Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en Gipuzkoa: Hacia una Economía Circular
La gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) se ha convertido en un desafío ambiental y económico de gran envergadura. El volumen de estos residuos crece constantemente debido a los nuevos hábitos de consumo de la sociedad. La extracción global de materiales se ha triplicado desde 1970, y la oferta de materias primas recicladas alcanza solo el 12% en la Unión Europea, según datos de la Comisión. En este contexto, la implementación de normativas y el fomento de la economía circular son cruciales para reducir el impacto ambiental y aprovechar los recursos.
En el País Vasco, la normativa de gestión de residuos es impulsada por iniciativas como la de Emaús Fundación Social y Emaús Gipuzkoa. Este ejercicio permite fomentar la economía circular y mantener o crear empleo de calidad para personas en riesgo de exclusión en el ámbito de preparación para la reutilización del textil y de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEEs).
Marco Legal y Responsabilidad del Productor
La gestión de RAEE se rige por un real decreto que se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos clasificados en las categorías que se recogen en el anexo III. En la corriente de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se aplica el principio de responsabilidad ampliada del productor.
Obligaciones de los Productores de AEE:
- Los productores de AEE, de sus materiales y de sus componentes, deberán diseñar y producir sus aparatos de forma que se prolongue en lo posible su vida útil, facilitando entre otras cosas, su reutilización, desmontaje y reparación.
- Al final de su vida útil se facilitará la preparación para la reutilización y la valorización de los RAEE, sus componentes y materiales, de manera que se evite su eliminación.
- Los productores de AEE elaborarán Planes de Prevención de RAEE trienales en los que incorporarán sus medidas de prevención.
- Los productores marcarán, con el símbolo ilustrado en el Anexo V, los AEE que se introduzcan en el mercado con objeto de aumentar al máximo la recogida de los RAEE correctamente separados. Este símbolo se incluirá de una forma visible, indeleble y legible en cada aparato.
- Los productores de AEE especificarán a través de una marca en el aparato, que este se introdujo en el mercado después del 13 de agosto de 2005, para determinar inequívocamente que el residuo que se genere no tendrá la consideración de histórico.
El Rol de los Usuarios y la Recogida de RAEE
Los usuarios de AEE domésticos y profesionales tienen un papel fundamental en la correcta gestión de estos residuos. La entrega de estos residuos no supondrá ningún coste para el usuario.
Opciones de Entrega de RAEE para Usuarios:
- Los usuarios de AEE domésticos y profesionales, cuando sea posible, destinarán los aparatos usados a un segundo uso mediante su entrega a entidades sociales sin ánimo de lucro que puedan dar un segundo uso a los aparatos, a los establecimientos dedicados al mercado de segunda mano, o a través de otras vías de entrega para su reutilización y alargamiento de la vida útil de los productos.
- Pueden entregar estos residuos al vendedor en el momento en el que se compre un aparato equivalente o que realice las mismas funciones.
- En cualquier otro momento, pueden entregar los aparatos en los puntos limpios (garbigunes) dispuestos por los municipios u otro sistema de recogida selectiva de RAEE que el municipio disponga. Se podrán entregar asimismo, a gestores de residuos autorizados para este tipo de residuos. El usuario podrá exigir acreditación documental de la entrega.
En el caso de RAEE de uso profesional de un equipo comercializado a partir del 13 de agosto de 2005, se deberá entregar a los sistemas de recogida selectiva establecidos por los productores (sistemas individuales o sistemas integrados de gestión) y el coste será gratuito para el usuario. Si se trata de RAEE de uso profesional de un equipo comercializado antes del 13 de agosto de 2005, la organización de la recogida correrá a cargo de los productores de AEE solo en el caso de que se sustituyan por nuevos productos equivalentes o por nuevos productos que desempeñen las mismas funciones.
Responsabilidades de las Entidades Locales y Distribuidores
Las Entidades Locales, en el marco de sus competencias en materia de residuos domésticos, establecerán los sistemas que hagan posible la recogida separada, al menos gratuitamente para el usuario, de los RAEE domésticos. Las Entidades Locales incluirán en las instalaciones de recogida espacios habilitados para los RAEE que puedan ser destinados a la preparación para la reutilización.
Los distribuidores, con independencia de la superficie de la zona de venta, aceptarán, cuando los usuarios adquieran un nuevo AEE doméstico, la entrega, al menos de forma gratuita, de un RAEE de tipo equivalente o que haya realizado las mismas funciones que el aparato que se adquiere. En el caso de que la entrega del RAEE no se realice en el mismo momento de la compra del nuevo AEE, los distribuidores indicarán por escrito el plazo en que el usuario podrá depositar el RAEE en el punto de venta presentando la factura de compra correspondiente del AEE nuevo.
Procedimientos para Distribuidores:
- En el caso de que la entrega del RAEE se realice en el momento de la compra de un nuevo AEE, los distribuidores emitirán un justificante o albarán de recogida del RAEE y entregarán una copia al usuario.
- En las entregas de AEE a domicilio, incluyendo la venta a distancia, el distribuidor facilitará al transportista justificante o albarán sobre la recogida de RAEE que, en su caso, se pueda realizar en cada entrega. Con esta finalidad el distribuidor solicitará información al comprador sobre su intención de entregar un RAEE equivalente al AEE que se adquiere.
- En el momento de la recogida del RAEE en el hogar el justificante o albarán será completado con la información prevista en el apartado anterior y con la firma del comprador.
- Los distribuidores que realicen tanto venta presencial como a distancia, difundirán la información relativa a la correcta recogida de RAEE en sus establecimientos y en la recogida efectuada en los hogares de los consumidores.
Diagrama de flujo que ilustra el proceso de recogida de RAEE por parte de los distribuidores, tanto en tienda como a domicilio.
Tratamiento y Reutilización de RAEE
La recogida de modo separado y el transporte de los RAEE se efectuará de forma que puedan darse las condiciones óptimas para la preparación para la reutilización, el reciclado y el adecuado confinamiento de las sustancias peligrosas. El transporte de RAEE se realizará de conformidad con la legislación sectorial vigente. La preparación para la reutilización se llevará a cabo en las etapas más próximas a la recogida inicial por gestores autorizados. Para ello se podrán entregar los RAEE, directamente por los usuarios a los propios centros de preparación para la reutilización, o se podrán revisar y clasificar los RAEE en las instalaciones de recogida. Las instalaciones de recogida suscribirán acuerdos que incluyan la preparación para la reutilización.
Los RAEE recogidos, que no hayan sido destinados a la preparación para la reutilización, así como los RAEE o los componentes que hayan sido rechazados tras la preparación para la reutilización, se tratarán en instalaciones de tratamiento específicamente autorizadas para cada caso o en condiciones equivalentes en el caso de tratarse en instalaciones fuera de la Unión Europea.
Proceso de Tratamiento Específico:
- El tratamiento específico de RAEE incluirá, como mínimo, la retirada de todo tipo de fluidos, incluidos aceites, lubricantes u otros, y el tratamiento selectivo de materiales y componentes.
- En el caso de instalaciones donde se traten otros tipos de residuos que no sean RAEE, se llevarán a cabo triajes o estudios específicos que avalen los objetivos de valorización para cada categoría de RAEE.
Infografía que detalla las diferentes fases del tratamiento de RAEE, desde la recogida hasta la valorización y eliminación segura de sustancias peligrosas.
Resultados y Cumplimiento Normativo
Las instalaciones de tratamiento específico incluirán en su memoria anual un balance de masas con arreglo a lo previsto en el anexo XIII y el objetivo de valorización alcanzado de conformidad con lo previsto en el anexo XIV. A estos efectos se partirá de las certificaciones de los centros de preparación para la reutilización y de los gestores de destino, que incluirán los resultados de la gestión de los componentes, materiales y sustancias que salgan de las instalaciones de tratamiento específico. A través de esta plataforma electrónica se podrá dar cumplimiento a las obligaciones de archivo cronológico y de elaboración de la memoria resumen, previstas en los artículos 40 y 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio. La información del archivo cronológico y la memoria será la prevista en los anexos XI y XII.
| Entidad | Tipo de Residuos Gestionados | Toneladas Gestionadas |
|---|---|---|
| Recyclia (total) | RAEE y Pilas/Baterías | 87.954 |
| Ecoasimelec | RAEE | Parte de las 87.954 |
| Ecofimática | RAEE | Parte de las 87.954 |
| Ecopilas | Pilas y Baterías | Parte de las 87.954 |
En 2024, Recyclia gestionó un total de 87.954 toneladas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) y de pilas y baterías a través de sus fundaciones Ecoasimelec, Ecofimática y Ecopilas.
