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Comunicación

Subvenciones para la Creación y Modernización del Comercio Electrónico en Ibiza y Baleares

by Admin on 26/05/2026

La transformación digital se ha convertido en una necesidad imperante para las empresas, especialmente para aquellas con presencia física que buscan expandir su alcance a través del comercio electrónico. En Ibiza y el resto de las Islas Baleares, diversas instituciones han lanzado programas de subvenciones y ayudas para impulsar la digitalización y modernización de negocios, con un enfoque particular en el desarrollo de plataformas de e-commerce y la mejora tecnológica.

Programas de Apoyo a la Digitalización y E-commerce

Programa Kit Digital: Un Impulso a la Transformación Empresarial

El Programa Kit Digital es una iniciativa gubernamental diseñada para impulsar la transformación digital de las empresas en España. Este programa, que forma parte de la iniciativa Acelera PYME, cuenta con una dotación de 3.000 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation. Gracias a esta inversión, los beneficiarios pueden acceder a un amplio catálogo de servicios digitales. Para participar, el primer paso es darse de alta en la web de Acelera Pyme y a continuación, consultar el catálogo de soluciones digitales que ofrece el programa.

Soluciones Digitales Subvencionables para E-Commerce

El principal objetivo de la categoría de comercio electrónico en el Kit Digital es crear tu página web de compraventa de productos y/o servicios que utilice medios digitales para su intercambio. Las soluciones disponibles incluyen:

  • Dominio: La solución incluye el dominio de tu web durante un plazo mínimo de doce meses.
  • Diseño de la página web: Como parte del servicio, tendrás la estructura de la web, con un mínimo de 3 apartados.
  • Creación de la tienda online o E-Commerce y alta del catálogo de productos: Tendrás a tu disposición un catálogo en tu tienda online, en el que estarán disponibles tus productos, mediante su alta, importación o carga.
  • Gestión de Clientes potenciales (Leads): Podrás dar de alta nuevos Leads de forma manual o mediante una importación por fichero. Los datos asociados a los Leads te permitirán su gestión comercial con el objetivo de convertirlos en clientes.
  • Gestión de oportunidades: Tendrás la posibilidad de gestionar todas las oportunidades de negocio que conlleven el envío al cliente potencial o Lead de ofertas y presupuestos.
  • Reporting, planificación y seguimiento comercial: Podrás realizar seguimiento mediante indicadores (KPI´s), listado de oportunidades, y otros, con diferentes niveles de agregación de información en función de tus necesidades. Podrás también generar informes para el seguimiento y monitorización de tu actividad comercial, contemplando ratios de eficiencia, estado de fases, pipeline y otros atributos medibles (como productos, cotizaciones, etc.), y según los canales, perfiles, roles y/o fases comerciales.

Hardware Elegible para la Transformación Digital (ejemplo)

Dentro del marco de la transformación digital, algunos programas pueden considerar la adquisición de equipamiento informático específico. Por ejemplo, un dispositivo elegible podría ser:

  • Un ordenador portátil o de sobremesa nuevo.
  • Un almacenamiento SSD mínimo de 512 GB de almacenamiento interno SSD NVMe. Todos los datos y documentos contenidos en el ordenador deberán estar protegidos por el encriptado/cifrado en reposo con el fin de garantizar la seguridad de los mismos.
  • Tarjeta gráfica dedicada o integrada, con una resolución mínima Full HD.
  • Tarjeta de red integrada de conectividad inalámbrica compatible con el estándar Wi-Fi 6 o superior.
  • Al menos 1 puerto USB 3.0 o superior, tipo C.
  • Un ratón óptico equipado con al menos dos botones y función scroll que asegure la funcionalidad completa del dispositivo.
  • Un lector de tarjetas inteligentes que cumpla el estándar ISO-7816.
  • Certificación MIL STD 810H o equivalente.

Cómo Solicitar y Obtener el Kit Digital | Guía Completa Paso a Paso 💼

Programa Pyme Digital: Estrategia y Cofinanciación para Baleares

El programa Pyme Digital es una iniciativa de la Cámara de España junto con las Cámaras de Comercio, entre las cuales Cambra Mallorca, y con el apoyo económico de Fondos Europeos y la Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital del Govern de les Illes Balears. El objetivo de este programa es impulsar la transformación digital de las pymes de Baleares. Se estructura en dos fases:

  1. Fase 1: Asesoramiento gratuito especializado e individualizado.
  2. Fase 2: Plan Personalizado de Implementación, con los proveedores seleccionados libremente por la empresa.

El coste elegible asociado será máximo de 7.000 € (IVA no incluido) + el 7% de gastos indirectos, siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 60% del coste elegible asociado a la inversión realizada según los términos y cuantías acordados en su plan de implantación, siempre y cuando se justifique la inversión realizada en los términos y plazos acordados. El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria fue del 16 de marzo al 18 de junio, tras la publicación de la convocatoria en el BOIB el 7 de marzo. Se tramitará exclusivamente en línea.

Exclusiones del Programa Pyme Digital

Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en:

  • La producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
  • La producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el artículo correspondiente.

Subvención del 80% para E-commerce, Web y Aplicaciones Informáticas (Convocatoria Anterior)

Las empresas del sector del comercio de Baleares tuvieron a su disposición una subvención para su modernización en la que destacaban las inversiones para la mejora tecnológica y digital encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial. Esta línea de ayudas incluía las aplicaciones informáticas y la creación o mejora de página web y/o comercio electrónico. La cuantía de la subvención era del 80% del coste del proyecto hasta un máximo de 9.000€, con la condición de que la actuación presentada debía tener un coste elegible mínimo de 2.000 euros (IVA excluido).

Beneficiarios de la Subvención del 80%

Los beneficiarios de esta línea de ayudas fueron titulares del comercio minorista, con establecimiento físico en territorio de las Islas Baleares ya existente, con sede social en las Illes Baleares, pertenecientes a los siguientes grupos de epígrafes del IAE:

  • Comercio: 641, 642, 643, 644, 645, 647 (todos los epígrafes, excepto el 647.5), 651, 652 (todos los epígrafes, excepto el 652.1), 653, 654.2 y 654.6, 656, 657, 659, 662.
  • Servicios: También pudieron solicitarla el sector servicios con establecimiento físico en territorio de las Illes Balears ya existente, con sede social en las Islas Baleares, pertenecientes a los grupos de epígrafes: 971, 972, 973.1, 975, 981.1 y 981.2.

Documentación Requerida (Ejemplo para Convocatoria Anterior)

Para esta subvención, la documentación a presentar incluía:

  • Modelo normalizado de solicitud y declaración responsable firmado, anexo 2.
  • Memoria explicativa de la actuación firmada con facturas y justificante de pago. Si estaba pendiente de llevarse a cabo, memoria explicativa con la valoración económica de los gastos correspondientes, mediante la aportación de los presupuestos o las facturas proforma.
  • En el caso de empresas, también debía presentarse:
    • Fotocopia de la escritura de constitución.
    • Fotocopia del documento fehaciente que acreditase la representación, por cualquier forma válida en derecho, de la persona que actuaba en nombre de la organización solicitante.

El periodo de elegibilidad para las facturas y sus pagos estaba comprendido entre el 16 de septiembre de 2021 y el 15 de septiembre de 2022, y el plazo de presentación finalizó el 1 de abril (estas fechas corresponden a una convocatoria ya cerrada).

Ayudas para la Modernización del Comercio Minorista del Govern de les Illes Balears (Próxima Convocatoria)

El Gobierno de las Islas Baleares convoca ayudas para la modernización de las empresas comerciales minoristas y determinados servicios, así como para la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios emblemáticos. Los beneficiarios son personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes, con establecimiento ya existente en el territorio de las Islas Baleares, con sede social en las Islas Baleares, que realicen venta presencial.

Actuaciones Subvencionables

Son actuaciones subvencionables:

  • Inversiones en equipamiento informático para la mejora tecnológica y digital encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial.
  • Inversiones que impliquen un avance hacia una economía baja en carbono, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad.
  • Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
  • Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la modernización del establecimiento.
  • Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la mejora de la imagen del establecimiento.
  • Obras y reformas en general que comporten la mejora y modernización del establecimiento.

El plazo de presentación de solicitudes para esta línea de ayudas es del 22 de marzo al 22 de abril de 2025.

Líneas de Ayuda Generales del Consejo Insular de Ibiza

El Consejo Insular de Ibiza convoca líneas de ayudas dirigidas a diferentes tipos de beneficiarios para el fomento de la actividad económica en la isla. Las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que sean titulares de un negocio del grupo o epígrafe correspondientes pueden ser beneficiarias.

Línea 1: Servicios Específicos

Esta línea se dirige a negocios englobados en los siguientes epígrafes del IAE:

  • 722.2. Servicios prestados al público por las agencias de viajes.
  • 755.1. Servicios a otras agencias de viajes.
  • 981. Jardines, parques recreativos o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje.
  • 982.4. Otras atracciones, comercio al por menor y servicios de restauración propios de ferias y verbenas.
  • 989.2. Servicios de organización de congresos, asambleas y similares.

Línea 2: Comercio y Servicios

Esta línea abarca una gama más amplia de actividades, incluyendo:

  • Grupos: 611. Comercio mayorista de toda clase de mercancías; 612. Comercio mayorista de materias agrarias, productos alimentarias, bebidas y tabacos; 671. Servicios en restaurantes; 672. Servicios en cafeterías; 673. Servicios en cafés y bares, con o sin comida; 676. Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías; 677. Servicios prestados por establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673, 681 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de dichos establecimientos.
  • Epígrafes: 932.1. Enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional, no superior; 933.9. Otras actividades de enseñanza; 942.2. Balnearios y baños de agua dulce y de mar; 967.1. Instalaciones deportivas; 967.2.

Requisitos y Documentación General

Para la tramitación de estas ayudas, se requiere la siguiente documentación obligatoria:

  • Anexo I - Solicitud LINEA 1 o Anexo II - Solicitud LINEA 2, según corresponda.
  • Título habilitante para el ejercicio de la actividad o acreditación de haberlo solicitado previamente a la concesión de la subvención, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (o antigua licencia de apertura), en vigor y a nombre de la persona física o jurídica solicitante, en el supuesto de que la ley de actividades lo obligue a su posesión para el ejercicio de la actividad.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social donde se acredite la media anual de trabajadores del 2020.
  • Certificado de situación censal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) donde se acredite que la persona física o jurídica solicitante de la ayuda tiene domicilio fiscal en la isla de Ibiza, consta de alta en el epígrafe del impuesto de actividades económicas indicado en la solicitud de la presente ayuda en el momento en que se adoptó el Acuerdo del Gobierno de fecha 11 de enero de 2021 por el cual se establece el nivel 4 de alerta sanitaria en la isla de Ibiza y que continúa el ejercicio de su actividad en el momento de la solicitud de la presente ayuda, u otros certificados expedidos por la AEAT donde quede acreditado lo anterior.
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con: Agencia Tributaria del Estado, Agencia Tributaria de las Islas Baleares y Seguridad Social.
  • Otra documentación:
    • Anexo III - Declaración responsable para agrupaciones de personas sin personalidad jurídica (obligatorio solo para los solicitantes sin personalidad jurídica).
    • Anexo IV - Declaración responsable de otorgamiento de otras ayudas (solo en caso de haber sido beneficiario de otras ayudas).
    • Solicitud de alta o modificación de datos como acreedor del Consejo Insular de Ibiza (no es necesario presentarlo si ya se ha hecho anteriormente y no han cambiado los datos).

Procedimiento y Plazos

La tramitación de estas líneas de ayuda se realiza exclusivamente en línea, en la sede electrónica del Consejo Insular de Ibiza o en las otras formas que dispone el artículo correspondiente. El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificarlo es de seis meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Cualquier recurso de alzada se podrá presentar ante la Comisión de Gobierno, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación.

Resumen de Subvenciones para E-commerce y Digitalización en Baleares

A continuación, se presenta un resumen de los principales programas de ayuda para la creación y modernización del comercio electrónico y la digitalización empresarial en las Islas Baleares:

Programa Entidad Convocante Objetivo Principal Cuantía/Financiación Beneficiarios Clave Actuaciones Específicas E-commerce Estado/Plazos Relevantes
Kit Digital Gobierno de España Impulsar la transformación digital de pymes y autónomos. Bonos digitales (variable según segmento). Pymes y autónomos en todo el territorio español. Creación web, e-commerce, gestión de clientes, inteligencia de negocio. Convocatoria abierta por segmentos. Alta en Acelera Pyme.
Pyme Digital Cámara de España, Govern Balear Impulsar la transformación digital de pymes de Baleares. 60% del coste elegible (máx. 7.000€ + 7% gastos indirectos). Pymes con sede social en Baleares (excluye producción primaria). Plan personalizado de implementación digital. Plazo de presentación: 16 de marzo al 18 de junio (convocatoria reciente).
Subvención 80% E-commerce y Web Govern de les Illes Balears Modernización tecnológica y digital para potenciar el comercio electrónico. 80% del coste (hasta 9.000€, mín. 2.000€ de coste elegible). Comercio minorista y servicios con establecimiento físico en Baleares (IAEs específicos). Creación/mejora de web y/o e-commerce, aplicaciones informáticas. Plazo de presentación: Finalizó 1 de abril (convocatoria pasada). Periodo elegibilidad: 16/09/2021 a 15/09/2022.
Modernización Comercio Minorista Govern de les Illes Balears Modernización de empresas comerciales minoristas y servicios, fomento de e-commerce. No especificado en el texto. Personas físicas/jurídicas, agrupaciones con establecimiento existente y venta presencial en Baleares. Inversiones en equipamiento informático para potenciar el comercio electrónico. Plazo de presentación: 22 de marzo al 22 de abril de 2025 (próxima convocatoria).
Líneas Generales Consejo Insular Ibiza Consejo Insular de Ibiza Apoyo a negocios de diversos sectores en Ibiza. No especificado en el texto. Personas físicas/jurídicas, agrupaciones titulares de negocio (IAEs específicos: Línea 1 y Línea 2). No explícitamente e-commerce, pero podría cubrir iniciativas de digitalización general. Plazo de resolución: 6 meses desde publicación en BOIB.

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