Clasificación y tipos de autónomos en España
Si estás pensando en darte de alta como trabajador por cuenta propia y quieres conocer las distintas figuras con las que puedes establecerte, en este artículo te contamos cuáles son los tipos de autónomos que existen en nuestro país. En España, más de 3,3 millones de personas cotizan como autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), aunque presentan una gran diversidad en cuanto a su actividad y forma de trabajo. Todos los profesionales autónomos están incluidos en el RETA, pero conforman un colectivo heterogéneo con derechos, prestaciones, fiscalidad y cotizaciones muy diversos.
Ser autónomo implica trabajar por cuenta propia ofreciendo servicios directamente y emitiendo facturas sin intermediarios que gestionen tu alta en la Seguridad Social. La clasificación de los autónomos se basa en las características de su actividad económica.
1. Autónomo persona física
Los autónomos persona física son el colectivo de trabajadores por cuenta propia más habitual en España. Es el tipo de autónomo más habitual y el que casi todos tenemos en mente cuando decimos “autónomo”. Este grupo asume la responsabilidad y deudas de su negocio y no operan a través de una sociedad, sino en su propio nombre.
- Profesionales autónomos (freelance): Ofrecen sus servicios a terceros de manera independiente. Pueden o no tener empleados a cargo o un establecimiento abierto al público.
- Autónomos colegiados: Incluye a abogados, arquitectos, psicólogos, médicos o ingenieros, que cotizan a través de los colegios profesionales como alternativa al RETA.
- Autónomos no colegiados: Diseñadores, traductores, programadores, maquilladores o redactores que figuran en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
2. Autónomos societarios o empresarios
Se trata de aquellas personas que han constituido una sociedad mercantil. Suelen responder a casos en que el negocio ha adquirido cierta dimensión y cuenta con un número significativo de trabajadores contratados. Están obligados a cotizar en el régimen de autónomos si poseen más del 25% del capital y ejercen labores de dirección y gerencia.
3. Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE)
Para ser considerado un autónomo TRADE, el principal requisito es que los ingresos recibidos por un cliente supongan al menos el 75% de la facturación. Este es un colectivo que, aun estando dentro de los autónomos, comparte algunos rasgos de los asalariados. No pueden tener trabajadores a su cargo y deben disponer de materiales y recursos propios para ejercer su actividad profesional.
4. Autónomo en pluriactividad
Es la situación en la que un trabajador asalariado, que trabaja para una empresa cobrando una nómina, también está al frente de una actividad como autónomo. Es algo totalmente contemplado por la Ley en España, que además da derecho a ciertas bonificaciones en cotizaciones, al estar dado de alta a la vez en el Régimen General y en el RETA.
Requisito de "persona empleada a jornada completa", en caso de pluriempleo y pluriactividad
5. Autónomos colaboradores
Cualquier persona que esté dada de alta como autónomo puede contratar a un familiar como autónomo colaborador siempre que éste conviva con el titular y trabaje de forma habitual en el negocio. Deben ser cónyuges o familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
6. Autónomos agrarios
Los autónomos agrarios se dedican a actividades agrícolas y cotizan a través del SETA (Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios). La cuota mensual que pagan estos profesionales a la Seguridad Social es más baja que la de otros autónomos, puesto que las rentas de este sector se ven condicionadas por una serie de factores como el clima.
| Tipo de Autónomo | Característica principal |
|---|---|
| Persona Física | Actividad en nombre propio (freelance/colegiados). |
| Societario | Controla una sociedad mercantil (SL, SA). |
| TRADE | Dependencia económica de un solo pagador (>75%). |
| Colaborador | Familiar del titular que trabaja en el negocio. |
Consideraciones finales sobre el RETA
Además, hay otros regímenes especiales a los que pueden adherirse los trabajadores por cuenta propia, dependiendo del sector al que pertenezcan, como es el caso de los trabajadores del mar. Es importante recalcar que, desde el 1 de enero de 2023, la cuota de autónomo en España se establece según los ingresos reales. Este sistema es progresivo, disminuyendo la cuota para autónomos con menores ingresos y aumentándola para aquellos con mayores ingresos.
Evaluar bien tu situación te permitirá beneficiarte de bonificaciones, ajustar tu carga fiscal y operar con mayor seguridad jurídica. Si estás empezando o piensas cambiar tu estructura, te recomiendo contar con asesoramiento especializado para tomar la mejor decisión según tu perfil y objetivos de negocio.
