Impacto de la Nueva Regulación Energética en las Pymes: El Fin del PVPC para Muchas Empresas
El sector energético español ha experimentado cambios significativos que afectan directamente a las pequeñas y medianas empresas (Pymes), especialmente en lo que respecta a la contratación de la tarifa regulada de electricidad. El real decreto que el 13 de junio del año pasado modificaba el método de cálculo y la contratación de la tarifa regulada de la electricidad -o Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)- introdujo una novedad que afectaba de lleno a las pequeñas y medianas empresas, que hasta ahora habían tenido el derecho a contratar dicha tarifa regulada al igual que el resto de consumidores domésticos.
Aunque la medida se aprobó hace un año, entró en vigor el pasado 1 de enero de 2024. Desde entonces, muchas empresas han ido recibiendo la comunicación correspondiente de la comercializadora de referencia que les suministra con la tarifa regulada (filiales de los tres grandes grupos eléctricos, Iberdrola, Endesa y Naturgy y otras con menor cartera, como Repsol o TotalEnergies).
Definición de Microempresa y el Acceso a la Tarifa Regulada
Así, mientras los consumidores domésticos (como personas físicas) se podrán seguir acogiendo a la tarifa regulada siempre que tengan una potencia contratada inferior a 10 kW y tensión no superior a 1 kV, en el caso de las empresas ya no se tiene en cuenta la potencia, sino que se trate de una microempresa, tal como lo establece un Reglamento de la Unión Europea de 2014 (651/2014) que limita la aplicación de los precios regulados a los domésticos y las empresas de muy reducido tamaño.
Concretamente, indica dicho reglamento, una microempresa es aquella cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no supera los dos millones euros y cuenta con una plantilla de menos de 10 trabajadores.
La Tarifa de Último Recurso (TUR), ahora conocida como Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), es ofrecida exclusivamente por una serie de comercializadoras de referencia designadas por el Gobierno. Las Comercializadoras de Último Recurso, también conocidas por sus acrónimo como CUR, son empresas que ofrecen suministro eléctrico, también del gas natural, de manera regulada por el Gobierno español. Antes, las comercializadoras reguladas se llamaban comercializadoras de último recurso, pero con el cambio que se llevó a cabo en la reforma del mercado eléctrico español estas pasaron a llamarse comercializadoras de referencia. Por ello, cuando nos encontramos referencias a este tipo de compañías que operan a través de los requisitos fijados por el Gobierno, lo podemos hacer con ambos términos. Hay que señalar que hay compañías que operan tanto como comercializadoras reguladas como en el mercado libre, pero estas están obligadas por ley a mantener nombres diferentes en ambos mercados.
Impacto y Plazos para las Pymes
Según los datos que el Ministerio para la Transición Ecológica incluyó entonces en la Memoria del real decreto, de los 9,2 millones de clientes que hay en el mercado regulado de la luz, un 10% son empresas (920.00). Por otra parte, teniendo en cuenta los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), que apuntan a que el 95,8% del total de sociedades en España son microempresas, el departamento que dirige Teresa Ribera estimaba que unas 40.000 de las 920.000 acogidas al PVPC no cumpliría la condición para permanecer en él. La reforma de la tarifa regulada de la electricidad afectará a un 30% de las pequeñas y medianas empresas españolas.
La medida, aunque se aprobó hace un año, entró en vigor el pasado 1 de enero, y se va aplicando a medida que vencen los contratos de estas pequeñas compañías, que, en el caso del PVPC, es de un año, prorrogable. Por tanto, la norma acabará de aplicarse totalmente cuando acabe 2024 (en estos momentos, se encuentra en el ecuador).
Antes de que acabe su contrato, la comercializadora está obligada a informar al cliente de que tiene un mes de plazo para demostrar que cumple el requisito de microempresa para continuar con la tarifa regulada; en caso contrario, le avisa de que debe contratar otra tarifa en el mercado libre y, de no hacerlo, se le aplicará un recargo del 20% en tanto no se cambien.
Por ejemplo, si una persona jurídica tiene un contrato PVPC que vence el 7 de julio de 2024, mantendrá el PVPC hasta dicha fecha y pasará a la tarifa de último recurso (TUR) sin derecho a PVPC. A partir de entonces se aplicará el recargo del 20%, salvo que haya acreditado su condición de microempresa. Si la credencial se aportara con posterioridad al 7 de julio de 2024, volvería a acogerse al PVPC desde el momento de la justificación efectiva. Para evitar una avalancha en enero de cambios de suministradores eléctricos, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha querido aclarar que se puede esperar a que finalicen los contratos en vigor para poder hacer el traslado de compañía eléctrica.
Por contra, muchas microempresas cuyo punto de suministro tenga una potencia contratada superior a los 10 kW, podrían, si así lo desean, mantener el PVPC. Una ventaja para algunas que necesitan más potencia y elimina, según fuentes del sector, el posible fraude de empresas de tamaño menor que distribuye su suministro en varios puntos con menos de 10 kW.
LAS PYMES Y EL AUMENTO DE TARIFAS DE LUZ Y GAS: DATOS, NÚMEROS Y TESTIMONIOS
Cómo Acreditar la Condición de Microempresa
Para acreditar su situación, a las empresas que reciban la carta les basta con rellenar un modelo (incluido en el real decreto de junio del año pasado) con una declaración responsable en el momento de la renovación del contrato o cuando quiera hacer uno nuevo.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en su labor de supervisión del mercado minorista de electricidad, “podrá requerir cualquier información adicional a la empresa solicitante para la comprobación de este extremo”, señala la norma, que añade que “cualquier cambio que suponga la pérdida de la condición de microempresa deberá ser comunicado a la compañía suministradora”.
Nueva Metodología de Cálculo del PVPC y Reducción de la Volatilidad
Desde el pasado 1 de enero de 2024 ha entrado en vigor la reforma de la tarifa eléctrica regulada o el llamado Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). En principio, no va a tener un impacto directo en las facturas eléctricas, es decir, el precio no va a subir ni bajar, pero sí será más estable ya que la principal novedad de la reforma es que cambia la metodología de cálculo del PVPC.
Hasta la fecha, con la metodología de cálculo del PVPC que existía, su precio final estaba totalmente indexado al mercado mayorista diario. Ahora, la nueva fórmula ha empezado a incorporar parcialmente las señales de precio a largo plazo. A partir de ahora para obtener la tarifa regulada, se van a incorporar los precios de los mercados a medio y largo plazo, además de mantener la referencia de los que ocurre a diario en las subastas del mercado mayorista de electricidad.
El PVPC está indexado a los precios del mercado mayorista de la electricidad, desde el pasado enero, en un 75%. El 25% restante está ligada a los mercados de futuros. Este porcentaje se irá invirtiendo paulatinamente. Esta incorporación de mercado de futuros será gradual y en 2024 representará el 25%, el 40% en 2025 y finalmente el 55% en 2026. Estas referencias se toman en cuenta basándose en productos a plazo con un horizonte temporal diferente: el 10% corresponde al producto mensual, el 36% al trimestral y el 54% al anual. Esto quiere decir que se va a pagar la luz en base a lo que cuesta cada día, pero además teniendo en cuenta lo que costará en un mes, tres meses y un año, siendo precios mucho más estables.
En el Gobierno defienden que las renovables van a ir abaratando los precios a futuro y que esta es una reforma pensada no para actuar sobre los precios, sino para reducir la volatilidad de las facturas. Sostienen que, con este nuevo sistema, los consumidores van a estar más protegidos. Por otro lado, teniendo en cuenta que la Directiva europea establece que se trata de una tarifa transitoria, la nueva regulación obliga a la CNMC a realizar una monitorización de la evolución de la PVPC entre los consumidores para evaluar la necesidad de que se mantenga o se elimine en el futuro.
Comercializadoras en el Mercado Eléctrico: Regulado vs. Libre
Las comercializadoras de energía son empresas que actúan como intermediarias entre los productores energéticos y los consumidores finales (hogares o empresas). Su función principal es la de comprar energía en el mercado mayorista y venderla a los clientes, gestionando también los contratos, la facturación y el servicio al cliente.
En el sector energético, existen dos tipos de comercializadoras:
- Comercializadoras del mercado libre: Se trata de empresas que operan de manera independiente y establecen sus propias tarifas y condiciones. Esto les permite adaptarse a las necesidades de sus clientes. Por lo general, ofrecen una amplia variedad de opciones y precios, los cuales se basan en las dinámicas de mercado y estrategias propias de cada compañía. Esto permite a los consumidores elegir entre diferentes opciones según sus preferencias, favoreciendo la competencia en el sector y mayor flexibilidad de cara a beneficiar al consumidor.
- Comercializadoras del mercado regulado: También conocidas como comercializadoras de referencia, son empresas designadas por el gobierno para suministrar tarifas con precio establecido por el Ministerio de Industria, para que todos los consumidores tengan acceso a la energía a un precio regulado por el Estado. Este tipo de tarifa está regulada y su precio se determina considerando factores como el coste de producción de energía y las condiciones del mercado mayorista.
A diferencia de las comercializadoras del mercado libre, las comercializadoras de último recurso no pueden establecer sus propias tarifas ni ofrecer planes o promociones personalizadas. Su existencia es un mecanismo para garantizar la equidad en el mercado energético, proporcionando a los consumidores una opción de suministro de luz o gas a un precio regulado por el gobierno. Las tarifas que las CUR tienen a través del PVPC no pueden tener ningún tipo de descuento o promoción. Tampoco tendrán compromiso de permanencia o podrán ser contratadas para potencias superiores a los 10kW.
Para poder optar por el PVPC y ser cliente de una CUR eléctrica, los usuarios deben cumplir ciertos requisitos: Deben tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW. Deben contar con un contador digital que permita la discriminación horaria y la telegestión, lo que facilita la facturación según el consumo real y las tarifas horarias.
La Tarifa de Último Recurso (TUR) no está disponible para todo el mundo, ya que se diseñó como una red de seguridad con precios fijados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Para poder contratarla, es imprescindible que tu suministro cumpla con una serie de condiciones técnicas y personales estrictas. Principalmente, solo pueden acceder a ella los consumidores que tengan contratada una potencia igual o inferior a 10 kW. Además, esta tarifa está estrechamente ligada a colectivos vulnerables que reúnan los requisitos económicos y personales fijados en los baremos estatales para solicitar el Bono Social.
Esta es una duda muy común, pero la respuesta corta es que, por lo general, las empresas no pueden contratar con una comercializadora de último recurso. Como hemos visto, el límite de potencia de 10 kW y los requisitos de vulnerabilidad dejan fuera a la inmensa mayoría del tejido empresarial. Las empresas suelen necesitar potencias superiores y una flexibilidad que el mercado regulado no ofrece, ya que las CUR deben ceñirse estrictamente a lo dictado por el Gobierno sin margen de negociación.
La Tarifa de Último Recurso (TUR) del Gas Natural: Próximos Cambios
Lo que pocas empresas saben es que esta misma medida que se aplica a la electricidad llegará en un futuro próximo a la tarifa de último recurso (TUR) del gas natural. Concretamente, cuando España transponga la nueva directiva sobre mercado interior del gas, que aún no se ha publicado en el diario oficial de la UE. Esta limita también las tarifas reguladas a clientes domésticos y microempresas.
La TUR (Tarifa de Último Recurso) es la tarifa o precio regulado que aplica la comercializadora de último recurso para la electricidad o el gas que suministra. Esta tarifa está establecida por la autoridad competente (el Gobierno y los organismos reguladores) y es de obligado cumplimiento para la CUR. En enero de 2025, el precio del gas bajo la tarifa TUR varía según el consumo y la potencia contratada, pero sigue siendo una de las opciones más estables para consumidores domésticos que buscan evitar fluctuaciones bruscas.
Implicaciones Fiscales y Otros Cargos en las Facturas de 2024
Lo que va a repercutir de manera más relevante en las facturas energéticas de las empresas son los cambios en el impuesto eléctrico y en incremento en el IVA:
| Impuesto | Primer Trimestre (2024) | Resto del Año (2024, salvo TUR) |
|---|---|---|
| Impuesto Especial de la Electricidad (IEE) | Subida del 0,5% al 2,5% | Subida del 2,5% al 3,8% (Segundo trimestre en adelante) |
| Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) | Subida del 5% al 10% | Subida del 5% al 10% |
| Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica | Subida del 0% al 3,5% (Hasta marzo) | Subirá al 5,25% hasta junio |
| Tarifa de Último Recurso (TUR) Gas CCPPS | Subida entre el 5,15% y el 7%. Prorrogado hasta el 30 de junio de 2024 | N/A (prorrogado hasta junio de 2024) |
Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.
Recomendaciones para las Empresas ante los Cambios Energéticos
Ante este nuevo escenario, es crucial que las Pymes evalúen su situación y tomen decisiones informadas para optimizar sus costes energéticos. A la hora de elegir cuál es la mejor tarifa para tu empresa, debes realizar unos pasos previos que te ayudarán a tomar la decisión más acertada:
- Tienes que estar informado: Debes estar al día de los datos que proporciona el Gobierno y las compañías eléctricas. Debes comprender cómo se calcula la nueva tarifa y qué impacto puede tener en tus facturas.
- Evalúa las necesidades energéticas de tu empresa: Esto podría implicar el reducir la potencia contratada de tu negocio o el explorar fuentes de energía alternativas como la solar.
- Monitoriza los precios de manera continua: Con la reforma del PVPC, por ejemplo, los precios se van a actualizar mensualmente. Si estamos al tanto, de manera regular, de estos cambios podremos ajustar el uso de la energía de una manera más efectiva.
- Pensar a largo plazo: Ante la nueva estructura de precios, muchos son los que apuestan por contratos de luz y gas a largo plazo ya que pueden dar una mayor estabilidad y previsibilidad de los gastos.
- Consultar con expertos: El asesoramiento de profesionales en energía siempre es una buena recomendación, ya que pueden ofrecerte consejos personalizados según los patrones de consumo y tus necesidades concretas.
