Asest

Asociación Española de Storytelling
  • Eventos
  • Áreas de especialización
    • Emprendimiento
    • Salud
    • Deporte
    • Nuevas tecnologías
    • Turismo
    • Diseño y moda
  • Comunicación
    • Artículos
    • Prensa
    • Testimonios
  • Story
  • Galería
  • Contacto
  • Acerca de
Inicio
|
Comunicación

Subvenciones y Ayudas para Autónomos en la Región de Murcia: Requisitos, Obligaciones y Notificaciones Clave

by Admin on 22/05/2026

La Región de Murcia impulsa el emprendimiento y la actividad económica de los trabajadores autónomos a través de diversas líneas de subvención. Estas ayudas buscan fomentar el inicio de nuevas actividades, facilitar la digitalización y apoyar la sostenibilidad de los negocios. Para beneficiarse de estas oportunidades, es fundamental conocer los programas disponibles, los requisitos específicos y los plazos de presentación.

Programa de Subvenciones Cuota Cero Ampliada

Este programa representa un apoyo significativo para aquellos que inician su actividad como autónomos en la Región de Murcia. Su objetivo es incentivar la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales.

Hecho Subvencionable y Beneficiarios

El hecho subvencionable es la realización de una actividad económica en la Región de Murcia como autónomo, que conlleve la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Las personas beneficiarias de este programa son:

  • Personas que causen alta inicial en RETA.
  • Personas que causen alta en RETA y no hayan estado en situación de alta en dicho régimen en los dos años inmediatamente anteriores.

Para optar a esta ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado como mínimo el día anterior antes del alta en RETA.
  • Disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.

Requisitos Específicos para la Cuota Cero Ampliada

Las personas solicitantes habrán de cumplir los siguientes requisitos específicos para ser beneficiarios de la subvención:

  • Estar desempleado no ocupado, al menos en el día inmediatamente anterior a la del alta en RETA en la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Estar dado de alta en el RETA para el desarrollo de la citada actividad económica, que constituye el hecho subvencionable.
  • Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.

Exclusiones

No podrán ser beneficiarios aquellos que hayan estado dado de alta en el RETA en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la solicitud de alta en dicho régimen por la que se solicita la subvención.

Plazos de Presentación de Solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de subvención para la Cuota Cero Ampliada se estructura de la siguiente manera:

  • Plazo general de la convocatoria: del 25/02/2026 hasta el 15/10/2026.
  • Plazo individualizado de las solicitudes: será de 1 mes, contado a partir de la fecha de alta en RETA. El plazo se iniciará el mismo día del alta en RETA y concluirá el mismo día en que se produjo el alta en RETA en el mes de vencimiento.

Ayudas para la Digitalización: El Bono Digital

La digitalización es clave para la competitividad. En este sentido, se ofrecen ayudas para que los autónomos puedan implementar soluciones tecnológicas en sus negocios. El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos.

A continuación, se detallan algunos de los gastos elegibles y los importes máximos de ayuda por cada servicio:

Gastos Elegibles para Soluciones de Digitalización

Servicio Importe Máximo Elegible (€) Observaciones
Sitio web y presencia en internet 2.000
Comercio electrónico 2.000
Gestión de Redes Sociales 2.000
Gestión de Clientes 2.000 Incluye 1 usuario
Business Intelligence y Analítica 1.500 Incluye 1 usuario
Gestión de Procesos 2.000 Incluye 1 usuario
Factura Electrónica 1.000 Incluye 3 usuarios
Servicio y Herramientas de Oficina Virtual 250 por usuario Hasta 2 usuarios
Comunicaciones Seguras 125 por usuario Hasta 2 usuarios
Ciberseguridad 125 por dispositivo Hasta 2 dispositivos
Presencia avanzada en internet 2.000
Marketplace 2.000
Puesto de trabajo seguro 1.000 Máximo un dispositivo

Cómo obtener el Bono Social - Guía Completa y Actualizada 2025

Requisitos Generales para Acceder a Subvenciones

Independientemente del programa específico, existen una serie de requisitos de obligado cumplimiento para obtener la condición de beneficiario de cualquier subvención destinada a autónomos en la Región de Murcia.

Condiciones Fundamentales

  • Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • En la fecha inmediatamente anterior a la del alta en RETA, estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en la correspondiente Oficina de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF).
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.
  • Estar dado de alta en el RETA.
  • No haber estado dado de alta en el RETA en los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de efectos del alta en dicho régimen por el que se solicita la subvención, excepto en los casos en que dicha alta hubiera sido como autónomo colaborador; ni en cualquier Mutualidad de Previsión Social que pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional como consecuencia de haber desarrollado actividades empresariales o profesionales.

Inversiones Elegibles

Será necesario justificar haber realizado inversiones en activos de inmovilizado material o intangible (según apartado 1 del Anexo I) que sean necesarios y estén directamente relacionados con el desarrollo de la actividad por cuyo establecimiento se solicita la subvención, por importe no inferior a dos mil quinientos euros (2.500,00 €), excluido el IVA.

Cuando la inversión comprenda bienes o productos usados, será requisito imprescindible que su adquisición se haya producido en establecimientos o a través profesionales dedicados a la venta del tipo producto adquirido o cuya actividad económica consista en la venta de bienes usados.

Solo se admitirán facturas que hubiesen sido íntegramente pagadas en el período comprendido entre los tres meses anteriores a la fecha de efectos del alta en el RETA y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, en cualquiera de las formas establecidas en el apartado 8 del Anexo I de la Orden de bases. Las facturas expedidas a nombre de la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), o la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ), se imputarán en la misma proporción a su participación en aquellas.

No se admitirán pagos en metálico cuando el importe de la factura sea superior a 300 euros, exceptuando lo establecido en el párrafo siguiente. Se admitirá el pago de una parte en metálico y siempre que no sea superior al importe de 300 euros, como pago adelantado del total de la factura, completándose el abono restante del importe total de la factura mediante las formas previstas en el apartado 8 del Anexo I de esta Orden (excepto el punto a). No se admitirá esta pago adelantado en efectivo cuando el importe total de la factura sea igual o superior al establecido en el art. 7.Uno.1 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre.

Cumplimiento de Obligaciones

Será necesario para poder obtener la condición de beneficiario que el solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y, en particular, deberá:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.

Estos requisitos serán comprobados de oficio por el SEF cuando no se haya opuesto o se haya autorizado expresamente por la persona solicitante. En caso de oposición expresa o de no autorización, la persona solicitante deberá aportar los certificados acreditativos correspondientes en la forma establecida en el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

Obligaciones del Beneficiario tras la Concesión de la Ayuda

Una vez concedida la subvención, los autónomos adquieren ciertas obligaciones que deben mantener para asegurar la elegibilidad de la ayuda.

  1. Obligación de mantenimiento ininterrumpido de la actividad económica y del alta en el RETA durante un período mínimo de dos años (730 días), con la excepción del supuesto de cese temporal de la actividad por la situación de maternidad o riesgo durante el embarazo establecido legalmente.
  2. Durante el plazo indicado en el párrafo anterior, la persona beneficiaria no podrá integrarse en ninguna forma societaria, con las excepciones establecidas en el artículo 7.b).
  3. No se podrán realizar, durante los dos primeros años desde el inicio de la actividad subvencionada, trabajos por cuenta ajena por un periodo acumulado superior a seis meses (180 días), a tiempo completo o a tiempo parcial cuando, en este caso, la jornada laboral sea igual o superior al 50 por ciento de la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Se computarán los días trabajados a jornada completa o a tiempo parcial con una jornada igual o superior al 50 %, a partir de la primera relación laboral por cuenta ajena que se produzca a partir del alta en el RETA por el que se ha solicitado la subvención.

Notificaciones y Convocatorias Recientes

Para mantenerse informado sobre las últimas ayudas y subvenciones, es crucial consultar fuentes oficiales como el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y los portales de las entidades promotoras. La Región de Murcia cuenta con 13 convocatorias activas para Autónomos y emprendedores en Murcia, actualizadas a diario desde el BOE y el boletín autonómico.

Convocatorias Destacadas Recientes

Fecha Convocatoria Tipo de Ayuda / Noticia Detalles Relevantes
09 may 2026 Ayudas para autónomos por incapacidad temporal Publicado por murciaeconomia.com. Quién puede pedirlas, requisitos y plazos.
08 may 2026 Apertura de convocatoria para ayudas por baja Diario AyE. Autónomos de Murcia pueden pedir ayudas por estar de baja.
07 may 2026 BORM publica ayudas por incapacidad temporal murciaeconomia.com. Confirmación oficial de las ayudas para autónomos.
26 feb 2026 Convocatoria Cuota Cero Ampliada Diario AyE. Murcia abre una convocatoria para los autónomos de la región.
21 ene 2026 Ayudas a inversiones de autónomos y pymes Diario AyE. Murcia impulsa inversiones con 5 millones de euros.
28 nov 2025 Ayudas de 3.000 euros para autónomos comerciantes Diario AyE. Para cubrir gastos.
17 nov 2025 Nuevas ayudas al comercio dotadas con dos millones de euros CARM.es. Para autónomos comerciantes.
22 oct 2025 2 millones de euros extra en ayudas al comercio de proximidad CARM.es. Anuncio de López Miras para apoyar a los autónomos.
20 oct 2025 Gobierno regional eleva a 700.000 euros las ayudas a comerciantes CARM.es. Enfoque en autónomos comerciantes.
24 sept 2025 Subvenciones de 3.000 euros para autónomos del comercio minorista La Voz de Mazarrón.
30 ago 2025 Hasta 5000€ por autónomo: ayudas al comercio minorista EmpresasdeMurcia.com. Nuevas ayudas en la Región.
25 feb 2025 Ayudas para que los autónomos contraten jóvenes en prácticas Diario AyE. Murcia pone en marcha estas ayudas.

Otras Convocatorias de Interés

Se han publicado diversos extractos de resolución que pueden ser de interés general para autónomos y pymes:

  • Extracto de la Resolución de 6 de abril de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E.
  • Convocatoria Programa Xpande Digital 2026.
  • Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2026, del Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por delegación, de convocatoria plurianual de ayudas para incentivar la contratación de servicios de innovación y competitividad por las PYMES regionales.

Organismos y Entidades Clave para el Autónomo en Murcia

Diversas instituciones, tanto a nivel regional como nacional, ofrecen soporte, información y gestionan las ayudas destinadas a los trabajadores autónomos y emprendedores en la Región de Murcia. Es fundamental conocerlas para acceder a los recursos disponibles.

  • Asociación para el Desarrollo Rural de la Vega del Segura (Consejería Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente)
  • Asociación para el Desarrollo Rural CAMPODER (Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente)
  • Asociación para el Desarrollo Rural Integral (Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente)
  • Avalam, SGR
  • Cámara de Comercio de España
  • Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Cartagena
  • Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Lorca
  • Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Murcia
  • CDTI-Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
  • COFIDES-ICEX
  • Concejalía de Empleo, Turismo y Cultura del Ayuntamiento de Murcia
  • Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos
  • Consejería de Empresa, Empleo y Economía social
  • Consejería de Empresa, Industria y Portavocía
  • Consejería de Presidencia y Hacienda
  • DG Comercio, Consumo y Simplificación Administrativa- Consejería Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente.
  • D.G. Simplificación de la Actividad Empresarial y Economía Digital- Consejería Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente
  • DIRECCIÓN GENERAL DE AUTÓNOMOS, TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (T. 968 362 000)
  • DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO E INNOVACIÓN EMPRESARIAL - CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO, UNIVERSIDADES Y PORTAVOCÍA
  • Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (Ministerio Industria, Comercio y Turismo)
  • Dirección General de Informática y transformación digital - Consejería de Economía, Hacienda y Administración digital
  • Dirección General de Investigación e Innovación Científica- Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía
  • Dirección General de Relaciones Laborales y Economía Social - Consejería de Empleo, Universidades y Empresa
  • Dirección General de Simplificación de la Actividad Empresarial y Economía - Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo
  • Dirección General Economía Social y Trabajo Autónomo- Consejería, Empresa, Empleo, Universidad y Portavocía.
  • ENISA
  • Entidades Financieras Colaboradoras
  • Fundación EOI - Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
  • Fundación EOI (Ministerio de Economía, Industria y Competitividad)
  • Fundación EOI (Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital)
  • Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia
  • ICEX
  • ICO
  • ICREF (Instituto de Crédito y Finanzas Región de Murcia)
  • Instituto Fomento Región de Murcia
  • MINCOTUR - Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
  • MINECO
  • MINETUR
  • Murciaban (Red de inversores privados)
  • MURCIAEMPRENDE SCR- INFOCAPITAL
  • Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM)
  • RED.ES - Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
  • RED.ES (Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital)
  • Secretaría de Estado para el Avance General (Ministerio de Economía y Empresa)
  • SEF - Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía
  • SEF (Servicio Regional de empleo y Formación)
  • SEPE
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Ayuntamiento de Murcia

Para cualquier consulta, la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social puede ser contactada en el T. 968 362 000. Asimismo, la Dirección General de Política Agraria Común (Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente) también dispone del número 968 362 000.

tags: #subvenciones #autónomos #Murcia #notificaciones

Publicaciones populares:

  • Lee más sobre la creación de un portafolio empresarial efectivo
  • Regulación de Acuerdos Marco en Contratación Pública
  • importancia de las directivas ErP y ELD para la eficiencia energética
  • Potencia tu talento con programas de capacitación profesional
  • Impulsa tu negocio con estos cursos de emprendimiento
Asest © 2025. Privacy Policy