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Comunicación

Compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con la Actividad Autónoma

by Admin on 17/05/2026

El Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación que lleva ya tres años en marcha, permite a las familias asegurarse una renta mínima para poder subsistir. Esta ayuda sirve para completar los ingresos que necesitan las personas para alcanzar el ‘mínimo vital’, una cantidad mínima de dinero que se establece anualmente. Aunque, en un principio, parece estar pensada para trabajadores con bajos ingresos y personas desempleadas, también hay muchos autónomos que podrían necesitar este subsidio.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

El Ingreso Mínimo Vital, por sus siglas ‘IMV’, es un subsidio que puso en marcha el Gobierno hace tres años para garantizar que todas las personas puedan tener garantizada una renta mínima para subsistir. Desde aquel entonces, se estima que hay más de 2,3 millones de personas y alrededor de 775.000 hogares cobrando esta ayuda. Como su propio nombre indica, este subsidio sirve para que ningún español cobre menos de una determinada cantidad, que se establece cada año por Ley, y que se considera el ingreso mínimo para vivir.

El IMV se configura como un derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. Además, persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias, operando como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad.

De hecho, el IMV funciona por límites de renta que establece cada año la Seguridad Social. Estos umbrales de ingresos cambian según si el beneficiario tiene o no hijos a su cargo, el número de componentes de la unidad familiar e incluso la tipología de familia - por ejemplo, si es o no monoparental. Aunque esta prestación no tiene límites temporales, sí exige no superar determinados umbrales de renta o patrimonio para poder acceder.

Cualquier persona que cumpla estos límites y otras condiciones generales, independientemente de qué tipo de beneficiario sea, podría tener derecho al Ingreso Mínimo Vital.

Compatibilidad del IMV con la Actividad por Cuenta Propia

El Ingreso Mínimo Vital es una renta mínima universal, lo que significa que cualquier persona física en España tiene derecho a cobrar esta ayuda, siempre y cuando cumpla los requisitos de ingresos y patrimonio para hacerlo. Este sería también el caso de los autónomos.

Esta prestación viene regulada por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital. Según esta Ley podrán ser beneficiarias del IMV todas las personas físicas integrantes de una unidad de convivencia o las personas que, sin ser parte de una unidad familiar, tengan más de veintitrés años. A lo largo de esta norma, se hace referencia al nivel de renta o al patrimonio como condiciones para poder percibir el IMV, pero no a la fuente de ingresos del beneficiario. La ley se refiere en todo momento a personas físicas, quedando excluidas por lo tanto de solicitar esta prestación las sociedades jurídicas (las empresas). De este modo, la norma no excluye en ningún momento en su apartado de beneficiarios a los trabajadores por cuenta propia siempre que sean persona física. De hecho, la Ley permite compatibilizar esta prestación con un sueldo y con los ingresos de una actividad económica.

¿Si me hago autónomo pierdo el IMV?

El Ingreso Mínimo Vital es una renta compatible tanto con el alta en el Régimen General, como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). De hecho, este subsidio está también concebido para poder completar las rentas que cobran las personas hasta alcanzar el mínimo que se estipule cada año. Cualquier emprendedor que quiera poner en marcha un negocio y darse de alta como autónomo podrá seguir percibiendo el Ingreso Mínimo Vital siempre y cuando los beneficios que obtenga de su negocio no superen el nivel de renta permitido.

Ahora, un nuevo Real Decreto (RD) -240/2026- permite la compatibilidad de esta prestación con la actividad por cuenta ajena y la actividad por cuenta propia, siempre que no se supere determinado nivel de ingresos en el año. El sistema perdona una parte importante del incremento, por ejemplo, de 4.000 euros de ingresos solo cuentan 2.000 euros. Estas exenciones tendrán periodicidad anual y se irán revisando con la actualización del IMV. El IMV es compatible con otras prestaciones autonómicas, como Renta Mínima Social de Andalucía, pero NO acumulable.

Cálculo y Cuantías del Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital no es una ayuda como otra cualquiera, ya que está pensado para completar los ingresos de los beneficiarios. Concretamente, este subsidio es "la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos del beneficiario". Existirá derecho a percibir el IMV siempre y cuando los ingresos de la persona o unidad de convivencia sean inferiores a la renta garantizada.

Para un beneficiario individual, el 100% del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. En 2026 son 733,6 euros. Para la unidad de convivencia la cuantía anterior aumenta en un 30% por cada miembro adicional a contar a partir del segundo, con un máximo del 220%. En todo caso, la cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio anterior.

Para 2025, la cuantía mensual de la renta garantizada dependerá de cuántas personas vivan en la unidad de convivencia y de la tipología de familia de la que se trate:

Tabla de Cuantías Mensuales Garantizadas del IMV (2025)

Tipo de Unidad de Convivencia Cuantía Mensual Garantizada (Euros)
Beneficiario individual 658,81
1 adulto y 1 menor / 2 adultos 856,46
1 adulto y 2 menores / 2 adultos y 1 menor / 3 adultos 1.054,00
1 adulto y 3 menores / 2 adultos y 2 menores / 3 adultos y 1 menor / 4 adultos 1.251,75
1 adulto y 4 o más menores / 2 adultos y 3 o más menores / 3 adultos y 2 o más menores / 4 adultos y 1 menor 1.449,39
Familias Monoparentales (con guarda y custodia exclusiva)
1 adulto y 1 menor 1.001,40
1 adulto y 2 menores 1.199,04
1 adulto y 3 menores 1.396,69
1 adulto y 4 o más menores 1.594,33

De esta manera, por ejemplo, si un autónomo viviera solo y tuviera 500 euros de beneficio por su negocio, su renta garantizada sería de 658,81 euros al mes y se le pagarían 158,81 euros al mes de IMV. Sin embargo, si con esos mismos 500 euros vivieran él, su pareja y un hijo menor, tendría garantizada una renta de 1.054 euros y le corresponderían 554 euros de IMV.

🔴 Requisitos para Solicitar el Ingreso Mínimo Vital en España (2026)

Requisitos para Acceder al IMV siendo Autónomo

Los autónomos que quieran acceder al Ingreso Mínimo Vital tendrán que cumplir algunos requisitos, que fundamentalmente se basan en la residencia, el nivel de ingresos en el año anterior y el valor del patrimonio:

  • Tener residencia en España: El autónomo como beneficiario individual o los miembros de la familia solicitante del Ingreso Mínimo Vital deben tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a presentar la solicitud. Si se trata de personas de entre 23 y 29 años deberán haber tenido residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, salvo que hayan abandonado el domicilio habitual por ser víctimas de violencia de género, hayan iniciado trámites de separación o divorcio u otras circunstancias que se determinen.
  • No superar el nivel permitido de rentas el año anterior: Para que se entienda que un beneficiario está en situación de vulnerabilidad y tiene derecho al Ingreso Mínimo, deberá haber tenido unas rentas en el ejercicio anterior por debajo del límite que se establece cada año. Estas rentas, en el caso de los autónomos, se calcularían con los rendimientos netos de su negocio, es decir, los beneficios que se declaran en la RENTA cada año. Además, computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas. En 2025, existen límites específicos que deben ser consultados.
  • No superar el nivel de patrimonio permitido el año anterior: Para acceder al Ingreso Mínimo Vital tampoco se puede superar el nivel de patrimonio permitido. Esta valoración se hace calculando los activos no societarios sin contar la vivienda habitual de la unidad de convivencia. El patrimonio máximo permitido para poder tener derecho a percibir el IMV es de 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio neto también aumentará según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia. En 2025, existen límites específicos que deben ser consultados.
  • No formar parte de otra unidad de convivencia. La unidad de convivencia debe estar constituida de forma continuada durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.

Excepciones al requisito de residencia de 1 año:

  • Menores incorporados a la unidad de convivencia por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
  • Personas víctimas de trata de seres humanos y de explotación sexual, que deben acreditar tal condición con un informe de los servicios públicos o por los servicios sociales.
  • Las mujeres víctimas de violencia de género, acreditando su condición mediante sentencia condenatoria, orden de protección, resolución judicial de medida cautelar, o informe del Ministerio Fiscal.

Obligaciones para el Mantenimiento del IMV

Una vez que perciban esta prestación, los autónomos deberán cumplir una serie de obligaciones para conservar el IMV, según el artículo 36 de la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital:

  • Proporcionar la documentación e información precisa en orden a la acreditación de los requisitos y la conservación de la prestación, así como para garantizar la recepción de notificaciones y comunicaciones.
  • Comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación, en el plazo de treinta días naturales desde que estos se produzcan. También habrá que hacer lo mismo con los cambios de domicilio o padrón.
  • Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas.
  • Comunicar a la entidad gestora, con carácter previo, las salidas al extranjero, tanto del titular como de los miembros de la familia.
  • Presentar anualmente declaración correspondiente al IRPF, es decir, la RENTA.

La suspensión del derecho al ingreso mínimo vital implicará la suspensión del pago de la prestación a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se produzcan las causas de suspensión o a aquel en el que se tenga conocimiento por la entidad gestora competente y sin perjuicio de la obligación de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas. El fallecimiento de la persona titular también suspende el derecho, aunque en unidades de convivencia, cualquier otro miembro que cumpla los requisitos podrá presentar una nueva solicitud.

Cómo Saber si un Autónomo Puede Acceder al IMV: El Simulador

Los autónomos que tengan bajos ingresos y se estén planteando solicitar el Ingreso Mínimo Vital pueden acceder al simulador de la Seguridad Social para prever si tendrán o no derecho a esta prestación. Debido a las distintas condiciones para optar al IMV, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado esta herramienta digital que te indicará si puedes o no solicitar esta ayuda.

Una vez dentro deberá pulsar sobre “Iniciar solicitud” e indicar la provincia donde reside. Cuando ya haya completado estas indicaciones iniciales se abrirá un formulario en el que se le plantearán una serie de preguntas previas que servirán para realizar una simulación con la que le indicarán si, inicialmente, cumple los requisitos para recibir esta prestación y su importe aproximado. Esta simulación tiene un valor puramente informativo.

Si el simulador te indica que puedes solicitar esta prestación, también te mostrará cuál es el importe de renta garantizada que te corresponde de acuerdo a tus condiciones. Debes considerar que la cuantía que recibirás será la diferencia entre dicho importe y tus ingresos mensuales. Además, deberá desplazarse por el formulario del simulador utilizando los botones de ‘Anterior’ y ‘Siguiente’ de la barra inferior a la hora de responder las preguntas. Cualquiera que sea el resultado de la simulación, el autónomo podrá, si lo desea, continuar y formular su solicitud.

Cómo Solicitar el Ingreso Mínimo Vital siendo Autónomo

Si una vez hecha la simulación, el autónomo cree que cumple los requisitos y tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital, puede solicitar la prestación de forma presencial en las oficinas de la Seguridad Social, por internet, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y por correo. El derecho a la prestación nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Solicitud Presencial

Para hacerlo de forma presencial, deberá solicitar cita previa al INSS y aportar toda la documentación necesaria.

Solicitud por Internet (Sede Electrónica)

Si prefiere hacerlo por internet, tendrá varias opciones:

  • Con certificado digital: Podrá acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y cumplimentar el formulario con sus datos personales e información referente a su domicilio, unidad de convivencia, ingresos, situación laboral, entre otros.
  • Sin certificado digital: El autónomo deberá presentar la solicitud desde imv.seg-social.es. Lo primero será seleccionar cómo iniciar la solicitud. El sistema pedirá primero ingresar los datos personales y los de la unidad de convivencia (si es el caso). Posteriormente, la plataforma pedirá adjuntar la documentación. Finalizada la solicitud la Seguridad Social generará un código para consultar el estado de la solicitud IMV.

La identidad, tanto de las personas solicitantes como de las que forman la unidad de convivencia, se acreditará mediante el documento nacional de identidad en el caso de los españoles y mediante el documento nacional de identidad de su país de origen o de procedencia, o la tarjeta de identificación de extranjero, o el pasaporte, en el caso de los ciudadanos extranjeros que, además, deben aportar el número personal de identificación (NIE) si no consta en los documentos presentados para acreditar la identidad o la residencia legal en España. La existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o documento público en el que conste la constitución de dicha pareja. No estar unido a otra persona por vínculo matrimonial o pareja de hecho, se acreditará por declaración jurada o afirmación solemne del propio sujeto que constará en la propia solicitud de la prestación. La condición de víctima de trata de seres humanos y de explotación sexual se acreditará a través de un informe emitido por los servicios públicos encargados de la atención integral a estas víctimas o por los servicios sociales.

Después de completar su solicitud, la web de la Seguridad Social le proporcionará un código con el que podrá hacer el seguimiento de su expediente. A partir de este momento tendrá que esperar de 3 a 6 meses para obtener una respuesta.

Como autónomo, la prestación del Ingreso Mínimo Vital puede ayudarte si tu situación es precaria y tus ingresos no cubren tus necesidades básicas.

Consideraciones Adicionales sobre el IMV y el Empleo

La cuantía del IMV es ligeramente superior a la media de las Rentas Mínimas de Inserción de las Comunidades Autónomas en 2018 (463,1€). El objetivo del IMV es aumentar la cobertura de las rentas de inserción de las CCAA, simplificando los trámites de acceso, para que ninguna persona en situación de vulnerabilidad se quede desamparada.

¿Va el Ingreso Mínimo Vital a desincentivar la búsqueda de empleo?

Nadie quiere tener menos ingresos si puede elegir. Lo que muestran todas las experiencias de los países que han puesto en marcha sistemas de ingresos mínimos similares al IMV, e incluso de algunas CCAA de nuestro país, es que mejoran la situación personal de los beneficiarios y a la larga las posibilidades de encontrar empleo. Por otro lado, hay que tener en cuenta que nuestro país tiene unos niveles de desempleo históricamente muy altos que impiden que todo el que quiere, pueda trabajar. Además, mucha gente que trabaja se ve obligada a aceptar trabajos precarios (temporales o a tiempo parcial) que les impiden alcanzar unos ingresos suficientes. Casi un 15% de quienes antes de esta crisis tenían un empleo eran trabajadores pobres.

Además, el IMV está diseñado para generar incentivos al empleo y al emprendimiento. En primer lugar, porque, a diferencia de otras prestaciones o ayudas sociales, su percepción es compatible con tener un trabajo o establecerse como autónomo/a, lo cual va a ayudar a evitar que quienes lo cobran acaben en la economía informal. Nadie trabaja en la economía informal por gusto. Pero, además, el IMV está diseñado para desincentivar esa economía informal, ya que, a diferencia de la gran mayoría de prestaciones y ayudas sociales, es compatible con la percepción de ingresos salariales o de las actividades de los autónomos/as.

Esta prestación es indefinida. Esto quiere decir que se seguirá cobrando mientras dure la situación de falta de ingresos, aunque su cuantía se adaptará en el caso de aumento o pérdida de ingresos laborales o de otro tipo con los que el IMV es compatible. A partir de que sea concedida, el único control que se realizará será el del mantenimiento de la situación de falta de ingresos. Podrás seguir disfrutando de la prestación, que únicamente se reducirá al tener en cuenta tus mayores ingresos. No obstante, existirá un complemento o “estímulo al empleo”: una parte de esos nuevos ingresos que obtengas no computarán para el cálculo de la prestación.

tags: #autonomo #ingreso #minimo #vital #compatibilidad

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