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Ayudas para la Rehabilitación de Edificios: Impulso a la Eficiencia Energética y Sostenibilidad

by Admin on 26/05/2026

La rehabilitación de edificios es una estrategia fundamental para mejorar la eficiencia energética, el estado de conservación y la accesibilidad de los inmuebles. Las actuaciones subvencionables incluyen la mejora del aislamiento de la fachada y la cubierta, la renovación de ventanas, el cambio del sistema de calefacción o la reducción del consumo de aire acondicionado. Los fondos Next Generation, en particular, se dirigen a la rehabilitación de edificios residenciales (vivienda), con la condición de conseguir unos objetivos mínimos de mejora de la eficiencia energética. Sin embargo, el alcance de las ayudas puede ser más amplio, abarcando diferentes tipos de edificios y beneficiarios.

Requisitos Clave para Acceder a las Ayudas

Para acceder a las ayudas de rehabilitación, es imprescindible que las obras realizadas permitan conseguir un ahorro energético del 30% como mínimo. Un porcentaje mayor de ahorro energético puede implicar la posibilidad de optar a mayores ayudas.

La mejora de la eficiencia energética necesaria para optar a estas subvenciones se puede alcanzar a través de diversas intervenciones, entre las que se incluyen:

  • Aumentar el aislamiento de la fachada y de la cubierta.
  • Renovar las ventanas.
  • Cambiar el sistema de calefacción o aire acondicionado.
  • Incorporar fuentes de energías renovables.

Si tienes dudas sobre las acciones más adecuadas para tu edificio y cómo optimizar el nivel de las ayudas, es conveniente contactar con un técnico especializado.

Proceso de Solicitud y Distribución

Las comunidades autónomas son las entidades encargadas de distribuir estas ayudas. En las Oficinas de Rehabilitación de tu comunidad autónoma, te ayudarán a conocer más sobre estos programas y te informarán sobre las gestiones necesarias para ser beneficiario. Estas oficinas se pueden consultar en el mapa de la web creada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Para solicitar las ayudas, solo tienes que presentar tu solicitud en el registro correspondiente.

#Rehabilitación energética de edificios y viviendas / URSA

Beneficios Fiscales y Potencial de Financiación

Las subvenciones de estas ayudas están exentas de tributación y no computan como ganancia patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Además, si cumples los requisitos que te consideran en situación de vulnerabilidad económica, la ayuda podría ser incrementada hasta el 100%. En todo caso, en las convocatorias de las distintas Comunidades Autónomas se establecerán los requisitos y condiciones para el acceso a las ayudas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 853/2021.

Programa PREE 5000: Foco en Municipios de Reto Demográfico

Contexto y Problemática

El parque de edificios español consume actualmente el 30% de la energía final, y una parte significativa del parque de viviendas carece de instalación de calefacción. Esta situación es particularmente acentuada en los municipios de reto demográfico, que suman unos 6.827 municipios con hasta 5.000 habitantes, concentrando a 5,7 millones de personas (el 12% de la población total).

En la última década, ocho de cada diez de estos municipios han perdido población, resultando en 410.000 personas menos. En los municipios y núcleos de menos de 1.000 habitantes, la despoblación afecta al 86% de los casi 5.000 municipios, que han perdido más de 200.000 habitantes. En estos lugares, las viviendas secundarias y vacías representan el 44% (quince puntos más que la media nacional), y el 30% de las viviendas son anteriores a 1960.

Objetivos y Tipos de Actuaciones

El Programa PREE 5000 tiene como objetivo impulsar la sostenibilidad de la edificación en los municipios de reto demográfico. Las actuaciones subvencionables abarcan desde cambios en la envolvente térmica hasta la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles fósiles por sistemas basados en fuentes renovables (biomasa, geotermia, solar térmica o bomba de calor), así como la incorporación de tecnologías de regulación y control y la mejora de la eficiencia energética en la iluminación.

Criterios de Ubicación

Los edificios que opten a las ayudas del PREE 5000 deberán estar ubicados en “municipios de reto demográfico”, definidos como aquellos de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes. El carácter no urbano de un municipio se determina según el Atlas de Áreas Urbanas del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Cuantía de las Ayudas PREE 5000

Las ayudas base del Programa PREE 5000 para actuaciones en edificios completos se estructuran de la siguiente manera:

Tipología de Actuación Porcentaje de Ayuda
Mejora de la envolvente térmica 50%
Actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas 40%
Mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación 20%

La horquilla de inversión para estas actuaciones va desde los 40.000 € hasta los 3 millones de euros.

Referencias Normativas Clave

El Programa PREE 5000 y sus ampliaciones de plazo se rigen por diversas resoluciones de la Presidenta de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., incluyendo las publicadas el 13 de diciembre de 2022, 20 de enero de 2023, 23 de mayo de 2023, 9 de junio de 2023, 5 de julio de 2023, 18 de septiembre de 2023, 13 de diciembre de 2023, 20 de diciembre de 2023, 27 de marzo de 2024 (1 y 2), 26 de junio de 2024, 27 de junio de 2024, 28 de junio de 2024, 23 de julio de 2024 y 30 de julio de 2024.

Beneficiarios de las Ayudas

Los fondos Next Generation se dirigen a la rehabilitación de edificios residenciales. Sin embargo, las ayudas también pueden ser solicitadas por empresas y cooperativas arrendatarias o concesionarias de los edificios. En el ámbito de las viviendas, el arrendatario puede solicitar la ayuda siempre y cuando haya pactado con el propietario costear las obras a cambio del pago de la renta.

Se prioriza la actuación sobre edificios completos de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares, con especial atención a la envolvente del edificio.

Ejemplo Regional: Subvenciones en Andalucía para Rehabilitación de Viviendas

Marco Normativo y Objetivo

A modo de ejemplo de la gestión autonómica, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Andalucía ha publicado la Orden de 14 de enero de 2019. Esta Orden aprueba las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios y de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El objetivo es fomentar la rehabilitación de edificios y viviendas con deficiencias básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética. Esta Orden aprueba, por un lado, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de edificios (Anexo I), e igualmente, aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la rehabilitación de viviendas (Anexo II).

Rol de los Ayuntamientos

Los ayuntamientos que hayan suscrito un convenio de colaboración con la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, podrán actuar como entidad colaboradora para la gestión de solicitudes y distribución de las subvenciones para la rehabilitación de viviendas a las personas beneficiarias. Existe un listado de municipios que han firmado el convenio de colaboración. En aquellos municipios donde los ayuntamientos no actúen como entidades colaboradoras, las personas interesadas podrán realizar directamente la solicitud de dichas subvenciones, pudiendo los ayuntamientos colaborar con los interesados durante el proceso si así lo desean.

Características Generales de las Subvenciones para la Rehabilitación de Viviendas

Las subvenciones para la rehabilitación de viviendas tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de viviendas, ya sean unifamiliares, aisladas, agrupadas en fila o ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. Contribuyen a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Personas Beneficiarias

Podrán solicitar estas subvenciones las personas propietarias o arrendatarias cuando acuerden costear las obras a cambio del pago de la renta. Los ingresos de la unidad de convivencia residente tendrán que ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para la misma vivienda en los 3 años anteriores.

Requisitos de la Vivienda

Para solicitar esta subvención, la vivienda deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
  • No puede estar calificada urbanísticamente como fuera de ordenación.
  • Debe tener una superficie útil no inferior a 36 m2.
  • Tiene que estar finalizada antes de 1996, salvo excepciones.
  • Tiene que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con esta.
  • No tener la consideración de infravivienda.
  • Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención. Se ofrece un modelo de informe técnico con el contenido mínimo que debe comprender.

Importe de las Subvenciones

Con carácter general se subvencionará el 40% del presupuesto protegible. Este porcentaje puede alcanzar el 75% del presupuesto protegible en el caso de unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM o residentes con discapacidad o mayores de 65 años en obras de accesibilidad. Adicionalmente, se puede subvencionar el 25% de los honorarios profesionales, con un límite de 500 euros, para unidades de convivencia residente con ingresos inferiores a 3 veces el IPREM. Las cuantías de las subvenciones tendrán límites específicos en función del tipo de obra.

Finalidad de las Obras

Las obras subvencionables pueden agruparse según su objetivo: conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, o mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.

Criterios Objetivos de Puntuación

Las solicitudes serán evaluadas conforme a unos criterios objetivos relacionados con la finalidad de la obra, la situación socio-económica de las personas residentes en la vivienda y las características de esta.

Una vez publicada la Orden por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las personas interesadas podrán presentar su solicitud.

Condiciones Generales y Documentación Necesaria

Los edificios históricos o protegidos oficialmente por su valor arquitectónico están exentos de cumplir con la reducción de demanda establecida para las actuaciones sobre la envolvente térmica.

Para acceder a las subvenciones, los destinatarios últimos deben disponer del proyecto de las actuaciones a realizar. Este proyecto debe incluir el ahorro de consumo de energía primaria no renovable estimado respecto a la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada. En caso de que las actuaciones no exijan proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.

Los beneficiarios de las ayudas podrán cubrir entre el 40 y el 80% de los costes en función de los ahorros de consumo conseguidos, pudiendo llegar al 100% en el caso de vulnerabilidad económica.

Las ayudas se concederán a través de convocatorias en concurrencia simple que publiquen las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla. Esto implica que las solicitudes serán seleccionadas por riguroso orden de presentación hasta que se agoten los fondos.

Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto, siempre que no se supere el presupuesto total de las actuaciones y que no cubran el mismo coste. El plazo para ejecutar las obras de mejora energética y sostenibilidad no podrá superar los 26 meses desde la concesión de la ayuda. Los beneficiarios últimos deben presentar la documentación necesaria para justificar la ejecución de la actuación y los ahorros conseguidos en un máximo de tres meses tras la finalización del plazo para llevar a cabo las intervenciones.

Para la solicitud de la ayuda, el interesado debe aportar un certificado de eficiencia energética del edificio existente en el estado actual. Posteriormente, para justificar la actuación, deberá presentar un certificado de eficiencia energética que refleje las mejoras obtenidas gracias a la intervención prevista en el proyecto.

Aviso Importante

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) publica los enlaces a las convocatorias de ayudas de las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla en su página web para facilitar el acceso público a la información. En el caso de no haberse publicado la convocatoria, no aparecerá ningún enlace. Es importante recordar que estos enlaces se encuentran bajo el control de los gobiernos autonómicos, por lo que el contenido de estas páginas es responsabilidad exclusiva de los mismos.

tags: #ayudas #para #la #rehabilitación #de #edificios

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