Guía paso a paso para el alta de autónomos: todo lo que necesitas saber
En el dinámico mundo del emprendimiento, la agilidad y la eficiencia son clave. Empezar un negocio por cuenta propia es una decisión que implica una serie de trámites administrativos y que conllevará más adelante otras obligaciones como el pago de impuestos y cotizaciones. Si se tiene la idea, a corto plazo, de convertirse en empresario, es importante que se conozca, en detalle, el proceso a seguir para darse de alta como autónomo.
Definición y obligaciones del trabajador autónomo
Según la RAE, un autónomo es la persona que trabaja por su cuenta, es decir, no es asalariado de una determinada empresa. Por norma general, la Seguridad Social entiende que está obligado a darse de alta como autónomo todo aquel que vaya a realizar una actividad económica de manera personal y habitual con independencia de los ingresos que genere. El trabajo por cuenta propia, según el Estatuto del Trabajo Autónomo, es todo aquel realizado por personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional.
Es importante recordar que el alta en Seguridad Social y Hacienda tienen que ser previos al inicio de la actividad económica. Ten en cuenta que el alta en la Seguridad Social debe coincidir con el alta en Hacienda.
Pasos fundamentales para el alta
Para trabajar como autónomo existen dos pasos previos imprescindibles: tendrás que tramitar tu alta en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Alta en Hacienda: Lo primero que debes hacer es tramitar el alta en el Censo de Empresarios y Profesionales mediante la declaración censal (modelos 036 o 037).
- Alta en la Seguridad Social (RETA): Debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en un plazo de 30 días desde que te inscribes en Hacienda. Para darse de alta presencialmente deberá rellenar el modelo TA0521.
- Elección de Mutua: En el momento de inscribirse, deberá hacer constar la entidad gestora o mutua por la que opta para cubrir el riesgo por enfermedad profesional y accidente de trabajo.
Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)
Cada vez más emprendedores optan por darse de alta como autónomo a través de un Punto de Atención al Emprendedor. El procedimiento es simple: desde las oficinas autorizadas como Puntos PAE, se inicia el alta del autónomo de forma inmediata y sin costos adicionales. El DUE (Documento Único Electrónico) es un formulario centralizado que recopila la información necesaria para completar automáticamente todos los documentos requeridos por varios organismos públicos.
Tabla de trámites y modelos principales
| Trámite | Modelo/Documento | Organismo |
|---|---|---|
| Alta censal | Modelo 036 / 037 | Agencia Tributaria |
| Alta en RETA | Modelo TA0521 | Seguridad Social |
| Inscripción empresario | Modelo TA-6 | Seguridad Social |
Cotización y beneficios
Tras darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, y desde 2023, ya no se elige la base de cotización de forma arbitraria. En su lugar, se han establecido unos tramos definidos en base a los ingresos reales. Al darse de alta como autónomo por primera vez, se dispone de la Tarifa Plana de 80 € mensuales (aplicable en los 12 primeros meses de actividad).
- Responsabilidad: Debes saber que, con esta forma legal, te responsabilizas con todos tus bienes de las futuras deudas que pueda contraer.
- Pluriactividad: La ley reconoce la posibilidad de ejercer la pluriactividad, permitiendo estar de alta en dos o más regímenes distintos.
- Licencias: Es necesario solicitar las licencias pertinentes (como la licencia de apertura) en función del tipo de actividad y el municipio donde se desarrolle.
No olvides que la Administración te ofrece un plazo de hasta 60 días antes de iniciar la actividad para gestionar el alta. Si comunicas tu alta después de empezar a trabajar, no podrás beneficiarte de ciertos descuentos en la cuota.
