Ayuda de 200 euros para autónomos: Requisitos, solicitud y plazos
El Gobierno español ha implementado diversas medidas para mitigar el impacto del encarecimiento de la energía y la inflación, impulsados por la situación internacional. Dentro de este marco, el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, y un posterior plan anticrisis extendido a finales de 2022, recogen diferentes ayudas destinadas a aliviar la carga económica de los ciudadanos, entre ellas, una bonificación de 200 euros para personas vulnerables, incluyendo a los trabajadores por cuenta propia.
Esta ayuda es una de las iniciativas clave junto con la rebaja del IVA de la luz del 10% al 5% y el descuento de 20 céntimos por litro de gasolina. Todas estas medidas, según el Presidente, se pretenden extender hasta final de año.
¿Quién puede solicitar la ayuda de 200 euros?
La ayuda de 200 euros está dirigida a personas físicas, tanto particulares como autónomos, que cumplan con ciertos criterios de ingresos y patrimonio.
Requisitos para autónomos
- Ser trabajador autónomo del RETA.
- Haber obtenido unos ingresos inferiores a 14.000 euros en el cómputo anual de 2021. Para la nueva convocatoria a finales de 2022, los ingresos de la unidad familiar deben ser inferiores a 27.000 euros al año.
- Residir de forma habitual en un domicilio donde la suma total de las rentas percibidas por todos los convivientes no supere los 14.000 euros (en 2021) o 27.000 euros (para la convocatoria de finales de 2022).
- Tener su residencia efectiva y legal en España a fecha 31 de diciembre de 2022.
- Que el patrimonio no exceda de 43.196,40 euros anuales (para la convocatoria de julio de 2022) o 75.000 euros (para la convocatoria de finales de 2022, excluyendo la vivienda habitual).
Requisitos para particulares
- La unidad familiar debe tener unos ingresos inferiores a los 27.000 euros al año.
- El patrimonio no debe exceder de 75.000 euros, excluyendo la vivienda habitual.
- Tener la condición de residente legal en España a fecha 31 de diciembre de 2022.
- Quienes se encuentren en una situación legal de desempleo y estén inscritos en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) también pueden solicitarla.
Exclusiones
Existen ciertas situaciones que impiden optar a esta ayuda:
- Quienes perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Quienes fueran administradores de derecho de una entidad mercantil a fecha 31 de diciembre de 2022.
- Pensionistas y perceptores de prestaciones análogas por ser trabajadores por cuenta propia o no contributivas de la Seguridad Social.
¿Cómo se solicita la ayuda de 200 euros?
La tramitación de esta bonificación se realiza de forma íntegramente electrónica y mediante procedimientos automatizados, lo que permite acortar los plazos de resolución. La gestión debe hacerse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. No se admite la presentación de forma presencial en papel en ningún caso.
Medios de identificación digital necesarios
Para poder realizar la solicitud, los interesados deben identificarse de forma fehaciente a través de medios digitales:
- Certificado electrónico: Instalado en su dispositivo. Si no se cuenta con él, se puede solicitar a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
- DNI electrónico: Debe estar activado y es necesario disponer de un lector o un dispositivo con NFC.
- Cl@ve: Hay que registrarse y descargar una aplicación para recibir los códigos de verificación en cada trámite.
Pasos para hacer la solicitud
- Acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y entrar en el apartado que se refiere a la solicitud de la ayuda.
- Acreditar la identidad del solicitante a través de alguno de los medios señalados anteriormente.
- Una vez en el formulario, indicar DNI o NIE, nombre y apellidos, un número de teléfono, el número de cuenta corriente en la que se va a recibir la ayuda de 200 euros, y la referencia catastral del inmueble en el que se residió el año pasado. La referencia catastral se puede comprobar en cualquier recibo del IBI o en la web del Catastro.
- Marcar las casillas correspondientes según la situación personal y familiar.
- Revisar el formulario. Si aparecen avisos, se puede enviar la solicitud. Si hay errores, es necesario corregirlos para poder enviarla.
- Pulsar sobre la opción de "firmar y enviar". El solicitante obtendrá un justificante que acredita que ha solicitado la ayuda de 200 euros.
Plazos y abono de la ayuda
El plazo para solicitar esta ayuda estuvo abierto desde el pasado 15 de febrero, y se pudieron presentar solicitudes hasta el 31 de marzo. Anteriormente, la ayuda se pudo solicitar desde julio de 2022.
La Administración tiene un plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes para efectuar el abono de la ayuda, una vez concedida. No obstante, la previsión es que el dinero se reciba en unos dos meses desde la fecha de la solicitud.
El pago de la subvención se efectuará en un único abono del 100% del importe concedido mediante transferencia bancaria. Es necesario indicar una cuenta bancaria titularidad del solicitante para poder efectuar el pago de la ayuda.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.
La ayuda total destinada a esta medida se estima en 540 millones de euros. De este importe, la cantidad correspondiente al NIF de los posibles beneficiarios residentes en determinadas comunidades autónomas se transferirá a instituciones navarras e instituciones vascas.
Ayuda de 200 EUROS!! Cómo, cuándo y requisitos
Información adicional
Cuantías de otras ayudas relacionadas (hasta 2026)
Dicha orden regulará tres líneas de ayudas con un periodo subvencionable comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre de 2026. Sobre las cuantías, para las personas trabajadoras autónomas las ayudas consistirán en un importe a tanto alzado de 200 euros, con un máximo de 2.000 euros por persona beneficiaria.
Información de contacto
Para información general, puedes llamar al teléfono de Información Tributaria Básica: 91 554 87 70 o 901 33 55 33.
Tabla de Requisitos para la Ayuda de 200 Euros
| Requisito | Convocatoria 2022 (Real Decreto-ley 11/2022) | Convocatoria Finales 2022 (Plan anticrisis) |
|---|---|---|
| Ingresos anuales (individual o unidad familiar) | Menor a 14.000 euros (2021) | Menor a 27.000 euros (unidad familiar) |
| Patrimonio (excluyendo vivienda habitual) | Menor a 43.196,40 euros | Menor a 75.000 euros |
| Residencia legal en España | Sí | A fecha 31 de diciembre de 2022 |
| Beneficiarios | Autónomos del RETA y desempleados | Particulares y autónomos |
| Exclusiones | Perceptores IMV, administradores de entidad mercantil, pensionistas y perceptores de prestaciones análogas | |
