderdante (que deberá ser el obligado tributario) disponga de certificado electrónico y sea persona física. En el caso de que el alta se realice por internet el poderdante podrá ser tanto una persona física como una persona jurídica o carente de personalidad jurídica. En esta modalidad de solicitud de incorporación de poderes al Registro de apoderamientos no es necesario que participe el poderdante en ningún momento, pues ya en su momento otorgó el poder ante el Notario.
Calendarios y Campañas
Desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio se lleva a cabo la campaña para presentar el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre el patrimonio del ejercicio fiscal 2025.
🖋 Cómo rellenar el MODELO 036 | Alta Autónomos en Hacienda (2025)
La siguiente tabla resume los puntos clave del alta previa:
| Aspecto | Descripción |
|---|---|
| Objetivo | Deducir gastos previos al inicio real de la actividad económica. |
| Modelos | Modelo 037 (autónomos) o Modelo 036 (autónomos y sociedades). |
| Casillas Clave | Casilla 504 ("Comunicación de inicio de actividad...") en ambos modelos. |
| Deducción Gastos | Solo facturas con fecha posterior al alta previa. |
| Obligaciones Fiscales | No se presentan impuestos trimestrales hasta el alta definitiva. |
| Alta Seguridad Social | Se tramita con el alta definitiva de la actividad. |
| Compatibilidad Paro | En principio, compatible con el cobro de la prestación por desempleo. |
| Retroactividad | 30 días para establecer la fecha de alta. |
