Ayudas DANA Empresarios: Requisitos y Apoyo para la Recuperación
Tras los devastadores efectos de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectó a varios municipios de España, especialmente en la Comunidad Valenciana, el Gobierno ha implementado una serie de medidas urgentes para apoyar a los empresarios y autónomos afectados. Estas medidas incluyen ayudas directas, exenciones fiscales y líneas de financiación con condiciones favorables.
Imagen representativa de la DANA. Fuente: Wikipedia
Tipos de Ayudas Disponibles
Existen diversas modalidades de ayudas dirigidas a diferentes tipos de empresarios y situaciones. A continuación, se detallan algunas de las principales:
1. Ayudas Directas para Empresas
Destinadas a más de 100.000 empresas y autónomos con domicilio fiscal en los municipios más afectados por la DANA, estas ayudas varían según el volumen de operaciones de la empresa:
- 10.000 euros para empresas con volumen de operaciones inferior a 1 millón de euros.
- 20.000 euros para volumen entre 1 y 2 millones de euros.
- 40.000 euros para volumen entre 2 y 6 millones de euros.
- 80.000 euros para volumen entre 6 y 10 millones de euros.
- 150.000 euros para volumen de más de 10 millones de euros.
Dentro de estas ayudas, se incluyen también apoyos específicos para el sector de la agricultura, ganadería y pesca, con 135 millones de euros destinados a este sector.
Infografía sobre seguros y compensaciones por daños.
2. Ayudas para Autónomos
Se ofrecen ayudas de 5.000 euros para todos los autónomos, incluyendo agricultores. Estas ayudas están destinadas a 70.900 profesionales, de los cuales 25.079 son agricultores.
Además, los autónomos cuyos negocios se han visto afectados directamente por la DANA pueden solicitar ante su Mutua la prestación extraordinaria mejorada de cese de actividad sin que sea necesaria la aportación de documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor.
Durante el tiempo que perciban pagos por cese de actividad derivada de consecuencias producidas por la DANA, los autónomos no consumirán días de prestación a efectos de futuras prestaciones de cese que les puedan corresponder en el futuro.
3. Exenciones y Reducciones Fiscales
Se han implementado diversas exenciones y reducciones fiscales para aliviar la carga económica de los afectados:
- Exención y reducción en las cuotas del IBI y en el IAE del ejercicio 2024 de inmuebles dañados por la DANA.
- Exención del IBI de naturaleza rústica del ejercicio 2024 para agricultores y ganaderos que tengan pérdidas.
- Reducción del 25% en la tributación por módulos en el ejercicio 2024 para los autónomos.
- Reducción de un 25% de las cuotas devengadas en el régimen simplificado de IVA.
Si ya se han pagado los recibos de este año podrán pedir su devolución.
4. Líneas de Financiación ICO
Los avales con cargo al Instituto de Crédito Oficial (ICO) cubrirán los préstamos pedidos para sufragar los daños provocados por la DANA en los municipios afectados o como adelanto de las ayudas solicitadas. Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir, incluyendo el plazo máximo para la solicitud del aval, se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.
Existen diferentes modalidades de financiación a través del ICO:
- Modalidad 2: Financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos. El aval cubrirá hasta el 80% del préstamo y el plazo para devolverlo puede ser de hasta 60 meses.
- Modalidad 3: Recuperación de la capacidad productiva de empresas. La cobertura será del 80% de la financiación.
5. Ayudas IVACE Innovación
La Unidad IVACE Innovación del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) gestiona las solicitudes de ayudas. La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia no competitiva por riguroso orden de entrada de las solicitudes en cada programa, hasta agotamiento del presupuesto.
Programas:
- Programa 1 (Recuperación y reactivación de empresas industriales): Hasta el 50% de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros.
Costes Subvencionables:
- Costes de adquisición, sustitución y reparación de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción.
- Costes de adquisición de activos inmateriales (software relacionado con la actividad de la empresa).
- Costes de reparación, adaptación y mejora de instalaciones, de obra civil y de ingeniería.
- Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.
Estas ayudas serán compatibles con las indemnizaciones percibidas o pendientes de percibir del Consorcio de Compensación de Seguros o de otros seguros aplicables.
6. Ayudas para la Adquisición de Vehículos
Se ofrecen ayudas para la adquisición de vehículos que sustituyan a los siniestrados por la DANA. Estas ayudas varían según el tipo de vehículo y su distintivo ambiental:
Vehículos Nuevos:
- 10.000€ para vehículos M1 y N1, y 2.000€ para motocicletas, con distintivo cero emisiones.
- 5.000€ para vehículos M1 y N1, y 1.000€ para motocicletas, con distintivo ECO o C.
Vehículos Seminuevos:
- 4.000€ para vehículos M1 y N1, y 1.000€ para motocicletas, con distintivo cero emisiones.
Es importante mantener la titularidad y la matrícula en España del nuevo vehículo durante al menos tres años, y dar de baja el vehículo siniestrado en un máximo de dos. Si no se cumplen estos requisitos, se deberá devolver la ayuda.
Imagen de daños causados por la DANA.
Requisitos Generales
Para acceder a estas ayudas, es fundamental cumplir con una serie de requisitos generales:
- Ser persona física mayor de edad residente en España o sociedad mercantil privada con personalidad jurídica propia.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social o en alguna mutualidad el 29 de octubre de 2024 (en el caso de autónomos).
- Figurar en el IAE y contar con un lugar de trabajo ubicado en la zona del territorio damnificado como consecuencia de la DANA.
- Haber iniciado una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o a la aseguradora del vehículo siniestrado (en el caso de ayudas para vehículos).
No obstante, ya sean personas físicas o personas jurídicas, están exceptuadas del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social establecidos en los artículos 13.2 y 34.5 de la LGS.
Plazos y Procedimientos
Los plazos y procedimientos para solicitar las ayudas varían según la entidad y el tipo de ayuda. A continuación, se detallan algunos plazos importantes:
- Ayudas IVACE: El plazo de presentación de solicitudes es desde las 09:00 horas del día 28 de noviembre de 2024 hasta el día 31 de diciembre de 2024, ambos incluidos.
- Ayudas para Vehículos: Las ayudas se podrán pedir en cuanto se publique la resolución de la Secretaria de estado de Industria y se active el sistema online para solicitarlas y hasta el 30 de junio o en cuanto se acabe el presupuesto, ya que se tramitarán por orden de llegada.
- Ampliación de plazos tributarios: Los afectados por el temporal verán ampliados los plazos hasta el 30 de enero de 2025 en el pago de tributos e impuestos que vencen en noviembre y diciembre.
Para la presentación de solicitudes, se recomienda la vía telemática a través de las sedes electrónicas de las entidades correspondientes. Es necesario disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en un certificado reconocido.
Oficinas y Teléfonos de Atención
La Agencia Tributaria ha creado oficinas con puntos de atención especial DANA en Valencia. A continuación, se listan algunas de estas oficinas:
| Denominación | Dirección | Teléfono |
|---|---|---|
| Administración Alzira | Plaza Sufragio, 9. 46600, Alzira, Valencia | 96 241 78 11 |
| Administración Gandía | Avenida Alacant, 33. 46701, Gandía, Valencia | 96 287 10 40 |
| Administración Llíria | Calle Colón, 20 46160, Liria, Valencia | 96 278 30 11 |
| Administración Moncada | Calle Passeig Reial Sèquia, 1. 46113, Moncada, Valencia | 96 139 47 11 |
| Administración Sagunto | Calle Huertos, 79 46500, Sagunto, Valencia | 96 265 40 89 |
| Administración Torrent | Avenida al Vedat, 103 (Edificio Metro) 46900, Torrent, Valencia | 96 155 94 12 |
| Administración Xàtiva | Avenida Selgas, 1 46800, Xátiva, Valencia | 96 227 49 12 |
| Administración Manises | Avenida Blasco Ibañez, 10 46940, Manises, Valencia | 96 154 28 11 |
| Administración Requena | Calle Capitan Gadea, 6-8 46340, Requena, Valencia | 96 230 21 11 |
| Administración Sueca | Avenida Maestro Serrano, 15. |
Además, se puede contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros a través del teléfono 900 222 665 y de la página web del CCS.
