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Comunicación

IRPF en España: Las Comunidades Autónomas con la Cuota Autonómica más Alta

by Admin on 20/05/2026

El sistema de impuestos por Comunidades Autónomas en España puede parecer, de primeras, complicado debido a las diversas disparidades en materia de fiscalidad que existen. En concreto, en lo que respecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones autonómico, así como en la tributación regional, tiene notables diferencias en el pago de impuestos según la comunidad autónoma. Esto puede resultar en diferencias significativas en la cantidad de impuestos a pagar, que en algunos casos pueden ser de miles de euros más o menos.

Los Impuestos por Comunidad Autónoma en la Declaración de la Renta

Lo primero que hay que decir es que cada Comunidad Autónoma tiene potestad normativa sobre el 50 % del IRPF, el denominado tramo autonómico. Esto significa que, sobre esta parte, puede realizar todo tipo de exenciones y deducciones si lo considera oportuno.

Cuando se realiza una Declaración de la Renta, el objetivo es fijar la cantidad de IRPF que corresponde pagar o devolver. Eso sí, es el Estado (menos en las comunidades forales) el que se encargará de la recaudación y la liquidación en caso de devoluciones. Por lo tanto, esto significa que según el territorio pagarás más o menos. Debemos distinguir entre el gravamen estatal y el gravamen autonómico o complementario, siendo el punto de conexión de este último la residencia habitual del contribuyente en el territorio de la comunidad autónoma correspondiente, es decir, cada comunidad autónoma recibirá el gravamen autonómico de los residentes en su territorio.

Para determinar la residencia habitual del contribuyente, se aplican los siguientes criterios:

  • Cuando permanezcan en su territorio un mayor número de días del periodo impositivo.
  • Cuando no sea posible determinar la residencia por el criterio anterior, será la comunidad autónoma donde tenga su principal centro de intereses (donde obtenga la mayor parte de la base imponible del IRPF).
  • Cuando no sea posible determinar la residencia por los criterios anteriores, será el lugar de su última residencia declarada a efectos del IRPF.

Tramos del IRPF Estatal en 2026

Entender bien los tramos IRPF es clave para saber cuánto vas a pagar en tu declaración de la renta y evitar sustos de última hora. El IRPF no se aplica como un porcentaje único sobre todo tu salario. Es un impuesto progresivo que se divide en tramos, donde cada tramo de ingresos se grava con un tipo impositivo diferente.

La cuota íntegra estatal será la suma de la cuota íntegra general estatal y la cuota íntegra del ahorro estatal. La cantidad resultante de aplicar la escala general del impuesto a la base liquidable general se minorará en el importe derivado de aplicar al mínimo personal y familiar la escala general, determinando la cuota íntegra general estatal. La cantidad resultante de aplicar el tipo de gravamen especial del impuesto a la base liquidable del ahorro se minorará en el resultado de aplicar el tipo especial al remanente del mínimo personal y familiar no aplicado en la base liquidable general por insuficiencia de esta, determinando la cuota íntegra especial estatal.

Los tramos del IRPF en 2026 son los siguientes:

Base Liquidable (euros) Tipo Aplicable (%)
0 a 12.450 19%
12.450 a 20.200 24%
20.200 a 35.200 30%
35.200 a 60.000 37%
60.000 a 300.000 45%
Más de 300.000 47%

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Por ejemplo, si ganas 70.000 euros al año, el cálculo sería:

  • Primeros 12.450 euros: Al 19%, pagas 2.365,50 euros.
  • De 12.450 a 20.200 euros (7.750 euros): Al 24%, son 1.860 euros.
  • De 20.200 a 35.200 euros (15.000 euros): Al 30%, pagas 4.500 euros.
  • De 35.200 a 60.000 euros (24.800 euros): Al 37%, son 9.176 euros.
  • De 60.000 a 70.000 euros (10.000 euros): Al 45%, pagas 4.500 euros.

Total: Hacienda se queda con 22.401,50 euros, aproximadamente un 32% de tus ingresos.

El mínimo personal y familiar, que en 2026 es de 5.550 euros, es la parte que Hacienda no toca. Este mínimo puede aumentar si tienes más de 65 o 75 años, sufres alguna discapacidad o tienes hijos o familiares a tu cargo.

Tramos Autonómicos del IRPF

Por otro lado, las Comunidades Autónomas hacen uso de la potestad de modificar los tipos de gravamen. La cuota íntegra autonómica es la suma de la cuota íntegra general autonómica y la cuota íntegra del ahorro autonómica. La ley establece que se aplicarán las escalas estatal y autonómica de forma separada al importe de las anualidades por alimentos y al resto de la base liquidable general cuando el importe de las anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial sea inferior a la base liquidable general. La cuantía total resultante se minorará en el importe derivado de aplicar las escalas estatal y autonómica al mínimo personal y familiar, incrementado en 1.600 euros anuales, sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración.

Además, las Comunidades Autónomas pueden aplicar bonificaciones y exenciones en función de distintas circunstancias, más allá de la renta. Lo habitual es que se tengan en cuenta la situación familiar y cuestiones como el número de hijos o tener a cargo personas dependientes.

En 2025, con la entrada en vigor de las últimas modificaciones estatales, los tramos autonómicos y los tipos de IRPF por comunidad son los siguientes:

  1. Andalucía: El tramo autonómico del IRPF en Andalucía oscila entre el 9,75 % para bases liquidables de hasta 12.450 euros a un 23,3 % para rentas superiores a 120.000 euros. En consecuencia, y sumando el tramo estatal, se paga un mínimo del 19 % y un máximo del 48,2 %. En Andalucía, los tipos aplicables van desde el 9,5% al 22,5%. Es una escala de cinco tramos, donde el porcentaje aumenta gradualmente según los ingresos.
  2. Aragón: En Aragón el tramo autonómico oscila entre el 9,5 % para bases liquidables inferiores a 13.072,50 euros y un 25,50 % para las bases de más de 130.000 euros. Aragón mantiene su conocida escala con nueve tramos (antes eran diez) que introdujo en 2023, donde el tipo máximo llega al 25,5%. La región modificó en 2025 los tramos, así el tipo mínimo es del 10% y el máximo, del 25,5%.
  3. Asturias: El Principado de Asturias aplica un tramo autonómico de entre el 10 % para las bases liquidables inferiores a 12.450 euros y el 25,50 % para las rentas superiores a 175.000 euros. Asturias presenta una escala de ocho tramos, donde el tipo máximo alcanza el 25,5%.
  4. Illes Balears: Del 19 % al 49,5 %. Baleares ha reducido sus tipos marginales, lo que beneficia especialmente a las bases liquidables más bajas. Baleares aplica desde para 2024 una reducción de todos los tipos de gravamen marginales de la escala autonómica de 0,5 puntos para las bases liquidables generales iguales o inferiores a 30.000 euros y en 0,25 puntos para las bases liquidables generales superiores a este umbral.
  5. Canarias: Del 18,5 % al 50,5 %. Canarias regula una escala de siete tramos, con tipo marginal mínimo del 9% y máximo del 26%.
  6. Cantabria: El tipo autonómico de Cantabria es de entre el 9,50 % para las bases inferiores a 12.450 euros y un máximo del 25,50 % para bases superiores a 90.000 euros. Cantabria introduce una modificación de la escala autonómica aplicable a la base imponible general en el IRPF, con efectos desde 1 de enero de 2024.
  7. Castilla y León: Tipo autonómico mínimo del 9,50 % y máximo del 21,50 %.
  8. Castilla-La Mancha: Tipos iguales a los estatales, del 19 % al 47 %.
  9. Cataluña: Fiscalidad más alta de las comunidades de régimen común, del 21,5 % al 50 %.
  10. Extremadura: Del 19 % al 49,5 %. Extremadura introdujo un decreto en septiembre de 2023 de medidas urgentes por el que modificó la escala autonómica retroactivamente a partir del 1 de enero de ese año. El tipo marginal mínimo se mantiene en el 9,50% y máximo el 22,50 %.
  11. Galicia: Del 19 % al 47 %.
  12. La Rioja: Del 18,5 % al 51,5 %.
  13. Comunidad de Madrid: Fiscalidad más baja, del 18,5 % al 45,5 %. La Comunidad de Madrid tiene la fiscalidad más baja en el tramo autonómico del IRPF, con tipos que oscilan entre el 8,5% y el 20,50%. En total, un madrileño pagará entre el 18,5% y el 45,5% de IRPF.
  14. Región de Murcia: Del 19,3 % al 47,6 %.
  15. Navarra: Hacienda propia, del 13 % al 52 %.
  16. País Vasco: Haciendas forales, del 23 % al 49 %. El País Vasco y Navarra son comunidades forales, lo que significa que tienen hacienda propia y potestad normativa plena sobre el IRPF. En el País Vasco, cada provincia puede aplicar sus propios tipos de gravamen, aunque actualmente las tres tienen tipos similares (del 23% al 49%).
  17. Comunidad Valenciana: Del 19,5 % al 54 %, la más alta de régimen común. La Comunidad Valenciana es la que tiene los impuestos más altos entre las comunidades de régimen común, con un tipo máximo conjunto del 54%.

Deducciones Autonómicas: El Caso de la Comunidad de Madrid

Además de la renta, las Comunidades Autónomas suelen tener en cuenta tu situación familiar para aplicar bonificaciones y deducciones. Los factores más habituales son el número de hijos que tengas, si tienes personas dependientes a tu cargo, tu estado civil o circunstancias especiales como discapacidad.

Si resides en la Comunidad de Madrid, te podrás aplicar las siguientes deducciones:

  • Por nacimiento o adopción de hijos: 721,70 euros por cada hijo nacido o adoptado, en el periodo impositivo en el que se produzca el nacimiento o adopción y en los dos periodos impositivos siguientes. En el caso de partos o adopciones múltiples la cuantía se incrementa en 721,70 euros, por cada hijo, en el primer periodo impositivo en que se aplique la deducción.
  • Por adopción internacional de niños: 721,70 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo.
  • Por acogimiento familiar de menores: 618,60 euros por el primer menor acogido, 773,25 euros por el segundo y 927,90 euros por el tercero o sucesivos.
  • Por acogimiento no remunerado de mayores de sesenta y cinco años y/o con discapacidad: 1.546,50 euros por cada persona mayor de sesenta y cinco años o con discapacidad, que conviva con el contribuyente durante más de ciento ochenta y tres días al año.
  • Por cuidado de ascendientes: 515,50 euros por cada ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad, por el que puedan aplicarse el mínimo por ascendientes.
  • Por arrendamiento de la vivienda habitual: El 30 por 100, con un máximo de 1.237,20 euros, de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual en el periodo impositivo.
  • Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas: El 10 por 100 de las cantidades satisfechas por los contribuyentes que tengan inmuebles arrendados como vivienda. El límite máximo conjunto de deducción es de 154,65 euros.
  • Por arrendamiento de viviendas vacías: 1.000 euros por cada uno de los inmuebles destinados al arrendamiento de una vivienda.
  • Por donativos a fundaciones y clubes deportivos: El 15 por 100 de las cantidades donadas a fundaciones que cumplan los requisitos de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, o a clubes deportivos elementales y básicos.
  • Por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés: El 25 por 100 sobre el incremento de costes financieros. Límite máximo de 300 euros.
  • Por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación: 1.000 euros para los contribuyentes, menores de 35 años, que trasladen su residencia habitual a un municipio de la Comunidad de Madrid en riesgo de despoblación.
  • Por adquisición de vivienda habitual en municipios en riesgo de despoblación: El 10 por 100 del precio de adquisición de la vivienda habitual en municipios de la Comunidad de Madrid en riesgo de despoblación, por contribuyentes menores de 35 años.
  • Por gastos educativos: El 15 por 100 de los gastos de escolaridad y de enseñanza de idiomas. El 5 por 100 de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.
  • Por cuidado de hijos menores de tres años, mayores dependientes y personas con discapacidad: El 25 por 100 de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con el límite de deducción de 463,95 euros anuales.
  • Por el pago de intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes menores de treinta años: El 25 por 100 de los intereses satisfechos por préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición de la vivienda habitual por contribuyentes menores de 30 años. El límite máximo de la deducción es de 1.031 euros.
  • Por el pago de intereses de préstamos a estudios de Grado Máster y Doctorado: Los contribuyentes podrán deducir los intereses satisfechos por préstamos concedidos por entidades de crédito para cursar estudios universitarios.
  • Por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos: El 10 por 100 del precio de adquisición de la vivienda habitual como consecuencia del nacimiento o adopción de hijos.

Cómo calcular el IRPF de tu Comunidad Autónoma

Conocer las tablas y tipos de gravamen de los impuestos en tu Comunidad Autónoma para la declaración de la renta, facilitará la toma de decisiones y evitará errores en tu declaración. No tienes que preocuparte por hacer los cálculos manualmente. Si utilizas plataformas como TaxDown, el sistema calcula automáticamente el porcentaje que te corresponde según tu Comunidad Autónoma. Solo tendrás que responder a unas preguntas sobre tu situación y la plataforma se encarga de aplicar los tipos correctos, deducciones y bonificaciones que te correspondan.

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