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Comunicación

Guía Completa para Solicitar Subvenciones de Lanbide para Autónomos en el País Vasco

by Admin on 18/05/2026

El Servicio Vasco de Empleo, Lanbide, en colaboración con diversas entidades, ofrece una serie de ayudas y subvenciones destinadas a impulsar el emprendimiento y la consolidación de negocios para autónomos en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Estas ayudas buscan apoyar tanto el análisis y desarrollo de una idea empresarial como la consolidación de actividades ya iniciadas. A continuación, te detallamos los requisitos, importes, gastos subvencionables y el proceso de solicitud.

Ayudas para el Desarrollo de una Idea Empresarial

La Agencia de Desarrollo Oarsoaldea, como Entidad Colaboradora de Lanbide, proporciona acompañamiento y tutorización a personas emprendedoras en los procesos de análisis y desarrollo de una idea de negocio en el marco de esta ayuda.

Objetivo

El objetivo de estas ayudas es apoyar el análisis y desarrollo de una idea empresarial a través de una tutorización de 2 meses, en cualquier rama de actividad y en régimen de dedicación exclusiva.

Dirigido a

Personas emprendedoras de la CAPV que se encuentren en situación de desempleo e inscritas en Lanbide.

Requisitos Generales para la Solicitud de Ayudas al Desarrollo de Ideas

  • Estar empadronado y tener residencia en la CAPV.
  • Estar en desempleo e inscrito/a como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
  • No haberse encontrado de alta en IAE y Régimen Especial de Autónomos (RETA) el año anterior.
  • No haber sido beneficiario/a de ayudas de Desarrollo de Idea o de Puesta en Marcha en convocatorias anteriores.
  • Dedicarse durante un periodo de 2 meses al desarrollo de la idea empresarial.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No percibir ninguna otra ayuda para el mismo fin.

Importe Máximo

La cuantía de esta línea de ayuda es de 1.000€. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si la persona promotora es mayor de 18 años y menor de 30, y en otro 15% adicional si es mujer. La cuantía máxima es de 1.000€.

Plazo de Solicitud

Hasta el 10 de noviembre de 2023.

Justificación y Pago

  • El plazo de justificación será de 1 mes tras la finalización de la tutorización.
  • La entrega de la memoria de justificación será requisito indispensable para la obtención de la ayuda.
  • El pago se realizará una vez que Lanbide haya emitido resolución favorable.

Cómo Solicitar

Las solicitudes se deberán entregar junto con la documentación requerida en las oficinas de Oarsoaldea de Errenteria, en el edificio Torrekua, incubadora Habian! en el horario de 9:00-14:00.

Ayudas para empresas vascas destinadas al desarrollo de acciones formativas

Documentación a Presentar

  • Anexo de Solicitud.
  • Anexo para valoración de las solicitudes.
  • Fotocopia DNI.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Vida Laboral.
  • Documento acreditativo de ser persona perceptora titular o beneficiaria de la RGI (si procede).
  • Certificado Inscripción en LANBIDE (Certificado Periodos De Inscripción).
  • Certificado corriente de Pagos Seguridad Social.
  • Certificado Corriente de pagos Hacienda.
  • Certificado histórico Hacienda (Histórico IAE).

Ayudas para la Consolidación de Actividad Empresarial

Esta subvención está diseñada para apoyar a los autónomos vascos en el arranque y consolidación de sus negocios. Se establecen las bases reguladoras de las ayudas a conceder en 2025 a las personas que han iniciado una actividad empresarial, para la consolidación de la misma.

Dirigido a

Personas físicas, empresarios o profesionales individuales, socios de una Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles.

Importe de la Ayuda

La cuantía de la ayuda será de 2.500 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15% adicional en el caso de ser mujer. En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 6.000 € para el conjunto de los socios o socias. Si es necesario aplicar dicho límite, la subvención por socio o socia será el resultado de aplicar el porcentaje de participación de cada una de las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria a los 10.000 €, con el límite de la cuantía de subvención que le correspondería según el apartado anterior.

Requisitos Específicos para la Consolidación

  • Estar desempleada e inscritas como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
  • Estar empadronadas y tener residencia efectiva en la CAPV.
  • Acreditación del alta en el IAE y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, régimen especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad profesional correspondiente.
  • Que se halla al corriente de pago en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023) y que se compromete a comunicar cualquier cambio que pudiese suceder en esta circunstancia hasta el momento de la justificación del total de la subvención concedida.
  • No haber sido sancionado por discriminación de cualquier clase, y cumplir con la normativa pertinente.
  • Haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de sexo.
  • No haber sido sancionado por contaminar.
  • Cumplir con la cuota establecida de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  • No haber sido subvencionado con anterioridad por la misma actividad e incurra en una sobrefinanciación.
  • No tener deudas con el Estado, el País Vasco y/o Seguridad Social.
  • No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
  • No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, o acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
  • Que no está percibiendo ninguna ayuda con este mismo objeto y finalidad concedida por cualquier Administración Pública o entidad pública o privada.
  • Que no se halla incursa en procedimiento alguno de reintegro de subvención otorgada por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.

Gastos Subvencionables

Los beneficiarios podrán subvencionar una amplia variedad de gastos, como el pago de la cuota de autónomo, campañas publicitarias, diseño de páginas web, cursos de formación o alquiler de locales, entre otros.

Podrá ser objeto de subvención las siguientes inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad:

  • Construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales.
  • Maquinaria.
  • Instalaciones.
  • Utillaje.
  • Mobiliario.
  • Equipos para procesos de información.
  • Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional. Se entenderán únicamente los siguientes:
    • Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
    • Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
    • Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
    • Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
    • Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
    • Los utilizados en servicios de vigilancias.
    • Vehículos de venta ambulante.
  • Contratos de franquicia.
  • Aplicaciones informáticas.
  • Fondo de comercio.
  • Derechos de traspaso.

La persona beneficiaria deberá realizar las inversiones subvencionables por una cuantía mínima de 5.000 euros en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención. Las inversiones subvencionadas deberán permanecer afectas a la actividad empresarial durante un periodo mínimo de dos años desde su adquisición (fecha de la primera factura subvencionada). En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Periodo Subvencionado

Los gastos subvencionables correspondientes a las cuotas de autónomos y arrendamiento del local de negocio serán los correspondientes a 10 meses, contados desde el día en que se solicite la subvención. Estos 10 meses son los que se entenderán por periodo subvencionado.

Los gastos subvencionables por inversiones serán los devengados y pagados desde el día de alta en el IAE hasta los 10 meses contados a partir del día siguiente al de notificación de la resolución estimatoria de la subvención.

Proceso de Evaluación y Resolución

Las solicitudes de las ayudas serán estudiadas por orden de presentación y se resolverán ordenadamente en función del momento en el que el respectivo expediente esté completo, hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.

La comisión evaluadora realizará el análisis de las solicitudes, el requerimiento de subsanaciones y la propuesta de resolución provisional. La publicación en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de esta propuesta provisional, con plazo de 10 días para la formulación de alegaciones.

El abono de la subvención se realizará en un único pago tras la concesión de la misma.

Otros Tipos de Ayudas y Consideraciones

Ayuda Gauzatu Industria 2025

Esta ayuda pretende impulsar la creación y desarrollo de Pymes de Base Tecnológica y/o Innovadoras, con el objetivo de favorecer el crecimiento de las empresas para conseguir la recuperación de empleo y mejorar su calidad. Esta ayuda se tramitará a través de internet y se recibirá en anticipos proporcionales a las inversiones hasta un 35%, reintegrables con carácter fijo durante 5 años. Tienen dos límites, de 200.000€ por empleo generado y de 150.000€ por mantenimiento del empleo, sin poder superar el 1.500.000€.

Ayudas para Contratos de Relevo

Los beneficiarios de esta ayuda serán personas físicas o jurídicas que realicen contratos de relevo, ya sea a jornada completa o por tiempo indefinido, siempre que presten servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La cuantía de la ayuda será de 8.400 euros por cada contrato de relevo, con un posible incremento del 10% si la persona contratada es una mujer. Las solicitudes se atenderán por orden de llegada, y siempre que cumplan los requisitos, se irán concediendo hasta agotar el presupuesto disponible.

Ayudas para la Conciliación Familiar

Esta ayuda pretende apoyar la contratación de personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras por cuenta propia o ajena que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para cuidar de hijos o familiares. Para optar a esta ayuda, se debe cumplir con el régimen de ayudas “minimis”.

Preguntas Frecuentes

¿Las sociedades laborales pueden ser beneficiarias?

Las sociedades laborales se caracterizan porque la mayoría del capital es propiedad de los trabajadores con contrato indefinido y tienen fundamentos teóricos similares a los de la cooperativa. Sí, pueden ser beneficiarias de la ayuda.

¿Las asociaciones con actividad económica pueden ser beneficiarias?

Sí, si la asociación tiene actividad económica, puede ser beneficiaria de la ayuda.

¿Las sociedades patrimoniales pueden ser beneficiarias?

Las sociedades patrimoniales no se dedican principalmente a desarrollar actividades económicas sino a la administración de un patrimonio. En ninguno de los dos casos pueden ser beneficiarias.

¿Puedo solicitar la ayuda si tengo un espacio de coworking?

Se excluyen los espacios de coworking, a excepción de aquellos casos en los que el contrato de arrendamiento esté a nombre de la persona beneficiaria y disponga de un espacio de uso individual para el desarrollo de su negocio y el mismo se recoja en dicho contrato.

Recursos y Contacto

Desde Talenom podemos ayudarte a solicitar estas ayudas para que puedas darle el impulso que necesita tu proyecto. Para más información o para iniciar tu solicitud, puedes acudir a los asesores expertos de Ayuda T Pymes.

Procedimientos Administrativos

Recurso de Alzada

El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

  • ¿Contra qué actos se interpone? Actos que no pongan fin a la vía administrativa y actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
  • ¿Ante qué órgano se interpone? Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
  • ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo? 1 mes, si el acto recurrido es expreso. 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
  • ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo? 3 meses. Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución, el recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto, o desestimado, si el acto recurrido es expreso.
  • ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente? Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial. Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

Recurso Potestativo de Reposición

Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo. Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.

  • ¿Contra qué actos se interpone? Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
  • ¿Ante qué órgano se interpone? El mismo que dictó el acto recurrido.
  • ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo? 1 mes si el acto recurrido es expreso. En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
  • ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo? 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
  • ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente? En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial. No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.

Registro de Terceros y Pagos

La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros gestiona los pagos de la Administración de la CAE y sus Organismos Autónomos. Esta aplicación permite a los usuarios consultar, modificar y dar de alta sus datos bancarios. En el caso de alta o modificación, una vez validada por la aplicación, recibirá un correo electrónico o SMS. El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica. Para utilizar este servicio es necesario que el usuario esté identificado.

Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Tabla Resumen de Ayudas

Tipo de Ayuda Objetivo Principal Dirigido a Importe Base (€) Incrementos (%) Plazo de Solicitud Gastos Subvencionables
Desarrollo de Idea Empresarial Análisis y desarrollo de ideas de negocio Emprendedores desempleados inscritos en Lanbide 1.000 +15% menores 30 y >18, +15% mujeres Hasta 10/11/2023 Tutorización, desarrollo de la idea
Consolidación de Actividad Empresarial Arranque y consolidación de negocios Autónomos, profesionales, socios CB/SC 2.500 +15% menores 30 y >18, +15% mujeres Sin fecha límite explícita (orden de presentación) Cuotas autónomos, publicidad, web, formación, alquiler, inversiones en activos fijos (mín. 5.000€)
Gauzatu Industria 2025 Creación y desarrollo de Pymes Tecnológicas/Innovadoras Pymes de base tecnológica y/o innovadoras Anticipos reintegrables hasta 35% de inversión Límites: 200.000€/empleo generado, 150.000€/mantenimiento, máx. 1.500.000€ 3 meses desde realización del contrato (tramitación electrónica) Activos fijos de inversión
Contratos de Relevo Impulso a la contratación Personas físicas o jurídicas que realicen contratos de relevo 8.400 por contrato +10% si la persona contratada es mujer Orden de llegada hasta agotar presupuesto Costes asociados al contrato de relevo
Conciliación Familiar Apoyo a la contratación para sustitución Empresas que contraten desempleados para sustituir trabajadores en excedencia/reducción jornada No especificado No especificado No especificado Costes de contratación

tags: #subvención #autónomos #Lanbide #solicitud #requisitos

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