Subvenciones para el Fomento del Trabajo Autónomo y la Estabilización de Iniciativas Emprendedoras en España
La Junta de Andalucía, a través del Plan Estratégico del Trabajo Autónomo, cuenta con un instrumento de diseño, planificación, coordinación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas que se desarrollan en el ámbito del trabajo autónomo durante un periodo de cuatro años, según se dispone en el artículo 3 de la Ley Andaluza 15/2011, del 23 de diciembre, de Promoción del Trabajo Autónomo.
El trabajo autónomo juega un papel fundamental en la economía española, no solo por su contribución a la generación de renta y de empleo, sino también por su labor como semilla del futuro tejido empresarial. Aproximadamente el 95 por ciento de las empresas españolas tienen menos de 10 trabajadores y la contribución del trabajo autónomo al PIB se estima en torno al 15 por ciento. El colectivo de trabajo autónomo «personas físicas» tiene a su cargo más de 800 mil puestos de trabajo asalariado, que sumados a las personas autónomas supone que uno de cada cinco empleos en España está ligado a este sector.
Desde el año 2012 el trabajo por cuenta propia ha experimentado un crecimiento importante en España, de ahí la necesidad y oportunidad de esta estrategia. Así, este colectivo se ha incrementado en un 10,04 por ciento entre diciembre de 2012 y diciembre de 2021, pasando de 3.024.652 a 3.328.398 personas, aproximadamente el 17 por ciento de la población ocupada dada de alta en la seguridad social.
Por Comunidades Autónomas hay diferencias en la evolución de la afiliación, aunque la tendencia creciente previamente señalada se registra en casi todas las comunidades. Entre 2012 y 2021 hay seis comunidades en las que las personas trabajadoras por cuenta propia afiliadas disminuyen, se trata de Aragón, Asturias, Castilla y León, Galicia, País Vasco y la Rioja (destacando Castilla y León y Asturias con disminuciones del 5,59 y 3,76 por ciento respectivamente).
La evolución de las personas trabajadoras autónomas en las distintas comunidades hasta el año 2019 podría relacionarse con el fenómeno de la despoblación de las áreas rurales. En las comunidades con una proporción importante de población distribuida en pequeños núcleos, muchos negocios cerraron por no darse las condiciones para producirse un relevo generacional, ni la facilidad para emprender con ciertas garantías. Poniendo de manifiesto la necesidad de prestar una especial atención a las zonas rurales como nichos potenciales de empleo autónomo.
En cuanto a las características del colectivo de trabajadoras y trabajadores autónomos, en la actualidad, según consta en las estadísticas elaboradas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, hay en España 3.341.662 afiliados en los regímenes por cuenta propia de la seguridad social. De estos, 2.033.399 son personas físicas, es decir personas trabajadoras por cuenta propia anteriormente calificados como «personas autónomas propiamente dichas», esto es, aquellas personas trabajadoras por cuenta propia afiliadas a alguno de los regímenes por cuenta propia de la Seguridad Social y que no están integradas en sociedades mercantiles, cooperativas ni en otras entidades societarias. También se excluyen los que figuran como colaboradores familiares y los que están registrados formando parte de algún colectivo especial de trabajadores.
Las mujeres representan algo más del 36 por ciento del total de autónomos personas físicas, con un ligero incremento (un punto) en los últimos dos años y una participación creciente a lo largo de la última década. La feminización del trabajo autónomo requiere una reflexión sobre qué tipo de medidas habrá que desarrollar para conseguir la igualdad de género en el empleo por cuenta propia, con especial atención a las medidas de conciliación de la vida familiar y laboral y de corresponsabilidad, a la formación de mujeres o al empleo femenino en el medio rural.
En abril del 2020 se constituyó la Mesa de Trabajo Autónomo con las asociaciones más representativas a nivel estatal, como canal de diálogo que ha permitido un diagnóstico más cercano de las cuestiones que les conciernen, para generar estrategias y acciones concretas que abordar durante la pandemia por COVID-19, permitiendo elaborar una agenda común con el objetivo de impulsar la actividad de las personas trabajadoras autónomas.
El diálogo social desarrollado en la Mesa del Trabajo Autónomo con las organizaciones representativas del sector se completó con el diálogo mantenido con las Comunidades Autónomas, a través del Grupo de Trabajo del Trabajo Autónomo, que se creó en abril del 2020 por primera vez en el ámbito de este Ministerio, como espacio de diálogo y de colaboración entre Comunidades Autónomas y la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, para poner en valor los esfuerzos realizados hasta ahora, así como compartir buenas prácticas y las reflexiones planteadas respecto de las necesidades del trabajo autónomo.
En definitiva, esta Estrategia es un documento vivo al servicio del trabajo autónomo, una foto dinámica de las necesidades y retos que han de abordarse y de las líneas de medidas que se proponen para ello, incluyendo diferentes actuaciones ministeriales que ya se están desarrollando o están previstas.
La ENDITA 2022-2027 no surge como una iniciativa aislada, sino que se despliega como un proyecto ambicioso, integrado y coordinado con otras iniciativas del Gobierno. La ENDITA 2022-2027 se encuentra así pues orientada y tiene entre sus objetivos prioritarios servir como herramienta para el cumplimiento por parte de España de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.
Asimismo, la ENDITA 2022-2027 es una de las prioridades de actuación de la política aceleradora 5: Calidad y estabilidad en el empleo del Reto País 5. De igual modo, la ENDITA 2022-2027 se alinea con los objetivos y pilares del «Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia» diseñado por el Gobierno para guiar la ejecución de los fondos europeos que llegarán a España como respuesta a la situación de emergencia derivada del impacto del coronavirus.
No obstante, la ENDITA 2022-2027, cuya duración está prevista para siete años, no está diseñada simplemente como un instrumento de respuesta a la situación de emergencia derivada, primero por el coronavirus y, posteriormente por la guerra en Ucrania, y de su impacto en el tejido económico y social del trabajo autónomo.
La invasión de Ucrania por Rusia ha desencadenado un incremento de la incertidumbre y mayores precios de materias primas energéticas y no energéticas que hacen más difícil el contexto en el que los trabajadores y trabajadoras autónomas deben operar. Estas circunstancias, como ya había ocurrido previamente con la crisis social y económica del año 2008, ha puesto en evidencia y acentuado determinados desequilibrios y desafíos que registra el trabajo autónomo en España.
Para cumplir con este propósito, la ENDITA 2022-2027 ha identificado tres prioridades que orientan y justifican las actuaciones propuestas. Estas actuaciones, muchas de índole transversal, se encuentran agrupadas en seis ejes compuestos, a su vez, por un total de diecisiete líneas de actuación en las que se despliegan un amplio número de medidas y propuestas concretas.
El Proceso de Elaboración de la Estrategia
La elaboración de la «Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo 2022-2027» ha sido posible gracias al esfuerzo, voluntad y cooperación de diferentes personas, organizaciones e instituciones.
Fase 0: Borrador del Plan Nacional de Impulso al Trabajo Autónomo
Entre junio y diciembre de 2019 se llevó a cabo una asistencia técnica con la Universidad Complutense de Madrid que tuvo como resultado la elaboración del borrador de un Plan Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo.
Fase 1: Análisis de la situación y detección de necesidades
El éxito de esta Estrategia dependerá, en gran medida, de su capacidad de formular propuestas concretas que aborden los problemas reales del trabajo autónomo en España y cuenten con el suficiente grado de consenso para su aplicación efectiva. Por ello, la participación de los principales actores sociales en el marco del diálogo social resulta determinante.
Para llevar a cabo esta primera fase se consideró imprescindible contar con el diagnóstico, la experiencia y el conocimiento de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos y autónomas. Con el objetivo de recopilar y sistematizar dicho conocimiento de cara a su posible traducción posterior en medidas y actuaciones concretas, se elaboró un cuestionario de respuestas abiertas, articulado en torno a los seis ejes fundamentales previstos en la «Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo 2022-2027».
El objetivo de esta iniciativa fue conocer el diagnóstico de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos y autónomas sobre las necesidades, dificultades y posibles oportunidades presentes en cada uno de los ejes de actuación recogidos en el cuestionario.
Fase 2: Prospección de medidas y acciones
Una vez analizadas todas las aportaciones recibidas en la fase 1 por parte del grupo de personas expertas, se procedió a la elaboración de un documento de diagnóstico con las grandes líneas de actuación que tendrían que estar presentes en la ENDITA. En dicho documento se motivaban las razones de cada una de esas líneas de actuación y se avanzaban, asimismo, posibles medidas y acciones específicas vinculadas a cada una de las líneas de actuación y agrupadas por tipos de medidas.
Fase 3: Participación y coordinación con otros organismos y departamentos ministeriales
La puesta en marcha de una estrategia transversal como es la ENDITA implica, como es obvio, la participación y coordinación de diferentes organismos y departamentos, tanto de la Administración General del Estado, como de las Comunidades Autónomas y de los Municipios.
Fase 4: Gobernanza, seguimiento y evaluación
La Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y será la encargada de realizar anualmente un seguimiento del desarrollo y grado de cumplimiento de las prioridades y líneas de actuación previstas en la «Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo 2022-2027».
Líneas de Subvenciones para el Trabajo Autónomo
La Orden de 21 de septiembre de 2018, vino a establecer las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo. En dicha Orden fueron articuladas diferentes líneas de actuación, que son importantes de recordar:
- Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo.
- Emprendimiento de segunda oportunidad y continuidad de la iniciativa emprendedora.
- Capacitación profesional y estímulo a la innovación.
- Estímulo a la creación de empleo indefinido, a la competitividad y apoyo social en situaciones específicas.
El BOJA número 75 de 22/04/2021, ha publicado la Resolución de 13 de abril, para convocar la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1, denominada estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo.
Es en esta misma dirección, donde la Administración parte del convencimiento y la confianza de que las solicitudes que se van a presentar en estas líneas de subvenciones se corresponden a iniciativas para desarrollar actividades económicas que servirán para la creación y el mantenimiento del empleo, y que contribuirán a la reducción de las desigualdades, en cuanto al acceso al mismo, entre hombre y mujeres, independientemente de las vicisitudes que se puedan producir en el devenir de la propia actividad y la continuidad de éstas en el tiempo.
Es en la Línea 1 de Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo donde, manteniendo la idea social de apoyar a colectivos desfavorecidos o subrepresentados, se establecen medidas de ayudas que permitirán el efecto incentivador y de preferencia a sectores que necesitan un claro apoyo institucional y, en este sentido, es importante señalar que estas subvenciones se concretan en función del género, la edad y las situaciones especiales, como son la discapacidad, la violencia de género y el terrorismo, y, de igual forma, van dirigidas a aquellas personas que se incorporan al emprendimiento después de obtener una experiencia laboral en alternancia con una actividad formativa, a través de un contrato para la formación y el aprendizaje, que las cualifica profesionalmente.
Con las subvenciones de Estímulo a la creación de empleo indefinido, de apoyo social en situaciones específicas sobrevenidas de incapacidad temporal y a la competitividad, contempladas en la Línea 4, se persigue dar soluciones a ciertas situaciones que permiten la continuidad y la permanencia de la persona trabajadora autónoma en su actividad desde distintos puntos de vista.
Todas las Líneas de actuación que se recogen en esta orden nacen con las ideas de simplificación de trámites administrativos, sin comparaciones que generen competitividad entre solicitantes, con ayudas a tanto alzado sin justificación económica posterior, con plazos para la presentación de solicitudes abiertos hasta el agotamiento del presupuesto dispuesto para ello y con ayudas, no generales, sino específicas por sectores o colectivos definidos, teniendo en cuenta la segmentación de la población, por su género, por su edad y por su ubicación geográfica.
Asimismo, la presente orden se ajusta al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación necesaria e imprescindible para conseguir la finalidad perseguida; al principio de seguridad jurídica, al estar ajustado al procedimiento regulado para la tramitación de este tipo de normas; al principio de transparencia, teniendo en cuenta que en su elaboración se ha posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía; al principio de eficiencia, pues se ha tratado de evitar cualquier carga administrativa que resulte innecesaria y llevar a cabo una adecuada racionalización de los recursos públicos; y finalmente se ajusta a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, por cuanto que cualquier gasto o ingreso público que en cumplimiento de esta norma pudiera surgir en el futuro estarán supeditados al cumplimiento de los principios citados.
En la acumulación de las ayudas de minimis de esta orden con otras ayudas, se respetarán los criterios establecidos en los artículos 5 del Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, del Reglamento (UE) núm. 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 y del Reglamento (UE) núm.
Las subvenciones se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Requisitos para los Solicitantes
Para acceder a estas subvenciones, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos, entre ellos:
- Estar desempleados en la fecha de efectos de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
- Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, según el modelo establecido en el Anexo que a tal efecto figure en la correspondiente convocatoria.
Líneas de Ayuda Específicas
Las líneas de ayuda se dividen en varias categorías, cada una con sus propios requisitos y beneficios:
- Línea 1: Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo.
- Línea 2: Emprendimiento de segunda oportunidad y continuidad de la actividad emprendedora.
- Línea 3: Capacitación profesional de la persona trabajadora autónoma y estímulo a la innovación.
- Línea 4: Estímulo a la creación de empleo indefinido, a la competitividad y apoyo social en situaciones específicas.
La solicitud de una de las medidas de la Línea 2 será incompatible con la solicitud de la otra medida de la misma Línea. Asimismo, la solicitud de alguna de las medidas de esta Línea será incompatible con la solicitud de cualquiera de las medidas de la Línea 1, reguladas en el artículo 8.
Para la medida de continuidad de la actividad emprendedora, la ayuda consistirá en una cuantía, a tanto alzado, de 3.300 euros.
Para la medida de capacitación profesional de la persona trabajadora autónoma, la cuantía consistirá en una ayuda a tanto alzado, en compensación al tiempo de dedicación a la participación en los cursos que se realicen en cada anualidad, entendiendo por ésta, el año natural.
Para la medida de estímulo a la competitividad, la cuantía consistirá en una ayuda, de hasta 10.000 euros.
Para acreditar que ostentan los requisitos exigidos en estas bases reguladoras, las personas solicitantes aportarán con la solicitud los documentos indicados en el artículo 30, en los términos establecidos en el mismo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 5, las personas solicitantes de las Líneas de ayudas reguladas en esta orden que se indiquen en la correspondiente convocatoria, deberán remitir al órgano competente para la instrucción y resolución de aquéllas, acompañando a la solicitud, el cuestionario recogido en el formulario que se aprobará como Anexo en la correspondiente convocatoria, cumplimentado y firmado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las personas solicitantes de las ayudas reguladas en esta orden no estarán obligadas a aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, siempre que aquéllas hayan expresado su consentimiento a que sean consulta...
Los datos comparados sobre el impacto de las dos últimas crisis en el colectivo del trabajo autónomo, la crisis financiera de 2008 y la crisis COVID-19, muestran la eficacia de las políticas del Gobierno durante la crisis sanitaria, que ponen de manifiesto el carácter prioritario de este colectivo en la acción del Gobierno.
Es decir, queda ajustada a los principios de buena regulación de las Administraciones Públicas.
Dependiendo de la demanda o del desarrollo de la ejecución de la correspondiente convocatoria podrán destinarse importes de una a otra Línea de ayuda o de una medida a otra, siempre y cuando se atiendan las reglas de vinculación establecidas en la normativa en materia de presupuesto, entre las partidas presupuestarias con las que se financien las diferentes Líneas y medidas, y no se supere la dotación máxima disponible preestablecida.
De conformidad con lo dispuesto para cada Línea de ayuda, se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual según lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.4 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio presupuestario 2018, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se autoriza a los órganos competentes para conceder subvenciones para que, con cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, puedan dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender o no realizar las convocatorias futuras.
