Guía Completa para Emprender un Centro Especial de Empleo
Los centros especiales de empleo (CEE) son empresas cuyo objetivo principal es el de proporcionar a los trabajadores y las trabajadoras con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo, participando regularmente en las operaciones de mercado. Estos centros se constituyen con una plantilla formada, al menos, por un 70% de trabajadores/as con discapacidad.
Los centros especiales de empleo son empresas de economía social que compatibilizan la viabilidad económica y su participación en el mercado con su compromiso social hacia colectivos con menores oportunidades en el mercado de trabajo. Los CEE compiten en el mercado como cualquier otra empresa y se han convertido en una importantísima fuente de empleo para este colectivo.
¿Quién puede crear un Centro Especial de Empleo?
Un Centro Especial de Empleo lo puede crear cualquier persona física o jurídica, pública o privada que cumpla con la normativa exigida. Pueden ser creados por la Administración Pública, bien directamente o en colaboración, por Entidades, por personas físicas y jurídicas o por comunidades de bienes con capacidad jurídica.
Según su titularidad, los CEE pueden tener carácter público o privado. Atendiendo a la aplicación de sus posibles beneficios, podrán carecer o no de ánimo de lucro, según que estos repercutan en la propia Institución o no. La gestión que realicen es la que corresponde a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.
Calificación y Registro de Centros Especiales de Empleo
Para emprender un Centro Especial de Empleo, lo primero es obtener la calificación de centro especial de empleo. Para ello, se deben cumplir unos requisitos y presentar la solicitud de inscripción en el Registro de Centros del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), o, en su caso, en las Administraciones Autonómicas donde esté o estará el Centro. Debe hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y en la Seguridad Social y figurar inscrito como Centro Especial de Empleo en el Registro correspondiente.
Requisitos Generales para la Calificación y Registro
Se exige por parte del CEE el cumplimiento de algunos requisitos clave:
- Acreditación mediante NIF de la personalidad del titular del Centro Especial de Empleo.
- Número del CIF del centro o acreditación de su creación mediante su tramitación.
- Justificar, mediante el oportuno plan o estudio económico, las posibilidades de viabilidad y subsistencia del Centro, en orden al cumplimiento de sus fines.
- Estar constituida su plantilla con trabajadores con discapacidad en la proporción exigida (al menos un 70% del total de trabajadores en plantilla) y con contrato laboral.
- Contar con la previsión de tener en plantilla al personal técnico y de apoyo en posesión de las titulaciones profesionales adecuadas que la actividad del Centro precise.
- Acreditar la titularidad del inmueble donde se ubica el CEE.
- Alta en el Impuesto de Actividad Económica y en la Seguridad Social.
- Estatutos, si los hubiera.
La calificación y Registro, por ejemplo, deberá realizarse en el Servicio Canario de Empleo (Consejería de Empleo, Industria y Comercio).
Beneficios y Subvenciones para Centros Especiales de Empleo
Las empresas que hayan obtenido la calificación de Centro Especial de Empleo gozarán de diversas subvenciones y bonificaciones, que contribuyen a su viabilidad y al cumplimiento de su objetivo social.
Subvenciones para Proyectos Generadores de Empleo
Estas ayudas tienen como fin financiar parcialmente proyectos que creen puestos de trabajo:
- Subvención para asistencia técnica: Incluye estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis y otros de naturaleza análoga, así como auditorías e informes económicos.
- Subvención para sufragar la inversión fija en proyectos de interés social: También incluye la subvención parcial de intereses de préstamos.
Subvenciones para el Mantenimiento de Puestos de Trabajo
Estas ayudas están destinadas a sostener el empleo de personas con discapacidad en los CEE:
- Subvención del coste salarial: Puede cubrir hasta el 50% del salario mínimo interprofesional.
- Bonificación del 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social.
- Subvención para adaptación de puestos de trabajo: En cuantía no superior a 1.803,04 euros.
- Subvención, por una sola vez, para equilibrar y sanear financieramente los Centros.
- Subvención para equilibrar el presupuesto de Centros sin ánimo de lucro, declarados de utilidad pública.
- Subvención para asistencia técnica.
Mecanismos Adicionales de Integración Laboral
Enclaves Laborales
Los enclaves laborales permiten a los centros especiales de empleo desplazar a sus trabajadores con discapacidad a las empresas para las que prestan sus servicios o realizan sus productos. Los enclaves permiten que las personas con discapacidad se integren en entornos de trabajo normalizados, asumiendo los hábitos, las habilidades y las aptitudes propios de estos ámbitos profesionales, y se relacionen con trabajadores sin discapacidad, sin perder los procesos de seguimiento y apoyo del centro especial de empleo. Además, los enclaves son una fórmula fácil y rápida para la creación de puestos de trabajo estables en la empresa ordinaria.
Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
Otro instrumento que se ha mostrado muy eficaz son las unidades de apoyo en los CEE. La composición de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional se establece en función de los módulos determinados en el Artículo 6 del R.D. 469/2006, de 21 de abril. Estas unidades se enfocan en los costes salariales y de la seguridad social de sus miembros, y sus ayudas pueden ir de los 650 euros a los 1.300 euros anuales, por cada trabajador con discapacidad severa que sea objeto de intervención y apoyo por parte de los Técnicos y Monitores que integran esa Unidad.
Servicios de Ajuste Personal y Social (SAP)
Es crucial contar con un Servicio de Ajuste Personal y Social (SAP). Los SAP contribuyen a mejorar la integración de las personas con discapacidad que trabajan en los CEE, eliminando las barreras de entrada al trabajo y fomentando su progresión y permanencia en el mercado laboral.
Ayudas y Registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco
En el País Vasco, más de un 22,5% de personas con discapacidad están desempleadas. Por esto, es fundamental impulsar la creación de puestos de empleo para este colectivo y que se favorezca el mantenimiento de esos puestos. Las ayudas dirigidas a los CEE en el País Vasco se enfocan en varios aspectos, distinguiendo cuatro líneas de apoyo o subvencionables.
Objetivo de las Ayudas en el País Vasco para los CEE
El objetivo de estas ayudas es impulsar la creación y el mantenimiento de puestos de empleo estable para personas con discapacidad, contribuir al equilibrio presupuestario de los CEE y apoyar las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.
Tipos de Ayudas Específicas en el País Vasco
Las ayudas en el País Vasco se estructuran en las siguientes líneas:
1. Ayudas al Mantenimiento de Puestos de Trabajo en los CEE
Mantener los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que han sido contratadas por los Centros Especiales de Empleo es fundamental. Estas ayudas consisten principalmente en subvencionar el coste salarial de las personas con discapacidad que han sido contratadas. La subvención será del 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, por cada trabajador o trabajadora contratada a jornada completa, por el tiempo que esté de alta y que esté prestando efectivamente sus servicios en la empresa durante el periodo mensual subvencionado. Ello supondría aproximadamente 540 euros/mes (7.560 euros/año), por cada trabajador contratado a jornada completa.
El porcentaje de ayuda varía en función del tipo y grado de discapacidad del trabajador:
| Condición del Trabajador | Porcentaje de Subvención sobre el SMI | Tipo de Contrato |
|---|---|---|
| Discapacidad severa | 55% | Indefinido |
| Mujer o mayor de 45 años (con discapacidad severa) | 60% | Indefinido |
| Contrato temporal (duración mínima SEPE) | 50% | Temporal |
| Discapacidad física o sensorial no severa (inferior al 65%) | 50% | Indefinido |
Esta ayuda se reduce en proporción a la jornada que realice el trabajador con discapacidad, y en función de los días efectivamente trabajados, sin contar o no computando como subvencionable, aquellos días en los que el trabajador esté de baja o en IT. Se incluyen como subvencionables las pagas extras que se devenguen a los empleados.
2. Ayudas Dirigidas a la Inversión de Empleo Estable para Personas con Discapacidad
Serán subvencionables aquellas inversiones en activos no corrientes, según la definición establecida por el Plan General Contable. Pueden ser: Aplicaciones informáticas, Construcciones, Instalaciones Técnicas, Maquinaria, Utillaje, Mobiliario, etc.
La cuantía de la subvención se establece por cada una de las contrataciones indefinidas generadas por la inversión, y, por otra parte, en función del porcentaje de trabajadores y trabajadoras con discapacidad en la plantilla del centro especial de empleo, de acuerdo con los siguientes límites, y sin poder superar el 70% del gasto total subvencionable en ningún caso.
| Porcentaje de Trabajadores con Discapacidad en Plantilla | Límite de Ayuda por Contratación Indefinida |
|---|---|
| Más del 90% | 12.000 euros |
| Entre el 70% y el 90% | 9.000 euros |
3. Ayudas para Obtener un Equilibrio en el Presupuesto del CEE
Las ayudas serán del 50% del saldo negativo del presupuesto del ejercicio anterior. El límite es de 60.000 euros y están reservadas a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.
4. Apoyo a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional
Las ayudas se enfocan en los costes salariales y de la seguridad social de estas unidades. Las ayudas dependerán del tipo de contrato y de la jornada y van de los 650 euros a los 1.300 euros anuales, por cada trabajador con discapacidad severa que sea objeto de intervención y apoyo, por parte de los Técnicos y Monitores que integran esa Unidad.
Además, también están vinculadas con financiar los servicios de orientación profesional. Estos servicios se enfocan en la formación, asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento, etc.
Creación del Registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco
El Decreto que regula estas ayudas creó el Registro de CEE del País Vasco, en el que se tendrán que inscribir todos los CEE que estén domiciliados en el País Vasco.
La Calificación de los CEE como CEE de Iniciativa Social
Dentro de los CEE, merecen especial mención los CEE de iniciativa social, ya que pueden tener ventajas en los concursos públicos. Según el nuevo decreto se pueden calificar como Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social los que acrediten que:
- Han sido promovidos, directa o indirectamente, por una entidad sin ánimo de lucro o que está participada en más de un 50% por entidades sin ánimo de lucro.
- Los beneficios del Centro Especial de Empleo se reinvierten en el propio Centro Especial de Empleo o en otros Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.
Pasos a Seguir para el Registro de un CEE en el País Vasco
Si te has propuesto crear un CEE en el País Vasco, tendrás que seguir los siguientes pasos para su calificación:
- Presentación de solicitud telemática en el Lanbide Servicio Vasco de Empleo. Tendrás que adjuntar a esta solicitud toda la documentación que establece el Decreto.
- Verificación del cumplimiento de los requisitos del CEE.
- Presentación del proyecto de calificación y Otorgamiento de la calificación de CEE.
Durante el procedimiento existe la posibilidad de subsanar errores en función de lo establecido en el Decreto.
Requisitos para la Inscripción en el Registro CEE del País Vasco
Los requisitos que se deben cumplir para poder inscribir el CEE son los siguientes:
- Acreditación de la personalidad del titular (DNI, escrituras de constitución, etc.).
- Incluir en el objeto social, en el caso de que se trate de personas jurídicas, que la finalidad es la integración de las personas con discapacidad.
- Justificar la viabilidad técnica y financiera.
- Que la plantilla esté formada con un mínimo del 70% de personas con discapacidad.
- Disponer de personal técnico de apoyo.
- Describir los servicios de ajuste de personal.
- Tener el domicilio en el País Vasco.
En el caso de los CEE de iniciativa social, que pueden obtener ventajas en los concursos públicos, se deberán cumplir dos requisitos adicionales:
- Que sean promovidos por una entidad sin ánimo de lucro o que estén participados en más de un 50% por entidades sin ánimo de lucro.
- Que los beneficios del CEE se reinviertan en el propio CEE o en otros CEE de iniciativa social.
Lanbide - CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
Apostar por un Centro Especial de Empleo no solo es cumplir con la ley, ¡es contribuir al cambio!
