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Comunicación

Clasificación y Tributación del Comercio al por Menor Electrónico en España: IAE y CNAE

by Admin on 24/05/2026

En la era digital, el comercio al por menor electrónico se ha convertido en una actividad económica predominante. Para quienes desarrollan un negocio online en España, ya sea como autónomo o a través de una empresa, es fundamental comprender la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

¿Qué es el código CNAE de una empresa o autónomo?

CNAE es el acrónimo de Clasificación Nacional de Actividades Económicas, un listado que se encarga de agrupar y clasificar las actividades económicas que pueden llevar a cabo en España tanto los autónomos como las empresas. Se asigna un código a cada actividad y así es más fácil identificarlas y categorizarlas con fines estadísticos. Hay cientos de actividades económicas que una empresa o un autónomo pueden ejercer. De hecho, a medida que la sociedad avanza y surgen nuevas necesidades en el mercado, van apareciendo nuevas actividades que buscan cubrirlas.

La última versión de esta clasificación es la CNAE-2025, que sustituye a la de 2009, actualizando y armonizando las clasificaciones para facilitar su comparación con las estadísticas económicas que se hacen a nivel internacional.

¿Es lo mismo CNAE que IAE?

Suele haber cierta confusión entre CNAE y IAE porque los dos tienen protagonismo cuando una persona se da de alta como autónoma o cuando una empresa quiere empezar su actividad, pero debes tener claro que no son lo mismo.

  • CNAE: es un listado que clasifica las diferentes actividades económicas y les asigna un código para facilitar su identificación y catalogación.
  • IAE: es el Impuesto de Actividades Económicas y el alta en el mismo otorga un código que es necesario para poder cumplir con las obligaciones fiscales.

Para que lo entiendas mejor: el CNAE tiene principalmente fines estadísticos, mientras que el IAE persigue fines fiscales. Aunque ambos implican que se atribuye un código a la empresa o profesional, estos códigos no coinciden.

¿Para qué sirve el código CNAE?

El código CNAE se encarga de proporcionar una estructura homogénea y estandarizada para clasificar las actividades económicas, lo que facilita la comparación de datos a nivel nacional e internacional. Tanto el Instituto Nacional de Estadística (INE) como otros organismos públicos utilizan este código para clasificar a las empresas y los profesionales dentro de sectores económicos específicos y poder así realizar sus estudios. Estos datos se pueden utilizar para obtener información como: PIB por sectores económicos, tasa de empleo por actividad e índices de producción industrial.

Con base en la estadística se diseñan después las políticas públicas de fomento económico. Por ejemplo, creando subvenciones para sectores que necesitan un mayor desarrollo o que están en crisis. El INE publica anualmente el «Índice de Cifras de Negocios en la Industria», basado en la CNAE, que resulta de mucha utilidad para saber qué sectores han aumentado y cuáles han disminuido su facturación, lo que ayuda a los especialistas a prever tendencias económicas y también puede ayudar a los emprendedores en su proceso de toma de decisiones.

¿Es obligatorio tener un código CNAE?

Sí, todas las empresas y los autónomos deben adscribirse a un CNAE que encaje con la actividad principal que llevan a cabo. De hecho, en el caso de las sociedades mercantiles, el código debe aparecer en toda la documentación necesaria para su constitución (escrituras y acuerdos societarios); así como en sus cuentas anuales y tiene que constar también en el Registro Mercantil. No contar con un CNAE o tener un CNAE incorrecto puede dar lugar a problemas con Hacienda y la Seguridad Social, y también puede dificultar el acceso a determinadas subvenciones y ayudas públicas.

Grupos de actividades CNAE

Existen un total de 20 grupos de actividad dentro de los cuales hay múltiples categorías y subcategorías. Por ejemplo, dentro del Grupo C, que incluye la industria manufacturera, se incluye la categoría de industria alimentaria y dentro de ella subcategorías como la de procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos y la de procesado y conservación de patatas. La CNAE-2025 incluye los siguientes Grupos:

GRUPO Descripción
A Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
B Industrias extractivas
C Industria manufacturera
D Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
E Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación
F Construcción
G Comercio al por mayor y el por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas
H Transporte y almacenamiento
I Hostelería
J Información y comunicación
K Actividades financieras y seguros
L Actividades inmobiliarias
M Actividades profesionales, científicas y técnicas
N Actividades administrativas y servicios auxiliares
O Administración Pública y defensa; Seguridad Social obligatoria
P Educación
R Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
S Otros servicios
T Actividades de los hogares como empleadores del personal doméstico
U Actividades de organización y organismos extraterritoriales

¿Es posible cambiar el código CNAE?

Mientras la empresa o autónomo siga ejerciendo la misma actividad, el CNAE seguirá en vigor sin necesidad de hacer ningún tipo de renovación ni trámite. Por el contrario, si se opta por hacer un cambio de actividad, entonces hay que hacer el ajuste correspondiente. En el caso de las empresas la modificación se hace a través de un notario, otorgando escritura pública que certifique el cambio del objeto social y el nuevo CNAE, documentación que debe remitirse después al Registro Mercantil para que el cambio surta efecto. Para los autónomos es más sencillo, puesto que basta con hacer el ajuste a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Ahora que sabes el CNAE qué es y la importancia que tiene, es hora de revisar si el tuyo está bien. Si no es así, cámbialo lo antes posible para evitar problemas.

Epígrafe IAE y Comercio al por Menor Electrónico

El epígrafe o alta IAE se refiere al Impuesto de Actividades Económicas. La Administración determina que cualquier actividad de comercio que se lleve a cabo online debe registrar su alta IAE de acuerdo con “la verdadera naturaleza” de la actividad económica. Esto significa que tendrás que registrarte en tantos epígrafes como clases de productos vayas a vender.

Grupo 665: Comercio al por Menor por Correo o por Catálogo de Productos Diversos

Este grupo es relevante para el comercio al por menor electrónico, especialmente para actividades de venta por catálogo o a distancia. Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades: vender helados y alimentos ultracongelados mediante catálogo siendo entregados en domicilio con un camión frigorífico.

Cuotas del IAE para el Grupo 665

Las actividades empresariales dentro del Grupo 665 tienen las siguientes cuotas:

Cuota mínima municipal:

  • En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 187,86 Euros
  • En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: 149,92 Euros
  • En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes: 112,59 Euros
  • En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes: 83,98 Euros
  • En las poblaciones restantes: 65,32 Euros

Cuota provincial:

  • 751,42 Euros

Cuota nacional:

  • 3.005,73 Euros

Notas importantes:

  1. Quienes colaboren con el sujeto pasivo de la actividad de venta por catálogo, mediante la puesta a disposición de aquel de sus almacenes o depósitos, elementos de transporte y demás instalaciones y servicios propios del comerciante al por mayor, tributarán por este grupo satisfaciendo el 50 por 100 de la cuota correspondiente.
  2. Quienes colaboren con el sujeto pasivo de la actividad de venta por catálogo, mediante la prestación de sus locales abiertos al público, recibiendo pedidos, entregando mercancías, devolviendo mercancías, recibiendo el precio de los productos o exhibiendo muestrario de éstos, así como los catálogos, tributarán por este grupo satisfaciendo el 25 por 100 de la cuota correspondiente. Si el importe de tal tributación fuere inferior a 37,32 euros, el sujeto pasivo tributará por cuota cero.

De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.

Consideraciones sobre las cuotas:

  • Cuando en los locales en que se ejerzan actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, se realicen obras mayores para las que se requiera la obtención de la correspondiente licencia urbanística, y tengan una duración superior a tres meses, siempre que por razón de las mismas permanezcan cerrados los locales, la cuota correspondiente se reducirá en proporción al número de días en que permanezca cerrado el local. La reducción a que se refiere el párrafo anterior deberá ser solicitada por el sujeto pasivo al ayuntamiento respectivo y, en su caso, una vez concedida, aquel deberá solicitar la correspondiente devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma ante la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.
  • Cuando se realicen obras en las vías públicas que tengan una duración superior a tres meses y afecten a los locales en los que se realicen actividades clasificadas en esta división, que tributen por cuota municipal, los sujetos pasivos podrán solicitar al ayuntamiento correspondiente una reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota, el cual concederá en su caso, atendiendo al grado de afectación de los locales por dichas obras. Una vez concedida la reducción el sujeto pasivo podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos por el importe de la misma a la entidad que ejerza la función recaudatoria en el municipio de que se trate.

De acuerdo con la Consulta vinculante V0224-24, el pago de la cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales por el desarrollo de una misma actividad, pero, en cambio, sí debería pagar la cuota del ámbito territorial que correspondiese (nacional, provincial o municipal) si realizase otra actividad distinta por la que tuviese que estar dada de al alta en un epígrafe del IAE distinto.

Alta en IAE y CNAE para Freelancers y Actividades Online

Para quienes desarrollan una actividad como freelance de forma online, la necesidad de tramitar el alta IAE y CNAE es crucial. Uno de los puntos clave es que la actividad del trabajador sea eventual y que no se repita en el tiempo con las mismas cantidades económicas. La consideración de estas rentas como rendimientos de actividades económicas dependerá de la existencia de la ordenación por cuenta propia de factores productivos, lo que se determinará dependiendo de cada caso concreto, en vista de las circunstancias concurrentes. Sin embargo, tendiendo esto en cuenta, es totalmente obligatorio tramitar el alta IAE en Hacienda siempre que desarrollemos una actividad económica por nuestra cuenta.

Existe jurisprudencia en recursos contra la disposición de sanciones a trabajadores, que no se dieron de alta por este motivo, a los que les que dieron la razón y no tuvieron que cubrir los costes de una posible sanción. Esta situación suele conllevar que la Seguridad Social gestione tu alta IAE a fecha de la primera vez que te registraste en Hacienda y te cobra las cuotas atrasadas en el RETA desde ese momento, que considera deberías haber pagado, más la sanción, recargo e intereses.

Es cierto que hay profesiones que no vienen correctamente recogidas en los epígrafes de Hacienda (tampoco en la TGSS). Ten en cuenta que puedes elegir todos los epígrafes que consideres oportunos.

Epígrafes específicos para actividades online:

  • Servicios de SEO, community manager y marketing digital: P751 para profesionales de la Publicidad, Relaciones Públicas y similares o E844 si trabajaras en una estructura societaria.
  • Desarrolladores web, hosting y de apps: El epígrafe profesional puede corresponderse con el P763 para profesionales programadores y analistas de informática si eres profesional o E845 para explotación electrónica por cuenta de terceros si eres una sociedad.
  • Diseño web y/o Gráfico: Si no cuentas con formación específica te corresponde el epígrafe del grupo 399, sección 3, división 2.
  • Cobro de afiliaciones: IAE 631 para intermediarios del comercio, 844 para Servicios de Publicidad, relaciones públicas y similares y 7699 para Otros servicios privados de telecomunicación N.C.O.P.

Correspondencia CNAE-2025 y CNAE-2009 con actividades comerciales

Para facilitar la correcta clasificación de las actividades de comercio al por menor electrónico, es útil conocer la correspondencia entre los códigos CNAE y la naturaleza de los productos o servicios ofrecidos. Aquí se detallan algunas categorías relevantes:

CNAE-2025 (Ejemplos relevantes para comercio electrónico)

  • 4711. Comercio al por menor no especializado predominantemente de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
  • 4712. Otro comercio al por menor no especializado.
  • 4721. Comercio al por menor de frutas y verduras.
  • 4722. Comercio al por menor de carne y productos cárnicos.
  • 4723. Comercio al por menor de pescados y mariscos.
  • 4724. Comercio al por menor de pan, productos de panadería y confitería.
  • 4725. Comercio al por menor de bebidas.
  • 4726. Comercio al por menor de productos de tabaco.
  • 4727. Comercio al por menor de otros productos alimenticios.
  • 4740. Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones.
  • 4751. Comercio al por menor de textiles.
  • 4752. Comercio al por menor de ferretería, materiales de construcción, pinturas y vidrio.
  • 4753. Comercio al por menor de alfombras, moquetas y revestimientos de paredes y suelos.
  • 4754. Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos.
  • 4755. Comercio al por menor de muebles, aparatos de iluminación, vajilla y otros artículos de uso doméstico.
  • 4761. Comercio al por menor de libros.
  • 4762. Comercio al por menor de periódicos y otras publicaciones periódicas y artículos de papelería.
  • 4763. Comercio al por menor de artículos deportivos.
  • 4764. Comercio al por menor de juegos y juguetes.
  • 4769. Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos n.c.o.p.
  • 4771. Comercio al por menor de prendas de vestir.
  • 4772. Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero.
  • 4773. Comercio al por menor de productos farmacéuticos.
  • 4774. Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos.
  • 4775. Comercio al por menor de productos de cosmética e higiene.
  • 4776. Comercio al por menor de flores, plantas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para estos.
  • 4777. Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería.
  • 4778. Comercio al por menor de otros productos nuevos.
  • 4779. Comercio al por menor de artículos de segunda mano.
  • 4791. Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor no especializado.
  • 4792. Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor especializado.
  • 6039. Otras actividades de distribución de contenidos.

CNAE-2009 (Epígrafes de referencia)

  • 4791. Comercio al por menor por correspondencia o Internet.
  • 4799. Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.

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