Ayudas FEDER para la Investigación y Transformación Digital de PYMES en España
Las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) representan una oportunidad crucial para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en España, impulsando su competitividad a través de la inversión en investigación, innovación y digitalización. Estas ayudas buscan fortalecer el tejido empresarial, fomentando el desarrollo económico y la sostenibilidad.
Programas Regionales de Apoyo a PYMES
Comunidad de Madrid
En la Comunidad de Madrid, el plazo para presentar solicitudes se encuentra abierto desde el 1 de enero de cada anualidad, hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, y en todo caso, hasta el 15 de septiembre de cada anualidad. Los expedientes se tramitarán por orden de entrada de expediente completo. Si la solicitud de ayuda junto con toda la documentación exigida no está completa o existe algún error u omisión que requiera la subsanación, la administración realizará la petición de dicha documentación, y hasta que no se aporte la totalidad de la documentación requerida, no se entenderá que el expediente está completamente presentado.
La publicación en la web del agotamiento del crédito se hará una vez contabilizada y notificada la última concesión para la que hubiese crédito.
Beneficiarios y Requisitos
- Podrán acogerse a las ayudas las pequeñas y medianas empresas constituidas como sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia.
- Deben disponer de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- Su actividad económica debe quedar incluida dentro de la sección primera del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre (IAE), en las siguientes divisiones:
- División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
- División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
- División 4. Otras industrias manufactureras.
- Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa.
Intensidad y Límites de Subvención
En función del tamaño de la empresa y la ubicación del centro de trabajo donde se vaya a implementar el proyecto, la ayuda tendrá distintas intensidades que irán desde el 10% al 35%. El cálculo se realizará en la propia solicitud de ayuda una vez seleccionadas en el formulario de solicitud las variables que determinan dicha intensidad.
El límite máximo de subvención de los proyectos será de 250.000 € para las medianas empresas y de 350.000 € para las pequeñas empresas. En el caso de consultoría el límite máximo es de 20.000 €.
La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, la cuantía de 60.000 €. No serán subvencionables los proyectos que contengan exclusivamente gastos de consultoría.
En caso de acumulación de ayudas para el mismo proyecto, la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75% de los costes subvencionables, para dar así cumplimiento a la obligación de que el beneficiario aporte una contribución financiera mínima del 25% de los costes subvencionables.
Los expedientes generados al amparo de esta línea comenzarán por la siguiente codificación: 05-DEM1-00XXX.X/XX
Región de Murcia (INFO)
En el Instituto de Fomento (INFO) se da vida al Programa FEDER 2021-2027 en la Región de Murcia. Como Organismo Gestor, su misión es convertir las ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional en oportunidades reales para las empresas y el territorio, centrándose en proyectos alineados con objetivos específicos y líneas de actuación que impulsan la innovación, el desarrollo económico y la sostenibilidad.
Líneas de Actuación:
- Línea Actuación 3 - Fomento de la inversión empresarial en I+i: Objetivo Específico 11 - El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas.
- Línea Actuación 9 - Transformación digital de las PYMES: Objetivo Específico 12 - El aprovechamiento de las ventajas de la digitalización para los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas: Desarrollo de productos y servicios de TIC para empresas.
- Línea Actuación 13 - Promoción del espíritu empresarial: Objetivo Específico 13 - El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas.
- Línea Actuación 15 - El apoyo a la capacidad de las pymes para crecer en los mercados: Objetivo Específico 13 - El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas.
Entre los beneficiarios posibles de las ayudas, además de las empresas, se encuentran las organizaciones que aglutinen, representen y presten servicios a las empresas industriales. El procedimiento de concesión habitual será el de concurrencia competitiva.
Cataluña
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y, como mínimo, 2 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda, contados a partir de la fecha de constitución de la empresa.
Aragón
Aragón ha lanzado varias convocatorias de ayudas para la Transformación y Desarrollo Industrial (Línea TDI-FEDER) y para la competitividad de las PYMES de actividad industrial en sectores específicos como el textil-confección y calzado (PAIP), así como para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión. Estas órdenes de convocatoria y resolución demuestran un compromiso continuo con el fomento de la industria y la innovación en la región.
Las ayudas también se han ampliado para la concesión de nuevas ayudas a expedientes de la lista de espera, lo que subraya la demanda y la necesidad de este tipo de financiación.
Se han realizado resoluciones parciales y definitivas para diferentes ejercicios, incluyendo años recientes como 2022, 2023, 2024, 2025 y propuestas provisionales para 2026, lo que indica un programa de apoyo sostenido en el tiempo.
Documentación Necesaria para la Solicitud
La solicitud de ayuda debe presentarse en línea, accediendo al formulario correspondiente. Toda la documentación deberá estar firmada digitalmente por la persona que ostenta la representación legal de la entidad solicitante. Cuando el tamaño de los archivos a remitir exceda el límite de capacidad, se podrán enviar tantos archivos como sean necesarios, haciendo referencia al registro de la solicitud o número de expediente.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Escritura notarial del poder de representación del representante de la empresa o certificado del registro mercantil donde conste el poder de representación de la persona que consta como firmante en la solicitud de ayuda.
- Memoria descriptiva del proyecto, que debe incluir:
- Estado actual de la empresa en cuanto a metodología de trabajo y digitalización de sus procesos.
- Descripción del proyecto, emplazamiento, fechas previstas de implementación, ofertas o presupuestos alternativos considerados y justificación de la elección.
- Breve descripción de los efectos positivos esperados (empleo, formación, transición ecológica o digital, etc.).
- Detalle de los costes previstos de la inversión y otros costes conexos, junto con un análisis de coste/beneficio.
- Breve explicación de la necesidad de la ayuda y de su efecto en la decisión de invertir o en la decisión del emplazamiento.
- Cambios que pretende afrontar en su empresa con la nueva tecnología desarrollada en el proyecto.
- Descripción de los efectos que el proyecto de digitalización reportará al proceso productivo actual de la empresa.
- Relación exhaustiva y detallada de las inversiones que se pretenden acometer para implementar el proyecto, justificando la necesidad de los equipos a financiar en función de los objetivos y el proceso productivo.
- Consideraciones que se han tenido en cuenta o asesoramiento requerido para elegir las inversiones.
- Documentación justificativa de la declaración completa del Impuesto sobre Sociedades del último ejercicio cerrado. Para empresas de nueva creación, se aportará la previsión de balance y cuenta de resultados del primer año y documentación acreditativa del número de trabajadores.
- Documentación justificativa del número de empleados (informe de trabajadores en alta (ITA), Vida laboral de la empresa o documento equivalente de la Seguridad Social).
- En el caso de PYMES asociadas o vinculadas, se deberá adjuntar la siguiente documentación de las empresas participantes:
- Certificados actualizados del registro mercantil con fecha de constitución, objeto social, CNAE, capital y sede social, Consejo de Administración o Junta Directiva, y apoderados y socios con más del 10% en participaciones.
- Documentación acreditativa del último Impuesto de Sociedades liquidado.
- Certificación expedida por la Administración de la Seguridad Social, acreditativa del número de trabajadores dependientes de la empresa del último ejercicio cerrado.
Documentos que la Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos (salvo oposición justificada):
- DNI del solicitante.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad.
- Certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
Documentos que la Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos (salvo no autorización):
- Alta del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Documentos que la Comunidad de Madrid consultará de oficio:
- Certificado de estar al corriente del pago con la Comunidad de Madrid.
Es importante recordar que el solicitante es responsable de la veracidad de los documentos presentados.
Consideraciones Clave para la Memoria del Proyecto
No se dispone de un modelo reglado para la redacción de la memoria, ya que cada proyecto debe diseñarse acorde a las particularidades de cada empresa y al objetivo último que se pretende conseguir. Sin embargo, el Acuerdo regulador establece en el artículo 10, punto 4, la información mínima que debe contener dicha memoria. Además, hay una guía de cumplimentación del formulario disponible en la web.
La memoria debe redactarse de forma personalizada para cada empresa, profundizando en la descripción de los cambios que se conseguirán con la digitalización de sus procesos. Se debe evitar utilizar plantillas genéricas para sectores empresariales y describir realidades que se materializarán con la implementación del proyecto.
Es imprescindible que todas las inversiones contenidas en los proyectos procuren la digitalización de los trabajos y la conectividad de todos los procesos productivos implicados. Que las inversiones estén dotadas de sensores o posean la capacidad de conexión no se considerará condición suficiente para ser subvencionables; dicha conectividad y digitalización deberán detallarse en la memoria, concretando cómo se realizará la conexión de las inversiones seleccionadas con el resto del proceso productivo, cuál será el flujo de información obtenido y cómo se manejarán los datos. Esta información deberá ser verificable tras la implementación del proyecto.
La memoria es la base fundamental para determinar si el proyecto puede considerarse subvencionable. La finalidad del mismo debe ser la digitalización y no la automatización de procesos, es decir, debe haber un flujo de información entre los activos adquiridos entre sí y con los que ya dispone la empresa. Esta integración debe permitir obtener datos concretos y explicar la forma exacta de cómo y para qué se usarán dichos datos.
Esta línea de ayudas está destinada a la implementación de un proyecto global de digitalización y no a la mera adquisición de activos. Por tanto, la adquisición de máquinas con características y opciones integradas que posibiliten su conexión no será subvencionable si no se explica en la memoria cómo se utilizarán dichas propiedades y sistemas dentro de su modelo de negocio.
Actuaciones Subvencionables en Digitalización y Consultoría:
Las inversiones y servicios de consultoría deberán versar sobre las siguientes actuaciones:
- Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
- Plataformas colaborativas.
- Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
- Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
- Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
Efecto Incentivador del Proyecto
Se deberá justificar el cumplimiento del efecto incentivador del proyecto, que es el recogido en el artículo 6 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. No serán consideradas subvencionables las inversiones y proyectos comenzados con anterioridad a la solicitud de ayuda. Esta consideración debe tenerse presente al plantear proyectos con periodicidad anual que supongan, o puedan suponer, la continuación de un mismo proyecto ya iniciado.
Tabla Resumen de Beneficiarios y Requisitos Comunes
| Región | Tipo de Empresa | Requisitos Adicionales | Enfoque Principal |
|---|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | PYMES (Sociedades mercantiles) | Centro de trabajo en Madrid, actividad IAE específica, inversión mínima de 60.000 €. | Digitalización y conectividad de procesos productivos. |
| Región de Murcia (INFO) | PYMES y organizaciones que aglutinen empresas industriales | Proyectos alineados con objetivos FEDER 2021-2027. | I+D+i, transformación digital, promoción empresarial, crecimiento en mercados. |
| Cataluña | PYMES | Establecimiento operativo en Cataluña, mínimo 2 años de vida. | General (sujeto a convocatorias específicas). |
| Aragón | PYMES industriales | Sectores textil-confección y calzado, diseño industrial, digitalización. | Transformación y desarrollo industrial, competitividad, innovación, industria digital. |
Para aquellos casos de beneficiarios que requieran la formalización de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o consorcio regido por un acuerdo privado de colaboración, este debe estar constituido por, como mínimo, 3 empresas autónomas entre sí, de las cuales una ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME, según definición de la Comisión Europea. En el caso de que en la agrupación no exista ninguna pequeña empresa, deberá participar como mínimo una, bajo la modalidad de subcontratación por cualquiera de las empresas de la misma.
