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Comunicación

Reconocimiento de Pyme Innovadora en España: Una Guía Completa

by Admin on 22/10/2025

El sello de Pyme Innovadora es un reconocimiento que el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) otorga a las empresas que cumplen con este perfil. El objetivo es hacer una discriminación positiva sobre la que poder establecer una política que ayude a su crecimiento y sostenibilidad. Por tanto, se trata de un reconocimiento adscrito a Registro Público.

El tejido productivo de la Unión Europea está formado por 23 millones de PYMES, representando el 99 por ciento de las empresas que operan en su territorio y aportando las dos terceras partes del empleo. Según la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, uno de los problemas de nuestro sistema de Ciencia, Tecnología y Empresa es el reducido número de empresas innovadoras, especialmente pequeñas y medianas empresas; el limitado peso de los sectores de media/alta tecnología; la ineficiencia de los instrumentos de transferencia y gestión del conocimiento y las bajas capacidades de absorción de las PYMES.

La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, ya preconizaba en su preámbulo que la economía española debe avanzar hacia un modelo productivo en el que la innovación está llamada a incorporarse definitivamente como una actividad sistemática de todas las empresas, con independencia de su sector y tamaño.

Finalmente el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, ha regulado en su artículo 6 la definición de PYME innovadora, los criterios para poder considerar a una PYME como intensiva en I+D+i, la creación de un sello de PYME innovadora y la gestión por parte del Ministerio de Economía y Competitividad de un Registro de PYMES innovadoras.

En este mismo sentido, la recientemente aprobada «Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la directiva 2004/18/CE» establece en su segundo considerando que «La contratación pública desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020 como uno de los instrumentos basados en el mercado que deben utilizarse para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso más eficiente de los fondos públicos.

Beneficios de ser una Pyme Innovadora

Las Pymes Innovadoras incluidas en el Registro Público podrán:

  • Compatibilizar la deducción fiscal y la bonificación a las cuotas de la Seguridad Social del gasto que representan las personas que se dedican en exclusiva a tareas de I+D+i.
  • Facilitar el acceso de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) a la contratación pública.

¿Cómo obtener la certificación de Pyme Innovadora?

Para acceder a tal registro y acceder a sus respectivas ventajas fiscales, una de las vías de acceso es estar certificado como tal por una empresa acreditada por ENAC.

EQA es la primera entidad que ha sido acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación, ENAC, para certificar a la Pyme Innovadora según la Especificación EA 0047. Esta acreditación se suma a la ya obtenida para certificar a las Jóvenes Empresas Innovadoras. Ambas certificaciones acreditadas permiten a las empresas acceder al Registro Oficial de Pyme Innovadora del Ministerio de Economía y Competitividad.

“Estas dos acreditaciones van de la mano y, junto con la correspondiente a la UNE 166002, completamos las tres vías existentes para obtener el reconocimiento de Pyme Innovadora que otorga el MINECO. De esta manera, logramos ser accesibles a cualquier organización con carácter innovador, desde una spin off hasta grandes organizaciones cotizadas en el IBEX35” indica Ignacio Martínez Cabañero, Director General de EQA.

El certificado de Pyme Innovadora está basado en la especificación EA 0047. Esta herramienta permite, además de establecer una frontera entre las empresas que puedan ser consideradas o no pequeñas y medianas empresas innovadoras, establecer una valoración de la excelencia e identificar mejor las áreas de mejora.

Para este fin, la EA047 está compuesta por 28 indicadores sobre los que se puede alcanzar un máximo de 1.000 puntos repartidos en tres bloques: recursos (400), procesos (200) y resultados (400). La organización que alcance al menos 400 puntos tendrá derecho a obtener el sello de Pyme Innovadora y a estar en el Registro Oficial que el MINECO ha habilitado para ello.

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Incentivos Fiscales para Pymes Innovadoras

Actualmente existen dos incentivos para pymes: el de deducción fiscal para I+D+I y el de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Deducción Fiscal por I+D+I

Existe una deducción fiscal en el impuesto de sociedades para proyectos de I+D e innovación tecnológica (IT), destinada a empresas que realicen este tipo de actividades. En concreto, tienen como objetivo ayudar a las empresas que desarrollan tecnología, siendo suficientes las mejoras en productos, procesos o servicios, aunque no supongan un salto respecto a la competencia, pero sí en comparación con las versiones anteriores.

El importe de la deducción fiscal por I+D+i se calcula sobre los gastos asociados a las actividades de I+D o IT identificadas en la empresa. La deducción fiscal, como hemos visto anteriormente, es un porcentaje a aplicar sobre los gastos incurridos en las actividades de I+D+i de la empresa y se aplica en la liquidación anual del impuesto de sociedades que, para una empresa con el ejercicio fiscal igual al año natural, tiene una fecha límite fijada en el 25 de julio de cada año. La deducción generada pero no aplicada cada año puede aplicarse en ejercicios posteriores.

Bonificaciones en las Cuotas de la Seguridad Social

Las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por personal investigador son un incentivo no tributario, ligado a la contratación y al mantenimiento del empleo con dedicación exclusiva a actividades de I+D+i. Estas bonificaciones a la contratación permiten minorar en un 40% las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por el personal investigador, lo que se traduce en un 10% de ahorro bruto aproximado sobre el salario bruto. Además, los trabajadores deben estar incluidos en los grupos 1,2,3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social. Aplica tanto para el personal investigador que trabaja directamente para la empresa en desarrollos internos o si lo hace de forma externa para un cliente.

Para poder dar de alta al personal como personal investigador es necesario presentar un análisis detallado de los proyectos en los que participan para justificar que son considerados como innovación tecnológica o investigación y desarrollo.

Una vez que hayas elaborado el informe y hayas seleccionado el personal sobre el que aplicar las bonificaciones, únicamente tendrás que cumplimentar las instrucciones del sistema RED en el ámbito de afiliación y de cotización. En el primer caso, habrá que identificar a los trabajadores como en el campo “Relación laboral de carácter especial” mediante el valor 9916 - Perfil investigador I+D+i.

El Proceso de Registro en el MINECO

El proceso para formar parte del registro público de Pymes Innovadoras no conlleva ningún coste para las empresas y se realiza a través de la web de la Secretaría de Estado de I+D+i.

  1. La presentación de dicha solicitud por los interesados deberá hacerse, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad, con un sistema de firma electrónica avanzada.
  2. Debe pertenecer a una persona acreditada previamente como representante de la PYME interesada en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.
  3. La inscripción previa del representante de la PYME interesada en el Registro Unificado de Solicitantes se realizará en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación. En dicho Registro, dentro del apartado «Registro de representante» podrá identificarse y definir su nombre de usuario y palabra clave.
  4. Asimismo, en el caso de no presentarse la solicitud de manera telemática, se comunicará a los interesados para que subsanen dicha carencia en el plazo de diez días.
  5. La resolución de la Dirección General de Innovación y Competitividad, acordando la inscripción de la PYME en el Registro, será adoptada en el plazo máximo de cuatro meses desde la iniciación del correspondiente procedimiento.
  6. Una vez hemos obtenido la resolución se podrá descargar el sello.

En el momento de la entrada en vigor de esta orden, las PYMES que cumplan cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 2 se integrarán automáticamente en el Registro con los datos de que disponga el Ministerio de Economía y Competitividad al efecto.

La validez del sello se calculará en función del plazo máximo de cómputo de los requisitos alegados (tres años las ayudas o los Informes Motivados, cinco las patentes y el que se fije en la certificación de la norma AENOR correspondiente).

El sello es la forma gráfica registrada que representa oficialmente a la PYME INNOVADORA. Se acepta todo tamaño de sello, mientras el texto PYME INNOVADORA e imagen sean perfectamente legibles.

tags: #mineco #pyme #innovadora

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