Prácticas Externas y Trabajo Fin de Titulación en la ULL: Guía Completa
La Universidad de La Laguna (ULL), como organismo público de educación superior, tiene entre sus misiones la de formar a futuros y futuras profesionales que la sociedad requiere. Para ello, organiza sus titulaciones de grado y máster oficiales según los criterios de calidad que establece el Espacio Europeo de Educación Superior, prestando gran atención a la empleabilidad y las trayectorias laborales del alumnado egresado en las diferentes titulaciones impartidas en sus facultades y centros.
En este contexto, las Prácticas Externas son una herramienta fundamental. Permiten integrar al alumnado en un contexto de aprendizaje en situaciones reales relacionadas con la práctica y el desempeño del rol profesional. Así, el alumnado tiene la oportunidad de poner en práctica los conocimientos adquiridos durante su formación y comprobar el dominio que tiene de los mismos, a la vez que completará su formación con otros conocimientos y habilidades prácticas que solo puede aprender en situaciones reales.
Requisitos Académicos para la Calificación
Una vez cursada la asignatura de Prácticas Externas, para poder obtener una calificación en el acta correspondiente se debe haber superado el módulo VII (Itinerario A o B, asignaturas de carácter optativo) y la totalidad de los créditos de formación básica (según el artículo correspondiente).
Proceso de Asignación a Centros de Prácticas
El proceso de asignación de prácticas en la ULL busca garantizar la equidad y la transparencia para todo el alumnado.
- Una vez el alumnado dispone de toda la información, se abre el aplicativo para la elección de preferencias del alumnado.
- Debe entrar en su portal de alumnado para la elección de preferencias en las fechas correspondientes.
- La asignación a los centros de prácticas se realiza según principios de transparencia y publicidad, igualdad de oportunidades y mérito.
- Además, el alumnado de la Facultad de Educación puede optar a conciliar la realización de prácticas con aquellas actividades o situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de diversidad funcional, laboral, familiar y deportivas de alto nivel.
En caso de disconformidad, el alumnado puede presentar reclamaciones al procedimiento de asignación.
Marco Legal y Regulatorio de las Prácticas Externas en la ULL
Las prácticas externas en la Universidad de La Laguna se rigen por un exhaustivo marco normativo que garantiza su calidad y legalidad. La ULL aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2022, el Reglamento de prácticas externas de la Universidad de La Laguna, publicado en BOULL de 24 de mayo. Este reglamento ha sido modificado parcialmente por Acuerdos de Consejo de Gobierno posteriores, reflejando una adaptación continua a las necesidades y normativas vigentes.
Normativa Aplicable:
Es de aplicación el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad. A continuación, se detallan las normativas específicas y generales que complementan este marco:
- De carácter general.
- Específica:
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, De protección Jurídica del Menor (BOE nº 15, de 17 de enero de 1996).
- Reglamento de Prácticas Externas de la Universidad de La Laguna, aprobado inicialmente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2022, modificado parcialmente por Acuerdos del Consejo de Gobierno de 31 de mayo de 2023, 26 de julio de 2023, 20 de diciembre de 2023, 12 de diciembre de 2024 y, más recientemente, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de julio de 2025.
- Modificación parcial del Reglamento de prácticas externas y del Reglamento de evaluación y calificación, aprobada en Consejo de Gobierno de 1 de julio de 2025.
- Reglamento de Reconocimiento, Adaptación y Transferencia de Créditos de la ULL, aprobado por el Consejo de Gobierno el 01 de octubre de 2024, modificado por acuerdos del Consejo de Gobierno el 12 de diciembre de 2024 (texto consolidado BOULL de 23 de diciembre de 2024).
- Reglamento de tutores externos de prácticas de la Universidad de La Laguna (BOC nº 206, de 19 de octubre de 2011).
- Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE nº 184, 30 de julio de 2014).
Convenios de Cooperación Educativa
La formalización del convenio de cooperación educativa es esencial para la acogida de alumnado de titulaciones oficiales de grado y máster y títulos propios de la ULL, para la realización de prácticas externas y trabajo fin de titulación. Este convenio entrará en vigor desde la fecha de la firma del mismo y tendrá una duración de cuatro años.
El Servicio Canario de Empleo (SCE) actúa como entidad colaboradora. El SCE, creado por la Ley 12/2003, de 4 de abril, es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito al departamento competente en materia de empleo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Su finalidad es fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Es importante destacar que la entidad colaboradora no podrá cubrir, siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo con alumnado en prácticas externas, ni establecer una relación laboral retribuida. Asimismo, en el caso de que un alumno o alumna desempeñe un puesto de trabajo en la misma entidad colaboradora en la que ha de realizar las prácticas externas de la titulación que esté cursando, estas no podrán coincidir con las funciones de su puesto de trabajo.
Aspectos Operativos de las Prácticas
Horarios y Dedicación
Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la entidad colaboradora, no pudiendo exceder de 7 horas diarias o 35 horas semanales. Por circunstancias excepcionales, se podrá exceder de los límites señalados no sobrepasando las 40 horas semanales y siempre que se encuentre recogida esta circunstancia en la guía docente de la asignatura. Los horarios, en todo caso, se procurará que sean compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por la o el estudiante en la universidad.
Proyecto Formativo
Cada práctica externa deberá contar con un proyecto formativo que deberá contener el título del trabajo, una breve descripción de los objetivos y las actividades a desarrollar.
Tutorización y Comisiones de Seguimiento
Para asegurar un adecuado seguimiento y aprovechamiento de las prácticas, se establecen figuras de tutorización y comisiones:
- La entidad colaboradora designará, para cada estudiante de prácticas externas que reciba en sus centros de trabajo, un/a tutor/a externo/a perteneciente a su personal.
- La ULL designará, para cada estudiante de prácticas externas un/a tutor/a académico/a entre el profesorado adscrito al centro académico donde el alumno o alumna está matriculado/a.
- Además, se puede establecer una Comisión de Seguimiento, la cual estará constituida por dos representantes de cada una de las partes, nombrados por la persona titular de la entidad colaboradora, y por la persona que designe la ULL.
Cobertura de Seguros y Seguridad Social
La protección del alumnado durante sus prácticas externas es una prioridad. Todos los estudiantes de la ULL que estén matriculados en enseñanzas oficiales, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil suscrito por la Universidad.
- Para las prácticas externas, los y las estudiantes menores de 28 años estarán cubiertos, en caso de accidente escolar, enfermedad o infortunio familiar por el seguro escolar, en los términos y condiciones que establece la legislación vigente, si están al corriente de la correspondiente cuota. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar.
- Para el estudiantado en prácticas que haya cumplido los 28 años a la fecha de formalización de la matrícula, la ULL suscribirá un seguro de accidentes.
- El estudiantado que realice las prácticas en el extranjero deberá suscribir individualmente un seguro de coberturas similares en el caso de que el país de destino no esté cubierto por las pólizas suscritas por la ULL, o para aquellas prestaciones no incluidas en la póliza, debiendo aportar una copia del mismo antes del inicio de las prácticas a la administración del centro, o la unidad de gestión, según corresponda.
Cotización a la Seguridad Social en Prácticas Formativas
Para las prácticas formativas se cotizará aplicando las reglas de cotización de los contratos de formación en alternancia. Y la base mínima de cotización será la mínima vigente en cada ejercicio para el grupo 7.
A los efectos previstos en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, y sin perjuicio del contenido de su desarrollo reglamentario, las obligaciones en materia de la seguridad social en caso de prácticas no remuneradas no corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que el alumno realice sus prácticas, en tanto se publica la normativa de desarrollo por el Gobierno de España.
Para conocer más detalles sobre "¿Qué es el grupo 7 de cotización y quién pertenece a él?", se recomienda consultar la normativa de la Seguridad Social vigente.
Documentación Requerida para Entidades Colaboradoras
Para establecer un convenio de colaboración con la ULL para la realización de prácticas externas, las entidades deberán presentar la siguiente documentación, según su naturaleza jurídica. No se requiere presentación de Documento Nacional de Identidad en ninguno de los trámites de este procedimiento.
| Tipo de Entidad | Documentación Requerida |
|---|---|
| Empresa individual o autónoma | Modelo fiscal 036 (Inscripción en el Censo de Empresarios y alta en la AEAT) o certificado de actividades económicas acreditativo de la actividad ejercida en régimen de autónomo y expedido por la AEAT. |
| Sociedades jurídicas (sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa, sociedad comanditaria, sociedad colectiva y/o comunidad de bienes) | CIF de la entidad colaboradora, escritura que recoja los Poderes de la persona que va a firmar el convenio o las escrituras de constitución donde aparezca el nombre y el cargo de la persona que firme el convenio. |
| Administraciones públicas | Nombramiento de la persona con poderes para poder firmar convenios de colaboración (publicación en boletines oficiales). En el caso de ayuntamientos, también servirá una certificación expedida por la persona que ostente el cargo de secretario, acreditando a la persona que ostente el cargo de alcalde de ese municipio. |
| Empresas sin ánimo de lucro | Certificado que acredite la inscripción registral de la entidad sin ánimo de lucro. |
Contacto
Para cualquier consulta o para la gestión de prácticas externas, puede contactar con los siguientes servicios:
- Servicio de Planificación y Gestión Académica. Sección de Prácticas Externas:
- Teléfono: 922845897
- Negociado de Prácticas Externas y Trabajo Fin de Titulación:
- Teléfonos: 922318332, 922845897, 922845937
