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Comunicación

Ayudas a Fondo Perdido de la Junta de Extremadura para Emprendedores: Impulso a la Modernización y Crecimiento Empresarial

by Admin on 22/05/2026

La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Dirección General de Empresa, ha lanzado y ampliado un programa de incentivos a la inversión empresarial. Estas ayudas a fondo perdido están diseñadas para apoyar la creación de nuevas empresas, la consolidación de las existentes, y favorecer proyectos de ampliación, modernización y traslado, con un fuerte énfasis en la mejora de la competitividad y la capacidad productiva del tejido empresarial extremeño.

Ampliación del Crédito y Alcance del Programa

La Junta de Extremadura ha ampliado significativamente el crédito asignado a la convocatoria de incentivos a la inversión empresarial, alcanzando los 96 millones de euros. Esta medida responde a la alta demanda registrada desde la puesta en marcha de esta línea de ayudas en enero de 2023. La dotación inicial de 40 millones de euros ha sido incrementada en 56 millones, con el objetivo de poder atender todas las solicitudes presentadas. El consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, Guillermo Santamaría, ha subrayado que esta ampliación permitirá a las empresas extremeñas "inyectar inversión en el crecimiento de sus negocios", destacando la "muy satisfactoria" respuesta del tejido empresarial que ha promovido una inversión privada de 160 millones de euros hasta la fecha.

El plazo de solicitud para estas ayudas permanece abierto y esta ampliación de crédito permitirá atender las solicitudes registradas hasta el 31 de diciembre de 2026. La financiación de estas ayudas se realiza con cargo al Programa Operativo FEDER de Extremadura 2021-2027, con una cofinanciación del 85%, salvo en el caso de las grandes empresas, cuyas ayudas se cubrirán con financiación autonómica.

¿En qué Consisten y Quiénes Pueden Solicitarlas?

Estas ayudas son una subvención a fondo perdido dirigida a empresas que realicen inversiones en Extremadura. El objetivo principal es apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes, favoreciendo los proyectos de ampliación, modernización y traslado.

Beneficiarios Elegibles

Pueden solicitar estas ayudas las empresas, y en especial las Pymes, que vayan a llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento localizado en la Comunidad Autónoma de Extremadura en cualquier sector de actividad subvencionable. También podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica. En este supuesto, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero/a o socio/a, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios/as. Para la valoración del proyecto subvencionable, se incluyen actividades específicas como las del sector TIC, industrias manufactureras, hostelería (CNAE 55 y 56: Hostelería, Servicios de comidas y bebidas).

Tratándose de personas físicas, el beneficiario de la ayuda tendrá que estar en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutua de previsión social alternativa a la Seguridad Social.

Tipos de Inversiones Subvencionables

El programa contempla la financiación de inversiones en bienes de equipo, maquinaria y herramientas directamente vinculadas a la actividad productiva de autónomos y pymes, con el objetivo de favorecer la modernización de los procesos y la incorporación de tecnología en distintos sectores económicos.

Ejemplos de Actuaciones Subvencionables:

  • Adquisición de maquinaria especializada: Equipos de impresión 3D aplicados al ámbito sanitario, bordadoras industriales orientadas al incremento de la capacidad productiva u hornos de última generación.
  • Soluciones tecnológicas para trazabilidad: Equipos de marcaje industrial.
  • Equipamiento técnico para sectores específicos: Elevadores y sistemas de diagnóstico en automoción.
  • Equipamiento avanzado para salud y bienestar: Dispositivos de radiofrecuencia para medicina estética y rehabilitación, equipos de radiodiagnóstico y ecografía para centros sanitarios.
  • Maquinaria destinada al sector de la construcción.
  • Reformas, acondicionamientos, mobiliario, decoración de inmuebles: Incluso si el local es alquilado, siempre que se cumpla el requisito de la afección legal que establece la Ley General de Subvenciones.

Estas actuaciones contribuyen a impulsar la innovación empresarial, mejorar la eficiencia operativa y facilitar la adaptación del tejido productivo a nuevos entornos tecnológicos y de mercado, reforzando su competitividad.

¿Que es y como FUNCIONA EL FONDO PERDIDO?, Apoyo a EMPRENDEDORES

Modalidades de Subvención

Se contemplan tres modalidades principales de subvención:

  1. Subvención por actividad: Para empresas de cualquier sector de actividad que vayan a realizar inversiones en activos fijos, a excepción de los sectores mencionados en el art. (del decreto 1/2023).
  2. Subvención por relevo generacional: Orientada a garantizar la continuidad de negocios que podrían cerrar por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular. En esta modalidad se podrán incluir activos no nuevos.
  3. Subvención para el fomento de la digitalización empresarial o impulso de la empresa 4.0: Destinada a proyectos de transformación digital.

Intensidad de las Ayudas

La intensidad de las ayudas se ha incrementado en cinco puntos porcentuales para todos los tipos de empresas, alcanzando:

  • Hasta un 50% del proyecto subvencionable en el caso de las pequeñas empresas.
  • Hasta un 40% en las medianas empresas.
  • Hasta un 30% en las grandes empresas.

Inversiones Mínimas y Máximas

El importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable se ha fijado en 25.000 euros y el máximo en 1,2 millones de euros.

Adicionalmente, se han detallado líneas específicas de apoyo:

  • LÍNEA 1: Certificaciones de Calidad. Para la norma ISO 9001 o ISO 14001, la inversión subvencionable máxima es de 4.000 euros (IVA excluido) por norma. Para la implantación y certificación de los protocolos BRC o IFS, la inversión subvencionable es de 10.000 euros (IVA excluido) por norma.
  • LÍNEA 5: Diseño y Optimización de Productos/Envases.
    • Diseño de nuevos productos innovadores: El 80% de inversión subvencionable, con un límite de 12.000 € para diseño conceptual, prototipado, pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva.
    • Asistencia tecnológica para la mejora y optimización de la cartera de productos: El 80% de inversión subvencionable, con un límite de 6.000 €.
    • Diseño de nuevos envases o embalajes: El 80% de inversión subvencionable, con un límite de 12.000 € para diseño conceptual, prototipado, pruebas, identidad gráfica e implementación comercial y productiva.

Novedades y Aspectos Clave del Procedimiento

Procedimiento Exprés

Entre las principales novedades de esta convocatoria, destaca la incorporación de un procedimiento exprés. Este permite realizar en un único trámite tanto la solicitud de la subvención como, en caso de concesión, la tramitación de su cobro, de forma que el pago se gestione automáticamente sin necesidad de una solicitud adicional por parte del beneficiario. El tiempo de resolución estimado por el procedimiento exprés es de 2 o 3 meses, mientras que el procedimiento normal se estima en 3 o 4 meses.

Ayuda Complementaria para Costes Financieros

Como medida de apoyo ante la situación económica actual y la subida de los tipos de interés, la convocatoria ha incorporado una ayuda complementaria para reducir los costes financieros, destinada a aquellas empresas que recurran a préstamos bancarios o avales de sociedades de garantía recíproca para desarrollar sus proyectos de inversión.

Fomento en el Medio Rural

El nuevo decreto también ha reforzado la puntuación de los proyectos que se desarrollen en el medio rural, especialmente en municipios con menor número de habitantes, con el fin de contribuir a la lucha contra la despoblación.

Consideraciones Importantes para la Solicitud y Justificación

  • Ofertas y Justificación: La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Sin la adecuada justificación, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria, siendo de cuenta del beneficiario los gastos ocasionados.
  • Pagos Anticipados: Las inversiones realizadas antes de la solicitud no serán subvencionables. Si el terreno se paga total o parcialmente antes de la solicitud, no sería subvencionable y quedaría excluido de la subvención, pero el resto de la inversión sí puede ser subvencionable.
  • Bienes Inmuebles: Los bienes inmuebles de segunda mano no están subvencionados. Sin embargo, sí se pueden subvencionar las reformas, acondicionamientos, mobiliario, decoración de esos inmuebles. Para la compra de terreno y construcción de una nave, la inversión en terrenos no podrá sobrepasar el 10% del gasto total del proyecto considerado como subvencionable.
  • Creación de Empleo: Se obtienen dos puntos porcentuales por cada trabajador a jornada completa contratado por la empresa. Dos puestos a media jornada equivalen a uno a jornada completa. El autónomo colaborador no se considera creación de empleo.
  • Tiempo de Realización de Inversiones: Para proyectos inferiores a 500.000 euros, el máximo son dos años, incluida una prórroga.
  • Compatibilidad con Otra Financiación: Estas ayudas son compatibles con financiación bancaria y con préstamos de AVANTE.

Obligaciones del Beneficiario

Es fundamental comunicar al órgano concedente la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, así como la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público, nacional o internacional. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.

En los supuestos de incumplimiento de la obligación de mantenimiento de la actividad, el órgano gestor tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad en la determinación de la parte de ayuda a devolver por el beneficiario, siendo el importe a reintegrar directamente proporcional al tiempo transcurrido desde la presentación de la solicitud de liquidación hasta el cese de la actividad, siempre y cuando haya transcurrido al menos el 60% del total del periodo de mantenimiento de la actividad.

Seminario Web Informativo

Recientemente, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital celebró un seminario web informativo dirigido a autónomos, pymes y profesionales del ámbito empresarial. Durante la sesión, la directora general de Empresa, Celina Pérez Casado, detalló los aspectos clave de la convocatoria, incluyendo las actuaciones subvencionables, los requisitos de acceso y el procedimiento de solicitud. Pérez Casado enfatizó que "estas ayudas están diseñadas para facilitar que autónomos y pequeñas y medianas empresas puedan afrontar inversiones estratégicas que les permitan modernizar sus procesos, incorporar tecnología y mejorar su posicionamiento en el mercado", y que "la modernización del tejido empresarial es un elemento fundamental para avanzar hacia un modelo productivo más competitivo, innovador y sostenible en Extremadura".

Tabla Resumen de Ayudas e Inversiones

Tipo de Ayuda/Inversión Detalles Intensidad de Subvención Límites Económicos
Inversiones Estratégicas Generales Adquisición de maquinaria, herramientas, tecnología. Modernización de procesos. Hasta 50% (pequeñas), 40% (medianas), 30% (grandes) Mín. 25.000 €, Máx. 1.200.000 €
LÍNEA 1: Certificaciones de Calidad ISO 9001, ISO 14001, BRC, IFS N/A (inversión máxima subvencionable) ISO: 4.000 €; BRC/IFS: 10.000 € (por norma, IVA excluido)
LÍNEA 5: Diseño de Productos/Envases Diseño conceptual, prototipado, pruebas, identidad gráfica, implementación 80% de inversión subvencionable Productos/Envases: 12.000 €; Asistencia tecnológica: 6.000 €
Ayuda Complementaria Costes Financieros Para préstamos bancarios o avales de SGR Variable (reducción de costes financieros) N/A
Inversiones en Terrenos Para compra de terreno y construcción de nave Se aplica el porcentaje de subvención del proyecto No más del 10% del gasto total subvencionable del proyecto
Reforma/Acondicionamiento de Inmuebles Inmuebles propios o alquilados Se aplica el porcentaje de subvención del proyecto N/A

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