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Comunicación

Empresarios Sujetos Pasivos del IVA en España

by Admin on 24/10/2025

Todas las personas, físicas o jurídicas, que están obligadas a cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con una operación comercial, son sujetos pasivos del IVA. Es decir, tendrán obligación de tributar este impuesto y cumplir con esta responsabilidad fiscal.

Antes de que empecemos a analizar, en profundidad, la inversión del sujeto pasivo, es necesario que se aclaren 2 conceptos: sujeto pasivo y contribuyente.

¿Qué es el Sujeto Pasivo?

Un sujeto pasivo es la persona (física o jurídica) que tiene que hacer frente a una obligación tributaria, ya sea como contribuyente del impuesto o como responsable último.

Por regla general, sujeto pasivo es el empresario o profesional, persona física o jurídica, que entrega bienes o presta servicios.

Por un lado, como decíamos, es importante que conozcamos qué es el sujeto pasivo. Se trata de la persona física o jurídica obligada al cumplimiento de las obligaciones tributarias, bien como responsable último del impuesto o como contribuyente.

Concepto de Empresario o Profesional en la Normativa del IVA

De acuerdo al art. 4. Uno, LIVA, para que se produzca el hecho imponible del IVA, se requiere la realización de una actividad económica por parte de un sujeto empresarial o profesional. Por actividad económica se entiende, art. 5. Dos, primer párrafo, LIVA:

“…las que impliquen la ordenación por cuenta propia de factores de producción materiales o humanos o de uno de ellos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes y servicios”.

Por lo tanto, la realización del IVA requiere, en principio, la existencia de una explotación, de una actividad económica; elemento objetivo de su hecho imponible. Ahora bien, esta explotación económica ha de realizarse por un empresario o profesional, elemento subjetivo del impuesto.

Se califican como empresarios o profesionales:

  • Las personas o entidades que realicen actividades económicas. No obstante, no se calificarán como tales, si realizan de manera exclusiva entregas de bienes o prestaciones de servicios a título gratuito.
  • Las sociedades mercantiles, salvo prueba en contrario.
  • Quienes realicen UNA o varias entregas de bienes o prestaciones de servicios que supongan la explotación de un bien corporal o incorporal con el fin de obtener ingresos continuados en el tiempo son sujetos pasivos del IVA.

Entre estos últimos, se incluye expresamente a:

  • Los arrendadores de bienes.
  • Quienes realicen la urbanización de terrenos.
  • Los promotores, constructores o rehabilitadores de edificaciones destinadas, en todos los casos, a su adjudicación o cesión por cualquier título, aunque sea ocasionalmente.
  • Los que realicen entregas ocasionales de medios de transporte exentas del IVA, art. 25.Uno y Dos, LIVA. Otro ejemplo de sujeto pasivo ocasional.

Ejemplos de Sujetos Pasivos

EJEMPLO

El empresario, persona física, Sr X., está liquidando su actividad económica y, para ello, transmite su nave industrial, la maquinaria y las existencias finales que le restan, ¿se encuentran estas operaciones, no habituales de su tráfico mercantil, sujetas al IVA?

RESULTADO. Sí. El IVA sujeta todas las operaciones empresariales, sean éstas habituales o no, siempre que se trate de bienes afectos a su patrimonio empresarial.

EJEMPLO NÚMERO 2

El mismo empresario anterior, pero en este supuesto, para obtener más liquidez, vende su vehículo automóvil particular, ¿está la transmisión sometida al IVA?

RESULTADO. Al no estar el automóvil afecto a su patrimonio empresarial, no se produce el hecho imponible del IVA, sujetándose la operación a TPO.

EJEMPLO NÚMERO 3

El Sr X arrienda su plaza de garaje por seis meses, ¿está la operación sujeta al IVA?

RESULTADO. Sí, aunque se trate de un arrendamiento ocasional, por corto plazo y de una sola de plaza. Además, como no se trata de arrendar una vivienda, estará plenamente sujeta al IVA.

La calificación como empresario o profesional, a efectos del IVA, es totalmente independiente y debe analizarse caso por caso, respecto de la calificación en el Impuesto sobre las Renta de las Personas Físicas (IRPF) de las rentas recibidas por un profesional persona física, incluso en el supuesto de que este último sea socio de la entidad y cotice al régimen de trabajadores autónomos en la Seguridad Social (consulta vinculante de la DGTV 1148­-15, de 13 de abril de 2015[j 7]).

Presunción de Actividad Empresarial o Profesional

De acuerdo al art. 5.Tres, LIVAse presupone el ejercicio de la actividad empresarial o profesional:

  • En los supuestos a los que se refiere el art. 3 del Código de Comercio (en adelante, Cco), es decir: “Existirá la presunción legal del ejercicio habitual del comercio desde que la persona que se proponga ejercerlo anunciare por circulares, periódicos, carteles, rótulos expuestos en público, o de otro modo cualquiera, un establecimiento que tenga por objeto alguna operación mercantil.”.
  • Cuando para la realización de las operaciones definidas en el hecho imponible del IVA, art. 4, LIVA, se exija contribuir por el Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante, IAE). El IAE está regulado, básicamente, en el art.

IVA para Autónomos Explicado Fácil: Todo lo que Necesitas Saber

La Inversión del Sujeto Pasivo

La inversión del sujeto pasivo supone que la condición de sujeto pasivo se hace recaer en el destinatario de la operación, es decir, el que compra el bien o recibe el servicio, en lugar del que lo vende o presta el servicio, que es lo más habitual en el IVA.

La inversión del sujeto pasivo se da cuando la obligación de liquidar este impuesto recae en el destinatario de la operación, esto es, en quien compra el bien o recibe el servicio.

Casos en los que se aplica la inversión del sujeto pasivo:

  • Ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación de edificaciones efectuadas para empresarios o profesionales, como consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista.
  • Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, para la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista.
  • Venta de inmuebles usados (segundas y ulteriores entregas de viviendas) La venta podrá tributar por IVA en lugar de ITP cuando el adquirente sea otro empresario con derecho a deducir total o parcialmente el IVA soportado, ya sea de acuerdo a su actividad en el momento de la compra (prorrata mayor que cero) o en función del destino previsible del inmueble.
  • Venta de terrenos rústicos y no edificables. La venta podrá tributar por IVA en lugar de ITP cuando el adquirente sea otro empresario con derecho a deducir total o parcialmente el IVA soportado, ya sea de acuerdo a su actividad en el momento de la compra (prorrata mayor que cero) o en función del destino previsible del inmueble.
  • Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.
  • Plata, platino y paladio, en bruto, en polvo o semilabrado; asimilándose a los mismos las entregas que tengan por objeto dichos metales resultantes de la realización de actividades de transformación por el empresario o profesional adquirente.
  • Al empresario o profesional que se dedique con habitualidad a la reventa de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales.
  • Un empresario o profesional distinto de los referidos en el guion anterior, cuando el importe total de las entregas de dichos bienes efectuadas al mismo, documentadas en la misma factura, exceda de 10.000 euros, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • En los casos de rehabilitación de un local de negocios por parte del arrendatario.

Ejemplo de Inversión del Sujeto Pasivo en la Construcción

La sociedad A contrata con la sociedad B la construcción de una edificación donde instalará su sede social, por un importe de 500.000 euros. La ejecución de obra en su conjunto tiene la consideración de construcción. Por ello, A se convierte en sujeto pasivo de la entrega de bienes realizada por B, por lo que deberá repercutir e ingresar el IVA correspondiente a dicha operación por un importe de 105.000 euros.

Obligaciones del Sujeto Pasivo en la Facturación y Declaración

En relación a la emisión de la factura, el vendedor o prestador de servicios, debe reflejar en la factura que se trata de una operación con inversión del sujeto pasivo. Debe aparecer la mención expresa: “inversión del sujeto pasivo” y la normativa aplicable: “Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al Art.

Por su parte, el receptor de la factura, al ser el sujeto pasivo del impuesto, tiene que registrar la factura (con inversión de sujeto pasivo en el IVA) que recibe, de manera que su base imponible, se declare en el modelo 303, dentro del IVA devengado, en las casillas 12 y 13 del modelo, y en las casillas que corresponda dentro del IVA deducible. Para la cumplimentación del modelo 303, necesitaremos recopilar todas las facturas emitidas y recibidas relacionadas con la actividad del sujeto pasivo.

Infracciones y Sanciones

Existen una serie de infracciones y sanciones por la falta de comunicación o la comunicación incorrecta, por parte de los destinatarios, de determinadas operaciones a las que resulta aplicable la regla de inversión del sujeto pasivo de su condición de empresarios y, en su caso, de la naturaleza de las obras (ejecuciones de obra para la construcción o rehabilitación de edificios o urbanización de terrenos y transmisiones de inmuebles en ejecución de garantía).

tags: #empresarios #sujetos #pasivos #IVA

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