El asiento contable de las aportaciones del empresario: Una guía completa
Las aportaciones de los socios son operaciones fundamentales en la vida de una sociedad, ya que constituyen la base sobre la que se forma y financia la empresa. Dependiendo del tipo de aportación, pueden reforzar el capital social, las reservas o registrarse como un pasivo financiero en el balance. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE, 2024), más del 30 % de las pymes en España ha recurrido en algún momento a aportaciones adicionales de socios para reforzar su estructura financiera.
Existen diferentes formas de aportación según el momento y el objetivo de la operación:
- Dinerarias: Consisten en el ingreso de dinero en efectivo o mediante transferencia. Son las más habituales en la constitución de sociedades y ampliaciones de capital.
- No dinerarias: Implican la aportación de bienes o derechos (vehículos, inmuebles, maquinaria, patentes, etc.).
En esta guía, exploraremos en detalle los diferentes tipos de aportaciones y su correcto registro contable.
El asiento de capital social: La base de la financiación
El capital social es el dinero, bienes o derechos que los socios aportan a una empresa al constituirla. Es la primera cifra que aparece en el balance y la que determina el peso económico de cada socio dentro de la sociedad. Para que esa cifra tenga validez contable y legal, hay que registrarla correctamente: ese registro es el asiento del capital social, y es el punto de partida de toda la contabilidad de la empresa.
El asiento de capital social es el registro contable que formaliza las aportaciones de dinero, bienes o derechos realizados por los socios al constituir o ampliar una sociedad mercantil. Se contabiliza bajo la cuenta (100) Capital Social en el patrimonio neto, reflejando el capital suscrito y valorado. Desde el punto de vista contable, el capital social representa las aportaciones realizadas por los socios o accionistas a una sociedad mercantil, ya sea en efectivo, bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica. Estas aportaciones pueden efectuarse tanto en el momento de constitución de la empresa como en fechas posteriores mediante ampliaciones de capital.
Básicamente, el capital social constituye un recurso que representa una deuda de la sociedad frente a los socios originada por los aportes que estos realizaron para el desarrollo de las actividades económicas contempladas en el objeto social. Se trata de una cifra estable que solo se modifica mediante procedimientos jurídicos establecidos para aumentarla o disminuirla.
Cuenta 100: Capital Social en el balance
La cuenta 100 del Plan General Contable (PGC) expresa el capital suscrito en las sociedades mercantiles como sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas laborales o comanditarias por acciones. Esta cuenta refleja el importe nominal suscrito con carácter general escriturado en las sociedades que revistan forma mercantil.
- La cuenta 100 se abona por el capital inicial y las sucesivas ampliaciones en el momento de su inscripción en el Registro Mercantil.
- Por otro lado, se carga por las reducciones de capital y a la extinción de la sociedad.
Hasta su inscripción en el Registro Mercantil, la emisión y suscripción de acciones o participaciones se registra de conformidad a lo establecido en el subgrupo 19 "Situaciones transitorias de financiación".
¿El capital social es activo o pasivo?
El capital social se clasifica como parte del patrimonio neto, que se encuentra dentro de la estructura del pasivo del balance. Específicamente, la cuenta 100 figura en los Fondos Propios, incluidos en el Patrimonio Neto, que forma parte del Patrimonio Neto y Pasivo del Balance. En términos contables, el capital social se registra en el pasivo porque representa una deuda de la empresa hacia sus socios. Sin embargo, a diferencia de los pasivos típicos, se considera un "pasivo no exigible" ya que no representa una deuda que la empresa deba devolver en condiciones normales. Esta obligación solo es exigible en caso de liquidación de la compañía, una vez pagados todos los acreedores externos.
Cómo registrar el asiento de capital social paso a paso
Registrar el asiento capital social requiere seguir cuatro pasos contables secuenciales que reflejan cada fase del proceso de constitución.
- Paso 1: Asiento de emisión de acciones
En el momento de emitir las acciones, debes cargar la cuenta 190 (Acciones o participaciones emitidas) por el valor total de la emisión, incluyendo valor nominal y prima si existe, con abono a la cuenta 194 (Capital emitido pendiente de inscripción).
- Paso 2: Asiento de suscripción y desembolso
Cuando los socios suscriben y desembolsan las acciones, cargas la cuenta 572 (Bancos) por el importe efectivamente ingresado y la cuenta 1034 (Socios por desembolsos no exigidos, capital pendiente de inscripción) por la parte no desembolsada, con abono a la cuenta 190. En sociedades limitadas, el desembolso debe ser del 100%, mientras que en sociedades anónimas el mínimo exigido es del 25%.
- Paso 3: Asiento de inscripción en el Registro Mercantil
Una vez inscrito el capital en el Registro Mercantil, cargas la cuenta 194 por el importe total con abono a la cuenta 100 (Capital Social) por el valor nominal y a la cuenta 110 (Prima de emisión) si existe prima.
- Paso 4: Reclasificación de desembolsos pendientes
Finalmente, reclasificas los desembolsos pendientes cargando la cuenta 1030 (Socios por desembolsos no exigidos, capital social) con abono a la cuenta 1034.
Otras cuentas contables relacionadas con el capital social
Durante el proceso de registro del capital social, además de la cuenta 100, utilizas otras cuentas contables del subgrupo 19 que recogen las situaciones transitorias de financiación hasta la inscripción definitiva en el Registro Mercantil.
Cuenta 103 - Socios por desembolsos pendientes
La cuenta 103 registra el capital social escriturado pendiente de desembolso no exigido a los socios o accionistas. Consta de dos subcuentas: la 1030 para el capital social ya inscrito y la 1034 para el capital pendiente de inscripción.
- Esta cuenta figura en el patrimonio neto con signo negativo, minorando la partida de capital social.
- La subcuenta 1030 se carga por el valor nominal no desembolsado de las acciones suscritas con abono a la cuenta 100, y se abona a medida que se vayan exigiendo los desembolsos.
- La subcuenta 1034 se carga por el valor nominal no desembolsado con abono a las cuentas 190 o 192, y se abona en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil con cargo a la cuenta 1030.
Cuenta 190 - Acciones emitidas
La cuenta 190 recoge el capital social y, en su caso, prima de emisión de acciones o participaciones emitidas y pendientes de suscripción. Figura en el pasivo corriente del balance, con signo negativo, dentro del epígrafe "Deudas a corto plazo".
- Se carga por el valor nominal y la prima de emisión de las acciones emitidas y pendientes de suscripción, con abono a la cuenta 194.
- Se abona a medida que se suscriban las acciones en los supuestos de fundación simultánea o sucesiva.
Cuenta 194 - Capital emitido pendiente de inscripción
Esta cuenta registra el capital social y prima de emisión de acciones emitidas y pendientes de inscripción en el Registro Mercantil. Figura en el pasivo corriente del balance si no se ha producido la inscripción. Se abona por el valor nominal y prima de emisión con cargo a la cuenta 190, y se carga en el momento de la inscripción con abono a las cuentas 100 y 110.
AUMENTOS DE CAPITAL (III): APORTACIONES NO DINERARIAS
Ejemplos prácticos de asiento de capital social
Asiento de capital social inicial con desembolso total
En una sociedad limitada con desembolso completo del capital, el asiento de apertura de capital social refleja la totalidad del capital desde el inicio. Por ejemplo, si constituyes una SL con 10.000 € totalmente desembolsados en efectivo:
Debe Haber(190) Participaciones emitidas 10.000 € a (194) Capital emitido pendiente de inscripción 10.000 €
Seguidamente:
Debe Haber(572) Bancos 10.000 € a (190) Participaciones emitidas 10.000 €
Tras la inscripción:
Debe Haber(194) Capital emitido pendiente de inscripción 10.000 € a (100) Capital Social 10.000 €
Asiento capital social sociedad limitada con desembolso parcial
Aunque las sociedades limitadas requieren desembolso total del capital, en sociedades anónimas puedes realizar desembolsos parciales. Supongamos una SA con 50.000 € de capital donde desembolsas inicialmente 25.000 €.
Debe Haber(190) Acciones emitidas 50.000 € a (194) Capital emitido pendiente de inscripción 50.000 €
Después:
Debe Haber(572) Bancos 25.000 €(1034) Socios por desembolsos no exigidos 25.000 € a (190) Acciones emitidas 50.000 €
Aportaciones de los socios para compensar pérdidas (Cuenta 118)
Las aportaciones de los socios para compensar pérdidas son una de las operaciones más relevantes en la vida de una sociedad. Son aportaciones que realizan los socios para cubrir pérdidas o mejorar la situación financiera de la empresa, pero que no aumentan el capital social. Cuando un socio presta dinero a la sociedad, se genera una deuda a favor del socio.
La Dirección General de Tributos se ha reafirmado con respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la categoría de Operaciones Societarias, confirmando que estas aportaciones de los socios se contabilizan en la "Cuenta 118. Elementos patrimoniales entregados por socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Es decir, siempre que NO constituyan contraprestación por la entrega de bienes o prestación de servicios realizados por la empresa, ni tengan la naturaleza de pasivo."
Durante los últimos años ha habido una cuenta de nuestro Plan General Contable que se ha utilizado de manera generalizada en aquellas sociedades con problemas financieros o de viabilidad: la cuenta 118. Esta utilización cotidiana de la cuenta y las dudas que genera nos hace animarnos a estudiarla un poco más.
El tratamiento que se le va a dar a este tipo de aportaciones va a ser el de una subvención otorgada por los socios. La citada norma dedica su primer punto a las subvenciones otorgadas por terceros distintos de los socios y el punto segundo a las subvenciones otorgadas por los socios, es decir, a la cuenta que hoy tratamos.
“Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables otorgados por socios o propietarios no constituyen ingresos y se contabilizan directamente en los fondos propios independientemente del tipo que sean.”
Desde el punto de vista del derecho mercantil este tipo de subvención no se encuentra regulada. A lo único que nos podemos acoger es al contenido contable de la cuenta donde, como hemos dicho, nos dice que su uso no es exclusivo para compensar pérdidas, si no que se puede disponer de su saldo para otros conceptos.
Tratamiento fiscal de las aportaciones para compensar pérdidas
Debe tener el mismo tratamiento establecido para el reparto de la prima de emisión, dada su misma naturaleza. En este sentido y de acuerdo con la LIS, la distribución de la prima de emisión minorará el valor fiscal de la participación, considerándose ingreso el exceso que, en su caso, pudiera corresponder. No obstante, debe recordarse que, desde el 01.01.2015, en el caso de que se distribuya la prima de emisión correspondiente a sociedades no cotizadas, el socio tendrá que tributar por el importe que perciba o por el valor de mercado del bien o derecho recibido con el límite de la diferencia entre el importe de los fondos propios, según el balance del último ejercicio cerrado antes de la distribución, y su valor de adquisición. El exceso sobre el citado límite minorará el valor de adquisición de las acciones o participaciones.
Con respecto al momento en que dichas aportaciones sean devueltas a los socios, estas devoluciones tendrán consideración de reserva disponible atendiéndose a las reglas generales y limitaciones de la distribución de beneficios.
Ejemplo de aportación para compensar pérdidas
Tras dos años el proyecto no ha sido exitoso incurriendo en ambos ejercicios en pérdidas, decidiendo compensarlas a través de aportaciones del propietario para no tener que recurrir a financiación externa. El asiento contable sería:
Debe HaberXXX Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572) a Aportaciones de socios o propietarios (118) XXX
Tratamiento sobre préstamos sin intereses y operaciones vinculadas
El asiento realizado responde a una de las múltiples casuísticas que pueden darse cuando hablamos de préstamos a tipo de interés cero. En concreto, y de acuerdo con la consulta nº 6 del BOICAC nº 79 de septiembre de 2009, responde al caso en que una sociedad A aporta recursos a una sociedad B de forma gratuita, entendiendo que esta aportación la realiza el socio (persona física o jurídica) a su sociedad, no pudiendo en este caso tener la consideración de gasto e ingreso respectivamente. La Norma de Valoración 18ª rechaza la posibilidad de que entre socio y sociedad pueda existir como causa del negocio la mera liberalidad.
Obligación de declarar
Evidentemente, en este tipo de operaciones, nos encontraremos con la existencia de un determinado grado de vinculación entre la entidad prestamista (física o jurídica) y la prestataria, entrando así el tratamiento de operaciones vinculadas. Esta norma de valoración recoge desde una perspectiva estrictamente contable, que la sociedad donataria experimenta un aumento de sus fondos propios clasificado en el epígrafe A1.VI "Otras aportaciones de socios del balance y la donante, en sintonía con el criterio recogido en la consulta nº 7 del BOICAC nº 75 contabilizará, con carácter general, un mayor valor de su participación salvo que, como se expone el apartado 4º posterior, existiendo otros socios, los donantes realicen una aportación en una proporción superior a la que les correspondería por su participación efectiva. Por ello y ante las distintas posibilidades que pueden producirse ante esta casuística (préstamos a interés cero) le emplazamos a una lectura pormenorizada de la mencionada consulta nº 6 del BOICAC nº 79 de septiembre de 2009. Si prestamos o nos prestan dinero sin cobrar intereses, a efectos fiscales no se consideran gratuitos dichos préstamos. Estos hechos son las presunciones de onerosidad, aunque se admite prueba en contrario es difícil presentarla para las personas físicas.
Planes de pensiones de empresa y aportaciones
Un plan de pensiones de empresa es un plan de pensiones colectivo que las empresas promueven para sus trabajadores. Estos planes constituyen un instrumento de ahorro-previsión que mediante aportaciones de la empresa o del trabajador, permiten complementar la pensión pública de jubilación que los trabajadores van a percibir por parte de la Seguridad Social una vez finalizada su vida laboral.
Frente a los planes de pensiones individuales, los planes colectivos que las empresas promueven para sus trabajadores, hasta ahora han sido minoritarios en España, por lo que los contables de las empresas raramente tenían que registrar en su contabilidad este tipo de operaciones. Uno de los principales atractivos de estos planes colectivos son sus ventajas fiscales, ya que la reducción en el IRPF de las aportaciones a los planes individuales se limita a un máximo anual de 1.500 euros, mientras que se eleva a 4.250 euros la reducción por aportaciones del trabajador a un plan colectivo, siempre que la empresa aporte otros 4.250 euros al plan de ese empleado.
Tipos de planes de pensiones empresariales
- Planes de aportación definida: En los planes de pensiones de aportación definida la empresa no retiene riesgos y el pasivo que pudiera figurar en el balance responderá exclusivamente a la cuota pendiente de aportar a la correspondiente entidad aseguradora o plan de pensiones. Las aportaciones realizadas a planes de pensiones gestionados por una entidad externa desligada de la empresa, constituyen retribuciones a largo plazo al personal que tienen el carácter de aportación definida. En este tipo de aportaciones la empresa no tiene ninguna obligación legal, contractual o implícita de realizar contribuciones adicionales si la entidad separada no pudiera atender los compromisos asumidos. Es decir, la empresa no asume riesgo alguno.
- Planes de prestación definida: En el caso de que la empresa retenga un riesgo al margen de que el compromiso con los trabajadores se haya instrumentado a través de un seguro colectivo o un plan de pensiones, estaríamos ante planes de prestación definida.
Ejemplo de asiento contable para planes de pensiones
El 31/12/XX, la empresa FERCISA decide aportar una cantidad anual de 100.000€ a un plan de pensiones a favor de sus trabajadores, pero solo realiza el pago de la mitad quedando pendiente de aportación la otra mitad.
Debe Haber(643) Contribuciones a planes de pensiones 100.000€ a (572) Bancos 50.000€ a (466) Remuneraciones pendientes de pago (Planes de pensiones) 50.000€
| Tipo de Aportación | Cuenta Contable Principal | Impacto en el Balance | Momento de Registro |
|---|---|---|---|
| Capital Social Dinerario | (100) Capital Social, (572) Bancos | Aumento de Patrimonio Neto y Activo | Constitución o ampliación |
| Capital Social No Dinerario | (100) Capital Social, (Elementos de Activo) | Aumento de Patrimonio Neto y Activo | Constitución o ampliación |
| Aportaciones para compensar pérdidas | (118) Aportaciones de socios o propietarios | Aumento de Patrimonio Neto (Fondos Propios) | Cuando se realizan |
| Aportaciones a Planes de Pensiones | (643) Contribuciones a planes de pensiones | Gasto y reducción de activo o aumento de pasivo | Pago o devengo |
