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Comunicación

Guía Completa sobre la Jubilación de la Policía Local y Autónomos en España

by Admin on 24/05/2026

La jubilación facilita una renta mensual pública que tiene como fin compensar la pérdida de ingresos profesionales al cumplir una determinada edad. Salvo excepciones, se genera a voluntad del trabajador. Por esta razón, es fundamental que accedamos al tipo de jubilación que más nos favorezca. En cualquier caso, se trata de una pensión para toda la vida desde que comenzamos a percibirla. Si vas a jubilarte tienes que hacer las gestiones pertinentes con tu empresa, notificando tu renuncia voluntaria por jubilación, ya que no se trata de un despido.

Tipos de Jubilación en la Seguridad Social

Existen, por tanto, diversos tipos de jubilación. Y resulta imprescindible conocerlos para saber en cuál de ellas podríamos estar incluidos.

Jubilación Ordinaria

La jubilación ordinaria es la que se produce llegada la edad ordinaria de jubilación que establece el Estado. Es la jubilación estándar tal como la conocemos, con al menos 15 años de cotización acumulada. Para 2026, la edad ordinaria de jubilación será de 65 años si nuestra carrera de cotización suma un mínimo de 38 años y tres meses.

El hecho de poder jubilarse de forma ordinaria no es sinónimo de que podamos percibir el 100% de la pensión de jubilación (es decir, de nuestra base reguladora). Si nuestra carrera de cotización es menor, cobraremos un determinado tanto por ciento de la base reguladora. Cotizando lo mínimo -15 años- tendremos derecho al 50% de nuestra base reguladora.

Jubilación Anticipada

Como su nombre indica, la jubilación anticipada es cuando nos retiramos antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación que nos corresponda. Este tipo de jubilación puede ser, a su vez, de distintas clases: voluntaria, por cese no voluntario, por discapacidad o a razón del grupo profesional. En general, conlleva unos coeficientes reductores que nos penalizan por jubilarnos antes de lo que tipifica el Estado.

La jubilación anticipada en general conlleva una reducción del importe de la pensión, lo que se lleva a cabo mediante los coeficientes reductores (relacionados con la cotización acumulada). Puede solicitarse cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación que nos corresponda.

Jubilación Anticipada por Cese No Voluntario

Cuando se produce un despido, el trabajador ha de acreditar que ha recibido una indemnización. En cuanto a los coeficientes reductores -que son mensuales desde 2022-, en la jubilación anticipada por cese no voluntario son menores que en la anticipada voluntaria.

Jubilación Anticipada por Actividad Laboral

Los trabajadores que hayan desarrollado una actividad laboral considerada como penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, también tienen derecho a una jubilación anticipada. El Ministerio de Empleo y Seguridad ha promovido recientemente un Real Decreto para reducir la edad mínima de jubilación a todos aquellos profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza "penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, y acusen asimismo elevados índices de morbilidad o mortalidad".

También relacionada con el tipo de actividad laboral que se ha desarrollado antes de jubilarse, encontramos la jubilación anticipada por tener la condición de mutualista. Aquí hay un descuento general que disminuye el importe de la pensión, un 8% anual, que se descontará de su base reguladora por cada año al mutualista le falte para cumplir 65 años.

Jubilación Anticipada por Discapacidad

Por otra parte, con una discapacidad del 45% o más, la edad de jubilación anticipada es de 56 años, genérica para todos.

Jubilación Demorada

Si a la edad de jubilación ordinaria, una persona se plantea la posibilidad de seguir trabajando más tiempo, puede hacerlo acogiéndose a la jubilación demorada. Esto otorga un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado, que se sumará al porcentaje de base reguladora al que la persona tiene derecho según lo que haya cotizado. Alternativamente, se puede optar por un “cheque” único al jubilarse definitivamente.

Jubilación Forzosa

Las empresas que la contemplen en su convenio colectivo, podrán obligar a sus trabajadores a jubilarse una vez que cumplan la edad ordinaria para ello, o una vez alcanzado un determinado número de años.

Jubilación Flexible

La jubilación flexible es una tercera modalidad que permite compatibilizar el cobro de una parte de la pensión de jubilación con un trabajo a tiempo parcial, reduciendo la jornada laboral.

Cálculo de la Pensión de Jubilación

Para saber cómo calcular la pensión de jubilación, el punto de partida es la base reguladora. Se toman las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses), se suman y se divide el resultado entre 350. Es muy importante actualizar (conforme al IPC) las bases desde el mes número 25 y siguientes. Sobre esa base se aplica el porcentaje que corresponda según los años cotizados.

No olvidemos que si se trata de algún tipo de jubilación anticipada, han de aplicarse los coeficientes reductores correspondientes.

Existe también un complemento a mínimos, dirigido a quienes no alcanzan la pensión mínima establecida al jubilarse, una vez calculada su base reguladora y el porcentaje de esta.

“Cómo calcular tu pensión IMSS Ley 73 en 2026 (Paso a paso + ejemplo real)”

Jubilación de la Policía Local

En este artículo vamos a hablar sobre el Real-Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre, donde se regula la jubilación anticipada de los policías locales, así como de posteriores actualizaciones. Te interesará lo que te vamos a explicar si eres, o alguno de tus familiares es, policía local. En España, la edad ordinaria de jubilación disminuye para ciertas profesiones, y desde enero de 2019, resulta aplicable la normativa que permite un adelanto de la edad de jubilación de los policías locales.

Normativa y Justificación

Desde el 2 de enero de 2019, está en vigor la regulación (Real Decreto 1449/2018) que establece la posibilidad de que los policías locales se jubilen anticipadamente sin que se le apliquen las reducciones de la cuantía de la pensión previstas con carácter general para la jubilación anticipada. Es decir, no se trata en sentido propio de una jubilación anticipada, sino de un adelanto de la edad ordinaria de jubilación que se justifica, como ocurre en otras profesiones (por ejemplo, bomberos o mineros), en las exigencias psicofísicas de los policías que pueden resultar especialmente gravosas a partir de cierta edad.

La consideración del tiempo cotizado funciona de la misma manera que en otros colectivos, pudiéndose descontar del mismo aquellas faltas derivadas de incapacidades o enfermedades (independientemente de su causa), bajas por maternidad o paternidad, o bien por permisos y licencias retribuidos.

Requisitos para el Adelanto de la Jubilación

Para poder acceder a este adelanto de la jubilación, resulta necesario tener 15 años cotizados como policía local. La aplicación de la reducción de la edad de jubilación no puede suponer, en ningún caso, acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior en 5 años a la edad ordinaria, que se puede elevar a 6 años si se acreditan 37 años de cotización efectiva como policía local. No obstante, se establece una transitoriedad hasta alcanzar estos 37 años:

Periodo Años de Cotización Efectiva
2019 35 años y 6 meses
2020, 2021 o 2022 36 años
2023, 2024, 2025 o 2026 36 años y 6 meses
A partir de 2027 37 años

La reducción de la edad ordinaria de jubilación será variable en cada caso y será igual a un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como policía local un coeficiente del 0,20. El periodo de tiempo en que se vea reducida la edad de jubilación, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión.

Mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes, habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación del coeficiente reductor asignado, cesen en su actividad como miembro de la Policía local, pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.

Ejemplo Ilustrativo

Un policía local con 35 años de actividad como policía y cotizados como tal a la Seguridad Social, que está analizando la posibilidad de jubilarse en 2020. En este año, su edad ordinaria de jubilación sería 65 años y 10 meses, pero por aplicación de la normativa especial de los policías locales, podría aplicarse una reducción de 35x0,20, esto es, de 7 años. Sin embargo, esa misma normativa impide aplicarse la reducción entera de 7 años, aplicándose una reducción máxima de 5 años. Por tanto, en el año 2020 podría jubilarse si ha cumplido ya 60 años y 10 meses. Y esos 5 años de reducción se le computarán como cotizados a la hora de calcular el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de jubilación, por lo que sumados a los 35 que tenía, alcanzará el 100% de la base reguladora de la pensión.

Cotización Adicional

Desde 2019, los policías locales cotizan más por contingencias comunes. En la normativa al respecto se establece esta cotización adicional, tanto para la del ayuntamiento que lo contrata como para el empleado. La disposición adicional 164 de la ley 6/2018 de PGE 2018 ha establecido un tipo de cotización adicional del 10,6%, para todos los policías en activo.

Jubilación de los Autónomos

La jubilación es uno de los temas que más preocupa a los autónomos. La jubilación del autónomo funciona, en líneas generales, igual que la de cualquier trabajador: para cobrar una pensión contributiva es necesario haber cotizado un mínimo de años al sistema. La razón es sencilla: desde la implantación del sistema de cotización por ingresos reales, la base de cotización está directamente vinculada a los rendimientos netos del autónomo. La jubilación por cese no voluntario no está disponible para este tipo de trabajadores.

Requisitos de Cotización

Años cumplidos y cotización acumulada son los dos pilares para ser beneficiario de la jubilación. El segundo elemento clave es el tiempo. Con 15 años cotizados se genera derecho a pensión, pero eso no implica cobrar una pensión completa.

En 2026 sigue vigente el calendario progresivo de reforma del sistema de pensiones iniciado en 2013. El sistema funciona por tramos. Durante el periodo transitorio 2023-2026, el 100% de la base reguladora se alcanza con 36 años y 6 meses cotizados.

Cálculo de la Pensión

No existe una cifra única para la pensión de los autónomos. Durante años, muchos autónomos optaron por cotizar por bases mínimas, lo que explica que la pensión media del colectivo haya sido históricamente más baja que la de los trabajadores asalariados. Además, conviene recordar que existen pensiones mínimas contributivas, que se actualizan cada año conforme al IPC y dependen de la edad del pensionista y de si tiene o no cónyuge a cargo.

Sí, la pensión pública tiene un límite máximo, aunque se haya cotizado por bases altas durante toda la vida laboral. En 2026, este tope sigue vigente y se actualiza anualmente.

La Seguridad Social toma las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses), las suma y divide el resultado entre 350. Sobre esa base se aplica el porcentaje que corresponda según los años cotizados. Este ejemplo es orientativo. No obstante, si quieres obtener una estimación precisa, la Seguridad Social ofrece en su web una herramienta de cálculo de pensiones donde se pueden introducir las bases de cotización y la edad de jubilación.

Pensiones No Contributivas

Hasta ahora hemos hablado de tipos de pensión contributiva, pero también existe la no contributiva. Las pensiones no contributivas aseguran a los ciudadanos en edad de jubilación unas prestaciones económicas, asistencia médico-farmacéutica y otros servicios sociales.

Requisitos de Acceso

Los requisitos se centran en la edad (tener 65 años o más) y en vivir en España. Pero, además, se exige haber residido en el país durante 10 años, que deben estar comprendidos desde que se cumplieron 16 años hasta la fecha actual. A las condiciones anteriores se suma otra: si se cobra otras rentas, estas no pueden alcanzar los 8.803,20 € al año en 2026. La cuantía a cobrar se establece en función de las rentas personales del ciudadano y/o de las de su unidad económica de convivencia, y de si hay más convivientes con pensiones no contributivas en un mismo domicilio.

Documentación Necesaria para la Jubilación

Para cualquier trámite de jubilación, se requiere diversa documentación. Por ejemplo, si se va a solicitar el complemento a mínimos, hay que aportar el Libro de Familia o el acta del Registro Civil. En caso de jubilación anticipada por cese no voluntario, el certificado de empresa donde se refleje el despido, así como la transferencia de la indemnización como trabajador cesado. Si no la ha habido aún, se debe presentar la documentación que demuestre que se ha interpuesto una demanda judicial al respecto, o de impugnación del despido. Pero si la jubilación es por discapacidad, será necesario el certificado de discapacidad y del grado, con las fechas de calificación e inicio. En solicitudes de jubilación parcial, es preciso anexar una certificación de empresa con los datos laborales del jubilado parcial y del trabajador relevista, si lo hubiera.

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