Mensaje 5797 de la Tesorería: Claves para el Alta de Autónomos y Cómo Evitar Fraudes
En la era digital, la comunicación entre las entidades gubernamentales y los ciudadanos se ha modernizado, pero esto también ha abierto la puerta a nuevas formas de fraude. Recientemente, tanto la Agencia Tributaria como la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) han emitido alertas importantes sobre mensajes fraudulentos que pueden afectar a los trabajadores por cuenta propia.
Alertas de Fraude: Cuidado con los Mensajes Sospechosos
La Agencia Tributaria ha lanzado un aviso importante relacionado con la actividad laboral de los trabajadores por cuenta propia. Se trata de una alerta por un timo que está corriendo como la pólvora en las últimas fechas. Concretamente, se trata de un SMS que envía supuestamente Hacienda para anunciar que se va a proceder a la devolución de dinero al contribuyente. Y es especialmente peligroso, porque se hace desde el supuesto número oficial de Hacienda. La comunicación incluye un enlace para dirigirse a la página web donde se podrá efectuar dicho reembolso. Las autoridades aconsejan revisar siempre la URL de cada notificación.
De manera similar, la Seguridad Social ha lanzado un nuevo aviso sobre mensajes fraudulentos que pueden afectar a los autónomos, especialmente en relación con supuestas devoluciones de cuotas. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha difundido a través de sus redes sociales un nuevo aviso para evitar que los trabajadores por cuenta propia caigan en estafas relacionadas con sus cuotas.
El organismo ha compartido un ejemplo reciente de phishing, en el que un falso SMS promete una devolución de impuestos a un autónomo. En el mensaje se simula una comunicación oficial, aparentemente firmada por la Tesorería. Sin embargo, el texto hace referencia a una devolución de impuestos, algo que corresponde a la Agencia Tributaria. Esta incongruencia, junto con errores ortográficos o el uso de enlaces sospechosos, son signos claros de fraude. Este tipo de engaños son frecuentes y suelen utilizar tácticas de urgencia o promesas de dinero rápido para conseguir datos personales o bancarios. Desde la Administración insisten en que es fundamental mantenerse alerta y seguir una serie de recomendaciones básicas para identificar comunicaciones falsas.
Cómo Identificar Estafas con la Devolución de Cuotas y Otros Fraudes
Los autónomos pueden identificar fácilmente estafas con la devolución de cuotas. Tal y como recordó la Tesorería en la red social X, la Seguridad Social recauda cuotas, mientras que es Hacienda quién se encarga de cobrar impuestos. Detalles como éste son indicios claros de que el mensaje sería en realidad un fraude.
Por supuesto, también suele haber otros indicios fáciles de identificar en estos mensajes. Por ejemplo, muchos de ellos incluyen faltas ortográficas y el enlace no es el de la Tesorería General de la Seguridad Social. De hecho, en el SMS que se ha utilizado como ejemplo, la información del link es completamente distinta.
La propia Seguridad Social publicó en una guía una serie de recomendaciones para ayudar a identificar posibles intentos de suplantación de identidad. Estas son algunas de las señales más habituales:
- Petición de datos personales o bancarios: La Seguridad Social no solicita por teléfono, SMS ni correo electrónico datos como contraseñas, códigos o información bancaria.
- Uso incorrecto de logotipos: Emplear versiones antiguas o imágenes mal copiadas del INSS o la TGSS es una práctica común en los fraudes.
- Enlaces sospechosos: Las direcciones web no oficiales, con errores, dominios poco comunes o añadidos extraños, deben evitarse.
- Confusión entre organismos: En los fraudes es frecuente que se mezclen nombres de entidades distintas -como el INSS y la Tesorería General- sin una justificación clara.
- Ofertas o ayudas inexistentes: Las promesas de devoluciones o prestaciones deben comprobarse siempre en los canales oficiales para evitar caer en engaños.
- Errores gramaticales o de redacción: Las comunicaciones oficiales cuidan el lenguaje, por lo que los mensajes con faltas de ortografía o construcciones poco claras pueden ser sospechosos.
El aumento de intentos de estafa que imitan comunicaciones oficiales ha llevado a la Seguridad Social a reforzar sus mensajes de advertencia. Para evitar caer en estos engaños, el organismo aconseja extremar la precaución y tener en cuenta una serie de pautas básicas:
- Evitar interactuar con mensajes de origen dudoso: No se deben abrir enlaces ni descargar archivos si el remitente no es fiable. Lo más seguro es acceder a la información directamente desde los portales oficiales.
- Desconfiar de cualquier solicitud de datos por vías no oficiales: Ni el INSS ni la Tesorería General del Estado piden contraseñas, códigos bancarios o información personal por teléfono, correo electrónico o SMS.
- Desconfiar de la urgencia: Muchos fraudes buscan que la persona actúe con rapidez, sin pensar. Ante una presión injustificada, conviene parar y contrastar la información.
- Verificar cualquier ayuda o prestación que prometa dinero fácil: Todas las convocatorias se anuncian públicamente y se pueden consultar a través de los canales de la Administración.
En caso de duda, consultar siempre los canales oficiales. Cuando una comunicación genera sospechas, lo más recomendable es no contestar, no hacer clic y no facilitar datos.
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El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
El RETA o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos es aquel en el que deben darse de alta, al iniciar su actividad, los trabajadores por cuenta propia. El requisito general para tener que darse de alta en el RETA es realizar de forma habitual, personal y directa una actividad económica retribuida, sin estar sujeto a contrato de trabajo y aunque se utilice el servicio remunerado de otras personas.
Quiénes Deben Darse de Alta en el RETA
Entre los colectivos que deben darse de alta en el RETA se incluyen:
- El cónyuge y familiares hasta el segundo grado (en el caso de trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Autónomos, hasta el tercer grado) por consanguinidad, afinidad y adopción que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados.
- Los trabajadores autónomos económicamente dependientes o autónomos TRADE (es decir, aquellos a quienes su principal cliente les reporte al menos el 75 % de sus ingresos).
- Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia que requiera la incorporación a un colegio profesional cuyo colectivo se haya integrado en el RETA.
- Quienes ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleve el desempeño del cargo de consejero o administrador. También quienes presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de la sociedad.
Proceso de Alta en el RETA y Cotización
Para darte de alta en el RETA deberás cumplimentar el modelo TA0521, que cuenta con distintas versiones en función de cuál sea tu actividad profesional. Este modelo te permitirá darte de alta como autónomo, así como darte de baja o solicitar una modificación de datos. Ten en cuenta que, como trabajador autónomo, eres responsable directo de cumplir la obligación de solicitar tu alta, y en su caso, tu afiliación. Debes comunicar el alta el mismo día en el que empieces a trabajar por cuenta propia o hasta 60 días antes. Si te das de alta después de empezar a trabajar, se considerará que la fecha de alta es el primer día de ese mes, y pagarás la cuota del mes completo. Es importante tener en cuenta que, si no te das de alta a tiempo, para tener derecho a tus prestaciones tendrás que ingresar las cuotas completas desde el inicio de la actividad, con un recargo.
Ten en cuenta que es posible darse de alta y de baja tantas veces como quieras pero, si quieres cotizar exactamente a partir de la fecha de alta o dejar de hacerlo a partir del primer día de la baja, esta posibilidad solo existe tres veces al año (es decir, tres altas y tres bajas). Las demás altas que tramites durante ese año tendrán efectos desde el primer día del mes en el que empieces a trabajar. En cuanto a las restantes bajas, tendrán efectos desde el último día del mes en el que dejes de trabajar.
En el caso de las nuevas altas, deberás elegir tu base de cotización en función de la previsión del promedio mensual de tus rendimientos netos anuales conforme a una tabla general de bases, fijada cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para calcular tu cuota de autónomos deberás seleccionar un tramo y aplicar un tipo de cotización del 31,3 % a la base de cotización elegida dentro de dicho tramo. Podrás optar por la mínima, por la máxima o por cualquier otra que se integre entre estos límites. Ten en cuenta que el nuevo sistema de cotización contempla un régimen de aplicación progresivo que comenzó en 2023 y terminará de implantarse en 2025. Existen distintas bonificaciones para los trabajadores autónomos que permiten a ciertos colectivos acogerse a rebajas en su cuota. Se concreta un procedimiento detallado para la regularización anual de la cotización en función de los rendimientos netos anuales comunicados por Hacienda.
El riesgo de equivocarse puede provocar que pierdas el acceso inicial a la tarifa plana, perder una ayuda inicial, o que termines pagando de más por cualquier otro motivo. Lo ideal es que tramite tu alta un asesor, que ya se ha enfrentado a estos errores mil y una veces. Además, es muy común en las asesorías ofrecer el alta gratis si contratas sus servicios. Tu negocio te necesita para crecer, y ser un experto fiscal en nada va a beneficiar al crecimiento de tu negocio.
Códigos de Errores Comunes al Tramitar el Alta como Autónomo
Aquí tienes los códigos de errores más comunes, uno a uno al tramitar el alta como autónomo. Si has caído en alguno no cliques cualquier cosa.
| Código de Error | Descripción del Error | Posible Solución |
|---|---|---|
| Error 6704* | Opción cese activ. debe ser n por jub.flexib. Este error se debe a que el trabajador se ha acogido a la tarifa plana de autónomos, por lo que se exceptúa de forma obligatoria la cotización por cese de actividad y formación profesional. | Revisar la compatibilidad entre la tarifa plana y la cotización por cese de actividad y formación profesional. Asegurarse de que la opción de cese de actividad esté configurada correctamente. |
| Error 6421 | Los datos fiscales de la actividad económica indicada son incompatibles con la condición del trabajador/a autónomo que se seleccionó. | Verificar que la actividad económica declarada y la condición de autónomo seleccionada sean coherentes con los datos fiscales. Consultar con un asesor para asegurar la correcta clasificación. |
¡Y fin! Estos son los errores que más aparecen a los nuevos autónomos y que retrasan muchas veces el inicio de su actividad.
Gestión Tributaria y Trámites Adicionales
Además del alta en la Seguridad Social, los autónomos deben estar al tanto de otros trámites y gestiones tributarias. Por ejemplo, la declaración censal en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es fundamental para comunicar la actividad. En el IAE, existen exenciones según el artículo 82.1 e) y f) R.D. para entidades sin fines de lucro, como asociaciones y fundaciones de disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales, o aquellas dedicadas a la enseñanza, educación, rehabilitación y tutela de minusválidos.
Para la solicitud de bonificación en el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras), se requiere una solicitud debidamente cumplimentada y firmada, junto con una memoria del proyecto y el presupuesto desglosado. Esta solicitud debe presentarse con anterioridad a la fecha de finalización de la obra. En cuanto al IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), es posible realizar consultas y certificaciones a la Base de Datos Nacional del Catastro a través de los Puntos de Información Catastral (PIC). Para el IBI en Andalucía, la solicitud de bonificación para viviendas protegidas requiere una copia del impreso cumplimentado, certificación literal del Registro de la Propiedad y copia del DNI o equivalente.
Existen también trámites relacionados con licencias municipales para quioscos de prensa, caramelos y frutos secos, que incluyen cambios de ubicación, de actividad o renuncia a la autorización, siempre previa solicitud y autorización del Área competente. Para la tasa por utilizaciones privativas o aprovechamientos especiales (Ordenanza fiscal Nº 41), se requiere una declaración de los ingresos brutos obtenidos en el término municipal de Málaga durante el trimestre anterior, detallando las distintas partidas que los engloban. Los plazos de presentación son específicos para cada trimestre.
Para aquellos interesados en el IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), la exención por diplomáticos requiere copia del DNI/CIF o equivalente, permiso de circulación y documentación que constate que el titular del vehículo es un funcionario del cuerpo diplomático o consular. La solicitud de bonificación en este caso puede realizarse en cualquier momento, incluso antes de la matriculación.
Finalmente, la gestión tributaria también abarca la solicitud de certificados e informes, la gestión de multas de tráfico y los trámites de plusvalía (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) por causa de muerte, donde se requiere el certificado de defunción o de últimas voluntades y la declaración-liquidación dentro de plazos específicos.
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