Contratación Indefinida y Apoyos para Emprendedores: Guía Completa
Es bien sabido que la mayoría de las plazas laborales en España provienen de las pymes. Para ayudar a la creación de empleos y fomentar el crecimiento empresarial, se han implementado diversas herramientas y programas de apoyo. Una de las novedades más significativas en cuanto a formas de contratación fue la creación del Contrato de Trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores en 2012. Además, existen líneas de financiación específicas y ayudas regionales destinadas a impulsar la actividad emprendedora.
El Contrato de Apoyo a los Emprendedores
El contrato de apoyo a emprendedores apareció en escena a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral de 2012. Con la Reforma Laboral que tuvo lugar el pasado 12 de febrero de 2012 en España, podemos manifestar que una de las mayores novedades en cuanto a formas de contratación se refiere, fue la creación del Contrato de Trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores. En sus orígenes, se trataba de un contrato de tiempo indefinido y a jornada completa. Se trata de un contrato indefinido o parcial especialmente orientado a empresas de menos de cincuenta empleados. Este contrato ha sido diseñado para aquellas empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de producirse la contratación.
Condiciones y Exclusiones
No todos los negocios cumplen con la política para realizar este tipo de contrato. Pueden suscribir este tipo de contrato las empresas de menos de cincuenta trabajadores que no hubieran realizado despidos por causas objetivas declarados improcedentes por sentencia judicial ni despidos colectivos en los seis meses anteriores a la contratación. Si bien es cierto, este tipo de contratos no podrá ser concertado si en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato la empresa hubiera realizado decisiones extintivas improcedentes y para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional y para el mismo centro o centros de trabajo.
Además, quedan excluidas las empresas:
- Que en los seis meses previos hayan realizado un despido colectivo o provocado la finalización de contratos por causas declaradas improcedentes en juicio.
- Que no estén al corriente en sus pagos con Hacienda anteriores a la firma y una vez que el contrato de trabajo entre en vigor.
- Que el empresario tenga una relación laboral de primer o segundo grado con el contratado, esto con el objetivo de evitar el nepotismo.
- Que quieran reincorporar a empleados que, en los veinticuatro meses previos a la firma, hayan prestado servicios de forma indefinida para la empresa.
- Que quieran reincorporar a empleados que, en los seis meses previos a la firma, hayan prestado servicios para la empresa bajo un contrato temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.
Características y Periodo de Prueba
Este tipo de contratos se formalizarán según el modelo oficial, por tiempo indefinido y a jornada completa. El único aspecto en el que difiere con respecto a otros es en la duración del periodo de prueba. El plazo de duración mínimo del contrato será de 3 años, en el que se puede acordar un periodo de prueba de 1 año. Si el trabajador ha desempeñado las mismas actividades dentro de la empresa antes de ser contratado bajo esta modalidad, no podrá acordarse un periodo de prueba.
Incentivos y Bonificaciones
La gran novedad introducida y la mayor ventaja que ofrecen estos contratos son sus incentivos, tanto fiscales como bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social. El contrato parcial e indefinido de apoyo aporta grandes incentivos y beneficios fiscales para cualquier empresa que cumpla con los requisitos y obligaciones.
Incentivos Fiscales
- Deducción por primer trabajador joven: La empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros por el primer trabajador contratado y que sea menor de 30 años.
- Deducción por contratación de desempleados perceptores de prestación: En caso de que la empresa contrate a un desempleado perceptor de la prestación contributiva, tendrá derecho a una deducción fiscal del 50% del menor de los siguientes importes: el importe de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, o el importe correspondiente a 12 mensualidades de la prestación por desempleo que tienen reconocida. El trabajador deberá haber percibido la prestación contributiva, al menos 3 meses. La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de prestación que tenga pendiente de percibir.
- Compatibilidad con prestación por desempleo: El trabajador contratado podrá voluntariamente compatibilizar cada mes, junto con el salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera reconocida y pendiente de percibir en el momento de su contratación. Si decide no compatibilizarlo, el derecho a la prestación permanecerá en los mismos términos que ocurre en la actualidad.
Bonificaciones en la Cuota Empresarial a la Seguridad Social
Tendrán durante 3 años, para trabajadores inscritos en la Oficina de Empleo, bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social. Hay que diferenciar entre dos ámbitos: los jóvenes y los mayores de 45 años.
| Categoría del Trabajador | Bonificación Primer Año | Bonificación Segundo Año | Bonificación Tercer Año |
|---|---|---|---|
| Jóvenes (16-30 años) | 83,33 €/mes (1.000,00 €/año) | 91,67 €/mes (1.100,00 €/año) | 100,00 €/mes (1.200,00 €/año) |
| Mujer (joven) | Incremento de 100 euros por año sobre la bonificación base | ||
| Mayor de 45 años (hombre) | 108,33 €/mes (1.300 €/año) durante tres años | ||
| Mayor de 45 años (mujer) | 1.500 euros anuales durante tres años | ||
| Desempleado perceptor prestación (mín. 3 meses) | Deducción del 50% de la prestación pendiente de percibir | ||
Si el trabajador fuera mayor de 45 años y hubiera estado inscrito en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años.
Dichas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas de carácter público que tengan la misma finalidad, siempre y cuando la suma de las bonificaciones aplicables no supere el 100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
Obligaciones y Duración
Hay que mantener al trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral y asimismo deberá mantenerse el nivel de empleo alcanzado durante al menos 1 año. En caso de incumplimiento de esta obligación, la empresa se verá obligada a devolver los incentivos aplicados.
Línea de Financiación ENISA para Jóvenes Emprendedores
Esta línea de financiación está diseñada para apoyar el inicio de proyectos empresariales innovadores.
Objetivo
Dotar de los recursos financieros necesarios a pymes (y startups) de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial.
Empresas Beneficiarias
Pymes lideradas por jóvenes emprendedores/as menores de 40 años con proyectos de emprendimiento innovador.
Requisitos
- Ser una pyme, conforme a la definición de la Unión Europea.
- Tener personalidad jurídica propia, independiente de la de tus socios o partícipes.
- Que tu empresa haya sido constituida, como máximo, durante los 24 meses anteriores a la solicitud.
- Tener tu actividad principal y tu domicilio social en el territorio nacional.
- Que tu modelo de negocio sea innovador, novedoso o con claras ventajas competitivas.
- La mayoría del capital tiene que estar en manos de personas físicas de edad no superior a 40 años.
- Tendrás que demostrar la viabilidad técnica y económica de tu proyecto empresarial.
- Debes tener las cuentas del último ejercicio cerrado depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que proceda.
Se financia la adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad. Los socios tendrán que aportar, vía capital o a través de fondos propios, al menos un 50 % del préstamo. Quedan excluidos los sectores inmobiliario y financiero (puedes consultar las excepciones en preguntas frecuentes).
Infografía: Requisitos y beneficios de la financiación ENISA para jóvenes emprendedores.
Condiciones del Préstamo ENISA
Los préstamos ENISA se caracterizan por no exigir garantías y ofrecer condiciones adaptadas a las necesidades de las startups.
- Importe mínimo del préstamo: 25 000 €
- Importe máximo del préstamo: 75 000 €
- Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de tu empresa.
- Tipo de interés: Se aplicará en dos tramos:
- Primer tramo: euríbor + 2 % o euríbor + 4,25 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
- Segundo tramo: se aplica un interés variable en función de la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 8 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
- Comisión de apertura: 0,5 %
- Vencimiento: máximo, 7 años.
- Carencia de principal: máximo, 5 años.
- Comisión por amortización anticipada: Equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
- Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
- La amortización de intereses y principal es mensual.
- No se exigen garantías.
Financiación ENISA para Startups: cómo obtenerla paso a paso | MOGU
Obligaciones de Comunicación
La empresa beneficiaria de esta línea de financiación se compromete a mencionar expresamente, durante toda la vida del préstamo, en la información corporativa de la compañía (web, folletos, presentaciones institucionales, notas de prensa, etc.), que cuenta con financiación de Enisa (Ministerio de Industria y Turismo), incorporando para tal fin su correspondiente sello #clienteEnisa.
Ayudas Regionales para la Contratación Indefinida (Ejemplo Castilla-La Mancha)
Además de los contratos y financiaciones a nivel nacional, existen programas de ayudas específicas por comunidades autónomas para fomentar la contratación. A modo de ejemplo, se detallan algunas líneas de ayuda en Castilla-La Mancha:
Beneficiarios Generales
Personas desempleadas de larga duración que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
Incentivos Específicos por Línea
- Línea 2: Ayudas para incentivar la contratación fija discontinua.
- Se otorgan ayudas adicionales en función de las características del trabajador o del puesto:
- b) Mujeres, contratadas, en puestos directivos.
- c) Mujeres, contratadas, en sectores tecnológicos y/o en actividades relacionadas con economía verde o digital. Los sectores tecnológicos y las actividades relacionadas con la economía verde y digital serán los relacionados en el anexo XI. La entidad, deberá acreditar que está dada de alta en esos sectores y/o actividades.
- d) Personas jóvenes menores de 30 años contratadas en ocupaciones o puestos en oficios en vías de desaparición relacionadas en el anexo X.
- Para la Línea 2, también se incluyen: a) Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
Mapa: Delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha con incentivos para la contratación.
Criterios de Incentivación Adicionales
Será de aplicación para todas las líneas el Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre la aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha. Así mismo, la cuantía de la subvención de los respectivos apartados 1 de cada línea del Decreto se incrementarán en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.
Plazos de Solicitud
Dentro de dicho período las solicitudes para las líneas 1, 2 y 3 deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de inicio del contrato, y para la línea 4 en el plazo máximo de un mes desde modificación de la jornada del contrato y, en todo caso, hasta el mencionado día 30 de noviembre de 2023.
