Subvenciones Reactiva Pymes: Requisitos y Oportunidades para la Reactivación Económica
El programa ReactiVA es un plan de ayudas directas a autónomos y pymes, en régimen de concesión directa, cuyo objetivo es contribuir a la dinamización empresarial e impulsar la actividad económica, fomentando el mantenimiento del empleo por cuenta propia y ajena en el proceso de reactivación económica.
Este programa, junto al gasto en servicios sociales, ha supuesto la mayor partida presupuestaria del consistorio en el ejercicio 2020 y suma un total de 13 millones de euros, junto con lo previsto en 2021.
Ayudas para la Reactivación Económica en Diversos Sectores
Existen diversas líneas de subvenciones dirigidas a la reactivación económica de las pymes en diferentes sectores y regiones de España. A continuación, se detallan algunas de estas ayudas, sus requisitos y los gastos subvencionables.
Subvenciones para pequeña empresas
1. Proyectos Tractores de Competitividad y Sostenibilidad Turística en Galicia
Estos proyectos buscan tener efectos a largo plazo, contribuyendo a la transición verde y a la creación de empleo en el entorno del Camino de Santiago. Los nuevos establecimientos turísticos deberán situarse en infraestructuras emblemáticas del patrimonio arquitectónico o etnológico de Galicia.
También existen proyectos tractores dinamizadores del turismo cultural. La creación del establecimiento turístico debe ir unida a la puesta en valor y mejora o rehabilitación de un bien de interés cultural (BIC). Por lo menos un 80 % de la capacidad temporal o espacial anual se destinará a fines culturales.
Inversión Mínima y Gastos Subvencionables
- Inversión mínima: 300.000 €
- Se subvencionarán proyectos que tengan como finalidad la creación de un nuevo establecimiento de alojamiento turístico o restauración, como:
- Establecimientos hoteleros
- Apartamentos
- Viviendas turísticas
- Establecimientos de turismo rural
- Albergues turísticos
- Establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías, bares)
Líneas Específicas de Subvención
- Línea 1: Rehabilitación sostenible de edificios y adaptación de infraestructuras emblemáticas para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.
- Línea 2: Medidas de eficiencia energética en edificios emblemáticos para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.
- Línea 3: Mejora de la accesibilidad en edificios emblemáticos para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico.
Cuantía de la Ayuda
- Tipología A:
- 35% pequeñas empresas.
- 25% medianas empresas.
- 15% grandes empresas.
- Tipología B: Máx. 80 % de los costes subvencionables hasta 2.200.000 € por proyecto.
Plazo de Solicitud
Desde el 20/11/2023 hasta el 18/03/2024. Se concederán por orden de entrada, siempre y cuando el expediente esté completo.
2. Ayudas a la Promoción del Empleo Autónomo
Estas ayudas están dirigidas a personas que se dan de alta como autónomos y cumplen ciertos requisitos. En este caso, la entidad deberá estar constituida previamente a la presentación de la solicitud de subvención.
Requisitos
- Altas desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
- No haber percibido subvenciones al amparo de los distintos programas de empleo autónomo en los tres años anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
Cuantía de la Ayuda
- 2.000 € para personas desempleadas en general.
- 4.000 € para el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno de los siguientes colectivos:
- Personas menores de 30 años.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas desempleadas con discapacidad o en situación de dependencia.
- Personas desempleadas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social.
- Personas mayores de 55 años.
La cuantía base correspondiente se incrementará en un 25% en los siguientes casos:
- Si la persona incorporada es una mujer.
- En caso de que el centro de trabajo o domicilio fiscal de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural.
- Personas mayores de 45 años
- Si la persona incorporada es una persona emigrante retornada o extranjera.
- Personas trans.
- Profesiones y oficios en los que la mujer esté subrepresentada, según informe del Instituto Gallego de las Cualificaciones.
Estos incrementos son acumulables, y de este modo la cuantía máxima posible, de aplicarse todos los incrementos, sería de 10.000 €.
Plazo de Solicitud
Desde el 08/07/2023 hasta el 07/08/2023. Por concurrencia competitiva, sujeta a régimen de mínimis.
3. Subvenciones para Inversiones Empresariales en Activos Fijos
Estas subvenciones están destinadas a proyectos de inversión empresarial generales en activos fijos con una inversión ≥ a 50.000 € y ≤ a 900.000 €.
Tipos de Proyectos Subvencionables
- Creación de un nuevo establecimiento.
- Ampliación de capacidad de un establecimiento existente.
- Diversificación de la producción de un establecimiento existente en productos que anteriormente no se producían en el mismo (inversión > 200% del valor neto de activos que se reutilizan).
- Cambio fundamental en el proceso global de producción del producto o productos afectados por la inversión en el establecimiento.
Gastos Subvencionables
- Obra civil y otros conceptos inmobiliarios:
- Nueva construcción, reforma o rehabilitación de instalaciones llevadas a cabo sobre inmuebles o terrenos propiedad de la solicitante, o sobre los que la solicitante tenga un derecho de superficie o una concesión mínima de 5 años.
- Reformas de instalaciones realizadas en inmuebles alquilados. El arrendamiento deberá tener una vigencia mínima de 5 años.
- Adquisición de edificaciones o construcciones nuevas o usadas.
- La adquisición de terrenos hasta el límite del 10 % del total de los gastos subvencionables.
- La adquisición de maquinaria y equipamiento nuevos
- Las inversiones intangibles como la adquisición y el desarrollo de programas informáticos, así como la creación de páginas web, estudios y publicaciones.
- Los costes generales vinculados a los gastos de inversión del proyecto, tales como honorarios a técnicos y asesores, hasta el 12 % del coste total subvencionable.
- Los gastos notariales y registrales derivados del inicio de la actividad, así como la adquisición de patentes y licencias, derechos de autor y marcas inscritas.
Cuantía de la Ayuda
45% de los gastos subvencionables.
Plazo de Solicitud
Desde el 31/01/2023 hasta el 28/02/2023. Por concurrencia competitiva.
4. Ayudas para la Eficiencia Energética
Estas ayudas están dirigidas a empresas que realicen inversiones en la sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía.
Actuaciones Subvencionables
- Las inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del proceso productivo del sector industrial, así como de los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible. El ahorro energético mínimo requerido para ser subvencionable deberá ser de un 5 % respecto del consumo inicial.
- La renovación o mejora de equipos de instalaciones existentes de producción de calor y frío destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, por otras de alta eficiencia energética, seleccionados con base a un mayor rendimiento energético. El ahorro energético mínimo requerido para ser subvencionable deberá ser de un 20 % respecto del consumo inicial.
- La mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación existentes que lleven asociada una reducción anual, de al menos, un 40% respecto al consumo inicial en iluminación.
- Las inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones consumidores de energía del sector servicios, así como de los sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, por equipos e instalaciones que utilicen tecnología de alta eficiencia o la mejor tecnología, que implique un ahorro energético mínimo de un 20 % respecto del consumo inicial.
- Para contribuir a la comprobación de los resultados energéticos obtenidos será subvencionable la implantación de medidas de contabilización, monitorización y telegestión del consumo de energía asociadas a las actuaciones de ahorro para las que se solicita ayuda e incluso la implantación de sistemas de procesado avanzado de datos e inteligencia artificial aplicados a la optimización del consumo energético de la empresa en lo tocante al análisis de los consumos energéticos de las actuaciones subvencionadas.
- Será subvencionable la realización de auditorías energéticas y la implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la Norma ESO 50.001 por entidad acreditada durante el período de justificación que contribuyan a medir el ahorro energético derivado de la actuación.
Cuantía de la Ayuda
- Gran empresa: 35%
- Medianas empresas: 45%
- Pequeñas empresas: 55%
Plazo de Solicitud
Desde el 19/04/2022 hasta el 3/10/2022.
5. Bono para la Eficiencia Energética
Este bono está destinado a la renovación de equipos e instalaciones para mejorar la eficiencia energética en establecimientos.
Actuaciones Subvencionables
- Bono iluminación: renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates, por otros que utilicen tecnología LED y los elementos de control asociados.
- Bono instalaciones eléctricas: renovación de transformadores, incorporación o renovación de sistemas de alimentación ininterrumpida, compensación de energía reactiva, instalación de filtros economizadores o similares.
- Bono equipo: renovación del equipo consumidor de energía como cafeteras, lavavajillas, lavadoras, secadoras, planchas, vending, muebles frigoríficos, autoservicio y cualquier equipo de consumo energético propio del establecimiento, siempre que se pueda acreditar una calificación energética B o superior.
- Bono climatización: equipos que permitan reducir el consumo de energía de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Bono inmótica: sistemas domóticos y/o inmóticos que permitan gestionar la energía y el gasto energético de forma más eficiente.
Cuantía de la Ayuda
80 % de la inversión, con un máximo de 6.000 € por beneficiario.
Plazo de Solicitud
Desde el 10/01/2024 hasta el 26/06/2024. Por orden de entrada hasta agotamiento del crédito.
Tabla Resumen de Subvenciones Reactiva Pymes
| Tipo de Subvención | Beneficiarios | Cuantía | Plazo de Solicitud |
|---|---|---|---|
| Proyectos Turísticos en Galicia | Nuevos establecimientos turísticos | Hasta 80% de los costes (máx. 2.200.000 €) | 20/11/2023 - 18/03/2024 |
| Empleo Autónomo | Nuevos autónomos | 2.000 € - 10.000 € (según colectivo) | 08/07/2023 - 07/08/2023 |
| Inversiones en Activos Fijos | Empresas con inversiones ≥ 50.000 € | 45% de los gastos subvencionables | 31/01/2023 - 28/02/2023 |
| Eficiencia Energética | Empresas que inviertan en eficiencia energética | 35% - 55% (según tamaño de empresa) | 19/04/2022 - 03/10/2022 |
| Bono Eficiencia Energética | Establecimientos que renueven equipos | 80% de la inversión (máx. 6.000 €) | 10/01/2024 - 26/06/2024 |
Esta tabla resume las principales subvenciones Reactiva Pymes, sus beneficiarios, la cuantía de la ayuda y los plazos de solicitud. Es fundamental verificar los requisitos específicos de cada convocatoria y presentar la documentación necesaria en tiempo y forma.
