Asest

Asociación Española de Storytelling
  • Eventos
  • Áreas de especialización
    • Emprendimiento
    • Salud
    • Deporte
    • Nuevas tecnologías
    • Turismo
    • Diseño y moda
  • Comunicación
    • Artículos
    • Prensa
    • Testimonios
  • Story
  • Galería
  • Contacto
  • Acerca de
Inicio
|
Comunicación

Baja Voluntaria en Periodo de Prueba: Derechos y Obligaciones

by Admin on 22/05/2026

Normalmente, el período de prueba se establece como una herramienta para evaluar si una persona trabajadora es adecuada para un determinado puesto antes de confirmar su contrato. El periodo de prueba es el tiempo, previsto en la normativa española, que tiene como objetivo evaluar si la relación laboral es adecuada para ambas partes. No obstante, es posible que tanto la empresa como la persona trabajadora decidan terminar la relación laboral durante este período. La baja voluntaria en periodo de prueba es la decisión del trabajador de extinguir la relación laboral mientras ese periodo sigue vigente.

Su rasgo principal es que no hace falta justificar la salida, pero sí comprobar primero que el periodo de prueba se pactó válidamente. Empezar un trabajo y descubrir en las primeras semanas que no encajas es más habitual de lo que parece. También ocurre del lado de la empresa: el periodo de prueba existe precisamente para que ambas partes comprueben si la relación laboral funciona.

¿Qué es el Periodo de Prueba?

El artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores (“ET”) regula la figura del “Periodo de Prueba” y establece que este periodo deberá ser concertado por escrito debiendo ser su duración lo que se establezca en los convenios colectivos. El establecimiento de un periodo de prueba para el caso de un trabajador por parte del empresario sería posible. Este periodo es un tiempo fundamental tanto para el empleado como para el empleador, ya que permite evaluar si ambas partes están satisfechas con la relación laboral.

Es importante tener en cuenta que, en el momento de firmar el contrato, es posible acordar la eliminación del periodo de prueba, es decir, omitir este periodo y comenzar la relación laboral de forma directa. Un aspecto adicional que debe tenerse en cuenta es que, por lo general, la legislación no permite imponer un periodo de prueba a alguien que ya haya desempeñado funciones similares dentro de la misma empresa. Esto busca evitar situaciones en las que un trabajador se vea sometido a un nuevo periodo de prueba sin justificación, lo que podría resultar en una práctica abusiva.

Requisitos Fundamentales del Periodo de Prueba

Para que la baja opere realmente como baja voluntaria en periodo de prueba, el periodo debe haberse pactado por escrito y respetar la duración fijada en el convenio colectivo. Si el convenio no dice nada, se aplican los límites supletorios del Estatuto de los Trabajadores. Además, el pacto será nulo si la persona trabajadora ya realizó antes las mismas funciones en la empresa.

Si el periodo de prueba no era válido o ya había terminado, la salida dejaría de regirse por este régimen especial y pasarían a operar las reglas ordinarias de la baja voluntaria. Es importante destacar que no basta con acuerdos informales o pactos verbales; se deben tomar en cuenta las disposiciones legales. Es fundamental que esta duración quede claramente especificada en el contrato de trabajo. Si no se menciona un número concreto de días, deberá indicarse que se regirá por lo establecido en el convenio o en la ley.

Duración del Periodo de Prueba

La duración del periodo de prueba debe estar sujeta a un periodo de tiempo específico que, en caso de no estar pactado por convenio, y de conformidad con el artículo anteriormente mencionado y el artículo 15 de esta misma norma, debe prologarse los siguientes periodos del tiempo dependiendo de cada caso:

Tipo de Contrato o Trabajador Duración del Periodo de Prueba
Técnicos titulados Seis meses
Resto de los trabajadores Dos meses
Empresas con menos de veinticinco trabajadores (no técnicos titulados) Inferior a tres meses
Contratos temporales (ej. seis meses de duración) No podrá exceder de un mes (salvo pacto en convenio)
Contratos indefinidos Un año

La duración de este periodo variará dependiendo del tipo de contrato y de la categoría profesional del trabajador.

La Baja Voluntaria durante el Periodo de Prueba

Conforme a lo que se indica en el citado artículo 14 del ET, tanto el trabajador como el empresario tendrán permitido desistir o renunciar voluntariamente al periodo de prueba. La baja voluntaria durante el periodo de prueba puede producirse en cualquier momento mientras el periodo de prueba no haya vencido. Durante ese tiempo, la persona trabajadora mantiene los mismos derechos y obligaciones que tendría si ya formara parte de la plantilla, salvo los vinculados a la propia resolución del contrato.

Esto significa que el trabajador puede decidir marcharse porque el puesto no se ajusta a lo ofrecido, por organización interna, por horario o simplemente porque ha concluido que no quiere continuar. Jurídicamente, la clave no es el motivo, sino que la salida se produzca antes de que termine el periodo de prueba.

¿Es Necesario el Preaviso?

En términos generales, durante el período de prueba no es necesario el preaviso. En el caso del trabajador, este podrá desistir sin que sea necesario un preaviso por escrito a la empresa contratante, ni de argumentar los motivos que han fundamentado su decisión. Por otro lado, en el caso de que sea la empresa la que proceda al despido del trabajador durante el periodo de prueba, tampoco estaría en la obligación de preavisarle con un tiempo determinado sobre su intención de despedirle, ni argumentar las razones que han motivado dicho despido.

Aun así, siempre se recomienda entregar una carta de renuncia para formalizar el proceso y evitar malentendidos. Con carácter general, la baja voluntaria en periodo de prueba puede comunicarse sin preaviso, porque durante su transcurso cualquiera de las partes puede resolver la relación laboral. La baja voluntaria en periodo de prueba sin preaviso no suele generar consecuencias indemnizatorias para la empresa. Lo recomendable, eso sí, es dejar constancia escrita de la decisión y de la fecha de efectos para evitar discrepancias sobre el último día trabajado, la liquidación o la cotización.

Excepciones al Preaviso en el Periodo de Prueba

Durante el periodo de prueba, la regla general es que no es necesario proporcionar un preaviso al finalizar la relación laboral. Sin embargo, existe una excepción. En algunos casos, el contrato de trabajo podría incluir una cláusula que establezca esta obligación, aunque no es común ni recomendable. Esto sería una excepción que iría en contra de la finalidad principal del periodo de prueba, que es justamente permitir que ambas partes puedan desvincularse sin necesidad de justificación ni previo aviso.

Aunque no se recomienda una baja voluntaria sin preaviso, ya que esto puede tener consecuencias tanto legales como económicas fuera del periodo de prueba, existen ciertos casos en los que es posible que un trabajador abandone su puesto de trabajo sin cumplir con el preaviso habitual, como son:

  • Período de prueba: Si el trabajador se encuentra dentro del período de prueba establecido en su contrato, puede renunciar sin necesidad de dar un preaviso.
  • Acuerdo mutuo: En algunos casos, si el empleador está de acuerdo, se puede suspender el preaviso.
  • Justificación por causas graves: Si el trabajador está siendo sometido a un trato injusto, como acoso laboral o condiciones laborales extremas, puede ser considerado un motivo justificado para dejar el trabajo sin preaviso.

La decisión de renunciar durante el periodo de prueba es un derecho del trabajador.

Derecho a Finiquito

Siempre que exista una relación laboral que por diversas causas devengue en una extinción, con independencia de si el trabajador ha renunciado voluntariamente o de si el motivo de la extinción ha sido la no superación del periodo de prueba, el trabajador tendrá derecho a finiquito por cada día y hora trabajada. La baja voluntaria en periodo de prueba no genera indemnización, pero sí obliga a liquidar lo ya devengado hasta la fecha de efectos.

En la práctica, el finiquito suele incluir:

  • El salario pendiente correspondiente a los días efectivamente trabajados.
  • La parte proporcional de pagas extra, si no están prorrateadas.
  • Las vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Cualquier otro concepto salarial ya devengado, como variables o pluses conforme a contrato o convenio.

Por lo tanto, el trabajador que se encuentre en periodo de prueba y que por las causas o circunstancias que sean esta relación laboral queda finalizada, tendrá derecho a finiquito, no pudiendo incluir en ningún caso el concepto de indemnización (a excepción de existencia de pacto entre las partes). Es importante que la empresa cierre correctamente la liquidación y refleje bien la baja para no provocar errores posteriores en nómina o cotización.

Derecho a Prestación por Desempleo (Paro)

La normativa española contempla la prestación por desempleo solo para los casos de pérdida involuntaria del empleo. Si la salida parte de la voluntad del trabajador, el SEPE no la considera una situación legal de desempleo. Esto ocurre también cuando la renuncia se produce dentro del periodo de prueba: el marco es más flexible, pero la causa de la extinción sigue siendo voluntaria.

En aquellos casos en los que es el trabajador quien solicita la baja voluntaria en periodo de prueba, no podrá optar a prestaciones por desempleo. Solo podrá acceder a este tipo de prestaciones si el trabajador es despedido por la empresa por no superar el periodo de prueba. La confusión suele venir de mezclar dos supuestos distintos: una cosa es que la empresa ponga fin al contrato por no superación del periodo de prueba; otra, que el trabajador presente su propia renuncia. Solo el primer caso puede abrir, con requisitos, la vía del desempleo.

¿Qué ocurre si después hay un nuevo empleo y la empresa cesa al trabajador?

Aquí sí hay un matiz importante. Si el trabajador deja voluntariamente una empresa y después empieza en otra, el hecho de que esa segunda empresa le cese por no superar el periodo de prueba no siempre da acceso al paro. Si no han transcurrido tres meses desde la baja voluntaria anterior, el SEPE indica que tampoco habrá derecho a la prestación. En cambio, si desde la salida voluntaria han pasado al menos tres meses, o si la relación laboral anterior ya terminó en situación legal de desempleo, el análisis cambia. Por eso conviene revisar siempre la secuencia exacta de contratos y fechas antes de dar por hecho que existe cobertura.

¿Tiene la BAJA VOLUNTARIA prestación por DESEMPLEO?

Pasos para Renunciar Durante el Periodo de Prueba

De conformidad con lo expuesto anteriormente, no existe un formalismo legalmente obligatorio para llevar a cabo esta renuncia por parte del trabajador. Sin embargo, el procedimiento recomendable a la hora de encarar esta situación sería el siguiente:

  1. Redactar una carta de baja o renuncia voluntaria en la que se comunique a la empresa la voluntad de renuncia del periodo de prueba.
  2. En ella no sería necesario especificar las razones por las que se fundamenta tal decisión ni tampoco debe remitirse con un periodo de preaviso determinado.

Modelo de Carta de Baja Voluntaria

El escrito de baja voluntaria en periodo de prueba no exige una fórmula solemne, pero sí debe ser claro, breve y útil como prueba documental. Cuanto mejor identifique a las partes y la fecha de efectos, menos margen habrá para errores administrativos. El escrito debe incluir:

  • Identificación de la empresa y, si es posible, la persona o departamento de RR. HH. al que se dirige.
  • Identificación del trabajador.
  • Manifestación clara de la voluntad de rescindir el contrato durante el periodo de prueba.
  • Fecha de efectos de la baja.

Una carta de renuncia formaliza el proceso y evita malentendidos.

Ejemplo Práctico de Baja Voluntaria en Periodo de Prueba

Veamos un caso sencillo para aterrizar todo lo anterior. El ejemplo no sustituye al convenio ni al contrato, pero ayuda a ordenar el proceso y a detectar qué debe comprobar cada parte antes de cerrar la baja. Laura empieza a trabajar el 3 de febrero de 2026 como administrativa. Su contrato incluye un periodo de prueba de 2 meses por escrito. El 20 de marzo decide marcharse porque las funciones reales no coinciden con lo pactado. Ese mismo día envía a RR. HH. un escrito breve comunicando su baja voluntaria con efectos del 21 de marzo.

Pasos que debería seguir el trabajador (Laura):

  • Comprobar que el periodo de prueba sigue vigente el día del cese.
  • Revisar contrato y convenio por si contienen una exigencia formal adicional.
  • Presentar la comunicación por escrito y conservar una copia.
  • Confirmar la fecha exacta del último día trabajado.

¿Cómo debería actuar la empresa?

La empresa debería verificar que el periodo de prueba era válido, registrar correctamente la extinción y preparar la liquidación de los conceptos pendientes. Gestionar correctamente estas salidas ayuda a evitar errores en nómina, incidencias en cotización y dudas innecesarias sobre el finiquito.

Opciones Laborales al Decidir Emprender

Por muy a gusto que estés en tu trabajo, quizás tengas ese sueño profesional al que sigues dando vueltas y al que te niegas a renunciar. Si has decidido lanzarte y probar suerte con ese negocio que siempre has querido tener, existen posibilidades más allá de la baja voluntaria durante el periodo de prueba. La suspensión temporal del contrato está regulada en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, donde se regulan las causas y efectos de la suspensión de un contrato laboral.

Emprender requiere planificación, incluyendo la gestión de la situación laboral actual.

Alternativas a la Baja Definitiva

Si la decisión del empleado es irrevocable o el empresario no desea retenerlo es importante preparar su salida de la empresa. Para el trabajador, el principal riesgo al no cumplir con el preaviso es la posible deducción de los días no avisados del finiquito. Para las empresas, gestionar una baja voluntaria en periodo de prueba sin preaviso de manera eficiente es esencial para mantener buenas relaciones laborales y preservar la imagen corporativa.

El preaviso de baja voluntaria es una notificación formal que un trabajador debe hacer a su empleador cuando decide abandonar su puesto de trabajo. El preaviso es importante tanto para el trabajador como para la empresa. Para la empresa, el preaviso le permite organizarse adecuadamente, planificar el reemplazo o reestructuración del equipo, y cumplir con las normativas laborales. La duración del preaviso depende del tipo de contrato y las condiciones laborales establecidas. En España, el preaviso generalmente es de 15 días naturales; sin embargo, puede variar según lo estipulado en el convenio colectivo de la empresa o en el contrato individual del trabajador.

Para aquellos que desean emprender, hay otras figuras legales a considerar:

  • Suspensión temporal del contrato: Regulada en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, permite una pausa en la relación laboral. El único trámite que debes realizar en el primer caso será reunirte con las personas que correspondan en tu empresa para exponerles tu situación.
  • Reducción de la jornada laboral: Otra opción es no solicitar una baja laboral pero sí una reducción de la jornada laboral para emprender.
  • Excedencia voluntaria: También es posible solicitar una excedencia voluntaria para emprender un negocio en vez de una baja laboral. La principal diferencia es que en este tipo de cese no tienes la necesidad de acreditar el motivo por el cual se solicita. La excedencia voluntaria se puede solicitar durante un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años.

En cualquier caso, si estás decidido a emprender, realizar otra actividad o fundar un negocio, te aconsejamos ponerte en manos de un abogado de derecho laboral.

tags: #baja #voluntaria #en #periodo #de #prueba

Publicaciones populares:

  • Estrategias de Marketing para Terapeutas
  • Claves del éxito con el IESE
  • Servicios de consultoría financiera
  • Costos iniciales y continuos de franquicias
  • Impacto de IEBS en el emprendimiento digital
Asest © 2025. Privacy Policy