Propuesta de Valor del Empleador de Repsol: Compromiso con las Personas y el Bienestar
En Repsol, el compromiso con el talento humano y el entorno laboral es un pilar fundamental. Porque en Repsol creemos que la energía también mueve a las personas. Por eso seguimos preguntándonos, explorando, buscando nuevas formas de avanzar. Sabemos que cuando cambiamos la mirada, descubrimos todo lo que aún es posible. La energía no sólo está para llegar a un sitio. Estamos comprometidos con el crecimiento de las personas y la sociedad, impulsando el talento y el bienestar de los equipos.
Presencia Global y Alcance
La compañía mantiene una fuerte presencia internacional, lo que genera un entorno de trabajo dinámico y diverso.
Estamos en 4 continentes, realizando operaciones en más de 20 países alrededor del mundo, para estar siempre cerca de las personas.
Marco de Relaciones Laborales: El V Convenio Colectivo
Las condiciones laborales y los derechos de los empleados de Repsol están regulados por un marco sólido y consensuado.
El V Convenio colectivo de la empresa Repsol, S. A. (Código de convenio nº 90016442012007), fue suscrito con fecha 7 de julio de 2016, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC.OO.
Desarrollo Profesional y Progresión
Repsol valora la experiencia y el conocimiento de sus trabajadores, fomentando su progresión dentro de la organización.
Se reconocerán, a efectos de cómputo del devengo de antigüedad y tiempo de permanencia en el nivel de entrada, los periodos previos de contratación temporal.
La progresión en las escalas clasificatorias es consecuencia directa del reconocimiento de la experiencia y conocimientos adquiridos en el puesto de trabajo, así como de su mantenimiento actualizado.
Diversidad, Equidad e Inclusión
El Grupo Repsol demuestra un firme compromiso con la creación de un entorno de trabajo inclusivo y equitativo para todos sus empleados.
Política de Igualdad de Oportunidades
La igualdad de oportunidades es una prioridad clave para Repsol, reflejada en políticas y acciones concretas.
- El Grupo Repsol realizará cada dos años un informe sobre la situación laboral y de empleo de las mujeres que en él trabajan, tanto en el conjunto del Grupo como en cada una de sus empresas, así como de las actuaciones que se hayan llevado a efecto durante los dos años transcurridos, en relación con la política de Igualdad de Oportunidades.
- El resultado de la puesta en común de estos informes y sus conclusiones, constituirá la memoria bienal sobre igualdad de oportunidades del Grupo Repsol.
- Ambas partes establecen que la Comisión de Seguimiento, responsable de la correcta aplicación de las medidas y acciones contenidas en este pacto, será la Mesa Técnica de Igualdad, constituida el 26 de mayo de 2004 en Acuerdo de la Comisión de seguimiento del III Acuerdo Marco del Grupo Repsol.
- Los recursos para la financiación de las acciones propuestas en el plan serán aportados por el grupo Repsol, salvo aquellos que el plan optima financia a las empresas que se adhieren al mismo.
- Ambas partes convienen en no establecer una vigencia determinada a este acuerdo, pues su vocación y compromiso va más allá de una vigencia concreta.
Inserción Laboral de Personas con Capacidades Diferentes
Repsol trabaja activamente para integrar a personas con capacidades diferentes en su plantilla.
- Los firmantes del presente acuerdo asumen el compromiso de continuar impulsando la inserción laboral de las personas con capacidades diferentes, dando prioridad a la contratación directa por las empresas a las que es de aplicación el VIII Acuerdo Marco.
- Durante la vigencia del mismo los firmantes velarán por mantener la contratación directa de personas con capacidades diferentes que actualmente existe, para continuar cumpliendo como Grupo y como mínimo, con el porcentaje establecido por la legislación vigente como obligatorio.
- Si por causas objetivas esto no fuera posible, se recurrirá a la utilización de las medidas alternativas legalmente previstas.
Conciliación de la Vida Laboral y Personal
Con un especial empeño de impulsar la conciliación de la vida laboral y personal de los trabajadores y trabajadoras, Repsol ofrece diversas medidas de flexibilidad y permisos.
Medidas de Conciliación y Flexibilidad en Repsol
| Medida | Descripción |
|---|---|
| Permiso por Lactancia | Los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. La reducción de jornada contemplada en este artículo, constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia se harán de acuerdo a la legislación vigente. |
| Reducción de Jornada por Tratamiento Oncológico | Los trabajadores que acrediten estar en tratamiento oncológico, para los periodos en que su tratamiento permita su reincorporación al trabajo, podrán solicitar una reducción de jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. |
| Flexibilidad en Jornadas y Turnos | Las partes firmantes del VIII Acuerdo Marco, acuerdan desarrollar un protocolo específico de reducción de jornada para los trabajadores-as que trabajan en régimen de turnos de lunes a domingo. Los trabajadores o trabajadoras con jornada reducida por motivos familiares, podrán solicitar para todo el período de un año, acumular de modo continuado la reducción de jornada anualmente en periodos concretos (verano, semana santa, Navidad, etc.). Se estudiará por la Dirección de la Empresa cada solicitud. De acuerdo a la legislación y jurisprudencia el trabajador o trabajadora a turnos en reducción de jornada podrá elegir horario dentro de su régimen de turnos y su jornada laboral pactada, que se efectúa en circunstancias empresariales de trabajo en turnos rotativos. Ello no provoca alteraciones en su régimen de turnos pactado en su contrato laboral. |
| Permiso de Maternidad a Tiempo Parcial | Haciendo uso de lo regulado en el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, y si el puesto a juicio de la Dirección de la empresa lo permite, siempre que el empleado cumpla con el requisito de dos años de antigüedad en la empresa, éste podrá solicitar el disfrute del permiso por maternidad a tiempo parcial, en cuyo caso la jornada realizada a tiempo parcial no podrá ser inferior al 50 %. Este derecho no es acumulable con otras situaciones como lactancia, reducción de jornada o excedencia por motivos familiares. El periodo de disfrute tendrá lugar después de la finalización del permiso por nacimiento de hijo o hija, o desde la resolución judicial que constituye la adopción o decisión administrativa o judicial del acogimiento. |
| Licencia por Nacimiento Adicional | Adicionalmente al permiso por paternidad, la licencia por nacimiento de hijo o hija se establece en tres días naturales que se disfrutarán inmediatamente después del nacimiento. Esta licencia se ampliará hasta cuatro días si el hecho tiene lugar fuera de la residencia habitual del trabajador, que le obligue a efectuar un desplazamiento superior a 100 km, o si el empleado se encuentra desplazado en comisión de servicio en España. |
| Excedencias y Permisos para Cuidado Familiar | La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. En caso de excedencia para atender al cuidado de hijo o hija, y de excedencia para el cuidado de familiar tendrá, derecho a la reserva de su puesto de trabajo durante los primeros dieciocho meses. Se podrán solicitar permisos específicos para casos de hospitalización (máximo de un mes) o cuidado familiar (mínimo de quince días y máximo de tres meses), cumpliendo requisitos de antigüedad y preaviso. |
| Teletrabajo | Se entiende por teletrabajo la modalidad de prestación de servicios en la que se desarrolla una parte de la jornada laboral en un sistema no presencial y desde un puesto de trabajo en el que se garanticen las condiciones exigidas en materia de prevención de riesgos laborales, de seguridad social, de privacidad y protección y confidencialidad de los datos mediante el uso de los medios electrónicos. Es un régimen voluntario y reversible, que requiere consenso con el superior jerárquico y una solicitud formal. El empleador pondrá a disposición de la persona que teletrabaja los medios materiales necesarios (ordenador, telefonía, línea ADSL y el software). |
El Teletrabajo en Repsol
Repsol promueve el teletrabajo como una opción flexible para sus empleados, siempre que sea compatible con las necesidades del servicio.
- A los efectos del presente documento, se entiende por teletrabajo como criterio general la modalidad de prestación de servicios en la que se desarrolla una parte de la jornada laboral en un sistema no presencial y desde un puesto de trabajo en el que se garanticen las condiciones exigidas en materia de prevención de riesgos laborales, de seguridad social, de privacidad y protección y confidencialidad de los datos mediante el uso de los medios electrónicos.
- Todo ello siempre que las necesidades del servicio lo permitan, a juicio de la Dirección de la Empresa.
- El empleado/empleada se acogerá voluntariamente al régimen de teletrabajo, y la situación de teletrabajo es reversible tanto por su parte como por parte de su superior en cualquier momento.
- El empleado/empleada que decida participar, deberá consensuar con su superior jerárquico la modalidad en que va a desarrollar el teletrabajo.
- La Dirección de la Empresa articulará un procedimiento formal de solicitud, tramitación, aprobación y formalización de Teletrabajo.
- Estar en situación de alta y a jornada completa.
- El lugar desde el que se desea teletrabajar deberá contar con una serie de condiciones que garanticen que se podrá desarrollar el trabajo habitual en un entorno adecuado.
- Además de los requisitos técnicos que garanticen la conexión, se deberá contar con un espacio que cumpla las condiciones mínimas en materia de prevención, seguridad y salud de un puesto de trabajo tipo.
- Por otro lado, la persona que teletrabaja mantiene la obligación de comunicar por el sistema habitual las incidencias de vacaciones o incapacidad temporal, o cualquier otra de la que deba tener conocimiento la Dirección de la Empresa según el sistema de incidencias.
- Además, la persona que teletrabaja deberá tener flexibilidad de cambio de los días/ tardes aquí señaladas por otro/as en la misma semana, si ello fuera necesario por necesidad de servicio, o por asistencia a cursos de formación u otros.
Medios y Protección de Datos en Teletrabajo
Repsol asegura los medios necesarios y la protección de la información para el desarrollo del teletrabajo.
- Para la prestación de su trabajo, el empleador pondrá a disposición de la persona que teletrabaja los siguientes medios materiales si no los hubiera puesto ya previamente: ordenador, telefonía, línea ADSL y el software necesario para el desarrollo de la actividad laboral.
- Tales medios podrán ser sustituidos en cualquier momento, o suprimidos total o parcialmente por decisión unilateral del empleador, cuando los mismos no resulten necesarios para la prestación del trabajo contratado a la persona que teletrabaja, y serán costeados por el empleador, viniendo obligada la persona que teletrabaja a conservarlos y custodiarlos con la debida diligencia, e impidiendo el acceso a programas utilizados por razones de su cargo, a personal ajeno a la plantilla del empleador.
- En lo relativo a protección de datos, la persona que teletrabaja debe conocer y cumplir la normativa interna publicada en Intranet al respecto y se compromete a adoptar las medidas adecuadas para garantizar la protección de los datos de carácter personal a los que, con ocasión de su prestación laboral, tenga acceso por cuenta del empleador.
Bienestar y Apoyo al Empleado
Repsol se preocupa por el bienestar integral de sus empleados, ofreciendo servicios de apoyo y garantizando un entorno de trabajo seguro y respetuoso.
Servicios de Apoyo al Empleado
Repsol, S.A. pone a disposición de sus empleados medidas para el apoyo emocional y profesional.
Estas consisten en prestar, a cargo de la empresa, los servicios de apoyo que a continuación se exponen, con uno o varios gabinetes, que cubran tanto al empleado de Repsol S.A.
Prevención del Acoso en el Trabajo
La compañía tiene un firme compromiso con la prevención y actuación ante cualquier forma de acoso.
- Repsol se compromete a fomentar el respeto y la consideración entre todas las personas que trabajan en el Grupo.
- Los procedimientos de actuación deben desarrollarse bajo los principios de rapidez, confidencialidad, credibilidad y deben garantizar y proteger tanto la intimidad como la dignidad de las personas objeto de acoso.
- Se define como «cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico, de forma sistemática o recurrente, dirigido contra una persona por razón de su sexo, y que se dé con el propósito, o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.
- La denuncia se deberá realizar por escrito.
- Podrá realizarla cualquier trabajador que se considere sujeto pasivo de acoso o una tercera persona que tenga conocimiento de los hechos.
- La Comisión de Investigación estará compuesta por los Directores de Relaciones Laborales y el Director de Gestión Jurídico Laboral.
- La instrucción concluirá con un informe, elaborado en un plazo de treinta días a contar desde la finalización de las entrevistas.
- Este plazo podrá ampliarse cuando deban recabarse informes técnicos.
- Si existe acoso, se dará traslado al Director de Personas y Organización y al responsable de RR.LL. del área de negocio de la persona denunciada, al objeto de que se adopten las medidas correctoras y sancionadoras oportunas según el régimen disciplinario que le sea de aplicación a la persona denunciada.
- Las denuncias, falsos alegatos o declaraciones que se demuestren como no honestas o dolosas, podrán ser constitutivas igualmente de actuación disciplinaria.
- El seguimiento de las denuncias se realizará en la Mesa Técnica de Igualdad de Oportunidades del VIII Acuerdo Marco del Grupo Repsol, con plena garan...
