¿Cubre el Fondo de Garantía de Depósitos a las pymes y sus ahorros?
Siempre se ha dicho aquello de que ‘el dinero, donde más seguro está es debajo del colchón'. Hoy, gracias al Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, el dinero que está en el banco está completamente asegurado hasta una cierta cuantía: 100.000 euros por cada titular y cada entidad, siempre que el dinero esté en una cuenta corriente, una libreta de ahorros o un depósito a plazo. Esta protección es fundamental para brindar seguridad y confianza a los clientes de todos los organismos adheridos al fondo.
En general, todos los depositantes minoristas y las empresas están cubiertos por sistemas de garantía de depósitos. Esto significa que las pymes, al igual que los particulares, cuentan con este respaldo esencial para proteger sus activos líquidos en caso de dificultades de una entidad financiera.
Funcionamiento y límites de la cobertura
El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es una entidad con personalidad jurídica propia que tiene por objeto garantizar todos los depósitos realizados en cuentas de ahorro, cuentas corrientes y depósitos a plazo fijo constituidos en las entidades de crédito. Es importante destacar que el límite de cobertura es de hasta 100.000 euros por titular y entidad.
Ejemplos prácticos de protección
- Cuenta con múltiples titulares: Si en una cuenta con tres titulares hay 180.000 euros, en caso de quiebra, ninguno perdería su dinero, porque a cada uno le corresponderían 60.000 euros.
- Diversificación: Si una persona repartiera su dinero en dos entidades distintas, se aseguraría una cobertura de hasta 200.000 euros (100.000 euros por entidad).
- Acumulación de productos: Se suman todos sus depósitos efectuados en la misma entidad de crédito para determinar el nivel de cobertura.
Hay que matizar que lo que protege son los ahorros, no las inversiones. Si tienes acciones de una empresa y quiebra, el Fondo no se hará cargo, ya que el FGD no cubre las pérdidas de valor de los títulos, solo la no devolución de estos.
¿Qué es el FONDO de GARANTÍA de DEPÓSITOS? (+100.000€)
¿Qué sucede en caso de insolvencia bancaria?
En caso de que tu entidad fuera declarada en concurso de acreedores y el Fondo de Garantía de Depósitos tuviera que reembolsarte el dinero, como cliente no tendrías que realizar ninguna gestión, así como tampoco asumir ningún coste. Ante esta situación, el banco deberá comunicar al FGD todos los datos de sus clientes incluyendo el importe total que tienen depositado en la entidad.
El compartimento de garantía de depósitos efectuará los correspondientes pagos sin que los depositantes lo soliciten. No obstante, es útil conocer los plazos de reembolso establecidos por la normativa europea:
| Plazo de reembolso | Situación |
|---|---|
| Hasta 20 días hábiles | Normativa previa a 2024 |
| 7 días hábiles | Plazo vigente desde el 1 de enero de 2024 |
| 5 días hábiles | Pago a cuenta tras solicitud para cubrir necesidades de sustento |
Excepciones y exclusiones importantes
Es importante tener claro qué productos o entidades no están incluidos en el FGD para evitar confusiones sobre el alcance de la protección. Por ejemplo, los depósitos constituidos por las Administraciones Públicas están excluidos, con la excepción de los constituidos por entidades locales con un presupuesto anual igual o inferior a 500.000 euros.
Asimismo, existen exclusiones para aquellos depósitos cuyo titular no haya sido identificado o que tengan su origen en operaciones que hayan sido objeto de una sentencia penal condenatoria por delito de blanqueo de capitales. Por último, cabe recordar que, dada la libre circulación de capitales, el FGD opera en todo el ámbito de la Unión Europea; si parte de tu dinero está depositado en una cuenta de un banco extranjero, también lo tienes garantizado, aunque sujeto a las leyes y al fondo de garantía de dicho país de origen.
