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Comunicación

Autorización de Residencia para Emprendedores en España: Guía Completa BOE

by Admin on 24/05/2026

España ha atravesado una grave y prolongada crisis económica con agudas consecuencias sociales, lo que ha justificado la necesidad de emprender reformas favorables al crecimiento y la reactivación económica. Para revertir esta situación, es indispensable un cambio de mentalidad en el que la sociedad valore más la actividad emprendedora y la asunción de riesgos. Durante los últimos años, se han abordado reformas que reflejan una mejora del posicionamiento de España dentro de los indicadores internacionales más relevantes sobre la facilidad de hacer negocios.

La crisis económica ha puesto de manifiesto el mejor comportamiento de las empresas internacionalizadas y la importancia de la internacionalización como factor de crecimiento y diversificación del riesgo. Las empresas internacionalizadas experimentan ganancias de productividad, mejoras en la gestión, mejor capacidad de acceso a la financiación y son, en definitiva, las que tienen mayor capacidad para crecer y crear empleo. La política de inmigración, tradicionalmente enfocada en la situación del mercado laboral, ahora se amplía para considerar la contribución al crecimiento económico del país, convirtiéndose en un elemento de competitividad.

La OCDE ha identificado el entorno institucional y regulatorio del Estado de acogida como un factor básico para favorecer el emprendimiento. Frente a esta realidad, la mayor parte de los países de la OCDE están implantando nuevos marcos normativos que son, sin duda, un elemento de competitividad. En este contexto, la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, marcó un antes y un después, creando la autorización de residencia por emprendedor, entre otros tipos de autorizaciones.

¿Qué es la Autorización de Residencia para Emprendedores?

La autorización de residencia por emprendedor se creó a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (artículos 68 a 70 de la referida ley). Además de la autorización de residencia por emprendedor, también se crearon otros tipos de autorizaciones como la de inversor (por compra de inmueble/s por valor superior a 500.000 € o por inversiones significativas) y la de profesional altamente cualificado.

Con la implementación de la Ley del Emprendedor, España se ha convertido en uno de los centros o "hubs" europeos más importantes para el emprendimiento. Esta vía permite obtener un permiso de residencia por negocio siempre y cuando se monte un proyecto innovador y alineado con los intereses generales de España.

Definición de Emprendedor según la Ley

El Título preliminar -«Disposiciones generales»- establece el objeto, ámbito de aplicación y la definición de emprendedor. El concepto de emprendedor se define de forma amplia, como aquellas personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que van a desarrollar o están desarrollando una actividad económica productiva. Así, se pretende que las medidas de la Ley puedan beneficiar a todas las empresas, con independencia de su tamaño y de la etapa del ciclo empresarial en la que se encuentren.

Ventajas Clave de la Visa de Emprendedor

Una de las principales ventajas de cualquier visado bajo esta ley es que se pueden obtener mientras se está en España. A diferencia de muchos países, no se requiere una inversión inicial. No es necesario estar presencialmente para la solicitud. Además, permite la aplicación conjunta, es decir, se puede solicitar el visado también para la familia, con solo un miembro de la misma iniciando un proyecto empresarial. Esto hace que el visado "startup" sea un buen ticket para aquellas familias que desean mudarse juntas a España.

Requisitos para la Autorización de Residencia por Emprendedor

Para obtener una autorización inicial de entrada y permanencia en España, todo extranjero, mayor de 18 años, que no sea nacional de un Estado Miembro de la UE o de un Estado Schengen, y que tenga la intención de desplazarse a España para desarrollar una actividad emprendedora, debe cumplir con una serie de requisitos. La autorización de residencia para actividad empresarial tendrá validez en todo el territorio nacional y una vigencia de tres años.

El Plan de Negocio: El Corazón de la Solicitud

El corazón de esta visa es verdaderamente la idea de negocio. Iniciar cualquier tipo de idea de negocio no funcionará. El proyecto debe ser innovador, crear empleo para el país (al menos a largo plazo) y no debe tener otros competidores en España. Para demostrar que el proyecto cumple con estos requisitos, es fundamental presentar un plan de negocio sólido.

El plan de negocio debe detallar cuidadosamente la actividad y cómo beneficiará a la economía española. La idea de negocio que se desarrolle debe ser innovadora y incluir cierto componente tecnológico. En cuanto a las secciones del plan de negocios, la sección de escalabilidad es donde se realiza la mayor parte del análisis. Se deberá escribir sobre el modelo de negocio, incluida una descripción del producto/servicio, antecedentes de la empresa y proyecciones de inversión. Además, se tendrá que crear puestos de trabajo en España; idealmente, se deberán crear 10 empleos en los primeros 3 años. También se deberá demostrar cómo se van a financiar los puestos de trabajo que se planean crear y los gastos para iniciar el negocio. Se preguntará sobre competidores directos y las ventajas y desventajas de estas empresas en comparación con la suya.

Perfil Profesional del Solicitante

El perfil profesional del extranjero solicitante es crucial. Su formación, su experiencia profesional, el grado de implicación en el proyecto emprendedor y cuál sería el cargo que ocuparía el solicitante dentro del organigrama de la empresa son factores determinantes. La idea de negocio es tan importante como la habilidad para ejecutarla e implementarla en el mundo real. Cuanta más experiencia, conocimientos y habilidades se puedan demostrar, más posibilidades habrá de obtener el visado.

Medios Económicos Suficientes

Además, se deberá demostrar la disponibilidad de medios económicos propios suficientes, o que acrediten una fuente de percepción periódica de ingresos para el emprendedor y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM, y a esta cantidad hay que añadir el 50% del IPREM por cada familiar.

Ausencia de Antecedentes Penales

Es indispensable no disponer de antecedentes penales. Si se cumplen todas las condiciones anteriores, se puede iniciar la solicitud para el permiso.

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Proceso de Solicitud de la Autorización de Residencia por Emprendedor

Existen dos formas de solicitarlo, dependiendo si el solicitante se encuentra fuera de España o dentro de territorio español.

Solicitud desde Fuera de España

En el caso que el solicitante se encuentre fuera de España, deberá solicitar un visado de residencia para emprendedores. Previamente a la solicitud de visado, deberá solicitar un informe favorable de interés general en la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en su país de residencia. Una vez obtenido dicho informe favorable, el extranjero podrá solicitar el visado de emprendedor, que le permitirá residir y trabajar y tiene una duración de un año, transcurrido el cual se podrá renovar.

Solicitud desde Dentro de España

La diferencia entre la solicitud fuera y dentro de España radica en que, si se solicita dentro de España, dicho informe de interés general se pedirá de oficio por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGEyCE), cuando el extranjero presente su solicitud de autorización de emprendedor. Si ya se está en España (como turista o como titular de otro permiso, por ejemplo, un visado de estudiante) y la solicitud es aprobada, se puede seguir adelante y poner en marcha el negocio.

Envío del Plan de Negocio a ENISA

Una vez que se tenga el plan de negocios listo, es hora de enviarlo a ENISA. Se tendrá que visitar su página web y registrarse. Aunque el procesamiento de la autorización de residencia o los documentos de inmigración tarda 20 días, ENISA tiene hasta 3 meses para revisar el plan de negocios.

Tramitación y Plazos

La tramitación de las autorizaciones de residencia previstas en esta sección se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGEyCE), a través de medios telemáticos y su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones. El plazo máximo de resolución será de veinte días desde la presentación electrónica de la solicitud en el órgano competente para su tramitación. Si no se resuelve en dicho plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo. Las resoluciones serán motivadas y podrán ser objeto de recurso de alzada, de acuerdo con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La solicitud de autorizaciones de residencia previstas en esta sección prorrogará la vigencia de la situación de residencia o de estancia de la que fuera titular el solicitante hasta la resolución del procedimiento.

Una vez concedida la autorización, si la misma tuviera una vigencia superior a seis meses, se deberá solicitar la tramitación de la tarjeta de identidad de extranjero.

Renovación del Permiso

Los titulares de una autorización regulada en esta sección podrán solicitar su renovación por periodos de dos años siempre y cuando mantengan las condiciones que generaron el derecho. Las renovaciones se tramitarán utilizando medios electrónicos. La Dirección General de Migraciones podrá recabar los informes necesarios para pronunciarse sobre el mantenimiento de las condiciones que generaron el derecho. La presentación de la solicitud de renovación prorrogará la validez de la autorización hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará en el supuesto en que la solicitud se presentara en los noventa días posteriores a la finalización de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación, en su caso, del correspondiente expediente sancionador.

Para renovar el permiso de residencia por negocio, se tendrán que seguir cumpliendo todos los requisitos que se cumplieron para la solicitud inicial. Básicamente, significa que el proyecto sigue mejorando la economía española y promueve la creación de nuevos empleos.

Otros Tipos de Visados y Autorizaciones Relacionados con la Ley de Emprendedores

La Ley del Emprendedor en España, publicada el 27 de septiembre de 2013 en el BOE, no solo regula el visado de emprendedor, sino también otros permisos importantes para atraer talento e inversión al país. La Sección 2.ª -«Movilidad internacional»- regula determinados supuestos en los que, por razones de interés económico, se facilita y agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia, al objeto de atraer inversión y talento a España. La medida se dirige a los inversores, emprendedores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, profesionales altamente cualificados e investigadores, así como a los cónyuges e hijos mayores, a través de un procedimiento ágil y rápido ante una única autoridad, y por un plazo variable en función de los distintos casos contemplados.

Visado de Residencia para Inversores de Capital (RIC)

Este visado requiere una inversión inicial igual o superior a dos millones de euros en títulos de deuda pública; un millón de euros o más en acciones o participaciones; o un millón de euros en fondos de inversión.

Visado de Residencia por Adquisición de Bienes Inmuebles (RIV)

Destinado a las personas que acrediten la adquisición de bienes inmuebles en España por un importe igual o superior a 500.000€.

Tabla Comparativa de Visados de Residencia por Inversión

Tipo de Visado Requisito Principal Inversión Mínima
Visado de Residencia para Emprendedores y Actividad Empresarial (REM) Desarrollar una actividad emprendedora de interés general. No se requiere inversión inicial.
Visado de Residencia para Inversores de Capital (RIC) Inversión significativa en capital.
  • 2.000.000€ en títulos de deuda pública.
  • 1.000.000€ en acciones o participaciones de empresas españolas.
  • 1.000.000€ en fondos de inversión.
Visado de Residencia por Adquisición de Bienes Inmuebles (RIV) Adquisición de bienes inmuebles en España. 500.000€

Medidas de Apoyo al Emprendimiento y Simplificación Administrativa

La Ley de Emprendedores no solo se centra en la autorización de residencia, sino que también introduce importantes medidas para fomentar el ecosistema emprendedor en España.

Revisión del Clima de Negocios y Mejoras Regulatorias

El Capítulo I -«Simplificación de cargas administrativas»- prevé diversas medidas de reducción de cargas administrativas. En primer lugar, se revisará el clima de negocios a través de la mejora de la regulación de las actividades económicas. Se garantiza que los empresarios no deban contestar más de una encuesta para el Instituto Nacional de Estadística durante el primer año de actividad, si tienen menos de cincuenta trabajadores. En quinto lugar, se elimina la obligación de que las empresas tengan, en cada centro de trabajo, un libro de visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)

Por un lado, se crean los Puntos de Atención al Emprendedor, que serán ventanillas únicas electrónicas o presenciales a través de las que se podrán realizar todos y cada uno de los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. Se garantiza la existencia de al menos un Punto de Atención al Emprendedor electrónico en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo que prestará la totalidad de los servicios previstos en esta Ley. Este punto nace de la integración de las múltiples ventanillas que hoy existen de asistencia en el inicio de la actividad a nivel estatal.

Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS)

El Capítulo III -«Sociedad Limitada de Formación Sucesiva»- prevé la creación de una nueva figura de sociedad, la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS), sin capital mínimo, cuyo régimen será idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones específicas tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros. Esta figura se inspira en las reformas adoptadas por otros países de nuestro entorno (Alemania, Bélgica) y su objetivo es abaratar el coste inicial de constituir una sociedad. Estas sociedades estarán sometidas a límites y obligaciones para reforzar sus recursos propios y para impulsar que estas empresas crezcan a través de la autofinanciación (inversión de los resultados de la actividad empresarial).

Acuerdo Extrajudicial de Pagos

El Capítulo V -«Acuerdo extrajudicial de pagos»- prevé un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios, ya sean personas físicas o jurídicas, similar a los existentes en los países próximos. Es responsabilidad del negociador impulsar los trámites de un procedimiento sencillo en que, al menos, se discipline mínimamente la convocatoria de todos los acreedores del deudor común, a quienes se incentiva la asistencia a la reunión. En la reunión, a la vista de una propuesta avanzada por el negociador, se discute el plan de pagos o el eventual acuerdo de cesión de bienes en pago de deudas. El procedimiento fracasa cuando no se alcanza un acuerdo o cuando el negociador constata el incumplimiento.

Incentivos Fiscales y de Seguridad Social

En relación con el Impuesto sobre Sociedades, se establece una nueva deducción por inversión de beneficios para aquellas entidades que tengan la condición de empresas de reducida dimensión, vinculada a la creación de una reserva mercantil de carácter indisponible, con el objeto de fomentar la capitalización empresarial y la inversión en activos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas.

Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles, en coherencia con el existente en países de nuestro entorno. En este sentido, se pretende que el incentivo recaiga sobre la renta neta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo, evitando posibles supuestos de desimposición no deseados por la norma. Se amplía, por otra parte, la aplicación del régimen fiscal, para los activos que se generen en la entidad cedente de forma sustancial y para los supuestos de transmisión de los activos intangibles.

Se tendrá derecho a una deducción en la cuota estatal del IRPF con ocasión de la inversión realizada en la empresa de nueva o reciente creación. Por último, para no penalizar excesivamente a aquellos trabajadores que coticen en el Régimen General y que vienen obligados a cotizar en otro Régimen a tiempo completo cuando realizan una actividad económica alternativa, se reducen las cuotas de la Seguridad Social de forma que aliviará la actual penalización y se incentivará la pluriactividad, estimulando nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Instrumentos de Apoyo Financiero

El Capítulo III -«Instrumentos y Organismos de Apoyo Financiero»- afronta la dificultad de acceso al crédito de las empresas españolas. Para ello, se sistematizan los organismos financieros de la acción del Gobierno en materia de internacionalización de la economía española y las empresas (el Instituto de Crédito Oficial, la Compañía Española de Financiación del Desarrollo y la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación, S.A.), así como los instrumentos de apoyo financiero, lo que requiere el refuerzo de los instrumentos disponibles por los distintos actores del sector público en el ámbito de la internacionalización, en especial aquellos en manos del Instituto de Crédito Oficial (ICO), la Compañía Española de Financiación del Desarrollo COFIDES, S.A. (COFIDES), el Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) y la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación, S.A.

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