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Comunicación

Correos: De Organismo Autónomo a Entidad Pública Empresarial en España

by Admin on 17/05/2026

En España, el Correo no ha evolucionado, desde el punto de vista jurídico, en la misma medida en que lo ha hecho el mercado. Para superar este desfase y permitir que Correos opere con la necesaria agilidad y eficacia, se configuró el hasta hoy Organismo autónomo Correos y Telégrafos como una Entidad pública empresarial. Esta transformación se realizó a través de la disposición adicional undécima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Actualmente, Correos es una sociedad mercantil que se rige por el ordenamiento jurídico privado, salvo en los ámbitos en los que se aplique la normativa presupuestaria, contable, de control financiero y de contratación, por ser integrante del SEPI.

Historia y Evolución de Correos

La organización del correo en España se debe a los romanos. Posteriormente, durante la Edad Media, los numerosos reinos en los que se dividió España crearon sus propios sistemas de correo. Fundada en 1716 durante el reinado de Felipe V, Correos, oficialmente conocida como Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E., es la empresa pública encargada de la prestación del servicio postal en España. Esta fecha marcó un hito cuando Felipe V nombró a Juan Tomás de Goyeneche como Superintendente General y Administrador de las Oficinas Postales, estableciendo la responsabilidad del Estado sobre los servicios postales.

Con más de 300 años de historia, ha evolucionado adaptándose a las necesidades de la sociedad y diversificando sus servicios. El Siglo XIX fue testigo de la introducción de avances tecnológicos como el ferrocarril, que mejoró la eficiencia en la distribución del correo. En 1905, se implementó el servicio de correo urgente. El año 1916 vio el lanzamiento de los envíos contra reembolso y los paquetes postales, y en 1919 se creó el Servicio Aeropostal de España.

La evolución de Correos: cómo adaptar las empresas a los nuevos tiempos

Estructura y Funcionamiento como Entidad Pública Empresarial

Como empresa pública, Correos forma parte del holding Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), un grupo empresarial que abarca 15 empresas participadas de forma directa y mayoritaria, con una plantilla superior a 78.000 personas. El Grupo Correos está integrado por Correos y las filiales Correos Express, Correos Express Portugal y Correos Telecom.

  • Correos Express: especializada en servicios y entrega de paquetería urgente en España y en Portugal. Su modelo de negocio, basado en delegaciones propias, le proporciona un alto nivel de agilidad en el servicio, así como una mayor seguridad y calidad en la gestión.
  • Correos Express Portugal: es la filial de la compañía de paquetería urgente con la que el Grupo ha iniciado su proceso de internacionalización.
  • Correos Telecom: especializada en la provisión de servicios de conectividad de alta capacidad, de comunicaciones e infraestructuras de telecomunicación, aportando valor a la actividad de sus clientes, a través de la flexibilidad y la innovación.

En 2023, Correos absorbió la actividad de su filial Nexea, dedicada a ofrecer servicios personalizados en gestión documental, para las comunicaciones masivas de las empresas con sus clientes. Esta compañía, enfocada a dar soluciones tecnológicas para la gestión de comunicaciones masivas de las empresas hacia sus clientes, ahora forma parte integral de Correos.

El régimen de contratación de la Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos será el previsto en el artículo 99 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional undécima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y con las previsiones de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. Para el cumplimiento de sus funciones, la Entidad pública empresarial Correos y Telégrafos podrá realizar toda clase de actos de administración y disposición previstos en la legislación civil y mercantil.

Consejo de Administración

La Entidad está regida por un Consejo de Administración que estará formado por el Presidente y por un mínimo de nueve y un máximo de dieciséis Consejeros. Este Consejo puede acordar la participación en el capital de toda clase de entidades que tengan el carácter de sociedad mercantil y cuyo objeto social esté vinculado con los fines y objetivos de la Entidad, siempre que dicha participación no supere el 50 por 100 de su capital. En caso de superarse dicho porcentaje, será el Consejo de Ministros el que debe adoptar el oportuno Acuerdo, a propuesta del Ministerio de Fomento. Asimismo, el Consejo aprueba los acuerdos, pactos, convenios y contratos que considere convenientes o necesarios para la realización de los fines de la Entidad, incluyendo la adquisición y enajenación de inmuebles y constitución de derechos reales.

El Consejo de Administración se reunirá, previa convocatoria y a iniciativa de su Presidente o a petición al menos de la mitad de los Consejeros, tantas veces como sea necesario para el desarrollo de las funciones de la Entidad y, al menos, una vez al mes. La convocatoria se cursará por el Secretario del Consejo, por escrito al menos con cuarenta y ocho horas de antelación, fijando el orden del día de los asuntos a tratar. Para la válida constitución del Consejo de Administración habrán de estar presentes, además del Presidente y del Secretario, o, en su caso, quienes los sustituyan, en primera convocatoria la mitad al menos de los Consejeros presentes o representados y, en segunda convocatoria la tercera parte de los mismos. Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los Consejeros presentes o representados.

El Consejo de Administración podrá constituir Comisiones Delegadas, en las que podrá delegar parte de sus facultades, dentro de los límites previstos en el artículo 10 de los presentes Estatutos, fijando al constituirlas el alcance de esta delegación, sus normas de funcionamiento y el número de Consejeros que deberán formar parte de las mismas. En su defecto, serán de aplicación a las Comisiones Delegadas las normas establecidas para el Consejo de Administración en los presentes Estatutos.

Servicios y Patrimonio

Correos es la empresa postal más antigua en España, con más de 300 años de historia, y se encarga de ofrecer a los ciudadanos servicios privados relacionados con el envío de cartas y paquetes, pero también trámites públicos como el pago de impuestos o el voto por correo ante la celebración de cualquier tipo de elecciones. Entre sus funciones se encuentra la emisión, conjuntamente con el Ministerio de Economía y Hacienda, de sellos y demás signos de franqueo.

En cuanto a su infraestructura, Correos dispone de una amplia red de oficinas distribuidas por todo el territorio nacional, facilitando el acceso a sus servicios tanto en áreas urbanas como rurales. La Entidad formará y mantendrá actualizado el inventario de sus bienes y derechos, con la única excepción de los de carácter fungible. De conformidad con el artículo 99 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, podrá adquirir, poseer, arrendar, permutar y enajenar bienes de cualquier clase, sin que los bienes de su propio patrimonio que resulten innecesarios para el cumplimiento de sus fines deban incorporarse al Patrimonio del Estado.

La Entidad deberá celebrar un contrato-programa con el Estado que tendrá vigencia plurianual en el que se incluirán, entre otras, las previsiones de financiación a la Entidad, por parte del Estado, por los servicios incluidos en el ámbito de los servicios postales, cuya prestación se asigne obligatoriamente a esta Entidad por la normativa que le sea de aplicación.

Gestión Económica y de Personal

La Entidad elaborará anualmente un programa de actuación, inversiones y financiación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria. Asimismo, elaborará anualmente sus presupuestos estimativos de explotación y capital, con la estructura que determine el Ministerio de Economía y Hacienda, y una vez aprobados inicialmente por el Consejo de Administración serán tramitados en la forma establecida por los artículos 87.4 y 90 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

El ejercicio económico tendrá una duración anual y comenzará el día primero de enero. La cuenta de pérdidas y ganancias, la propuesta de aplicación de resultados, el balance y la memoria justificativa de cada ejercicio económico serán presentados por el Consejero-Director general al Presidente de la Entidad quien, a su vez, lo someterá al Consejo de Administración, para su aprobación, antes de finalizar el primer trimestre del año siguiente. El excedente que arroje anualmente la cuenta de resultados se imputará, por acuerdo del Consejo de Administración, a la financiación de inversiones y a la reducción del endeudamiento, según lo establecido en el presupuesto de capital. El remanente que, en su caso, resultare se ingresará en el Tesoro Público, previa detracción de un 20 por 100 de su importe anual, que estará destinado a crear un fondo para cubrir las futuras necesidades de organización y operativas de la citada Entidad pública empresarial.

Los Ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, conforme a sus respectivas competencias y a propuesta de la Entidad, aprobarán anualmente el marco de actuación de ésta en materia de personal, en el que se determinarán las líneas directrices sobre organización, estructura de puestos directivos, política de empleo y las retribuciones. El nombramiento del personal directivo se efectuará por designación directa, atendiendo exclusivamente a criterios de competencia profesional y experiencia, siendo de aplicación al desempeño de sus funciones la responsabilidad profesional, personal y directa por la gestión desarrollada, así como la sujeción al control y evaluación de su gestión.

Desafíos y Adaptación en la Era Digital

En los últimos años, Correos ha enfrentado desafíos relacionados con la transformación digital y la competencia en el sector logístico. Estas pérdidas se deben en gran parte a un alto descenso de la correspondencia por carta, uno de sus pilares fundamentales de negocio, pese al aumento del envío de paquetería online. La compañía está tratando de reducir la dependencia que tienen sus ingresos del correo postal.

Para superar estos desafíos, Correos puso en marcha el Plan Estratégico 2024-2028, centrado en diversificar sus fuentes de ingresos mediante nuevos servicios comerciales, reforzar la cooperación con la Administración y modernizar su operativa. Además, ha ampliado su oferta para incluir servicios de paquetería, soluciones digitales y financieros, adaptándose a las demandas del mercado y contribuyendo al desarrollo económico y social del país. Correos ha implementado iniciativas para ampliar sus servicios financieros, especialmente en áreas rurales, siguiendo modelos de otros países europeos. Estas acciones buscan ofrecer servicios básicos en zonas con menor cobertura bancaria, contribuyendo a la inclusión financiera y al desarrollo local.

Con los clientes, a través de la eficiencia y la innovación en los procesos y productos, Correos busca mantener su relevancia. En resumen, Correos continúa siendo una entidad clave en la estructura social y económica de España, adaptándose a los cambios y buscando soluciones innovadoras para satisfacer las necesidades de los ciudadanos.

Compliance y Buen Gobierno

El Consejo de Administración de Correos, en su sesión de 22 de julio de 2021, aprobó el vigente Programa de Prevención de Riesgos Penales, que incluye el Código General de Conducta del Grupo Correos. Asimismo, el Consejo de Administración, en su sesión de 27 de abril de 2022, ha aprobado la Política de Control y Gestión de Riesgos corporativos del grupo Correos, que incluye el riesgo de cumplimiento normativo y penal. El Grupo Correos ha establecido el Sistema interno de información conforme a los requisitos establecidos en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. A estos efectos, y de acuerdo con la normativa indicada, el Sistema Interno de Información de Correos está integrado por la Política del Sistema Interno de Información, el Procedimiento de Gestión de Informaciones, el Canal Ético y el Responsable del Sistema Interno de Información, que es el Comité de Cumplimiento.

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