ENISA para Emprendedoras Digitales: Impulsa tu Proyecto con Financiación
ENISA (Empresa Nacional de Innovación, S.A.) es un instrumento público adscrito al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, dedicado a apoyar e impulsar proyectos empresariales innovadores. Ofrece financiación para emprendedores mediante préstamos participativos. En este artículo, nos centraremos en una de sus líneas de financiación: Enisa Emprendedoras Digitales.
¿Qué es Enisa Emprendedoras Digitales?
Enisa Emprendedoras Digitales es una línea de financiación con el objetivo de apoyar e impulsar proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito. Esta ayuda es independiente de la fase en que se encuentre la empresa (crecimiento, consolidación o internacionalización) y del sector que enmarquen. Ofrece préstamos participativos de entre 25.000 y 1.500.000 euros para favorecer proyectos empresariales tecnológicos e innovadores liderados por mujeres.
El presupuesto para el período comprendido entre 2021-2023 asciende a los 51 millones de euros. En 2021 se canalizó la primera parte del presupuesto, destinando los primeros 17 millones de euros, aprobándose finalmente 55 operaciones por 9,5 millones de euros. El resto del presupuesto de la línea Enisa Emprendedoras digitales se destinará al 2022 y 2023.
Esta línea es similar a las de Enisa para las Empresas de Base Tecnológica (EBT), con el componente añadido de que los proyectos cuenten con mujeres en posición de liderazgo.
¿Quiénes son las beneficiarias de esta ayuda?
Podrán obtener préstamos participativos los proyectos empresariales liderados por una o varias mujeres. Es independiente la fase en la que se encuentre la empresa. Se consideran susceptibles de ser beneficiarios aquellos proyectos en los que al menos una mujer ostente una posición de liderazgo o de poder dentro de la sociedad, ya sea en el accionariado, en el órgano de administración o formando parte del equipo directivo.
Condiciones de los Préstamos Participativos de ENISA
Nuestro instrumento financiero es el préstamo participativo, dirigido especialmente a emprendedores y pymes con proyectos empresariales viables e innovadores. Los préstamos participativos refuerzan la estructura financiera de la empresa. Enisa no ofrece ayudas ni subvenciones. Enisa solo financia proyectos empresariales de empresas constituidas.
¿En qué se diferencia el préstamo participativo del capital riesgo? Sí. Dentro de la estrategia inversora de Enisa destaca el apoyo a iniciativas público/privadas de captación de fondos de capital riesgo como vehículos de financiación de proyectos empresariales con un elevado potencial de crecimiento.
Enisa solo financia empresas constituidas como sociedades de capital (SA, SL, SAL, SLL, etc.) y cooperativas que cumplan la definición de pyme de la Unión Europea y realicen una actividad económica con ánimo de lucro que no esté enmarcada en los sectores inmobiliario o financiero (ver excepciones). Sí, siempre que se trate de una pyme conforme a la definición de la Unión Europea y tenga personalidad jurídica propia independientemente de la de sus socios o partícipes.
No. De conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, las fundaciones son entidades sin ánimo de lucro. Enisa evita ser el financiador mayoritario de los proyectos empresariales.
El importe de los préstamos se revisa anualmente. Puedes consultarlo en cada una de las líneas de financiación. No. Los importes solicitados nunca serán inferiores ni superiores a los que se detallan en nuestra página web.
Del último ejercicio cerrado: únicamente se consideran el 100% de las aportaciones de capital social y prima y los resultados positivos retenidos del mismo. El resto de fondos propios se ponderará con el ratio de endeudamiento (FF.PP/total balance) del último ejercicio cerrado.
Sí, una vez concedido un préstamo, tu empresa puede solicitar nueva financiación para la consolidación y expansión de tu proyecto empresarial. Se entenderá por sector financiero el integrado por empresas que realicen actividades financieras, estén o no sujetas a un régimen de autorización administrativa y supervisión de la CNMV o del Banco de España, quedando excluidas las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades.
Por otra parte, se entenderá por sector inmobiliario el integrado por empresas que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria, quedando excluidas las plataformas tecnológicas, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.
Una vez comprobado que el formulario de solicitud y la documentación están completos, el proyecto se traspasará al área de análisis para que estudie la operación y, en su caso, solicite la información complementaria que fuera precisa.
Un primer tramo que se devengará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, determinado por el EURIBOR a un año más un diferencial (a determinar cada año). Un segundo tramo que se devengará y calculará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, con liquidación anual, y determinado en base a la rentabilidad financiera obtenida por la empresa en el ejercicio al que corresponde la liquidación de intereses.
Se entiende por “fondos propios medios” la media aritmética de los fondos propios al inicio y al final del ejercicio, sin tener en cuenta como fondo propio el resultado del ejercicio al que se refiere la liquidación. El tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará, con carácter general, el 15 de noviembre. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir a Enisa, antes del 30 de septiembre, una copia de las cuentas selladas por el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso de operaciones por importe superior a 300.000 €, una copia de las cuentas anuales auditadas externamente.
En caso de que el ejercicio contable de la prestataria no coincida con el año natural, el tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará a los diez meses del cierre del ejercicio contable. Para el cálculo de los fondos propios medios se tendrá en cuenta los existentes al inicio y a final del ejercicio, sin considerar el resultado de ese año. Coste máximo: en función de la rentabilidad de la empresa. Nunca será superior a un diferencial máximo establecido por encima del coste mínimo de acuerdo con el rating de la operación.
Líneas AgroInnpulso y Emprendedoras digitales de ENISA
De 5 a 7 años máximo, incluidos en el plazo del préstamo. Se determinará en función de la línea de financiación, la finalidad de la misma, las características del proyecto empresarial y sus previsiones de cash-flow. Enisa únicamente ofrece financiación en forma de préstamo.
Los solicitantes de financiación de Enisa tienen a su disposición una guía orientativa para cumplimentar su solicitud. Enisa atenderá las consultas que puedan suscitarse en la cumplimentación de la solicitud de financiación.
Principales Condiciones de Enisa Emprendedoras Digitales
- Importe: El importe mínimo del préstamo es de 25.000€ y el máximo de 1.500.000€.
- Liderazgo Femenino: La empresa solicitante debe ser una startup o pyme promovida por una o varias mujeres que ostenten una posición de liderazgo o poder dentro de la sociedad, mediante participaciones en el accionariado y formando parte del equipo directivo.
- Tipo de Interés: Un primer tramo con Euribor +3,75% y un segundo tramo con interés variable en función de la rentabilidad financiera de la empresa, con un límite máximo establecido del 8% adicional.
- Comisiones: Comisión de apertura del 0,5% del capital concedido.
- Vencimiento: La amortización del préstamo es de hasta 9 años, incluyendo el período de carencia que dura hasta 7 años.
- Garantías: Para la concesión del préstamo no se exigirán garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.
Requisitos Principales para optar a la Financiación
- Tener el domicilio social en España y desarrollar la actividad principal.
- Ser una pyme, acorde con la definición de la UE, con personalidad jurídica propia.
- El proyecto empresarial presentado debe ser viable tanto técnica como económicamente y tener un modelo de negocio novedoso, innovador o con claras ventajas competitivas.
- Los fondos propios de la sociedad han de ser como mínimo equivalentes a la cuantía del préstamo.
- Aquellas empresas beneficiarias de un préstamo por valor superior a 300.000 deberán haber auditado, externamente, los estados financieros del último ejercicio cerrado.
- La empresa solicitante debe mostrar una estructura financiera equilibrada y profesionalidad en su gestión.
- Deberá presentarse las cuentas del último ejercicio cerrado, que habrán sido depositadas en el Registro Mercantil o en otro registro público que proceda.
- Quedan excluidas las empresas cuya actividad corresponda a los sectores inmobiliario y financiero.
Comisiones Adicionales
- Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
- Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo.
Obligaciones de Comunicación
La empresa beneficiaria de esta línea de financiación, como receptora de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación de las ayudas -financiado por la Unión Europea, a través de los fondos Next GenerationEU- se compromete a reconocer y garantizar la visibilidad de dicha financiación durante toda la vida del préstamo, debiendo utilizar en todos los documentos, comunicaciones, páginas web y documentos análogos los materiales gráficos (logos) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de la Unión Europea (Next Generation).
Asimismo, se compromete a mencionar expresamente, durante toda la vida del préstamo, en la información corporativa de la compañía (web, folletos, presentaciones institucionales, notas de prensa, etc.) que cuenta con financiación de ENISA (Ministerio de Industria y Turismo) incorporando el logo de #clienteEnisa.
Documentación Necesaria para Formalizar el Préstamo
La documentación necesaria para formalizar un préstamo es la siguiente:
- Copia de la escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro Mercantil.
- En su caso, copia de escrituras posteriores a la escritura de constitución de la sociedad, inscritas en el Registro Mercantil, que afecten a la persona jurídica (cambio de domicilio, de denominación, etc.), que supongan una modificación del objeto social o que afecten a la regulación estatutaria de la Junta General u órgano de administración.
- Copia de la escritura de poderes del firmante/es, si es distinta de la escritura de constitución.
- Fotocopia del DNI (pasaporte + NIE, en su caso) del firmante.
- Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda Pública estatal, expedido a efectos de contratar con el Sector Público.
- En su caso, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Foral.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
- Documento de domiciliación bancaria cumplimentado y firmado por la empresa según modelo puesto a su disposición en el Portal del Cliente >Documentación > “Domiciliación bancaria”.
- Certificado bancario de titularidad de la c/c donde se domiciliarán los pagos
- Certificado del órgano de administración de la sociedad haciendo constar la distribución actual del capital social fechado y convenientemente firmado. Indicando que es “conforme al libro registro de socios” e incluyendo la siguiente información: titular, NIF, capital social (sin prima de emisión) en euros y % de participación.
Plazo para la Presentación de Solicitudes
Pese a que la línea se encuentra abierta de manera ininterrumpida durante los 365 días del año, se recomienda presentar la solicitud a principios de año, puesto que la comisión evalúa los proyectos en función del orden de llegada.
A diferencia de las demás líneas de Enisa: Enisa Jóvenes Emprendedores, Enisa Emprendedores y Enisa Crecimiento, la línea Enisa Emrendedoras Digitales, no depende de los presupuestos generales del estado, por lo tanto, las empresas que están yendo por esta línea están teniendo plazos de solicitud y análisis más rápidos que en otras líneas.
¿Cómo Solicitar Enisa Emprendedoras Digitales?
Para poder solicitar la ayuda deberás de rellenar todos los campos de la plataforma digital de la entidad pública, además de preparar una memoria y proyecciones financieras sobre tu proyecto empresarial. Si nunca te has familiarizado con Enisa o con otras entidades públicas financiadoras, es normal que te surjan dudas o quieras contar con una empresa consultora que te ayude a elaborar una buena solicitud para aumentar tu posibilidad de éxito con la consecución de la ayuda y de consecución del mayor importe posible.
