Obligaciones de los Empresarios con la Seguridad Social en España
La Seguridad Social en España impone una serie de obligaciones a los empresarios para garantizar la protección social de los trabajadores. Estas obligaciones abarcan desde la afiliación y cotización hasta la prevención de riesgos laborales y la igualdad en el ámbito laboral.
Afiliación y Cotización
El empresario está obligado a afiliar al trabajador en el sistema de la Seguridad Social, así como a solicitar el alta en el régimen que corresponda, cuando sea el primer trabajo de éste y, debe hacerlo con anterioridad a la prestación de servicios (con una antelación máxima de 60 días). El empresario deberá conservar durante cinco años los justificantes de haber cumplido las obligaciones de alta y baja de sus trabajadores en la empresa.
La cotización a la Seguridad Social, sea cual sea el régimen que corresponda, es obligatoria. La cotización se cubre con las aportaciones de empresarios y trabajadores. Están obligados al pago a la Seguridad Social de la parte de la cuota que les corresponde, tanto el empresario como el trabajador. La obligación de cotizar se extingue por el cese en el trabajo, siempre que se comunique la baja. La obligación del pago de las cotizaciones prescribe a los cinco años a contar desde la fecha en que finalice el plazo reglamentario de ingreso.
Bases de Cotización
Además, no forma parte de la base de cotización las cantidades que excedan de la base máxima establecida para cada grupo de cotización. Se fijan anualmente por el Gobierno, estableciéndose los tipos correspondientes a la aportación de la empresa y trabajador por cada contingencia.
- Contingencias Profesionales: cubre los riesgos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales producidas por consecuencia del trabajo por cuenta ajena.
- Contingencias profesionales y otras contingencias (desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial): se aplican las reglas anteriores y se deben tener en cuenta las horas extraordinarias.
La remuneración de las horas extraordinarias está sujeta a una cotización adicional por parte de empresarios y trabajadores, con arreglo a los tipos que se establezcan en las leyes anuales de Presupuestos.
A continuación, se muestran los porcentajes de cotización para horas extraordinarias:
- Horas extraordinarias en general 28,3% (23,6% a cargo de la empresa y 4,7% a cargo del trabajador. Se cotiza dentro del apartado contingencias profesionales y otras descrito anteriormente.
Gestión Recaudatoria
La gestión recaudatoria de las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de Seguridad Social, es competencia exclusiva de la Tesorería General de la Seguridad Social a través de sus direcciones provinciales.
- Período voluntario: cuando se efectúa el ingreso en el plazo establecido. El pago de las cuotas puede efectuarse en cualquier entidad financiera autorizada para actuar como oficina recaudadora, que devolverá los ejemplares sellados como justificante de ingreso.
- Período ejecutivo: cuando no se cumplen las obligaciones en el plazo anterior. El pago se ha de realizar en el plazo, lugar y forma que cada régimen establece. La falta de pago da lugar a la apertura del procedimiento recaudatorio en vía voluntaria y, en su caso, en vía ejecutiva, así como al incremento de los recargos, intereses y costas exigibles.
Se pueden solicitar aplazamientos del pago, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, cuando por circunstancias económicas no se pueda realizar. Las solicitudes se resuelven y tramitan por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Prevención de Riesgos Laborales
El empresario debe tomar las medidas legalmente establecidas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. La función inspectora en materia de prevención de riesgos laborales corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales de la Generalitat de Catalunya.
Otros Aspectos Relevantes
- LOPD: La LOPD afecta a las personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones…) a las personas físicas (trabajadores autónomos) y a las administraciones públicas.
- Registro Diario de Jornada: La empresa tiene el deber de garantizar el registro diario de la jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente.
- Conservación de Documentación: El empleador debe conservar, durante cuatro años, la documentación, registros o soportes informáticos en los que se hayan transmitido los correspondientes datos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones en materia de afiliación, altas, bajas o variaciones, así como los documentos de cotización y los recibos justificativos del pago.
- Bajas Médicas: La nueva norma legal obliga al médico de cabecera, la mutua y la empresa colaboradora de la Seguridad Social a enviar de forma telemática los datos del proceso de baja médica a la propia empresa.
- Seguro Obligatorio: Es obligatorio contratar el seguro, según lo que establezca el convenio colectivo del sector. La suscripción de este seguro también debe reflejarse en las nóminas de los trabajadores.
- Transparencia Salarial: La transparencia salarial implica la información retributiva de cada puesto de trabajo. Los salarios estarán segregados por sexo. Este registro incluirá la media aritmética y la media de lo realmente percibido por categoría o puestos de igual valor, diferenciando el salario, de los complementos y las percepciones extrasalariales.
- Igualdad de Oportunidades: De acuerdo con la Ley de Igualdad, todas las empresas deben velar por la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y deben adoptar medidas, previa negociación o consulta con la representación legal de las personas trabajadoras, con el fin de evitar cualquier tipo de discriminación entre mujeres y hombres en su organización.
- Acoso Sexual y Acoso: Todas las empresas y organizaciones están obligadas a promover un sistema interno de prevención, detección y corrección de situaciones de acoso sexual y acoso.
- Derecho a la Desconexión Digital: Poder desconectar de nuestras obligaciones del trabajo fuera del horario laboral es fundamental para lograr una buena armonía entre vida personal y laboral.
- Plan de Igualdad: Este plan, de obligado cumplimiento, detalla un conjunto de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de estas personas, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra ellas.
Tipos de Contratos
- El contrato temporal por circunstancias de la producción para situaciones imprevisibles o por desajuste temporal de empleo no podrá durar más de seis meses, ampliables a otros seis meses.
- El trabajador temporal será fijo si acumula 18 meses de trabajo en dos años.
- El contrato fijo discontinuo se establece para trabajos de naturaleza estacional o de temporada, con períodos de ejecución ciertos.
