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Comunicación

El Contrato Indefinido para PYMES: Claves de la Reforma Laboral y Beneficios

by Admin on 26/05/2026

Tras la Reforma Laboral de 2022, el contrato indefinido se ha convertido en la modalidad de contratación ordinaria en España, impulsando la formalización de contratos estables en el mercado de trabajo. A diferencia del contrato temporal, que caduca automáticamente cuando llega su fecha límite, el contrato indefinido continúa vigente hasta que ocurra una causa legal de extinción: un despido, una dimisión voluntaria o la jubilación del trabajador. "Indefinido” no significa eterno, sino que no existe una fecha de finalización preestablecida.

¿Qué es un Contrato Indefinido y Cuáles son sus Características?

Un contrato indefinido es un acuerdo laboral sin fecha de finalización que se mantiene vigente hasta que exista una causa legal de extinción, como despido, dimisión o jubilación. Puede ser un contrato tanto verbal como escrito y a jornada completa, parcial o para prestar servicios fijos discontinuos. Esta continuidad facilita la planificación a largo plazo.

Duración y Estabilidad del Contrato Indefinido

La duración es, como su nombre indica, indefinida. El contrato permanece activo hasta que surja una causa legal para terminarlo. El vínculo laboral se mantiene mientras el puesto exista. Esta modalidad ofrece mayor protección, ya que las indemnizaciones por despido son superiores a las de contratos temporales.

Jornada y Tipo de Dedicación en el Contrato de Trabajo Indefinido

El contrato indefinido se adapta a diferentes necesidades de jornada. La jornada completa ordinaria en España es de 40 horas semanales como máximo, aunque muchos convenios colectivos establecen 37,5 horas o menos. La jornada parcial mantiene todos los derechos laborales, pero de forma proporcional a las horas trabajadas. Si trabajas 20 horas semanales en lugar de 40, tu salario y vacaciones serán la mitad, pero la estabilidad es la misma. El contrato indefinido también puede contemplar la modalidad de trabajo presencial, híbrido o teletrabajo según lo pactado.

La Reforma Laboral de 2022 y la Prioridad del Contrato Indefinido

El Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, cambió las reglas de la contratación en España. La reforma laboral introdujo una presunción de indefinido en cualquier nueva contratación, lo que implica que la temporalidad pasa a ser excepcional, debe estar justificada y limitada.

Con la reforma, se limita a 18 meses (en un espacio temporal de 24) el periodo máximo en que se pueden encadenar contratos de duración determinada. Cumplido este periodo, cualquier contrato pasa ser indefinido a través del contrato 189. Por este motivo, la nueva redacción del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) incide en que “el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido”. Actualmente, el contrato de trabajo de duración determinada “solo podrá celebrarse por circunstancias de la producción o por sustitución de persona trabajadora”.

Los contratos de obra o servicio y los eventuales por circunstancias de la producción celebrados entre el 31 de diciembre de 2021 y hasta el 30 de marzo, no podrán superar los seis meses. De esta forma, se acabó por expulsar de la legislación laboral el contrato por obra o servicio, que permitía temporalidades que en algunas ocasiones llegaban a los cuatro años.

Los sectores que estacionalmente recurren a contratos temporales tendrán que utilizar el contrato fijo-discontinuo, que dará lugar a los mismos derechos que el resto de indefinidos. También podrán acogerse a esta modalidad los trabajos en contratas administrativas o mercantiles y se reconocerá la antigüedad de todo el periodo de la relación laboral, no solo de los periodos efectivamente trabajados.

Modalidades Específicas del Contrato Indefinido

No existe un único modelo de contrato indefinido. La legislación española reconoce varias modalidades que se adaptan a diferentes situaciones laborales.

Contrato Indefinido Ordinario a Jornada Completa

Es la modalidad más común. Se utiliza para puestos permanentes con una necesidad continua durante todo el año. El trabajador desempeña funciones regulares dentro de la jornada máxima legal de 40 horas semanales.

Contrato Indefinido a Tiempo Parcial

Mantiene la estabilidad del indefinido pero con menos horas de trabajo. Los derechos se aplican de forma proporcional. En este tipo de contrato deben especificarse el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año, así como su forma de distribución.

Contrato Fijo Discontinuo

El fijo discontinuo es técnicamente un contrato indefinido, pero con actividad intermitente. El trabajador tiene derecho a ser llamado cada temporada o campaña, manteniendo su vínculo con la empresa durante los periodos de inactividad. Es común en hostelería, turismo, educación y comercio. A diferencia del contrato temporal, se mantiene la antigüedad durante los periodos de inactividad y la empresa tiene la obligación legal de realizar el llamamiento en cada campaña.

Contrato de Alta Dirección

Se considera personal de alta dirección a aquellos trabajadores que ejercitan poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa, así como los relativos a sus objetivos generales. Este tipo de contrato debe formalizarse por escrito. Podrá concertarse un periodo de prueba, que en ningún caso podrá exceder de 9 meses, si su duración es indefinida.

El Contrato de Actividades Científico-Técnicas

El RD-L 8/2022, de 5 de abril, introdujo una medida de importancia capital en la lucha contra la temporalidad abusiva en la contratación laboral relativa a la investigación que se realiza dentro del sector público. Este contrato se introduce en el nuevo art. 23 bis) Ley de la Ciencia, es un contrato de carácter indefinido, se denomina contrato de actividades científico-técnicas, y se configura de un modo amplio y flexible para facilitar su adaptación a las especificidades de la contratación para labores investigadoras. Su objeto es doble, puede ser utilizado tanto para la realización de labores de investigación en sentido estricto, vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, o la gestión científico-técnica de esas líneas.

En coherencia con la financiación externa y finalista que justifica y habilita la celebración de este tipo de contrato, se establece expresamente que estos contratos indefinidos no formarán parte de la Oferta de Empleo Público ni equivalentes instrumentos de gestión de personal del sector público, y no estará limitada por la masa salarial del personal laboral.

Incentivos para el Contrato Indefinido en PYMES y Colectivos Específicos

La reforma laboral contempló la creación de un nuevo contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores para potenciar la contratación, especialmente de los jóvenes, con un periodo de prueba de un año. Las empresas que se acojan a estos contratos tendrán derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contraten a su primer trabajador, siempre que sea menor de 30 años.

Además, los emprendedores que contraten a un trabajador en paro bajo esta modalidad podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año. Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo.

Bonificaciones y Ayudas a la Contratación Indefinida

Las bonificaciones en cotizaciones a la Seguridad Social pueden reducir los costes para colectivos específicos, buscando impulsar la atracción de nuevo talento y la inserción laboral.

  • Bonificaciones de hasta 1.800 €: Si tu empresa transforma en indefinido un contrato de formación en alternancia podrá beneficiarse de una bonificación de hasta 1.800 € durante 3 años. La contratación indefinida por parte de la empresa donde está desarrollando la formación práctica dará derecho a una bonificación de 138 €/mes durante 3 años o toda la vigencia del contrato en caso de contratar a una persona con discapacidad.
  • Bonificaciones de hasta 6.300 € por contratar a personas con discapacidad: Las empresas que contraten a trabajadores con discapacidad podrán beneficiarse de una ayuda que podrá alcanzar los 6.300 €. Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, dicha subvención se reducirá proporcionalmente. Las subvenciones por la contratación de personas trabajadoras con discapacidad son competencia de las comunidades autónomas.
  • Ayuda por víctimas de violencia: Si tu empresa contrata a una persona que ha sido víctima de violencia doméstica, violencia sexual, trata de seres humanos, explotación sexual o laboral disfrutará de una bonificación de 850 € en las cuotas empresariales durante 4 años.
  • Jóvenes menores de 30 años y parados de larga duración: Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de 4.500 euros.
  • Personas que finalizan contrato en empresa de inserción: En aquellos supuestos en los que la persona trabajadora contratada haya finalizado un contrato de trabajo con una empresa de inserción durante los 12 meses anteriores, y sea contratada con carácter indefinido por un empleador que no tenga la condición de empresa de inserción o centro especial de empleo, la bonificación será de 147 euros/mes durante un periodo máximo de 12 meses.

Para la aplicación de las bonificaciones, el beneficiario deberá mantener a la persona destinataria de estas medidas en situación de alta, o asimilada a la de alta con obligación de cotizar, en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, al menos tres años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación bonificados.

🔨📆 CONTRATO INDEFINIDO o FIJO, Qué es, Requisitos, Tipos, indemnización, LABORAL PYMES Y AUTÓNOMOS

Formalización y Requisitos Legales del Contrato Indefinido

Los contratos indefinidos pueden formalizarse tanto de forma verbal como por escrito. Sin embargo, en el caso de relación laboral indefinida, deberán constar por escrito las acogidas al programa de fomento del empleo, cuando así lo exija una disposición legal. También los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y de relevo, los de las personas trabajadoras que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.

De no observarse la formalización por escrito cuando sea exigible, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios, tal y como establece el artículo 8.2 del Estatuto de los Trabajadores.

Cuando se formalice el contrato con una persona trabajadora con discapacidad el contrato se formalizará por escrito, en cuadruplicado ejemplar, en modelo oficial. En el supuesto de personas trabajadoras a distancia en el contrato deberá hacerse constar el lugar en que se realice la prestación. Si el contrato se celebra a tiempo parcial en el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución.

Las empresas deben hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la aplicación de las bonificaciones correspondientes.

Costes y Protecciones Asociadas al Contrato Indefinido

El coste real de un contrato indefinido va más allá del salario bruto mensual. Incluye cotizaciones a la Seguridad Social, pagas extraordinarias e indemnizaciones potenciales. La cotización empresarial es aproximadamente el 29,9% del salario bruto. Además, se deben considerar las dos pagas extraordinarias al año, equivalentes a un salario mensual cada una, y 30 días naturales de vacaciones con salario completo.

Protección Frente al Despido del Trabajador Indefinido

Una de las ventajas más claras del contrato indefinido es la protección legal contra el despido. Un contrato indefinido solo puede terminarse mediante causas legalmente establecidas. Las indemnizaciones varían según el tipo de despido.

Indemnizaciones por tipo de despido

Tipo de Despido Causas Indemnización
Objetivo Económicas, técnicas, organizativas o productivas acreditadas. 20 días de salario por año trabajado (máximo 12 mensualidades).
Disciplinario Faltas graves del trabajador (ausencias injustificadas, desobediencia, etc.). Si es procedente: Sin indemnización.
Improcedente No se acreditan las causas o no se cumple el procedimiento legal. 33 días de salario por año trabajado (o readmisión con salarios de tramitación).

Durante el preaviso por despido objetivo, el trabajador tiene derecho a 6 horas semanales para buscar empleo. Un despido se declara improcedente cuando no se acreditan las causas alegadas o no se cumple el procedimiento legal. En la práctica, la mayoría de las empresas optan por abonar la indemnización en lugar de readmitir al trabajador.

La Conversión de Contratos Temporales a Indefinidos

La legislación protege frente al abuso de la temporalidad mediante mecanismos de conversión automática que operan por ley, con independencia de la voluntad de la empresa.

Encadenamiento de Contratos Temporales y Paso a Contrato Indefinido

La regla fundamental es que si un trabajador en un periodo de 24 meses ha estado contratado más de 18 meses con dos o más contratos temporales, en el mismo o distinto puesto, adquiere automáticamente la condición de indefinido. Este cómputo incluye todos los contratos temporales, aunque haya habido periodos de interrupción. También se acumula el tiempo trabajado a través de diferentes ETT si la empresa usuaria es la misma.

Continuación en el Puesto tras Finalizar el Contrato Temporal

Otro mecanismo de conversión es si el trabajador continúa trabajando después de la fecha de finalización de su contrato temporal; este pasa a ser indefinido automáticamente. La falta de alta en la Seguridad Social desde el primer día también genera la presunción legal de contrato indefinido.

Aspectos Clave Adicionales de la Reforma Laboral

La norma crea una cuenta de formación para cada trabajador, potencia la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, regula por primera vez el teletrabajo, modifica el contrato estable a tiempo parcial y también el de formación y aprendizaje. En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.

La nueva regulación de la contratación refuerza la definición y causalidad del contrato formativo, ofreciendo dos tipos: el de formación en alternancia, que combinará trabajo y formación, y el contrato para la adquisición de la práctica profesional. En el primero de ellos, las jornadas no podrán superar el 65% el primer año y el 85% en el segundo año, sin poder realizar horas extra, trabajo a turnos o jornadas nocturnas.

Aunque su origen es anterior al RD-Ley 32/2021 (RD-Ley 8/2019), el registro diario de jornada sigue siendo una de las obligaciones más fiscalizadas por la Inspección. La Ley 3/2023 de Empleo y los proyectos normativos posteriores han reforzado su exigencia.

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