Diferencia crucial entre servicio profesional y actividad empresarial para autónomos
Una de las primeras dudas que surgen cuando una persona se va a dar de alta como autónomo, es si va a realizar actividades empresariales o profesionales. Es crucial que los autónomos entiendan la diferencia entre Actividad Profesional y Actividad Empresarial. Comprender las complejidades de estos dos tipos de actividades te ahorrará dinero, tiempo y problemas burocráticos. Elegir de forma adecuada el epígrafe que te corresponde en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) supone, de entrada, que encasilles tu trabajo como actividad empresarial, profesional o artística. Que te decantes por uno u otro tendrá después implicaciones, sobre todo fiscales.
¿Qué es una actividad profesional?
Una actividad profesional es la labor que una persona física realiza de manera individual y directa. Por directa entendemos que es cuando lleva a cabo determinadas tareas en las cuales se cimienta toda su actividad. Es decir, se tratan de actividades que no requieren constituir una empresa, ya que no cuentan con una infraestructura empresarial ni de negocio. Conocemos como actividad profesional aquella consistente en ejercer una profesión de la que se tienen determinados conocimientos específicos. Las actividades profesionales son realizadas por personas calificadas para ejercer sus profesiones.
Piensa en médicos, abogados, ingenieros, programadores, arquitectos, contables, notarios, veterinarios y masajistas. El razonamiento filosófico es que para ejercer esta profesión hay que tener una determinada titulación, aunque no tiene por qué ser universitaria. La idea es que estos trabajadores ofrecen un servicio profesional específico, aunque sea por cuenta propia. Suelen asociarse a abogados, arquitectos, notarios o veterinarios, entre otros. Si bien todos ellos encajan en esa fórmula, también caben en esa definición profesionales como los profesores y los agentes comerciales o de seguros, por ejemplo.
El principal aspecto a destacar es que el profesional retiene un porcentaje en las facturas que emite para pagar el IRPF. Como regla general, es el 15 %, aunque los primeros años será el 7 %. La persona que vive de una actividad profesional incluye un porcentaje en concepto de retención del IRPF en las facturas para empresas u otros empleados por cuenta propia. De la misma manera, los trabajadores que llevan a cabo una actividad profesional están exentos tanto de aplicar retención en las facturas que se corresponden a servicios dados a particulares como de presentar pagos a cuenta del IRPF.
EP. 132 | ¿Te conviene más RESICO o Actividad Empresarial? ✅
¿Qué es una actividad empresarial?
Básicamente, una actividad empresarial es aquella que se dedica al comercio, hostelería o fabricación o a una profesión liberal, siempre y cuando cuente con una estructura de trabajo específica. Las actividades empresariales, por otro lado, requieren una estructura más sólida. Como hemos comentado antes, las actividades empresariales son aquellas que requieren de una organización empresarial, un centro de trabajo o empleados. Sin embargo, se entiende por actividad empresarial la que tiene lugar dentro de una organización. Cuando hay un local o unos trabajadores, toca tributar como actividad empresarial.
Las actividades empresariales se han centrado en varios aspectos. Ahora bien, el principal es que se funciona como una empresa normal y corriente y, en consecuencia, la tributación va de acorde con ello. Una de las diferencias más importantes es que un autónomo con actividad empresarial no emitirá facturas con retención de IRPF. Eso sí, luego está obligado a realizar su correspondiente liquidación mediante el modelo 130. Las personas dedicadas a una actividad empresarial emiten facturas que no se hallan sujetas a retención.
Principales diferencias entre actividad profesional y empresarial
La principal diferencia será el tipo de actividad de base. Otra diferencia, es la diferencia de retención del IRPF que hay entre las actividades empresariales y profesionales. Las diferencias entre actividad empresarial y profesional carecen de relevancia en algunos sentidos. Sin embargo, tienen un papel fundamental en la elección del epígrafe del IAE en el que finalmente enmarques tu actividad. Así que, desde el punto de vista fiscal, se diferencia igualmente la actividad profesional de la empresarial.
Aquí te presentamos una tabla comparativa para visualizar las distinciones:
| Característica | Actividad Profesional | Actividad Empresarial |
|---|---|---|
| Naturaleza | Labor individual y directa basada en conocimientos específicos. | Requiere organización empresarial, centro de trabajo o empleados. |
| Estructura | No requiere infraestructura empresarial ni de negocio. | Requiere una estructura más sólida, funciona como una empresa normal. |
| Retención IRPF en facturas | Sí, generalmente 15% (7% los primeros años). | No aplica retención de IRPF en las facturas. |
| Liquidación IRPF | Puede estar exento de pagos a cuenta para particulares. | Obligado a realizar liquidación mediante el modelo 130. |
| Ejemplos | Médicos, abogados, programadores, arquitectos, masajistas. | Comercio, hostelería, fabricación, bufetes de abogados con estructura. |
¿Es posible tributar como actividad empresarial y profesional simultáneamente?
Lo cierto es que sí y en ocasiones se originan problemas por esa confusión. A la hora de cubrir el epígrafe del IAE, es bueno tenerlo presente. Al final, hay algunos criterios que pueden servir para delimitar bien cada caso:
- Si la actividad se realiza en un local específico, y no en la vivienda personal. En el primer caso hablaremos de actividades empresariales.
- Otro elemento es comprobar si tienes empleados que trabajen para ti.
- Si la actividad está registrada dentro de una sociedad mercantil. En caso de que esto suceda, la actividad también será empresarial. Es indiferente que tengas una Sociedad Limitada, una Sociedad Anónima u otro tipo de sociedad.
Si aún así se diese el caso de que realizases simultáneamente una actividad profesional y otra empresarial, el criterio es facturar de forma diferente. Para la actividad profesional se aplicará la retención de IRPF y para la empresarial no. Considerar esta cuestión es importante porque muchas sanciones están relacionadas con desconocimiento. Como principio general, sugerimos que actúes con cierta cautela para no tener problemas.
Cómo elegir bien el epígrafe y el modelo de tributación
En primer lugar, recomendamos que apliques el sentido común. Si eres un abogado que atiende desde su casa, es evidente que no tienes que realizar facturas sin retención de IRPF. Ahora bien, si eres el propietario de un bufete y cobras a través de la sociedad constituida, tendrás que funcionar como cualquier otra empresa.
No obstante, y como cabe la posibilidad de que tengas que consultar en algunas profesiones, puede ser bueno hablar con un profesional. De esta forma, conocerás mejor el campo de juego desde el principio y se evitarán esos errores que suponen sanciones. A la larga, notarás la diferencia y lo agradecerá tu patrimonio.
Elegir entre registrarte como actividad profesional o empresarial depende de la naturaleza de tu trabajo. Si tus actividades se basan en tu conocimiento y experiencia, probablemente encajes mejor como profesional. Por otro lado, es interesante remarcar que una actividad profesional podrá convertirse en actividad empresarial en cualquier momento. La siguiente generación del ERP.
Conocer la diferencia entre actividad empresarial y profesional es importante. De esta manera, se podrán realizar las facturas, tickets y liquidaciones tributarias en tiempo y forma. Si tienes una PYME o eres profesional liberal, te conviene realizar un control de la facturación o contabilidad. Esto es lo que te puede proporcionar un software profesional en condiciones.
