Funciones de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento en Andalucía
El artículo 37.1.13.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece entre los principios rectores de las políticas públicas el fomento de la capacidad emprendedora, la investigación y la innovación. Se reconoce además en estos ámbitos la necesidad de impulsar la labor de las universidades andaluzas.
Andalucía es, con un 17,3% de la superficie española, la segunda Comunidad Autónoma territorialmente más extensa y la más poblada, con casi el 18% de la población nacional. Es la tercera economía de España por volumen de PIB. En cuanto a su PIB per cápita, está en el 74% de la media española y en el 56% de la europea.
Estos datos ponen de manifiesto que la economía andaluza, en relación con la española, se caracteriza por un mayor peso relativo en actividades intensivas en recursos naturales, mayor debilidad en el tejido industrial y menor peso en las actividades basadas en tecnología y conocimiento. Los sectores de menor nivel de valor añadido y menos exigentes en empleos cualificados están más presentes en la economía andaluza que en otras regiones españolas más desarrolladas.
Para avanzar en la renovación del modelo productivo es pues necesario intensificar y consolidar el tejido industrial de Andalucía y en el marco de éste los subsectores industriales con un mayor componente tecnológico y con mayor capacidad de innovación.
Ley de Fomento del Emprendimiento
El Papel de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
El artículo 1.1 del Decreto 104/2019 atribuye a la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad las competencias relativas al impulso de la actividad económica de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la planificación económica, la coordinación y supervisión de todos los planes sectoriales y horizontales en el marco de la planificación económica regional y el apoyo a la innovación tecnológica y la inversión empresarial en materia tecnológica.
Funciones Clave de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento
Según el artículo 5 del Decreto 104/2019, se asignan a la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, entre otras funciones, todas las relacionadas con las políticas de innovación, las relativas a apoyo a las empresas emergentes de base tecnológica «start up» y las referentes al fomento del espíritu emprendedor, empresarial e industrial, sin perjuicio de las competencias que correspondan en esta materia a otras Consejerías.
En particular, la Secretaría General tiene las siguientes responsabilidades:
- Fomento de las capacidades de las empresas andaluzas, contribuyendo a la mejora de su competitividad y de su capacidad de crecimiento así como la búsqueda de mercados e inversiones.
- Elaboración de las políticas de apoyo a la asimilación e implantación en el tejido productivo andaluz de las tecnologías y aplicaciones relacionadas con la fabricación avanzada y la Industria 4.0.
- Impulso a los proyectos dirigidos al desarrollo de nuevos productos, tecnologías o aplicaciones en este ámbito.
Dirección General de Economía Digital e Innovación
Según el artículo 9 del Decreto 104/2019, corresponden, entre otras, a la Dirección General de Economía Digital e Innovación las siguientes competencias:
- Fomento para la incorporación de la innovación en las empresas andaluzas, a través de la generación e incorporación de conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos y la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados.
- Apoyo a la implantación y asimilación de las tecnologías y aplicaciones relacionadas con la fabricación avanzada y la Industria 4.0.
- Apoyo al desarrollo de los ecosistemas de innovación y el fomento de la innovación abierta en las empresas andaluzas.
La Estrategia Aeroespacial de Andalucía
La Estrategia Aeroespacial de Andalucía tiene como finalidad servir de instrumento básico de planificación, ejecución, desarrollo, seguimiento y evaluación de las actuaciones públicas que se desarrollen en materia aeroespacial y de coordinación con el ecosistema aeroespacial de Andalucía.
La Estrategia se conformará a partir de tres principios rectores:
- Participación.
- Transparencia.
- Evaluabilidad.
La Estrategia Aeroespacial de Andalucía establecerá los mecanismos, procedimientos y metodologías de ejecución de las actuaciones de consolidación e impulso del sector aeroespacial y se conformará con el siguiente contenido:
- Diagnóstico de la situación actual del sector aeroespacial en Andalucía.
- Análisis de los problemas y oportunidades a los que debe hacer frente en los próximos años el sector aeroespacial en Andalucía, matriz DAFO.
- Definición de los objetivos estratégicos, en coherencia con la planificación económica, social y ambiental de la Junta de Andalucía, así como de sus indicadores de impactos.
- Definición de líneas estratégicas, programas y medidas, necesarios para alcanzar los objetivos propuestos, asignando competencias y estableciendo indicadores de realización y resultados.
- Establecimiento del Sistema de Evaluación y Seguimiento de la Estrategia.
La Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento será la responsable de la coordinación de la elaboración de la Estrategia.
Secretaría General de Investigación e Innovación
A la Secretaría General de Investigación e Innovación, con nivel orgánico de Viceconsejería, le corresponden todas las funciones relacionadas con las políticas de investigación, transferencia del conocimiento y tecnología, así como de innovación y las previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
El impulso a las iniciativas orientadas a generar conocimiento y valor añadido a través de la innovación tecnológica.
Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, se adscriben a la Secretaría General de Investigación e Innovación las entidades Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A., Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L.
A la Dirección General de Fomento del Emprendimiento y la Formación Continua le corresponden las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
La promoción de la actitud, actividad y cultura emprendedora, tecnológica, creativa e innovadora entre la población andaluza en general y, especialmente, entre la juventud potencialmente emprendedora, así como el fomento y desarrollo de programas y actuaciones de investigación, sensibilización, asesoramiento, formación y tutorización para promover la creación de iniciativas emprendedoras, generadoras de nuevos proyectos empresariales o compañías de arranque “start up”, sin perjuicio de las competencias que corresponden a la Consejería competente en materia de economía digital y de emprendimiento digital.
