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Comunicación

Autogestión de la Prevención de Riesgos Laborales para Microempresas y Autónomos

by Admin on 26/05/2026

¿Te has preguntado alguna vez qué es la prevención de riesgos laborales? Si eres autónomo, es posible que creas que esta obligación es solo cosa de las grandes empresas. Pero estás muy equivocado: aunque trabajes solo o desde casa, tu actividad también puede implicar riesgos que te conviene conocer y gestionar (una mala postura frente al ordenador, desplazamientos frecuentes, uso de herramientas pesadas o voluminosas, etc.).

La prevención de riesgos laborales no es algo reservado solamente a las grandes empresas. Todo empresario -incluido el autónomo- debe garantizar la seguridad y la salud en su puesto de trabajo, tanto para sí mismo como para las personas con las que colabora o que contrata. Cuanto antes tengas en cuenta los riesgos laborales, mejor para ti, para tu salud y para evitar problemas legales si trabajas con otras personas.

En este artículo te vamos a explicar, sin tecnicismos, qué dice la ley sobre prevención de riesgos laborales para autónomos, cuándo es obligatoria y cómo puedes aplicarla de forma sencilla en tu día a día.

¿Qué es la Prevención de Riesgos Laborales en Autónomos?

La prevención de riesgos laborales (PRL) es el conjunto de medidas y actividades que se aplican para evitar accidentes, enfermedades o daños relacionados con el trabajo. Estas actividades deben abordarse en todas las fases de tu actividad, tanto si trabajas solo como si colaboras con otros profesionales. Aunque muchos autónomos piensan que su actividad es poco o nada peligrosa, lo cierto es que todos los trabajos implican algún tipo de riesgo: posturas forzadas, exposición a materiales o sustancias, estrés, sobrecarga de tareas, etc. Estos riesgos pueden aparecer en cualquier momento del proceso laboral.

Para que la prevención sea realmente útil y efectiva, no basta con aplicar lo que le haya funcionado a otra persona o contratar un servicio externo y dejar el plan guardado en un cajón. Debes tomártelo en serio y adaptar la prevención a tu caso concreto. El primer paso es evaluar los riesgos reales y, a partir de ahí, empezar a planificar medidas y actividades preventivas que se ajusten a tu situación.

Además, si estás obligado a tener un plan de prevención de riesgos laborales, ese documento siempre tiene que estar a disposición de la autoridad laboral, de las autoridades sanitarias y del representante sindical (si tienes empleados). Por tanto, tiene que ser claro, útil y estar bien estructurado, incluyendo al menos los siguientes apartados:

  • Información general de tu negocio: identificación de tu actividad empresarial, características de tu entorno laboral y el número y características de tus empleados (si los tienes).
  • Estructura organizativa: cómo funciona tu negocio y qué responsabilidades asumes tú o tus trabajadores.
  • Procesos técnicos de producción y organizativos que se realizan en el día a día.
  • Modalidad preventiva que has elegido aplicar: la autogestión, la delegación en un servicio de prevención ajeno…
  • Objetivos y metas que quieres conseguir con la implantación del plan de prevención de riesgos laborales.

¿Aplica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en Autónomos?

Dada la importancia de riesgos laborales en los puestos de trabajo, en 1995 se aprueba la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) donde se recoge la política de protección de la salud en el trabajo. Además, en 2023, el Consejo de Ministros aprobó la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (EESST) 2023-2027, con el objetivo de convertirse en un nuevo marco de referencia que oriente las políticas públicas de prevención de riesgos laborales.

En el caso de los autónomos, debido a que tienen una situación diferente con respecto a las empresas y los trabajadores por cuenta ajena, la ley PRL se va a aplicar de una forma distinta. Entonces, sí que se va a aplicar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en autónomos, pero de manera adaptada a su situación particular y dependiendo de si trabajan solos o con otras personas (empleados, colaboradores).

Solo el Autónomo

Cuando eres autónomo y trabajas solo porque no tienes empleados o colaboradores, no estás obligado a contratar un servicio de prevención ni a elaborar un plan formal. No obstante, sí que tienes que tomar ciertas medidas de autoprotección, como utilizar un equipo adecuado, mantener una postura ergonómica o revisar tus herramientas antes de usarlas. Esto es importante para tu seguridad física y legal en caso de accidente o inspección.

Autónomo con Trabajadores a Cargo

Tanto si tienes un trabajador como varios, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) se tiene que aplicar total y completamente, por lo que estás obligado a:

  • Evaluar los riesgos.
  • Implantar un plan de prevención adaptado a tu actividad.
  • Contratar un servicio de prevención ajeno (SPA), si no puedes gestionarlo tú mismo.

Autónomo que Trabaja con Otra Empresa (Subcontratado o en un Centro de Trabajo Compartido)

En el caso de ser un autónomo al que ha contratado otra empresa y trabajes físicamente con ella o compartas espacio con otras personas (coworking), también estás obligado a cumplir con la PRL. La forma de hacerlo es coordinando la prevención con la empresa principal, con la “coordinación de actividades empresariales” (CAE). La CAE es un conjunto de medidas y procedimientos que se establecen para garantizar la salud y la seguridad en el trabajo cuando varias empresas o profesionales autónomos comparten el mismo espacio laboral.

Entre otras cosas, la CAE incluye la asistencia a formación en riesgos laborales, la entrega de la evaluación de riesgos de quienes trabajan en ese espacio y la firma de los documentos de prevención. A este respecto, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, junto con el Instituto Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (INSST), ha publicado una guía con las Directrices para una eficaz coordinación de actividades empresariales.

Es importante que como autónomo tengas en cuenta que también existe la obligación de tener medidas normativas más específicas debido al sector al que pertenezcas, por ejemplo, la construcción o la pesca. En resumen, la ley PRL se aplica siempre y en cualquier caso en los lugares de trabajo para prevenir accidentes y cuidar de la salud de los trabajadores, independientemente de que sean por cuenta propia o por cuenta ajena.

Coordinación de actividades empresariales

¿Qué Riesgos Pueden Existir en mi Actividad como Autónomo?

Cuando eres autónomo, es normal pensar que tu trabajo no entraña riesgos graves, sobre todo si no manejas maquinaria o sustancias peligrosas. Pero, aunque tus actividades parezcan “seguras”, siempre existen riesgos que pueden afectar a tu salud y seguridad. Por eso, necesitas tener tu propio plan de PRL.

El primer paso para desarrollar tu plan es hacer una evaluación de los riesgos que se debe de enfocar a medir la cantidad de riesgos innecesarios, que si han sucedido, se podrían haber evitado. Para ello, hay que estudiar toda esta información sobre tu actividad y adoptar las medidas necesarias para prevenirlos. La evaluación de riesgos, por lo tanto, va a consistir en:

  • Detectar los elementos peligrosos.
  • Valorar la probabilidad de que ocurra un daño.
  • Determinar qué trabajadores (o tú mismo, si estás solo) están más expuestos.
  • Estimar la magnitud del riesgo para decidir qué medidas tomar.

Esta evaluación normalmente debe realizarse por una empresa técnica que forme parte de la organización de recursos de actividades preventivas y que cumpla con el Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997).

En esta evaluación se van a estudiar los siguientes factores en cada uno de los puestos de trabajo en los que trabajes:

Factor a analizar Aspectos a tener en cuenta
Espacio de trabajo Tipo de lugar (local, oficina, casa), ventilación, iluminación, accesos, orden y limpieza.
Equipos y herramientas Ordenadores, herramientas eléctricas, maquinaria, vehículos; estado y uso correcto.
Productos o materiales Presencia de químicos, pinturas, disolventes, inflamables o tóxicos.
Organización del trabajo Carga laboral, jornadas prolongadas, estrés, multitarea, turnos o plazos ajustados.
Factores ergonómicos Posturas forzadas, trabajo sentado muchas horas, movimientos repetitivos o con esfuerzo.
Perfil personal Situaciones especiales como embarazo, lactancia o condiciones físicas previas.

Con esta evaluación lo que vas a hacer es identificar los elementos peligrosos y los trabajadores con mayor exposición al riesgo, además de su magnitud. Sin entrar dentro de las actividades especiales, los riesgos más comunes son las condiciones de trabajo que puedan influir de forma negativa a una mujer embarazada o en periodo de lactancia.

¿Quién tiene la Obligación de Cumplir la Prevención de Riesgos Laborales en Autónomos?

Como ya sabes, los autónomos también necesitan estar preparados en materia de prevención de riesgos laborales. Lo que ocurre es que no todos tienen que cumplir las mismas obligaciones, porque va a depender de la actividad que realizan o si trabajan o no con más gente, ya sean trabajadores suyos o colaboradores. Así también consta en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Autónomos sin Trabajadores

No existe obligación de implementar un plan de prevención de riesgos laborales, salvo que, si debido a tu actividad tienes que trabajar con otras empresas en sus instalaciones o con otros profesionales en espacios de trabajo compartido, sí que tendrás que cumplir con la normativa CAE, según el Real Decreto 171/2004.

Autónomos con Trabajadores

Cuando tienes trabajadores contratados, sí estás obligado a implantar un plan de prevención de riesgos laborales que se adapte a las características de tu actividad y de tu equipo. Esto es posible, entre otras cosas, gracias a los diferentes cambios aplicados por la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (Ley 14/2013, de 27 de septiembre), a la normativa de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de noviembre).

Según se establece en la normativa de PRL, en el artículo 30.5:

“En las empresas de hasta diez trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas en el apartado 1, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se refiere el artículo 6.1.e) de esta Ley. La misma posibilidad se reconoce al empresario que, cumpliendo tales requisitos, ocupe hasta 25 trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.”

Como se puede ver, los requisitos para que el empresario pueda asumir la gestión de la prevención de riesgos en su empresa son:

  • Solo para empresas de hasta 10 trabajadores.
  • Que el empresario desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo.
  • Tenga titulación de Nivel Básico en Prevención de Riesgos Laborales, en el caso de empresas que no tengan una especial peligrosidad. Esto es, un curso de al menos 30 horas.
  • Tener contratada con una mutua la vigilancia de salud, que es lo único que no se puede asumir.

Hasta 10 trabajadores y en tu mismo centro de trabajo: puedes asumir tú mismo la gestión de la prevención (siempre que tengas la formación adecuada). Resto de situaciones (más trabajadores, varios centros, etc.): lo mejor es contratar un servicio de prevención ajeno, es decir, una empresa especializada que se encargue del plan y las revisiones correspondientes.

Cómo Implementar la Prevención de Riesgos Laborales en Autónomos

Cuando llega el momento de implementar tu plan de prevención de riesgos laborales y cumplir con la normativa, necesitas tener claros los pasos básicos que tienes que dar y los recursos que tienes a tu disposición.

Los pasos básicos son los siguientes:

Paso Qué hacer Detalles
1. Evaluación de riesgos Analiza tu entorno, las tareas que realizas, las herramientas que usas y tus hábitos. Identifica riesgos físicos, ergonómicos, químicos, etc.
2. Prevención adaptada Ajusta las medidas que vayas a tomar a tu caso real. No es lo mismo trabajar solo que tener empleados o colaborar con terceros.
3. Gestión de la prevención Elige la forma de cumplir con la normativa. Puede ser autogestionado (si cumples los requisitos) o con un servicio externo.
4. Formación e información Asegúrate de que todos los implicados conocen los riesgos y cómo prevenirlos. Esto aplica cuando tienes empleados o colaboras con otras personas.
5. Documentación accesible Guarda tu plan y registros y mantenlos actualizados. Tienen que estar disponibles por si tienes una Inspección de Trabajo o de otros organismos.

La intención de estas modificaciones era mejorar los trámites burocráticos y administrativos de la actividad preventiva, reducir la siniestralidad y minorar el coste económico para los pequeños empresarios. Para esto se creó la herramienta pública y gratuita Prevención10, puesta en marcha por el Ministerio de Trabajo, de forma que el autónomo pueda cumplir fácilmente con sus obligaciones en prevención de riesgos laborales.

Si decides intentar llevar el plan de PRL tú mismo, puedes utilizar las herramientas gratuitas que la Administración pone a tu disposición, como por ejemplo Prevención10.es.

Herramientas Gratuitas y de Apoyo

Para facilitar al empresario la elaboración de toda la documentación, se ha creado el servicio público gratuito Prevención 10, que facilita el cumplimiento en materia de coordinación de actividades empresariales a los trabajadores autónomos sin personal a su cargo.

Concretamente, con la herramienta Evalua-t se puede realizar, de forma anónima y respondiendo sencillos cuestionarios, toda la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva de la empresa. El resultado final es más que satisfactorio, ya que la plataforma da acceso a la obtención automática e impresión del documento único Plan de Prevención de Riesgos Laborales, Evaluación de Riesgos y Planificación Preventiva. Solo hace falta imprimirlo, firmarlo e ir ejecutando las medidas de acuerdo a lo planificado.

Las actividades empresariales a las que se ofrecen son:

  • Alojamiento
  • Arreglos de ropa y confección a medida
  • Autoescuelas
  • Bares y restaurantes
  • Comercio de alimentación
  • Consultorios (medicina, fisioterapia, podología…)
  • Discotecas y pubs
  • Enseñanza y formación
  • Estudios de tatuaje
  • Farmacias
  • Floristerías
  • Gimnasios y similares
  • Jardinería y agricultura ecológicas
  • Oficinas y despachos
  • Peluquerías para mascotas
  • Peluquerías y centros de estética
  • Pequeño comercio
  • Reparaciones de artículos de uso doméstico
  • Servicios de limpieza
  • Servicios de transporte
  • Terapias naturales
  • Tintorerías y lavanderías

Otra de las herramientas que podemos encontrar es “autopreven-t”, herramienta específica para la Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales para autónomos. En todo caso, y puesto que es una herramienta en evolución, en la que están incorporándose documentación de sectores muy diversos, es interesante curiosearla si nuestra situación es autónomo sin trabajadores contratados o, autónomos que han creado una empresa con menos de 10 trabajadores.

Aun así, si una vez finalizado el proceso de evaluación de todos los puestos, y como el fin último es evitar riesgos y accidentes, si el autónomo no se siente cómodo realizando esta gestión por sí mismo, lo mejor es recurrir a empresas especializadas.

Preguntas Frecuentes sobre la Prevención de Riesgos Laborales en Autónomos

¿Un autónomo que trabaja desde casa necesita cumplir con la normativa de riesgos laborales?

Sí, como hemos estado comentando a lo largo del artículo, cuando realizas cualquier actividad (empresarial o no) los riesgos siempre existen. Y cuando eres autónomo debes tener esto en cuenta, sobre todo en tus actividades laborales, aunque trabajes desde casa y no tengas empleados. Es cierto que legalmente no estás obligado a tener un plan formal cuando trabajas solo y sin contacto con terceros, pero sí que es tu responsabilidad cuidar de tu salud y bienestar en tu entorno laboral, para poder seguir trabajando sintiéndote seguro. Ejemplos muy fáciles de entender son:

  • Evitar posturas forzadas que con el tiempo pueden llegar a provocarte lesiones.
  • Contar con iluminación adecuada para no forzar la vista.
  • Ventilar bien el espacio para respirar bien y evitar intoxicaciones si utilizas ciertos materiales como pegamento o pinturas.
  • Usar el material informático en condiciones seguras.

Además, si prestas servicios a otras empresas o trabajas de forma presencial con otras personas, también en tu propia casa, debes aplicar la normativa de Coordinación de Actividades Empresariales para la protección de riesgos.

¿Qué ocurre si un autónomo no cumple con la normativa de riesgos laborales?

Cuando estás obligado a aplicar medidas de prevención de riesgos laborales y no lo haces, puedes enfrentarte a:

  • Sanciones económicas, que dependerán del tipo de infracción del que se trate:
    • Leve: cuando hay incumplimientos de obligaciones meramente formales o documentales, como no tener el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo correctamente habilitado.
    • Grave: cuando generen o puedan generar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores, como no realizar la vigilancia periódica de la salud o no hacer la evaluación de riesgos.
    • Muy grave: cuando implican un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. Por ejemplo, no paralizar ni suspender de forma inmediata los trabajos que, a requerimiento de la Inspección de Trabajo, impliquen un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud.
  • Problemas legales, si se produce un accidente y se demuestra que no actuaste con diligencia.
  • Pérdida de confianza profesional porque cuando colaboras con otras empresas.

tags: #autogestion #prl #microempresas #autonomos

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