Bono para Pymes: Requisitos para Acceder al Kit Digital en España
El Programa Kit Digital se presenta como una iniciativa clave para modernizar el tejido productivo español, impulsando el crecimiento y la expansión de las empresas en nuevos mercados. Este programa se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
Con un presupuesto de 3.067 millones de euros, el programa está financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la primera convocatoria del plan Kit Digital el 24 de noviembre de 2021, y los primeros bonos digitales se entregaron a más de 2.000 empresas en abril de 2022.
¿Qué Puedes Hacer con el Bono Digital?
Las empresas que accedan al Kit Digital podrán elegir entre un catálogo de soluciones digitales en constante actualización. Estas soluciones están diseñadas para adaptarse a las necesidades de cada empresa y, además, incorporan tecnologías de Inteligencia Artificial. Algunas de las soluciones disponibles son:
- Mejorar la página web y la presencia en Internet.
- Gestionar las redes sociales de manera eficiente.
- Crear plataformas de compraventa de productos y servicios.
- Reforzar la ciberseguridad de la empresa, detectando incidentes en tiempo real y garantizando comunicaciones seguras.
- Ampliar la gestión de clientes con o sin inteligencia artificial.
- Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos.
- Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual.
- Implantar la factura electrónica.
- Generar una plataforma de Marketplace que agrupe varias tiendas en línea.
- Proporcionar puestos de trabajo seguros para mejorar la productividad.
¿A Cuánto Asciende la Ayuda?
Con el Kit Digital, las empresas pueden obtener entre 3.000 y 29.000 euros para invertir en su digitalización, dependiendo del segmento al que pertenezcan.
La cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III era, en su origen, de 2.000 euros, pero con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se amplió a 3.000 euros. Este aumento tiene carácter retroactivo, es decir, las empresas que ya hayan pedido la ayuda e, incluso, hayan consumido su bono digital de 2.000 euros, pueden solicitar la ampliación de 1.000 euros a partir de junio de 2024.
La cuantía de las ayudas, el bono digital, para la convocatoria de los sectores IV y V será de 25.000 euros para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados y de 29.000 euros para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados.
Tanto si la entidad solicita el bono por primera vez como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses desde su concesión.
| Segmento | Número de Empleados | Cuantía de la Ayuda |
|---|---|---|
| III | Hasta 3 empleados | 3.000 € |
| IV | Entre 50 y menos de 100 empleados | 25.000 € |
| V | Entre 100 y menos de 250 empleados | 29.000 € |
¿Cómo Solicitar el Kit Digital?
El proceso para solicitar el Kit Digital es el siguiente:
- Regístrate en la plataforma Acelera pyme y realiza el test de diagnóstico digital para comprobar tu nivel de digitalización.
- Consulta las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio y el catálogo de agentes digitalizadores que te ofrecen esos servicios.
- Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) si cumples los requisitos requeridos.
- Una vez concedido el bono, elige un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.
Bajo el lema "cero papeles", Red.es ha diseñado un sistema de tramitación que utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado. El sistema permite reducir la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión.
¿Cuáles son los Requisitos para Acceder al Bono PYME?
Para poder acceder a las ayudas del Programa Bono PYME, es necesario cumplir con una serie de requisitos generales. Estos requisitos aseguran que las ayudas se dirijan a las empresas que realmente lo necesitan y que cumplen con los criterios establecidos por la Unión Europea.
- Ser una empresa de hasta 250 trabajadores, pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Domicilio Fiscal en España: Tu empresa debe tener su domicilio fiscal en territorio español. Alternativamente, es válido contar con un establecimiento o sucursal en España en el momento en que se efectúen las ayudas.
- Clasificación como Pequeña Empresa o Microempresa: Tu empresa debe cumplir con los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en relación con la clasificación de microempresas y pequeñas empresas. Esto incluye límites en el número de empleados y en los parámetros financieros que definen estas categorías empresariales. Las personas en situación de autoempleo también pueden acceder a las ayudas, siempre que cumplan con los mismos requisitos.
- Inscripción en el Censo de Empresarios: Es imprescindible que tu empresa esté inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. Esta inscripción debe reflejar la actividad económica real que desarrolla tu empresa a la fecha de solicitud de las ayudas. Además, deberás cumplir con la antigüedad mínima que se establezca en la convocatoria de estas ayudas.
- Empresa No en Crisis: Tu empresa no debe estar catalogada como empresa en crisis según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014. Este estado de crisis se refiere a situaciones financieras desfavorables que podrían comprometer la viabilidad de la empresa.
- Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social: Tu empresa debe estar al día con todas las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Este cumplimiento es obligatorio para acceder a las ayudas del programa.
- Ausencia de Orden de Recuperación: Tu empresa no debe estar sujeta a ninguna orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado alguna ayuda como ilegal e incompatible con el mercado común.
- No Estar Incurso en Prohibiciones: No puedes estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estas prohibiciones incluyen, entre otras, estar sancionado por infracciones graves en materia tributaria o laboral.
- Cumplimiento del Límite de Ayudas de Minimisa: Tu empresa no debe superar los importes totales de ayudas de minimis concedidas durante cualquier período de tres años, conforme a los Reglamentos de la Comisión Europea aplicables.
- Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa.
- Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria.
- No estar considera una empresa en crisis.
- No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía.
Además, en lo que respecta al acceso a Internet, el solicitante debe cumplir el requisito de no tener contratado un acceso a banda ancha de al menos 100 Mbps en sentido descendente, ni haber dispuesto de él en los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
Para telefonía móvil corporativa, la ayuda es de hasta 300€ por usuario y se abonará exclusivamente para líneas de nueva numeración.
Los Prestadores de Servicios y Soluciones de Conectividad serán los encargados de llevar a cabo el servicio y/o solución elegido, además de guiar en los pasos a seguir para continuar con el proceso de digitalización de empresa y justificar posteriormente la actividad realizada.
Es imprescindible cumplimentar el formulario web en la sede electrónica, documento que podrá presentar el representante legal del solicitante o, en su defecto, el representante voluntario designado.
Convocatoria de Ayudas UNICO Demanda Bono PYME
En este contexto, Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa «UNICO Demanda Bono PYME», pone en marcha la Convocatoria de ayudas mediante la que se ejecuta el Programa «Bono PYME», dirigido, en coordinación con el Programa «Kit Digital» del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, con el objetivo de mejorar la conectividad de las PYME mediante la adopción de soluciones de acceso a Internet de banda ancha y de servicios asociados a la misma.
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la conectividad de las pequeñas empresas, microempresas (entre 0 y menos de 50 trabajadores) y personas en situación de autoempleo. La solicitud deberá estar firmada por el solicitante o un representante (legal o voluntario) del solicitante debidamente apoderado.
Las ayudas de Kit Digital dirigidas a empresas de entre 0 y menos de 3 empleados se encuentran ya en su fase final de presupuesto. Al igual que en el resto de las convocatorias del programa, estas ayudas se conceden por orden de llegada y estarán activas, o bien hasta el fin del plazo de solicitud o cuando se agote el presupuesto, lo que ocurra antes.
Desde la apertura en marzo de 2022 del primer formulario de ayudas de Kit Digital, Red.es ha elaborado y lanzado un total de cinco convocatorias. La buena acogida de Kit Digital desde su lanzamiento lo sitúa como el programa de ayudas a la digitalización de pymes más demandado de la historia de España logrando llegar a todo el territorio.
Su capilaridad está siendo tan amplia que el 100% de las provincias españolas cuenta con alguna ayuda de Kit Digital y más del 90% de los municipios tiene alguna empresa o autónomo que se ha beneficiado del bono digital.
Este sistema está permitiendo que las comprobaciones puedan hacerse en tan solo 3 minutos, frente a las 3 horas requeridas con anteriores procedimientos. Además, con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, y evitar el incremento de carga de trabajo en los potenciales beneficiarios, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”. Cualquier tercero, sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa.
Kit Digital es un programa de ayudas del Gobierno de España, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
El Programa cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros y está financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
