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Comunicación

Guía Completa para la Comercialización de Líquidos Electrónicos: Regulaciones y Fiscalidad

by Admin on 22/05/2026

El mercado del vapeo está en constante desarrollo, al igual que sus compuestos: productos de vapeo, líquidos electrónicos y dispositivos de vapeo. Cada año, los fabricantes anuncian algunas innovaciones. Sin embargo, a menudo se trata simplemente de productos clásicos modificados hasta cierto punto. Todo empezó con los cigarrillos electrónicos hace unas décadas. La industria del vapeo está sujeta a varias regulaciones legales sobre líquidos electrónicos. Por complicadas e irritantes que puedan parecer a veces, las normas sirven para la seguridad de las personas que pueden entrar en contacto con sustancias peligrosas. Por este motivo, sustancias como la nicotina deben registrarse antes de comercializarse.

¿Qué son los Líquidos Electrónicos?

Los líquidos electrónicos son el producto más común en el mercado de vapeo, y el nombre está relacionado con su destino y estructura. Los líquidos electrónicos contienen una base que es propilenglicol, glicerina farmacéutica o ambas combinadas. Los siguientes compuestos de los e-líquidos son nicotina pura o sales de nicotina. La concentración de 20 mg/ml es la más alta posible, según la Directiva sobre productos del tabaco. Los líquidos electrónicos también pueden contener saborizantes y aditivos. Los aromas más comunes utilizados en la fabricación de e-líquidos son los dulces, bebidas, tabaco, menta y frutas.

Existen diferentes tipos de líquidos electrónicos:

  • Shortfills (premezclas): Suelen ser líquidos electrónicos de 50 ml sin contenido de nicotina, que se venden en botellas de 60 ml. Estos líquidos electrónicos están diseñados para vapearse tal cual o mezclados con inyecciones de nicotina.
  • Longfills: Son líquidos hechos de concentrado de sabor y una base, propilenglicol (PG), colocados en botellas. La opción más común es el volumen de 10 ml en frascos de 60 ml.
  • Inyecciones de nicotina (nic shots): Una inyección de nicotina es una botella de 10 ml que contiene nicotina concentrada mezclada con VG (glicerina vegetal) y PG (propilenglicol).

Dispositivos de Vapeo

Existen varios dispositivos de vapeo, con diferentes especificaciones técnicas y modo de acción. Como su nombre indica, estos dispositivos permiten recargar el e-líquido. Más tarde, la tendencia cambió para los pods: dispositivos pequeños y compactables que usan menos líquidos que los mods. Tienen baterías incorporadas y un tanque para e-líquido. Lo curioso es que cuando llegaron las sales de nicotina, los e-líquidos basados en ellas eran generalmente recomendados para vapear con vainas.

  • Cápsulas desechables: Están precargadas y precargadas con una determinada cantidad de e-líquido. Después de su uso, se desechan.
  • Cápsulas recargables: Son mucho más ecológicas que las cápsulas desechables. Permiten múltiples usos y son de pago.
  • Mods: En lugar de cápsulas, aquí se utilizan cartuchos de vapeo.

Regulaciones Clave en la Industria del Vapeo

Ten en cuenta que, además de estas 3 normativas, también existen leyes reguladas a nivel nacional.

1. Directiva sobre Productos del Tabaco (TPD)

La Directiva sobre productos del tabaco es una regulación que ha estado influyendo en los productos del tabaco durante los últimos años y se aplica a todos los estados miembros de la Unión Europea. La Directiva sobre productos del tabaco entró en vigor el 20 de mayo de 2016. Limita las ventas y la comercialización de tabaco y productos relacionados con el tabaco en la UE. La TPD afecta a los productos del tabaco en diversos campos. No sólo, como se ha mencionado, limita las ventas, sino también la publicidad y promoción de cigarrillos electrónicos a menores de edad, o el uso de cigarrillos electrónicos en lugares públicos.

La TPD también obliga a los importadores y fabricantes a notificar sus líquidos electrónicos, productos para vapear y cigarrillos electrónicos en términos de composición. Hay que proporcionar la lista completa de componentes a las autoridades competentes de los Estados miembros con información detallada, es decir, la lista de sustancias liberadas durante el uso del producto. Todo ello sirve para prevenir el consumo de sustancias prohibidas. Dichos resultados se envían a las autoridades nacionales del país donde estará presente el producto, y éstas aceptan o no registrarlo. La TPD también impone algunas directrices sobre el envasado de tabaco y productos relacionados con el tabaco. Los fabricantes deben colocar las advertencias sanitarias adecuadas en los embalajes unitarios y colectivos. Además, la TPD establece el tamaño mínimo de las señales de advertencia y la apariencia y contenido del embalaje del producto. Como mencionamos anteriormente, la TPD restringe la publicidad de productos de tabaco en los medios masivos a los consumidores finales.

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2. Reglamento REACH

REACH es una de las normativas europeas más importantes que se aplica a la mayoría de sustancias químicas. Según REACH, los fabricantes deben identificar y controlar los riesgos que conllevan las sustancias fabricadas y comercializadas en la Unión Europea. En cuanto a la nicotina, debido a REACH, las empresas que manipulan sustancias químicas en cantidades superiores a 1 tonelada al año deben registrarlas en la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA). En consecuencia, las sustancias están presentes en el sistema, lo que permite su identificación más rápida y sus compradores están seguros de que provienen de una fuente confiable. Como comentábamos, si una empresa manipula más de 1 tonelada de nicotina pura al año, tiene que registrarla. Se pueden registrar sus productos en el sitio web de REACH-IT, utilizando la herramienta IUCLID. Para ejecutar correctamente el procedimiento de registro, es necesario proporcionar todos los datos necesarios, especialmente sobre las propiedades peligrosas de las sustancias. Después de eso, las autoridades correspondientes evalúan los datos, ya que la ECHA tiene que autorizar compuestos altamente preocupantes, como carcinógenos o mutágenos.

3. Reglamento CLP

CLP significa Clasificación, Etiquetado y Envasado. Esta legislación obliga a los fabricantes a comunicar adecuadamente los peligros que se derivan de las sustancias.

4. Regulaciones de Transporte (ADR, IATA, IMDG)

Estos 3 convenios son regulaciones internacionales detalladas que se utilizan en el transporte de mercancías peligrosas. ADR, IATA e IMDG también especifican las condiciones detalladas de embalaje y etiquetado de sustancias peligrosas, y el marcado de los vehículos que las transportan.

Impuesto sobre Líquidos para Cigarrillos Electrónicos en España

La complejidad del procedimiento legal que se ha producido para su aprobación y regulación ha generado mucha incertidumbre y dudas entre los contribuyentes a los que puede afectar, por lo que hemos decidido publicar este post para poner algo de luz al respecto.

Marco Legal y Aplicación

El 20 de diciembre de 2024 se aprueba la Ley 7/2024, que introduce un nuevo impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. Esta medida se incorpora en la Disposición final segunda y siguientes, con efectos inicialmente previstos para el 1 de enero de 2025, modificando la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, especialmente en el Capítulo IX del Título I. Pocos días después, el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre (conocido como Decreto Ómnibus), cambia la fecha de efecto al 1 de abril de 2025.

Ámbito Territorial y Sujetos Pasivos

El ámbito territorial interno donde el impuesto es exigible comprende Península y Baleares. El impuesto afectará a todas aquellas personas o empresas que fabriquen, almacenen y distribuyan estos productos en Península y Baleares. También, a quienes los importen para venderlos en el territorio. Los vendedores desde otros países de la UE que comercien con particulares en España y las plataformas que actúen como intermediarias también serán contribuyentes de este impuesto. Según la Ley 7/2024 el impuesto NO se aplica al dispositivo electrónico como tal (el cigarrillo electrónico o vapeador sin líquido).

Inscripción y Obligaciones

Lo primero que hay que determinar, es si estamos ante un contribuyente, así como el tipo de contribuyente que supone cada una de las actividades, o si es aplicable el alta de estos como tal.

Alta como Fabricante

Antes de ejercer la actividad, debes inscribirte en el registro territorial del impuesto como fabricante. Entre otros requisitos, debes aportar una garantía de 6.000 euros. Una vez autorizado e inscrito podrás recibir, almacenar, fabricar, transformar y expedir productos objeto del impuesto en régimen suspensivo. La circulación de productos objeto del impuesto con fines comerciales tiene que estar amparada en un documento de circulación. Salvo en los supuestos de importación, las cuotas del impuesto que se hayan devengado debes autoliquidarlas e ingresarlas mediante la presentación de la correspondiente autoliquidación (modelo 573) siendo el periodo de liquidación mensual.

El titular de la fábrica (o depositario autorizado) es el sujeto pasivo del impuesto. En la factura que este emita con ocasión de la salida de los productos de la fábrica deberá repercutir el importe de la cuota devengada sobre los adquirentes de los productos, quedando estos obligados a soportarla. En factura emitida deberá consignar de forma separada el impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco y el IVA. Salvo las excepciones previstas en el apartado 5 del artículo 15 de la Ley de Impuestos Especiales, en una fábrica no está permitida la entrada de productos objeto del impuesto con impuesto devengado. La fábrica deberá contabilizar (SILICIE) y ultimar el referido documento de circulación con la recepción de los productos. Como los productos proceden del territorio de otros Estados miembros se trata de un supuesto de circulación intracomunitaria. Se asimilan a estas operaciones las introducciones procedentes de las islas Canarias o de las ciudades de Ceuta o Melilla.

Alta como Depósito Fiscal

Antes de ejercer la actividad, debes inscribirte en el registro territorial del impuesto como depósito fiscal. Entre otros requisitos, debes aportar una garantía de 6.000 euros (requisito no exigible para las tiendas libres de impuestos situadas en puertos o aeropuertos que también tienen la consideración de depósito fiscal). No se exige un volumen mínimo de actividad. Una vez autorizado e inscrito podrás recibir, almacenar, transformar y expedir productos objeto del impuesto en régimen suspensivo. La circulación de productos objeto del impuesto con fines comerciales tiene que estar amparada en un documento de circulación. Salvo en los supuestos de importación, las cuotas del impuesto que se hayan devengado debes autoliquidarlas e ingresarlas mediante la presentación de la correspondiente autoliquidación (modelo 573) siendo el periodo de liquidación mensual.

El titular del depósito fiscal (o depositario autorizado) es el sujeto pasivo del impuesto. En la factura que emita con ocasión de la salida de los productos del depósito fiscal deberá repercutir la cuota devengada sobre los adquirentes de los productos quedando estos obligados a soportarla. En factura emitida deberá repercutir de forma separada el impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco y el IVA. Salvo las excepciones previstas en el apartado 5 del artículo 15 de la Ley de Impuestos Especiales, en un depósito fiscal no está permitida la entrada de productos objeto del impuesto con impuesto devengado. El depósito fiscal deberá contabilizar (SILICIE) y ultimar el referido documento de circulación con la recepción de los productos. Como los productos proceden del territorio de otros Estados miembros se trata de un supuesto de circulación intracomunitaria.

Alta como Adquirente Intracomunitario

El contribuyente es el destinatario de los productos quien previamente a la introducción debe inscribirse en el Registro territorial del impuesto como adquirente intracomunitario. El devengo del impuesto se produce en el momento de la recepción de los productos.

Importación de Productos

El impuesto devengado con el despacho a consumo de los productos importados lo liquida la Aduana en la declaración en aduana.

Declaración Informativa y Regularización de Existencias

Hay que tener en cuenta que, lo anterior entra en conflicto con lo dispuesto en la Disposición transitoria novena de la Ley de Impuestos Especiales, que dispone, tanto la obligatoriedad de realizar una declaración informativa los 30 días siguientes a la entrada en vigor del impuesto, así como la regularización de existencias de estos en la fecha de entrada en vigor, que, en virtud de la regulación actual ha sido el 1 de enero de 2025 (por la no convalidación del RDL 9/2024 que atrasaba su aplicación a abril).

Sí, es cierto: la Agencia Tributaria ha puesto en marcha un modelo para declarar el stock de productos con nicotina que tenías a 1 de abril de 2025. Los productos almacenados para su venta al público se entienden destinados a fines comerciales, aunque las cantidades sean inferiores a las previstas en el apartado 9 del artículo 15 de Ley de Impuestos Especiales. En caso de que no haya existencias almacenadas a 1 de abril de 2025, la declaración deberá presentarse informando de que las existencias son cero. En el caso de que las cantidades de existencias almacenadas sea inferior a la prevista en el apartado 9 del artículo 15 de la Ley de Impuestos Especiales, la declaración deberá presentarse informando de las cantidades almacenadas. Con la normativa actualmente vigente, no es exigible la regularización de las existencias declaradas. De esta forma, estos productos tendrán el mismo tratamiento que las existencias físicamente almacenadas a 1 de abril de 2025 para su posterior comercialización.

Calendario de Obligaciones Fiscales para Líquidos Electrónicos (2025)
Fecha Clave Evento Descripción
1 de Enero de 2025 Entrada en vigor del impuesto (inicial) Fecha original según Ley 7/2024.
1 de Abril de 2025 Nueva fecha de efecto del impuesto Modificación por Real Decreto-ley 9/2024. Inicio del devengo.
1 al 20 de Julio de 2025 Primer periodo de liquidación (Modelo 573) Declaración y pago del impuesto devengado en Abril, Mayo y Junio.
Primeros 20 días naturales de cada mes siguiente al devengo Liquidaciones mensuales posteriores Presentación del Modelo 573 de forma mensual.
Dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor (1 de abril) Declaración informativa de existencias Obligatoriedad de informar sobre el stock a 1 de abril de 2025.

Otros Aspectos Fiscales

  • IVA y Recargo de Equivalencia: A las entregas de productos objeto del impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco le es de aplicación el tipo impositivo general del IVA (21%), en estos casos el tipo de recargo de equivalencia aplicable es del 5,2%.
  • Marcas Fiscales: Actualmente no están previstas marcas fiscales para los productos objeto del impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco. La exigencia de marcas fiscales requerirá la previa modificación del Reglamento de Impuestos Especiales.
  • Destrucción y Devolución de Productos: Obtenida la autorización, la destrucción de los productos deberá efectuarse en presencia de la Inspección. En los supuestos de devolución de los productos a fábrica para su reciclado, el propietario previamente debe solicitar autorización a la Oficina Gestora del lugar donde radica el establecimiento que almacena los productos precisando la conformidad del depositario autorizado titular de la fábrica donde se va a devolver los productos. Obtenida la autorización y comunicada la devolución del producto a la Oficina Gestora del lugar donde radica la fábrica, el depositario autorizado titular de la fábrica deberá contabilizar la recepción de los productos (SILICIE). En caso de envíos con destino al territorio de otro Estado miembro, la devolución se solicitará mediante la presentación del modelo A24 disponible en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Se presumirá el envío cuando la entrega esté exenta de IVA por tratarse de una entrega intracomunitaria.

Comercialización a través de Máquinas Expendedoras

Quien efectúa la comercialización es la empresa propietaria de los productos y de la máquina expendedora. El titular del establecimiento está cediendo el uso de sus instalaciones a cambio de una comisión pactada con la empresa propietaria de los productos sujetos al impuesto. Esta cesión del uso de su espacio físico, no implica ninguna carga fiscal en el ámbito del impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco.

Podrás encontrar en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la información y los enlaces necesarios para el cumplimiento de tus obligaciones.

Chemnovatic: Fabricante y Comercializador

Chemnovatic es una empresa de fabricación y comercialización de productos químicos que ofrece una amplia gama de productos químicos de alta calidad para diversas industrias, junto con servicios de laboratorio, regulatorios y de marca privada. Nos especializamos en la destilación de nicotina pura, el suministro de materias primas para las industrias de líquidos electrónicos y bolsas de nicotina, y la producción de líquidos electrónicos. También suministramos otras materias primas, incluidas PG y VG para otras industrias, desarrollando constantemente nuestra oferta. Chemnovatic es un fabricante líder mundial de productos de nicotina, incluyendo nicotina pura, sales de nicotina y diluciones de nicotina.

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